O estacionamento de vehículos de tracción mecánica, en horario de 9 a 14 horas e de 16 a 20 horas, de luns a venres agás festivos, nas vías do municipio incluídas no ámbito de aplicación da "Ordenanza Reguladora do Servizo de Aparcamento de Vehículos na Vía Pública", suporá o pago dunha taxa mediante máquinas expedidoras de tikets na Cidade de Vigo.
Mediante esta tarxeta os usuarios residentes neste tipo de vías beneficiaranse de prezos reducidos establecidos na correspondente normativa fiscal en vigor.
Para obter o distintivo de residente en zona XER debe cumprir estes requisitos:
1. Ser persoa física
2. Estar empadroado dentro da zona X.E.R.
3. Estar ao corrente de pago do imposto de vehículos de tracción mecánica no Concello ou disfrutar de exención.
Os servizos municipais comprobarán que a persoa solicitante cumpre con estes requisitos.
NOTA: Pode consultar os solicitantes obrigados a relacionarse coa administración de maneira electrónica.
Cubrir o impreso regulamentado e presentalo, xunto coa documentación requirida, no Rexistro Xeral do Concello.
Debe cubrir e imprimir o impreso de solicitude e envialo, xunto coa documentación requirida ao Rexistro do Xeral Concello.
Definidos no artigo 6 bis da ordenanza reguladora do servizo.
Concello de Vigo
Praza do Rei 1 - Planta Baixa
36202 Vigo
Teléfono: 986 810 286
Horario: De 7:30 a 13:30 horas.
O estacionamento de vehículos de tracción mecánica, en horario de 9 a 14 horas, e de 16 a 20 horas, de luns a venres agás festivos, nas vías do municipio incluídas no ámbito de aplicación da "Ordenanza Reguladora do Servizo de Aparcamento de Vehículos na Vía Pública", suporá o pago dunha taxa mediante máquinas expedidoras de tikets na Cidade de Vigo.
Mediante esta tarxeta os usuarios residentes neste tipo de vías beneficiaranse de prezos reducidos establecidos na correspondente normativa fiscal en vigor.
Para obter o distintivo de residente en zona XER debe cumprir estes requisitos:
1. Ser persoa física
2. Estar empadroado dentro da zona X.E.R.
3. Estar ao corrente de pago do imposto de vehículos de tracción mecánica no Concello ou disfrutar de exención.
Os servizos municipais comprobarán que a persoa solicitante cumpre con estes requisitos.
NOTA: Pode consultar os solicitantes obrigados a relacionarse coa administración de maneira electrónica.
Cubrir o impreso regulamentado e presentalo, xunto coa documentación requirida, no Rexistro Xeral do Concello.
Debe cubrir e imprimir o impreso de solicitude e envialo, xunto coa documentación requirida ao Rexistro do Xeral Concello.
Definidos no artigo 6 bis da ordenanza reguladora do servizo.
Concello de Vigo
Praza do Rei 1 - Planta Baixa
36202 Vigo
Teléfono: 986 810 286
Horario: De 7:30 a 13:30 horas.
Trámite para solicitar lugares acondicionados para reuniones, asambleas etc. o el préstamo de material.
Entidades y asociaciones sin ánimo de lucro, previamente inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones, y de una manera excepcional las asociaciones no inscritas y ciudadanos en general.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Consulte previamente la disponibilidad en el Centro Municipal.
Pulse en el botón Tramitar por Internet y siga los pasos que se le indican.
Deberá cubrir y entregar la solicitud en la Oficina de Participación Ciudadana o directamente en el Centro Municipal.
Centros Municipais:
Centro Municipal de Teis
Camino Maceiras, s/n
Teléfonos: 986 266 030
Fax: 986 266 035
Correo electrónico: camteis@vigo.org
Horario: Lunes a Viernes de 9 a 13:30 y de 16:30 a 22 horas.
Sábados: de 10 a 13 horas y de 17 a 22 horas.
Centro Municipal Casco Vello
Rúa Oliva, 12 - 36202 Vigo
Teléfonos: 986 226 841
Fax: 986 266 841
Correo electrónico: camcascovello@vigo.org
Horario: Lunes a Viernes de 10 a 13:30 horas y de 17:30 a 21:30 horas.
Centro Municipal Coruxo
Avenida Ricardo Mella, 296 - 36331 Vigo
Teléfonos: 986 491 190
Fax: 986 491 190
Correo electrónico: camcoruxo@vigo.org
Horario: Lunes a Viernes de 9:30 a 13 horas y de 16:30 a 20 horas.
Sábados: de 10 a 13 horas.
Centro Municipal Saiáns
Bajada a la Praya 83 - 36392 Vigo
Teléfonos: 986 498 657
Fax: 986 498 657
Correo electrónico: camsaians@vigo.org
Horario: Luns a Viernes de 9:30 a 13 horas y de 16:30 a 20 horas.
Sábados: 10 a 13 horas.
Ayuntamiento de Vigo
Plaza del Rey 1 - Planta 2ª
Teléfonos: 986 810 157 / 986 810 290
Fax: 986 810 263
Correo electrónico: ofi.pcidada@vigo.org // ofi.acidada@vigo.org
Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
Podrá fraccionarse el pago de la deuda, tanto en período voluntario cómo ejecutivo, tras la petición de los obligados cuando su situación económica-financiera, discrecionalmente apreciada por la Administración Municipal de conformidad con las reglas de los artículos 41 y siguientes de la Ordenanza Fiscal General, les impida, transitoriamente, efectuar el pago de sus débitos.
No obstante, se inadmitirán las solicitudes de fraccionamento que incluyan deudas en período voluntario y otras en vía ejecutiva, por lo que deberán presentarse en distintas solicitudes.
Cualquier persona que por su situación económica-financiera no pueda, transitoriamente, efectuar el pago de sus débitos con la Administración Municipal.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Pulse en el botón Tramitar por Internet y siga los pasos que se le indican.
En la petición de fraccionamiento se hará constar, además de los datos identificativos del sujeto pasivo y de la deuda, las causas que motivan la solicitud de fraccionamiento, los plazos y restantes condiciones que se solicitan, y la garantía que se ofrece. A la solicitud se le adjuntará la documentación requerida y se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Vigo.
Como regla general, el solicitante deberá ofrecer garantía en forma de aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o certificado de seguro de caución con las salvedades reguladas en el artículo 82 de la Ley 58/2003 General Tributaria.
Cuando se justifique que no es posible obtener el aval, o certificado, o que con esto se compromete seriamente la viabilidad de la actividad económica, el órgano competente podrá admitir otras garantías.
La garantía cubrirá el importe del principal y de los intereses de demora que genere el fraccionamiento, más un 25 por ciento de la suma de ambas partidas. La garantía constituida mediante aval deberá ser por término que exceda cuando menos en seis meses al vencimiento del plazo o plazos garantizados.
El órgano competente podrá dispensar total o parcialmente de las garantías exigibles, en los términos que establezca la norma reglamentaria de aplicación, cuando la persona deudora carezca de medios suficientes para garantizar la deuda y la ejecución de su patrimonio pudiera afectar al mantenimiento de la capacidad productiva y del nivel de empleo de la actividad económica respectiva o bien pudiera producir graves quebrantos para los intereses de la Hacienda municipal.
1. Cálculo de intereses: Se calcularán los intereses correspondientes a cada fraccionamento por el tiempo que transcurra entre el vencimiento del periodo voluntario de pago y el vencimiento de cada fracción.
2. La presentación de una solicitud de fraccionamento en período voluntario impedirá el inicio del período ejecutivo, pero no el devengo del interés de demora.
Tramitación y resolución:
- La Recaudación del Ayuntamiento tramitará las solicitudes de fraccionamento examinando y evaluando la falta de liquidez y la capacidad para generar recursos conforme lo dispuesto en las normas reglamentarias de aplicación, formulando la correspondiente propuesta de resolución al órgano competente para su aprobación.
- El órgano competente para la resolución de las solicitudes de fraccionamentos de pago es la Alcaldía.
- La resolución se notificará conforme a normativa regulamentaria de aplicación junto con el cálculo de intereses y procedimiento en caso de falta de pago.
- Procedimiento en caso de resolución denegatoria: En caso que esta solicitud no resultara aprobada, el contribuyente debe pagar la deuda dentro del plazo que reste para la finalización del periodo voluntario. Si no restara plazo, deberá pagarse, junto a los intereses devengados hasta la fecha de la resolución denegatoria, en los plazos establecidos en la Ordenanza Fiscal General del Ayuntamiento de Vigo.
- Durante la tramitación de la solicitud el deudor deberá efectuar el pago de la fracción o fracciones propuestas en aquella, pudiendo, en caso contrario, denegarse la misma por concurrir dificultades económico-financieras de carácter estrutural.
Ayuntamiento de Vigo
Plaza del Rey 1 - Planta Baja
36202 Vigo
Teléfono: 986 810 100 (ext. 1283)
Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
Inscripción de la identidad y cuota de participación del cónyuge no inscrito, y de los comuneros miembros o partícipes de la comunidad y entidades sin personalidad jurídica constituidos con anterioridad al 1 de enero de 2005.
Cotitulares que hubieran adquirido su derecho con anterioridad al 1 de enero de 2005.
Deberá presentar la solicitud, junto con la documentación requerida, en:
- En las Gerencias, Subgerencias o Unidades locales del Catastro o las Delegaciones de Economía y Hacienda en que se integran.
- En los demás órganos y oficinas que se relacionan en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- En el ayuntamiento en cuyo término municipal se ubique el bien inmueble a que se refiere la solicitud
En la solicitud se hará constar la referencia catastral del bien inmueble. Podrá utilizarse el modelo normalizado de solicitud que se encuentra a su disposición en las Gerencias y Subgerencias del Catastro y en esta página web (Modelo de Solicitud Catastral), así como el modelo de declaración - autoliquidación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Puede iniciarse en cualquier momento.
Lalín s/n.
36271 Vigo
subgerencia@vigo.catastro.meh.es
Tel.: 986 21 33 49
Fax.: 986 20 77 35
Horario: de 9 a 14:00 horas.
Andrés Muruais, 4.
36071 Pontevedra
gerencia.territorial@pontevedra.catastro.meh.es
Tel.: 986 86 83 11
Fax.: 986 86 36 25
Horario: De 9 a 17:30 horas de lunes a jueves, y de 9 a 14 h, los viernes. Horario de verano (16 de junio a 15 de septiembre) de 8 a 15 h.
La incorporación al Catastro Inmobiliario del titular de un derecho real de disfrute, imputable a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que no otorgue la condición de titular catastral.
Titulares de los correspondientes derechos reales de disfrute.
Deberá presentar la solicitud, junto con la documentación requerida, en:
- En las Gerencias, Subgerencias o Unidades locales del Catastro o las Delegaciones de Economía y Hacienda en que se integran.
- En los demás órganos y oficinas que se relacionan en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- En el ayuntamiento en cuyo término municipal se ubique el bien inmueble a que se refiere la solicitud
En la solicitud se hará constar la referencia catastral del bien inmueble. Podrá utilizarse el modelo normalizado de solicitud que se encuentra a su disposición en las Gerencias y Subgerencias del Catastro y en esta página web (Modelo de Solicitud Catastral), así como el modelo de declaración - autoliquidación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
Puede iniciarse en cualquier momento.
Lalín s/n.
36271 Vigo
subgerencia@vigo.catastro.meh.es
Tel.: 986 21 33 49
Fax.: 986 20 77 35
Horario: de 9 a 14:00 horas.
Andrés Muruais, 4.
36071 Pontevedra
gerencia.territorial@pontevedra.catastro.meh.es
Tel.: 986 86 83 11
Fax.: 986 86 36 25
Horario: De 9 a 17:30 horas de lunes a jueves, y de 9 a 14 h, los viernes. Horario de verano (16 de junio a 15 de septiembre) de 8 a 15 h.
Mediante esta solicitude poderá recibir información sobre dereito de estranxería relacionada con trámites tales como:
- Regularización en xeral (autorización de residencia, residencia e traballo, autorización de residencia por circunstancias excepcionais, etc)
- Renovación de autorizacións de residencia e de residencia e traballo.
- Visados.
- Tarxeta de estudante e traballo dos estudantes estranxeiros.
- Asistencia sanitaria dos estranxeiros en situación regular e irregular.
- Nacionalidade: Adquisición de nacionalidade española, pérdida e recuperación, dobre nacionalidade.
- Legalización de documentos estranxeiros.
- Homologación de títulos estranxeiros e convalidación do permiso de conducir.
- Réximen comunitario.
- Infraccións e Sancións: Procedemento de expulsión, devolución, etc
- Asistencia xurídica gratuíta.
- Información legal familiar.
- Prórroga de estancia e autorizacións de regreso.
- Calquera outra cuestión que se poida suscitar en torno a esta materia
Estranxeiros/as empadroados/as no Concello de Vigo.
NOTA: Pode consultar os solicitantes obrigados a relacionarse coa administración de maneira electrónica.
Pode solicitar a cita a través do correo electrónico ofi.inmigracion@vigo.org da Oficina Municipal de Atención e Información ao Inmigrante e Emigrante Retornado para manter unha entrevista co/a avogado/a da Oficina.
Solicitude de cita á Oficina Municipal de Atención e Información ao Inmigrante e Emigrante Retornado para manter unha entrevista co/a avogado/a da Oficina.
Solicitude cita: 986-442356 ; 986-442096
Rúa Martínez Garrido 21 interior
36205 Vigo
Teléfono: 986 442 356
Fax: 986 442 096
Email: ofi.inmigracion@vigo.org
Horario: De 9 a 14 horas de luns a venres
Los informes de vida laboral contienen información respecto de las situaciones de alta o baja de una persona en el conjunto de los distintos regímenes del sistema de la Seguridad Social.
Las situaciones que se incluyen en los informes son computables para el acceso, al menos, de una de las prestaciones contributivas del sistema de la Seguridad Social. Por lo tanto, no todas las situaciones que se incluyen en el informe de vida laboral tienen que ser necesariamente computables para todas las prestaciones económicas contributivas del sistema, aspecto éste que deberá ser determinado por la Entidad Gestora competente sobre la resolución de la solicitud de la correspondiente prestación.
Personas con número de la Seguridad Social.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Toda la información de como hacer la solicitud en esta página
Informe emitido por la Administracion Local del lugar de residencia de la persona extranjera que reside legalmente en el pais y que quiere traer a sus familiares, cónyuge, descendientes menores de edad, y ascendientes.
En el informe se tiene que hacer referencia a los siguientes extremos: Título que habilite para la ocupación de la vivienda, número de habitaciones, uso al que se destina cada una de las dependencias de la vivienda, número de personas que la habitan y condiciones de habitabilidad y equipamiento.
Puede reagrupar y por lo tanto solicitar el informe de vivienda:
La persona extranjera no comunitaria que haya residido legalmente en España durante un año y que tenga autorización para residir al menos por otro año.
Que tenga medios de subsistencia suficientes para atender las necesidades de su familia una vez reagrupada.
En el caso de reagrupación de ascendientes se requiere, que al menos durante el último año de residencia en España, se hayan transferido fondos de forma regular y en cantidad suficiente como para presumir una dependencia económica.
En el caso de reagrupación de menores Autorización del otro progenitor para que el menor resida en España.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Puede solicitar la cita a través del correo electrónico ofi.inmigracion@vigo.org de la Oficina Municipal de Atención e Información al Inmigrante y Emigrante Retornado para mantener una entrevista con el/la técnico/a correspondiente.
Solicitud de cita en la Oficina Municipal de Información al Inmigrante y Emigrante Retornado para mantener una entrevista con el/la técnico/a correspondiente.
Solicitud cita: 986 442 356 ; 986 442 096
En el plazo máximo de 15 días desde la solicitud, la Administración deberá emitir el informe y notificarlo al interesado y, simultáneamente y por medios telemáticos cuando fuera posible, a la autoridad competente para resolver la autorización de reagrupación familiar.
Subsidiariamente, la persona extrajera reagrupante podrá justificar el requisito de disponibilidad de vivienda suficiente, presentando acta notarial mixta de presencia y manifestaciones, en caso de que la Corporación Local no proceda a emitir el informe de vivienda en el plazo indicado, lo que será acreditado con la copia de la solicitud realizada.
Preguntas Frecuentes:
Requisitos generales para la reagrupación familiar.
Requisitos de la vivienda.
Cómo legalizar los documentos del país de origen.
Familiares reagrupables.
Calle Martínez Garrido 21 interior
36205 Vigo
Teléfono: 986 442 356
Fax: 986 442 096
Email: ofi.inmigracion@vigo.org
Horario: De 9 a 14 horas de lunes a viernes
Informe emitido por la Administración Local del lugar de residencia del reagrupante en el que se deberá hacer referencia a los siguientes extremos: Título que habilite para la ocupación de la vivienda, número de habitaciones, uso a que se destina cada una de las dependencias de la vivienda, número de personas que la habitan y condiciones de habitabilidad y equipamento.
Este informe es uno de los documentos que se deben de adjuntar a la solicitud de autorización de residencia por reagrupación familiar.
Las personas extranjeras menores de edad o incapacitadas no nacidas en España que bien sean hijos/as de españoles o de extranjeros/as residentes legales en España, bien estén sujetas legalmente a la tutela de uno/a ciudadano/a o institución española o de una persona extranjera residente legal en España:
- Pueden obtener autorización de residencia cuando se acredite su permanencia continuada en España durante un mínimo de 2 años.
- Sus padres o tutores deben cumplir los requisitos de medios de vida y alojamiento exigidos para ejercer el derecho a la Reagruapción Familiar.
- Cuando los menores se encuentren en edad de escolarización obligatoria, se deberá acreditar adicionalmente que estuvieron matriculados en un centro de enseñanza y asistido regularmente la clase.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Puede solicitar la cita previa a través del correo electrónico ofi.inmigracion@vigo.org de la Oficina Municipal de Atención e Información al Inmigrante y Emigrante Retornado para mantener una entrevista con el/la técnico/a correspondiente.
Mediante solicitud de cita en la Oficina Municipal de Atención e Información al Inmigrante y Emigrante Retornado para mantener una entrevista con el/la técnico/a correspondiente.
Mediante solicitud de cita en los teléfonos: 986 442 356 ; 986-442096
En el plazo máximo de 15 días desde la solicitud, la Administración Local deberá emitir el informe y notificarlo al interesado y, simultáneamente y por medios telemáticos cuando fuera posible, a la autoridad competente para resolver la autorización de reagrupación familiar.
Subsidiariamente, la persona solicitante podrá justificar el requisito de disponibilidad de vivienda suficiente, presentando acta notarial mixta de presencia y manifestaciones en caso de que la Corporación Local no proceda a emitir el informe de vivienda en el plazo indicado, lo que será acreditado con la copia de la solicitud realizada.
Preguntas Frecuentes:
Requisitos generales para la regularización de menores.
Requisitos de la vivienda.
Como legalizar los documentos del país de origen.
Calle Martínez Garrido 21 interior
36205 Vigo
Teléfono: 986 442 356
Fax: 986 442 096
Email: ofi.inmigracion@vigo.org
Horario: De 9 a 14 horas de lunes a viernes