Ayuntamiento de Vigo

  • O estacionamento de vehículos de tracción mecánica, en horario de 9 a 14 horas e de 16 a 20 horas, de luns a venres agás festivos, nas vías do municipio incluídas no ámbito de aplicación da "Ordenanza Reguladora do Servizo de Aparcamento de Vehículos na Vía Pública", suporá o pago dunha taxa mediante máquinas expedidoras de tikets na Cidade de Vigo.

    Mediante esta tarxeta os usuarios residentes neste tipo de vías beneficiaranse de prezos reducidos establecidos na correspondente normativa fiscal en vigor.

    A quen está dirixido

    Para obter o distintivo de residente en zona XER debe cumprir estes requisitos:

    1. Ser persoa física

    2. Estar empadroado dentro da zona X.E.R.

    3. Estar ao corrente de pago do imposto de vehículos de tracción mecánica no Concello ou disfrutar de exención.

    Os servizos municipais comprobarán que a persoa solicitante cumpre con estes requisitos.

    Como facelo

    NOTA: Pode consultar os solicitantes obrigados a relacionarse coa administración de maneira electrónica.

    Presencialmente

    Cubrir o impreso regulamentado e presentalo, xunto coa documentación requirida, no Rexistro Xeral do Concello.

    Por correo

    Debe cubrir e imprimir o impreso de solicitude e envialo, xunto coa documentación requirida ao Rexistro do Xeral Concello.

    Prazos

    Definidos no artigo 6 bis da ordenanza reguladora do servizo.

    Documentación requirida

    • DNI, Tarxeta de residencia ou Pasaporte
    • Carné de Conducir (do interesado.)
    • Recibo do Seguro do Vehículo (en vigor.)
    • Póliza do Seguro do Vehículo
      Na que debe figurar o interesado como conductor habitual.
    • Xustificante extendido pola empresa
      No que acredite que o solicitante é o único usuario do vehículo, que está autorizado á súa utilización fóra da xornada laboral e que dito vehículo tributa como retribución en especie a efectos do IRPF do solicitante.

    Oficinas

    • Oficina Policía Local

      Concello de Vigo
      Praza do Rei 1 - Planta Baixa
      36202 Vigo
      Teléfono: 986 810 286

      Horario: De 7:30 a 13:30 horas.

    Normativa Municipal

    Trámites relacionados

  • O estacionamento de vehículos de tracción mecánica, en horario de 9 a 14 horas, e de 16 a 20 horas, de luns a venres agás festivos, nas vías do municipio incluídas no ámbito de aplicación da "Ordenanza Reguladora do Servizo de Aparcamento de Vehículos na Vía Pública", suporá o pago dunha taxa mediante máquinas expedidoras de tikets na Cidade de Vigo.

    Mediante esta tarxeta os usuarios residentes neste tipo de vías beneficiaranse de prezos reducidos establecidos na correspondente normativa fiscal en vigor.

    A quen está dirixido

    Para obter o distintivo de residente en zona XER debe cumprir estes requisitos:

    1. Ser persoa física

    2. Estar empadroado dentro da zona X.E.R.

    3. Estar ao corrente de pago do imposto de vehículos de tracción mecánica no Concello ou disfrutar de exención.

    Os servizos municipais comprobarán que a persoa solicitante cumpre con estes requisitos.

    Como facelo

    NOTA: Pode consultar os solicitantes obrigados a relacionarse coa administración de maneira electrónica.

    Presencialmente

    Cubrir o impreso regulamentado e presentalo, xunto coa documentación requirida, no Rexistro Xeral do Concello.

    Por correo

    Debe cubrir e imprimir o impreso de solicitude e envialo, xunto coa documentación requirida ao Rexistro do Xeral Concello.

    Prazos

    Definidos no artigo 6 bis da ordenanza reguladora do servizo.

    Documentación requirida

    • DNI, Tarxeta de residencia ou Pasaporte
    • Carné de Conducir (do interesado.)
    • Recibo do Seguro do Vehículo (en vigor.)
    • Permiso de circulación e Tarxeta de inspección técnica do vehículo
      O enderezo debe de coincidir co enderezo de empadroamento.

    Oficinas

    • Oficina Policía Local

      Concello de Vigo
      Praza do Rei 1 - Planta Baixa
      36202 Vigo
      Teléfono: 986 810 286

      Horario: De 7:30 a 13:30 horas.

    Normativa Municipal

    Trámites relacionados

  • Trámite para solicitar lugares acondicionados para reuniones, asambleas etc. o el préstamo de material.

    A quién está dirigido

    Entidades y asociaciones sin ánimo de lucro, previamente inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones, y de una manera excepcional las asociaciones no inscritas y ciudadanos en general.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Consulte previamente la disponibilidad en el Centro Municipal.

    Por Internet

    Pulse en el botón Tramitar por Internet y siga los pasos que se le indican.

    Tramitar por Internet >>


    Presencialmente

    Deberá cubrir y entregar la solicitud en la Oficina de Participación Ciudadana o directamente en el Centro Municipal.

    Documentación requerida

    Observaciones

    Centros Municipais:

    Centro Municipal de Teis

    Camino Maceiras, s/n

    Teléfonos: 986 266 030

    Fax: 986 266 035

    Correo electrónico: camteis@vigo.org

    Horario: Lunes a Viernes de 9 a 13:30 y de 16:30 a 22 horas.

    Sábados: de 10 a 13 horas y de 17 a 22 horas.

    Centro Municipal Casco Vello

    Rúa Oliva, 12 - 36202 Vigo

    Teléfonos: 986 226 841

    Fax: 986 266 841

    Correo electrónico: camcascovello@vigo.org

    Horario: Lunes a Viernes de 10 a 13:30 horas y de 17:30 a 21:30 horas.

    Centro Municipal Coruxo

    Avenida Ricardo Mella, 296 - 36331 Vigo

    Teléfonos: 986 491 190

    Fax: 986 491 190

    Correo electrónico: camcoruxo@vigo.org

    Horario: Lunes a Viernes de 9:30 a 13 horas y de 16:30 a 20 horas.

    Sábados: de 10 a 13 horas.

    Centro Municipal Saiáns

    Bajada a la Praya 83 - 36392 Vigo

    Teléfonos: 986 498 657

    Fax: 986 498 657

    Correo electrónico: camsaians@vigo.org

    Horario: Luns a Viernes de 9:30 a 13 horas y de 16:30 a 20 horas.

    Sábados: 10 a 13 horas.

    Oficinas

    • Oficina del Servicio de Participación Ciudadana

      Ayuntamiento de Vigo
      Plaza del Rey 1 - Planta 2ª
      Teléfonos: 986 810 157 / 986 810 290
      Fax: 986 810 263
      Correo electrónico: ofi.pcidada@vigo.org // ofi.acidada@vigo.org

      Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

    Trámites relacionados

  • Podrá fraccionarse el pago de la deuda, tanto en período voluntario cómo ejecutivo, tras la petición de los obligados cuando su situación económica-financiera, discrecionalmente apreciada por la Administración Municipal de conformidad con las reglas de los artículos 41 y siguientes de la Ordenanza Fiscal General, les impida, transitoriamente, efectuar el pago de sus débitos.

    No obstante, se inadmitirán las solicitudes de fraccionamento que incluyan deudas en período voluntario y otras en vía ejecutiva, por lo que deberán presentarse en distintas solicitudes.

    A quién está dirigido

    Cualquier persona que por su situación económica-financiera no pueda, transitoriamente, efectuar el pago de sus débitos con la Administración Municipal.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Por Internet

    Pulse en el botón Tramitar por Internet y siga los pasos que se le indican.

    Tramitar por Internet >>


    Presencialmente

    En la petición de fraccionamiento se hará constar, además de los datos identificativos del sujeto pasivo y de la deuda, las causas que motivan la solicitud de fraccionamiento, los plazos y restantes condiciones que se solicitan, y la garantía que se ofrece. A la solicitud se le adjuntará la documentación requerida y se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Vigo.

    Como regla general, el solicitante deberá ofrecer garantía en forma de aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o certificado de seguro de caución con las salvedades reguladas en el artículo 82 de la Ley 58/2003 General Tributaria.

    Cuando se justifique que no es posible obtener el aval, o certificado, o que con esto se compromete seriamente la viabilidad de la actividad económica, el órgano competente podrá admitir otras garantías.

    La garantía cubrirá el importe del principal y de los intereses de demora que genere el fraccionamiento, más un 25 por ciento de la suma de ambas partidas. La garantía constituida mediante aval deberá ser por término que exceda cuando menos en seis meses al vencimiento del plazo o plazos garantizados.

    El órgano competente podrá dispensar total o parcialmente de las garantías exigibles, en los términos que establezca la norma reglamentaria de aplicación, cuando la persona deudora carezca de medios suficientes para garantizar la deuda y la ejecución de su patrimonio pudiera afectar al mantenimiento de la capacidad productiva y del nivel de empleo de la actividad económica respectiva o bien pudiera producir graves quebrantos para los intereses de la Hacienda municipal.

    Documentación requerida

    • Documentación justificativa de la falta de liquidez
      Deberán aportarse los documentos o justificantes que estime oportunos debiendo justificar, en particular, la existencia de dificultades económico-financieras que le impidan de forma transitoria efectuar el pago en el plazo establecido, así como la capacidad para generar recursos para hacer frente al abono de la/s deuda/s en los plazos solicitados. Consulte las instrucciones en el impreso de solicitud.
    • Para el caso de solicitud de fraccionamiento con deudas autoliquidables
      • Impreso de autoliquidación
        Salvo que el interesado no esté obligado a presentarlo por obrar ya en poder de la Administración, en tal caso, señalará en la solicitud el día en que presentó por registro la autoliquidación y su número de justificante.
        En el supuesto de que no acerque todos los ejemplares de la autoliquidación se inadmitirá su solicitud salvo que el interesado no esté obligado a su presentación.
    • Las personas físicas que soliciten los plazos extraordinarios deberán aportar además:
      • Escrito identificativo de las personas integrantes de la unidad familiar del solicitante
        A estos efectos se considera unidad familiar :
        - En caso de matrimonio (modalidad 1ª):
        La integrada por los cónyuges no separados legalmente y, si los hubiere:
        1. Los hijos menores, con excepción de los que, con el consentimiento de los padres, vivan independentemente de estos.
        2. Los hijos mayores de edad incapacitados judicialmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
        La mayoría de edad se alcanza a los 18 años.
        - En defecto de matrimonio o en los casos de separación legal (modalidad 2ª):
        La formada por el padre o la madre y la totalidad de los hijos que convivan con uno u otra y reúnan los requisitos señalados para la modalidad 1ª anterior.
      • Fotocopia del libro de familia
        De la unidad familiar o en su caso certificación de la hoja individual del registro civil del titular o de cada uno de los individuos de la unidad familiar.
      • Certificado de Empadronamiento
        Del titular de la solicitud y de todos los miembros de la unidad familiar cuando el solicitante no esté empadronado en el municipio de Vigo.
      • Certificación o Declaración del IRPF
        Presentada por todos los miembros de la unidad familiar. No será necesaria la aportación de esta documentación cuando todos los miembros de la unidad familiar autoricen al ayuntamiento de Vigo a solicitar a la AEAT la información, documentos y certificaciones necesarios para la tramitación de la solicitud.
      • Certificado de los servicios sociales del órgano competente
        Que acredite las circunstancias especiales requeridas para la aplicación del porcentaje adicional por discapacidade superior a un 33% o violencia de género.
    • Las personas jurídicas que soliciten los plazos extraordinarios deberán aportar además:
      • Cuentas anuales
        Presentadas en el registro mercantil, correspondientes a los tres últimos ejercicios sociales.
    • Compromiso de garantía en forma de aval solidario Compromiso por escrito de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca, o certificado de seguro de caución, que avala al solicitante por la cantidad adeudada.
      No se exigirá garantía cuando:
      - El solicitante sea una Administración Pública.
      - El importe de la deuda cuyo fraccionamento se solicita es inferior a 18.000,00 euros. Para los efectos de la determinación de este importe, se acumularán en el momento de la solicitud, tanto las deudas a las que se refiere la propia solicitud (principal, intereses de mora, recargas del período ejecutivo y costas en su caso), como cualquier otra del mismo deudor por las que hubiera solicitado y no resuelto el fraccionamento, así como el importe de los vencimientos pendientes de ingreso de las deudas fraccionadas, excepto que estén debidamente garantizadas, siempre que estén en el mismo período de recaudación, voluntaria o ejecutiva.

    Observaciones

    1. Cálculo de intereses: Se calcularán los intereses correspondientes a cada fraccionamento por el tiempo que transcurra entre el vencimiento del periodo voluntario de pago y el vencimiento de cada fracción.

    2. La presentación de una solicitud de fraccionamento en período voluntario impedirá el inicio del período ejecutivo, pero no el devengo del interés de demora.

    Tramitación y resolución:

    - La Recaudación del Ayuntamiento tramitará las solicitudes de fraccionamento examinando y evaluando la falta de liquidez y la capacidad para generar recursos conforme lo dispuesto en las normas reglamentarias de aplicación, formulando la correspondiente propuesta de resolución al órgano competente para su aprobación.

    - El órgano competente para la resolución de las solicitudes de fraccionamentos de pago es la Alcaldía.

    - La resolución se notificará conforme a normativa regulamentaria de aplicación junto con el cálculo de intereses y procedimiento en caso de falta de pago.

    - Procedimiento en caso de resolución denegatoria: En caso que esta solicitud no resultara aprobada, el contribuyente debe pagar la deuda dentro del plazo que reste para la finalización del periodo voluntario. Si no restara plazo, deberá pagarse, junto a los intereses devengados hasta la fecha de la resolución denegatoria, en los plazos establecidos en la Ordenanza Fiscal General del Ayuntamiento de Vigo.

    - Durante la tramitación de la solicitud el deudor deberá efectuar el pago de la fracción o fracciones propuestas en aquella, pudiendo, en caso contrario, denegarse la misma por concurrir dificultades económico-financieras de carácter estrutural.

    Oficinas

    • Tesorería - Recaudación

      Ayuntamiento de Vigo
      Plaza del Rey 1 - Planta Baja
      36202 Vigo
      Teléfono: 986 810 100 (ext. 1283)

      Horario: De 9:00 a 13:30 horas.

    Normativa Municipal

    Trámites relacionados

  • Inscripción de la identidad y cuota de participación del cónyuge no inscrito, y de los comuneros miembros o partícipes de la comunidad y entidades sin personalidad jurídica constituidos con anterioridad al 1 de enero de 2005.

    A quién está dirigido

    Cotitulares que hubieran adquirido su derecho con anterioridad al 1 de enero de 2005.

    Cómo hacerlo

    Presencialmente

    Deberá presentar la solicitud, junto con la documentación requerida, en:

    - En las Gerencias, Subgerencias o Unidades locales del Catastro o las Delegaciones de Economía y Hacienda en que se integran.

    - En los demás órganos y oficinas que se relacionan en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    - En el ayuntamiento en cuyo término municipal se ubique el bien inmueble a que se refiere la solicitud

    En la solicitud se hará constar la referencia catastral del bien inmueble. Podrá utilizarse el modelo normalizado de solicitud que se encuentra a su disposición en las Gerencias y Subgerencias del Catastro y en esta página web (Modelo de Solicitud Catastral), así como el modelo de declaración - autoliquidación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

    Plazos

    Puede iniciarse en cualquier momento.

    Documentación requerida

    • Documentos que sirven de base a la solicitud
    • En caso de que el solicitante actúe a través de representante, además:
      • Documento Acreditativo de la Representación

    Oficinas

    • Subgerencia del Catastro de Vigo

      Lalín s/n.
      36271 Vigo
      subgerencia@vigo.catastro.meh.es
      Tel.: 986 21 33 49
      Fax.: 986 20 77 35

      Horario: de 9 a 14:00 horas.

    • Gerencia Territorial del Catastro de Pontevedra

      Andrés Muruais, 4.
      36071 Pontevedra
      gerencia.territorial@pontevedra.catastro.meh.es
      Tel.: 986 86 83 11
      Fax.: 986 86 36 25

      Horario: De 9 a 17:30 horas de lunes a jueves, y de 9 a 14 h, los viernes. Horario de verano (16 de junio a 15 de septiembre) de 8 a 15 h.

    Legislación relacionada

  • La incorporación al Catastro Inmobiliario del titular de un derecho real de disfrute, imputable a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que no otorgue la condición de titular catastral.

    A quién está dirigido

    Titulares de los correspondientes derechos reales de disfrute.

    Cómo hacerlo

    Presencialmente

    Deberá presentar la solicitud, junto con la documentación requerida, en:

    - En las Gerencias, Subgerencias o Unidades locales del Catastro o las Delegaciones de Economía y Hacienda en que se integran.

    - En los demás órganos y oficinas que se relacionan en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    - En el ayuntamiento en cuyo término municipal se ubique el bien inmueble a que se refiere la solicitud

    En la solicitud se hará constar la referencia catastral del bien inmueble. Podrá utilizarse el modelo normalizado de solicitud que se encuentra a su disposición en las Gerencias y Subgerencias del Catastro y en esta página web (Modelo de Solicitud Catastral), así como el modelo de declaración - autoliquidación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

    Plazos

    Puede iniciarse en cualquier momento.

    Documentación requerida

    • Documentos que sirven de base a la solicitud
    • En caso de que el solicitante actúe a través de representante, además:
      • Documento Acreditativo de la Representación

    Oficinas

    • Subgerencia del Catastro de Vigo

      Lalín s/n.
      36271 Vigo
      subgerencia@vigo.catastro.meh.es
      Tel.: 986 21 33 49
      Fax.: 986 20 77 35

      Horario: de 9 a 14:00 horas.

    • Gerencia Territorial del Catastro de Pontevedra

      Andrés Muruais, 4.
      36071 Pontevedra
      gerencia.territorial@pontevedra.catastro.meh.es
      Tel.: 986 86 83 11
      Fax.: 986 86 36 25

      Horario: De 9 a 17:30 horas de lunes a jueves, y de 9 a 14 h, los viernes. Horario de verano (16 de junio a 15 de septiembre) de 8 a 15 h.

    Legislación relacionada

  • Mediante esta solicitude poderá recibir información sobre dereito de estranxería relacionada con trámites tales como:

    - Regularización en xeral (autorización de residencia, residencia e traballo, autorización de residencia por circunstancias excepcionais, etc)

    - Renovación de autorizacións de residencia e de residencia e traballo.

    - Visados.

    - Tarxeta de estudante e traballo dos estudantes estranxeiros.

    - Asistencia sanitaria dos estranxeiros en situación regular e irregular.

    - Nacionalidade: Adquisición de nacionalidade española, pérdida e recuperación, dobre nacionalidade.

    - Legalización de documentos estranxeiros.

    - Homologación de títulos estranxeiros e convalidación do permiso de conducir.

    - Réximen comunitario.

    - Infraccións e Sancións: Procedemento de expulsión, devolución, etc

    - Asistencia xurídica gratuíta.

    - Información legal familiar.

    - Prórroga de estancia e autorizacións de regreso.

    - Calquera outra cuestión que se poida suscitar en torno a esta materia

    A quen está dirixido

    Estranxeiros/as empadroados/as no Concello de Vigo.

    Como facelo

    NOTA: Pode consultar os solicitantes obrigados a relacionarse coa administración de maneira electrónica.

    Por Internet

    Pode solicitar a cita a través do correo electrónico ofi.inmigracion@vigo.org da Oficina Municipal de Atención e Información ao Inmigrante e Emigrante Retornado para manter unha entrevista co/a avogado/a da Oficina.

    Tramitar por Internet >>


    Presencialmente

    Solicitude de cita á Oficina Municipal de Atención e Información ao Inmigrante e Emigrante Retornado para manter unha entrevista co/a avogado/a da Oficina.

    Por teléfono

    Solicitude cita: 986-442356 ; 986-442096

    Oficinas

    • Oficina Municipal de Atención e Información a Inmigrantes e Emigrantes Retornados

      Rúa Martínez Garrido 21 interior
      36205 Vigo
      Teléfono: 986 442 356
      Fax: 986 442 096
      Email: ofi.inmigracion@vigo.org

      Horario: De 9 a 14 horas de luns a venres

  • Los informes de vida laboral contienen información respecto de las situaciones de alta o baja de una persona en el conjunto de los distintos regímenes del sistema de la Seguridad Social.

    Las situaciones que se incluyen en los informes son computables para el acceso, al menos, de una de las prestaciones contributivas del sistema de la Seguridad Social. Por lo tanto, no todas las situaciones que se incluyen en el informe de vida laboral tienen que ser necesariamente computables para todas las prestaciones económicas contributivas del sistema, aspecto éste que deberá ser determinado por la Entidad Gestora competente sobre la resolución de la solicitud de la correspondiente prestación.

    A quién está dirigido

    Personas con número de la Seguridad Social.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Toda la información de como hacer la solicitud en esta página

    Trámites relacionados

  • Informe emitido por la Administracion Local del lugar de residencia de la persona extranjera que reside legalmente en el pais y que quiere traer a sus familiares, cónyuge, descendientes menores de edad, y ascendientes.

    En el informe se tiene que hacer referencia a los siguientes extremos: Título que habilite para la ocupación de la vivienda, número de habitaciones, uso al que se destina cada una de las dependencias de la vivienda, número de personas que la habitan y condiciones de habitabilidad y equipamiento.

    A quién está dirigido

    Puede reagrupar y por lo tanto solicitar el informe de vivienda:

    La persona extranjera no comunitaria que haya residido legalmente en España durante un año y que tenga autorización para residir al menos por otro año.

    Que tenga medios de subsistencia suficientes para atender las necesidades de su familia una vez reagrupada.

    En el caso de reagrupación de ascendientes se requiere, que al menos durante el último año de residencia en España, se hayan transferido fondos de forma regular y en cantidad suficiente como para presumir una dependencia económica.

    En el caso de reagrupación de menores Autorización del otro progenitor para que el menor resida en España.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Por Internet

    Puede solicitar la cita a través del correo electrónico ofi.inmigracion@vigo.org de la Oficina Municipal de Atención e Información al Inmigrante y Emigrante Retornado para mantener una entrevista con el/la técnico/a correspondiente.

    Tramitar por Internet >>


    Presencialmente

    Solicitud de cita en la Oficina Municipal de Información al Inmigrante y Emigrante Retornado para mantener una entrevista con el/la técnico/a correspondiente.

    Por teléfono

    Solicitud cita: 986 442 356 ; 986 442 096

    Documentación requerida

    • Documento que acredite la ocupación de la vivienda
      Título que habilite para la ocupación de la vivienda (contrato de alquiler, escritura de compraventa, declaración jurada de cesión, etc)
    • Autorización de Residencia y Trabajo
      Con una vigencia mínima de un año.

    Observaciones

    En el plazo máximo de 15 días desde la solicitud, la Administración deberá emitir el informe y notificarlo al interesado y, simultáneamente y por medios telemáticos cuando fuera posible, a la autoridad competente para resolver la autorización de reagrupación familiar.

    Subsidiariamente, la persona extrajera reagrupante podrá justificar el requisito de disponibilidad de vivienda suficiente, presentando acta notarial mixta de presencia y manifestaciones, en caso de que la Corporación Local no proceda a emitir el informe de vivienda en el plazo indicado, lo que será acreditado con la copia de la solicitud realizada.

    Preguntas Frecuentes:

    Requisitos generales para la reagrupación familiar.

    Requisitos de la vivienda.

    Cómo legalizar los documentos del país de origen.

    Familiares reagrupables.

    Oficinas

    • Oficina Municipal de Atención e Información a Inmigrantes y Emigrantes Retornados

      Calle Martínez Garrido 21 interior
      36205 Vigo
      Teléfono: 986 442 356
      Fax: 986 442 096
      Email: ofi.inmigracion@vigo.org

      Horario: De 9 a 14 horas de lunes a viernes

    Legislación relacionada

  • Informe emitido por la Administración Local del lugar de residencia del reagrupante en el que se deberá hacer referencia a los siguientes extremos: Título que habilite para la ocupación de la vivienda, número de habitaciones, uso a que se destina cada una de las dependencias de la vivienda, número de personas que la habitan y condiciones de habitabilidad y equipamento.

    Este informe es uno de los documentos que se deben de adjuntar a la solicitud de autorización de residencia por reagrupación familiar.

    A quién está dirigido

    Las personas extranjeras menores de edad o incapacitadas no nacidas en España que bien sean hijos/as de españoles o de extranjeros/as residentes legales en España, bien estén sujetas legalmente a la tutela de uno/a ciudadano/a o institución española o de una persona extranjera residente legal en España:

    - Pueden obtener autorización de residencia cuando se acredite su permanencia continuada en España durante un mínimo de 2 años.

    - Sus padres o tutores deben cumplir los requisitos de medios de vida y alojamiento exigidos para ejercer el derecho a la Reagruapción Familiar.

    - Cuando los menores se encuentren en edad de escolarización obligatoria, se deberá acreditar adicionalmente que estuvieron matriculados en un centro de enseñanza y asistido regularmente la clase.

    Cómo hacerlo

    NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.

    Por Internet

    Puede solicitar la cita previa a través del correo electrónico ofi.inmigracion@vigo.org de la Oficina Municipal de Atención e Información al Inmigrante y Emigrante Retornado para mantener una entrevista con el/la técnico/a correspondiente.

    Tramitar por Internet >>


    Presencialmente

    Mediante solicitud de cita en la Oficina Municipal de Atención e Información al Inmigrante y Emigrante Retornado para mantener una entrevista con el/la técnico/a correspondiente.

    Por teléfono

    Mediante solicitud de cita en los teléfonos: 986 442 356 ; 986-442096

    Documentación requerida

    • Documento que acredite la ocupación de la vivienda
      Título que habilite para la ocupación de la vivienda (contrato de alquiler, escritura de compraventa, declaración jurada de cesión, etc)
    • Autorización de Residencia y Trabajo
      Del progenitor del menor, con una vigencia mínima de una año.
    • Justificante de Escolarización del Menor
      En caso de estar en edad de escolarización obligatoria.
    • Justificante de Residencia en España
      Continuada de al menos 2 años.

    Observaciones

    En el plazo máximo de 15 días desde la solicitud, la Administración Local deberá emitir el informe y notificarlo al interesado y, simultáneamente y por medios telemáticos cuando fuera posible, a la autoridad competente para resolver la autorización de reagrupación familiar.

    Subsidiariamente, la persona solicitante podrá justificar el requisito de disponibilidad de vivienda suficiente, presentando acta notarial mixta de presencia y manifestaciones en caso de que la Corporación Local no proceda a emitir el informe de vivienda en el plazo indicado, lo que será acreditado con la copia de la solicitud realizada.

    Preguntas Frecuentes:

    Requisitos generales para la regularización de menores.

    Requisitos de la vivienda.

    Como legalizar los documentos del país de origen.

    Oficinas

    • Oficina Municipal de Atención e Información a Inmigrantes y Emigrantes Retornados

      Calle Martínez Garrido 21 interior
      36205 Vigo
      Teléfono: 986 442 356
      Fax: 986 442 096
      Email: ofi.inmigracion@vigo.org

      Horario: De 9 a 14 horas de lunes a viernes

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