Se consideran infracciones administrativas las acciones u omisiones que contravengan las disposiciones de la Ordenanza Municipal de Protección del Medio contra la Contaminación Acústica. Las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves.
Constituye falta leve:
a. La superación de los límites admitidos hasta 5 dB (A).
b. La transmisión de niveles de vibración correspondientes a la curva base inmediatamente superior a la máxima admitida para cada situación.
c. Cualquier otra infracción a las normas de esta ordenanza no calificada expresamente como falta grave o muy grave.
d. La realización de las actividades no permitidas por el capítulo IV, título III de la ordenanza municipal.
e. La circulación de vehículos de motor con el escape libre y con silenciadores ineficaces, incompletos, inadecuados o deteriorados.
f. La no presentación de los vehículos a las inspecciones.
De conformidad con la Ley 7/1997, del 11 de agosto, constituye falta grave:
a. La superación en más de 5 dB (A) de los valores límite establecidos.
b. La transmisión de niveles de vibración correspondientes a dos curvas base inmediatamente superiores a la máxima admitida para cada situación.
c. La vulneración expresa de los requerimientos municipales para la corrección de las deficiencias observadas.
d. La negativa u obstrucción a la labor inspectora. Se considera, en todo caso, como resistencia a la actuación inspectora impedirles a los funcionarios competentes la entrada en recintos y locales donde deban realizarse las inspecciones, siempre y cuando la Administración actuante observara los requisitos formales establecidos en esta ordenanza.
e. La reincidencia en faltas leves en el plazo de doce meses.
f. El inicio de actividades o la apertura de establecimientos e instalaciones susceptibles de producir ruidos o vibraciones sin obtener la autorización o licencia.
g. La transgresión o incumplimiento de las condiciones impuestas en la autorización o licencia, así como la no adopción, dentro del plazo concedido, de las medidas correctoras señaladas por el órgano competente. En este último supuesto, los sujetos responsables podrán evitar la imposición de sanción si proceden voluntariamente a la paralización o no iniciación de la actividad.
De conformidad con la Ley 7/1997, del 11 de agosto, constituye falta muy grave:
a. La superación en más de 15 *dB (A) de los valores límite establecidos.
b. La transmisión de niveles de vibración correspondientes a más de dos curvas base inmediatamente superiores a la máxima admitida para cada situación.
c. La reincidencia en faltas graves en el plazo de doce meses.
d. El incumplimiento de las órdenes de clausura de los establecimientos o de paralización de la actividad acordadas por la autoridad competente.
Cualquier persona.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Las inspecciones podrán llevarse a cabo por propia iniciativa municipal o tras la solicitud de cualquier interesado, que será hecha cubriendo el impreso de denuncia y enviándolo al Registro General del Ayuntamiento de Vigo a través de la Carpeta del Ciudadano. Las solicitudes contendrán, además de los datos generales exigibles a las instancias en la legislación que regula el procedimiento administrativo, los datos precisos para la realización de la inspección.
En los casos de reconocida urgencia, cuando los ruidos resulten altamente perturbadores o cuando sobrevengan ocasionalmente por uso abusivo, deterioro o deficiente funcionamiento de las instalaciones, aparatos o equipos, la solicitud de inspección podrá formularse directamente ante los servicios de inspección (Policia Local) tanto de palabra como por escrito.
Las inspecciones se realizarán habida cuenta las características del ruido y de las vibraciones existentes. Para tal fin, las mediciones relativas al ruido subjetivo se practicarán sin conocimiento del titular de la fuente sonora. Asimismo, las mediciones relativas al ruido objetivo con carácter general se practicarán también sin conocimiento del titular o responsable de la fuente sonora, sin perjuicio de que, en este último caso, se le pueda ofrecer al responsable del foco ruidoso una nueva medición en su presencia para su conocimiento.
Una vez concluidas las mediciones, se les entregará a los interesados una copia del resultado.
Las inspecciones podrán llevarse a cabo por propia iniciativa municipal o tras la solicitud de cualquier interesado, que será hecha cubriendo el impreso de denuncia y entregándolo en el Registro General del Ayuntamiento de Vigo. Las solicitudes contendrán, además de los datos generales exigibles a las instancias en la legislación que regula el procedimiento administrativo, los datos precisos para la realización de la inspección.
En los casos de reconocida urgencia, cuando los ruidos resulten altamente perturbadores o cuando sobrevengan ocasionalmente por uso abusivo, deterioro o deficiente funcionamiento de las instalaciones, aparatos o equipos, la solicitud de inspección podrá formularse directamente ante los servicios de inspección (Policia Local) tanto de palabra como por escrito.
Las inspecciones se realizarán habida cuenta las características del ruido y de las vibraciones existentes. Para tal fin, las mediciones relativas al ruido subjetivo se practicarán sin conocimiento del titular de la fuente sonora. Asimismo, las mediciones relativas al ruido objetivo con carácter general se practicarán también sin conocimiento del titular o responsable de la fuente sonora, sin perjuicio de que, en este último caso, se le pueda ofrecer al responsable del foco ruidoso una nueva medición en su presencia para su conocimiento.
Una vez concluidas las mediciones, se les entregará a los interesados una copia del resultado.
Las infracciones a los preceptos de esta ordenanza se sancionarán de la siguiente manera, de acuerdo al establecido en la Ley 7/1997, del 11 de agosto, de protección contra la contaminación acústica.
a. Infracciones leves, con multa de 100.000 hasta 250.000 ptas (el equivalente en euros).
b. Infracciones graves, con multa de 250.001 hasta 1.500.000 ptas. (el equivalente en euros), clausura temporal del establecimiento o paralización de la actividad por un espacio de tiempo no superior a seis meses.
c. Infracciones muy graves, con multa de 1.500.001 hasta 10.000.000 ptas. (el equivalente en euros), clausura del establecimiento o paralización de la actividad por espacio superior a seis meses o con carácter definitivo.
Ayuntamiento de Vigo
Praza do Rei 1
2ª Planta
36202 - Vigo
Teléfonos: 986 810 210 ; 986 810 204
Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
Toda persona tiene derecho a exigir ante los órganos administrativos y los Tribunales Contencioso-Administrativos la observancia de la legislación y demás instrumentos de ordenación territorial y urbanística mediante la interposición de la correspondiente denuncia o recurso contencioso-administativo.
Podrá interponerse durante la ejecución de obras o usos presuntamente ilegales y hasta el transcurso de los plazos establecidos para la adopción de las medidas de protección de la legalidad urbanística.
En Galicia el plazo para exigir la restauración de la legalidad urbanística respecto a obras terminadas sin título habilitante (licencia o comunicación previa) es de seis años desde la total terminación de las obras.
Cualquier persona física o jurídica.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Pulsando en el botón "Tramitar por Internet" puede realizar la denuncia urbanística online y enviar la documentación requerida de forma telemática. De esta manera la solicitud resultante y la documentación complementaria quedará registrada de forma automática en el Registro de la Gerencia de Urbanismo sin que tenga que realizar ningún trámite de forma presencial.
Para obtener una mayor celeridad y eficacia en la tramitación de las denuncias se solicita que utilicen el modelo que se facilita en esta web y presentarlo personalmente en el registro de la Gerencia de Urbanismo o en los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas (en otro registro administrativo relacionado, en Correos, etc.).
Las medidas para la protección de la legalidad urbanística encomendadas a las entidades locales por la ley de suelo de Galicia atienden a la protección del interés general consistente en el debido cumplimiento de la normativa urbanística. Resultan irrelevantes en este encargo legal los intereses particulares de las personas denunciantes, toda vez que el bien público a proteger es el respeto a la normativa urbanística de aplicación y no los intereses particulares que, por legítimos que puedan ser, no tienen por que coincidir con el interés general.
Los daños causados por particulares en propiedades personales no corresponde dilucidarlos ni resarcirlos a la Administración municipal, correspondiendo la vía civil el canal idóneo para dirimir estos conflictos.
El Plan de Inspección Urbanística del Ayuntamiento de Vigo establece el orden de prioridad en la tramitación de las denuncias urbanísticas presentadas ante esta Administración municipal.
La presentación de una denuncia urbanística no confiere a la persona denunciante la condición de persona interesada en las actuaciones administrativas de protección de la legalidad urbanística que se practiquen en relación a las obras o usos denunciados. La condición de persona interesada se adquiere de conformidad con lo establecido en la legislación de procedimiento administrativo común, sin perjuicio del acceso a la información pública, archivos y registros de acuerdo con lo previsto en la legislación en materia de transparencia y buen gobierno y demás normativa concordante.
Gerencia Municipal de Urbanismo
Plaza del Rey s/n, andar -1, 36202 Vigo
Teléfono: 986 810 349
Horario: De 9 a 13:30 horas.
aprobado por el Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo el 06.07.2015 (BOP de Pontevedra número 141, del 24 de julio
aprobados por el Pleno del Ayuntamiento el 29 de julio de 1996 y modificados mediante acuerdo plenario de fecha 26/04/2010.
Toda persoa ten dereito a esixir ante os órganos administrativos e os Tribunais Contencioso-Administrativos a observancia da lexislación e demais instrumentos de ordenación territorial e urbanística mediante a interposición da correspondente denuncia ou recurso contencioso-administativo.
Poderá interpoñerse durante a execución de obras ou usos presuntamente ilegais e ata o transcurso dos prazos establecidos para a adopción das medidas de protección da legalidade urbanística.
En Galicia o prazo para esixir a restauración da legalidade urbanística respecto de obras terminadas sen título habilitante (licenza ou comunicación previa) é de seis anos desde a total terminación das obras.
Calquera persoa física ou xurídica.
NOTA: Pode consultar os solicitantes obrigados a relacionarse coa administración de maneira electrónica.
Premendo no botón "Tramitar por Internet" pode realizar a denuncia urbanística online e enviar a documentación requirida de forma telemática. Desta maneira a solicitude resultante e a documentación complementaria quedará rexistrada de forma automática no Rexistro da Xerencia de Urbanismo sen que teña que realizar ningún trámite de forma presencial.
Para obter unha maior celeridade e eficacia na tramitación das denuncias solicítase que utilicen o modelo que se facilita nesta web e presentalo persoalmente no rexistro da Xerencia de Urbanismo ou nos lugares previstos no artigo 16 da Lei 39/2015, do 1 de outubro, de procedemento administrativo común das Administracións públicas (en outro rexistro administrativo vencellado, en Correos, etc.).
As medidas para a protección da legalidade urbanística encomendadas ás entidades locais pola lei de solo de Galicia atenden á protección do interese xeral consistente no debido cumprimento da normativa urbanística. Resultan irrelevantes nesta encomenda legal os intereses particulares das persoas denunciantes, toda vez que o ben público a protexer é o respecto á normativa urbanística de aplicación e non os intereses particulares que, por lexítimos que poidan ser, non teñen por que coincidir co interese xeral.
Os danos causados por particulares en propiedades privadas non corresponde dilucidalos nin resarcilos á Administración municipal, correspondendo a vía civil a canle axeitada para dirimir estes conflitos.
O Plan de Inspección Urbanística do Concello de Vigo establece a orde de prioridade na tramitación das denuncias urbanísticas presentadas ante esta Administración municipal.
A presentación dunha denuncia urbanística non confire á persoa denunciante a condición de persoa interesada nas actuacións administrativas de protección da legalidade urbanística que se practiquen en relación ás obras ou usos denunciados. A condición de persoa interesada adquírese de conformidade co establecido na lexislación de procedemento administrativo común, sen prexuízo do acceso á información pública, arquivos e rexistros de acordo co previsto na lexislación en materia de transparencia e bo goberno e demais normativa concordante.
Xerencia Municipal de Urbanismo
Praza do Rei s/n, andar -1, 36202 Vigo
Teléfono: 986 810 349
Horario: De 9 a 13:30 horas.
aprobado polo Consello da Xerencia Municipal de Urbanismo o 06/07/2015 (BOP de Pontevedra número 141, do 24 de xullo de 201
aprobados polo Concello Pleno o 29 de xullo de 1996 e modificados mediante acordo plenario de data 26/04/2010.
Toda persona tiene derecho a exigir ante los órganos administrativos y los Tribunales Contencioso-Administrativos la observancia de la legislación y demás instrumentos de ordenación territorial y urbanística mediante la interposición de la correspondiente denuncia o recurso contencioso-administativo.
Podrá interponerse durante la ejecución de obras o usos presuntamente ilegales y hasta el transcurso de los plazos establecidos para la adopción de las medidas de protección de la legalidad urbanística.
En Galicia el plazo para exigir la restauración de la legalidad urbanística respecto a obras terminadas sin título habilitante (licencia o comunicación previa) es de seis años desde la total terminación de las obras.
Cualquier persona física o jurídica.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Pulsando en el botón "Tramitar por Internet" puede realizar la denuncia urbanística online y enviar la documentación requerida de forma telemática. De esta manera la solicitud resultante y la documentación complementaria quedará registrada de forma automática en el Registro de la Gerencia de Urbanismo sin que tenga que realizar ningún trámite de forma presencial.
Para obtener una mayor celeridad y eficacia en la tramitación de las denuncias se solicita que utilicen el modelo que se facilita en esta web y presentarlo personalmente en el registro de la Gerencia de Urbanismo o en los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas (en otro registro administrativo relacionado, en Correos, etc.).
Las medidas para la protección de la legalidad urbanística encomendadas a las entidades locales por la ley de suelo de Galicia atienden a la protección del interés general consistente en el debido cumplimiento de la normativa urbanística. Resultan irrelevantes en este encargo legal los intereses particulares de las personas denunciantes, toda vez que el bien público a proteger es el respeto a la normativa urbanística de aplicación y no los intereses particulares que, por legítimos que puedan ser, no tienen por que coincidir con el interés general.
Los daños causados por particulares en propiedades personales no corresponde dilucidarlos ni resarcirlos a la Administración municipal, correspondiendo la vía civil el canal idóneo para dirimir estos conflictos.
El Plan de Inspección Urbanística del Ayuntamiento de Vigo establece el orden de prioridad en la tramitación de las denuncias urbanísticas presentadas ante esta Administración municipal.
La presentación de una denuncia urbanística no confiere a la persona denunciante la condición de persona interesada en las actuaciones administrativas de protección de la legalidad urbanística que se practiquen en relación a las obras o usos denunciados. La condición de persona interesada se adquiere de conformidad con lo establecido en la legislación de procedimiento administrativo común, sin perjuicio del acceso a la información pública, archivos y registros de acuerdo con lo previsto en la legislación en materia de transparencia y buen gobierno y demás normativa concordante.
Gerencia Municipal de Urbanismo
Plaza del Rey s/n, andar -1, 36202 Vigo
Teléfono: 986 810 349
Horario: De 9 a 13:30 horas.
aprobado por el Consejo de la Gerencia Municipal de Urbanismo el 06.07.2015 (BOP de Pontevedra número 141, del 24 de julio
aprobados por el Pleno del Ayuntamiento el 29 de julio de 1996 y modificados mediante acuerdo plenario de fecha 26/04/2010.
Devolución de garantías definitivas constituidas para garantizar la correcta ejecución de los contratos firmados con el Ayuntamiento de Vigo.
Las personas físicas o jurídicas que ejecutaron contratos con el Ayuntamiento de Vigo y a las que se le exigió la constitución de garantías definitivas.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Mediante la presentación de la solicitud por parte del interesado en el Registro General del Ayuntamiento de Vigo o de cualquier otro lugar especificado en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992.
3 meses.
Este trámite permite domiciliar na conta bancaria o pagamento dos recibos do Imposto de Exaccións Unificadas Industriais (EUI).
A domiciliación bancaria supón o cargo, o último día do período voluntario, na conta indicada polo contribuinte, do importe do recibo emitido anualmente.
Aqueles obrigados ao pago dun tributo de cobro periódico por recibo.
NOTA: Pode consultar os solicitantes obrigados a relacionarse coa administración de maneira electrónica.
Dende a Carpeta do Cidadán ten acceso a tódolos seus recibos e pode facer a domiciliación de forma sinxela indicando o número de conta e titular onde quere facer a domiciliación.
Debe facer a domiciliación antes da data fixada polo servizo de recaudación para cada tributo para que a domiciliación sexa efectiva nese ano; se non quedará operativo no seguinte ano e sucesivos. Pode ver as datas dos períodos de pagamento e domiciliación no Calendario do Contribuinte.
Cubrindo o impreso de orden de domiciliacións de pago e entregándoo, xunto coa documentación requirida, no Rexistro Xeral do Concello de Vigo. Cando a conta designada para o cargo dos recibos non sexa de titularidade do obrigado ao pago, o titular da conta debe autorizar expresamente a domiciliación.
Este impreso deberá presentarse antes da data fixada polo servizo de recaudación para cada tributo para que a domiciliación sexa efectiva nese ano. Con posterioridade a este prazo a domiciliación terá efectos para o ano seguinte e sucesivos. Pode ver as datas dos períodos de pagamento e de domiciliación no Calendario do Contribuinte.
As domiciliacións terán validez por tempo indefinido, en tanto non sexan anuladas polo interesado, rexeitadas pola Entidade de depósito ou a Administración dispoña expresamente a súa invalidez por razóns xustificadas (modificación do titular do recibo,...).
Concello de Vigo
Praza do Rei 1 - Planta Baixa
36202 Vigo
Teléfono: 986 810 100 (ext. 1283)
Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
Este trámite permite domiciliar na conta bancaria o pagamento da Taxa pola Recollida de Lixo en Vivendas.
A domiciliación bancaria supón o cargo, o último día do período voluntario, na conta indicada polo contribuinte, do importe do recibo emitido anualmente.
Aqueles obrigados ao pago dun tributo de cobro periódico por recibo.
NOTA: Pode consultar os solicitantes obrigados a relacionarse coa administración de maneira electrónica.
Dende a Carpeta do Cidadán ten acceso a tódolos seus recibos e pode facer a domiciliación de forma sinxela indicando o número de conta e titular onde quere facer a domiciliación.
Debe facer a domiciliación antes da data fixada polo servizo de recaudación para cada tributo para que a domiciliación sexa efectiva nese ano; se non quedará operativo no seguinte ano e sucesivos. Pode ver as datas dos períodos de pagamento e domiciliación no Calendario do Contribuinte.
Cubrindo o impreso de orden de domiciliacións de pago e entregándoo, xunto coa documentación requirida, no Rexistro Xeral do Concello de Vigo. Cando a conta designada para o cargo dos recibos non sexa de titularidade do obrigado ao pago, o titular da conta debe autorizar expresamente a domiciliación.
Este impreso deberá presentarse antes da data fixada polo servizo de recaudación para cada tributo para que a domiciliación sexa efectiva nese ano. Con posterioridade a este prazo a domiciliación terá efectos para o ano seguinte e sucesivos. Pode ver as datas dos períodos de pagamento e de domiciliación no Calendario do Contribuinte.
As domiciliacións terán validez por tempo indefinido, en tanto non sexan anuladas polo interesado, rexeitadas pola Entidade de depósito ou a Administración dispoña expresamente a súa invalidez por razóns xustificadas (modificación do titular do recibo,...).
Concello de Vigo
Praza do Rei 1 - Planta Baixa
36202 Vigo
Teléfono: 986 810 100 (ext. 1283)
Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
Este trámite permite domiciliar en la cuenta bancaria el pago de los recibos del Impuesto de Exacciones Unificadas Industriales (EUI).
La domiciliación bancaria supone el cargo, el último día del período voluntario, en la cuenta indicada por el contribuyente, del importe del recibo emitido anualmente.
Aquellos obligados al pago de un tributo de cobro periódico por recibo.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Desde la Carpeta de el Ciudadano tiene acceso a todos los sus recibos y puede hacer la domiciliación de forma sencilla indicando el número de cuenta y titular donde quiere hacer la domiciliación.
Debe hacer la domiciliación antes de la fecha fijada por el servicio de recaudación para cada tributo para que la domiciliación sea efectiva en ese año; si no quedará operativo en el siguiente año y sucesivos. Puede ver las fechas de los períodos de pago y domiciliación en el Calendario del Contribuyente.
Cubriendo el impreso de orden de domiciliación de pago y entregándolo, junto con la documentación requerida, en el Registro General del Ayuntamiento de Vigo. Cuando la cuenta designada para el cargo de los recibos no sea de titularidad del obligado al pago, el titular de la cuenta debe autorizar expresamente la domiciliación.
Este impreso deberá presentarse antes de la fecha fijada por el servicio de recaudación para cada tributo para que la domiciliación sea efectiva en ese año. Con posterioridad la este plazo la domiciliación tendrá efectos para el año siguiente y sucesivos. Puede ver las fechas de los períodos de pago y domiciliación en el Calendario del Contribuyente.
Las domiciliaciones tendrán validez por tiempo indefinido, en tanto no sean anuladas por el interesado, rechazadas por la Entidad de depósito o la Administración disponga expresamente su invalidez por razones justificadas (modificación del titular del recibo,...).
Ayuntamiento de Vigo
Plaza del Rey 1 - Planta Baja
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Teléfono: 986 810 100 (ext. 1283)
Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
Este trámite permite domiciliar en la cuenta bancaria el pago de la Tasa por la Recogida de Basuras en Viviendas.
La domiciliación bancaria supone el cargo, el último día del período voluntario, en la cuenta indicada por el contribuyente, del importe del recibo emitido anualmente.
Aquellos obligados al pago de un tributo de cobro periódico por recibo.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Desde la Carpeta de el Ciudadano tiene acceso a todos los sus recibos y puede hacer la domiciliación de forma sencilla indicando el número de cuenta y titular donde quiere hacer la domiciliación.
Debe hacer la domiciliación antes de la fecha fijada por el servicio de recaudación para cada tributo para que la domiciliación sea efectiva en ese año; si no quedará operativo en el siguiente año y sucesivos. Puede ver las fechas de los períodos de pago y domiciliación en el Calendario del Contribuyente.
Cubriendo el impreso de orden de domiciliación de pago y entregándolo, junto con la documentación requerida, en el Registro General del Ayuntamiento de Vigo. Cuando la cuenta designada para el cargo de los recibos no sea de titularidad del obligado al pago, el titular de la cuenta debe autorizar expresamente la domiciliación.
Este impreso deberá presentarse antes de la fecha fijada por el servicio de recaudación para cada tributo para que la domiciliación sea efectiva en ese año. Con posterioridad la este plazo la domiciliación tendrá efectos para el año siguiente y sucesivos. Puede ver las fechas de los períodos de pago y de domiciliación en el Calendario del Contribuyente.
Las domiciliaciones tendrán validez por tiempo indefinido, en tanto no sean anuladas por el interesado, rechazadas por la Entidad de depósito o la Administración disponga expresamente su invalidez por razones justificadas (modificación del titular del recibo,...).
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Plaza del Rey 1 - Planta Baja
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Teléfono: 986 810 100 (ext. 1283)
Horario: De 9:00 a 13:30 horas.
Este trámite permite domiciliar en la cuenta bancaria el pago de los recibos del impuesto de Actividades Económicas (IAE).
La domiciliación bancaria supone el cargo, el último día del período voluntario, en la cuenta indicada por el contribuyente, del importe del recibo emitido anualmente.
Aquellos obligados al pago de un tributo de cobro periódico por recibo.
NOTA: Puede consultar los solicitantes obligados a relacionarse con la administración de manera electrónica.
Desde la Carpeta de el Ciudadano tiene acceso a todos los sus recibos y puede hacer la domiciliación de forma sencilla indicando el número de cuenta y titular donde quiere hacer la domiciliación.
Debe hacer la domiciliación antes de la fecha fijada por el servicio de recaudación para cada tributo para que la domiciliación sea efectiva en ese año; si no quedará operativo en el siguiente año y sucesivos. Puede ver las fechas de los períodos de pago y domiciliación en el Calendario del Contribuyente.
Cubriendo el impreso de orden de domiciliación de pago y entregándolo, junto con la documentación requerida, en el Registro General del Ayuntamiento de Vigo. Cuando la cuenta designada para el cargo de los recibos no sea de titularidad del obligado al pago, el titular de la cuenta debe autorizar expresamente la domiciliación.
Este impreso deberá presentarse antes de la fecha fijada por el servicio de recaudación para cada tributo para que la domiciliación sea efectiva en ese año. Con posterioridad la este plazo la domiciliación tendrá efectos para el año siguiente y sucesivos. Puede ver las fechas de los períodos de pago y de domiciliación en el Calendario del Contribuyente.
Las domiciliaciones tendrán validez por tiempo indefinido, en tanto no sean anuladas por el interesado, rechazadas por la Entidad de depósito o la Administración disponga expresamente su invalidez por razones justificadas (modificación del titular del recibo,...).
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