Apertura de actividades comerciales, industriales o mercantiles por Comunicación de actividad inocua
Descripción
Presentar la comunicación de actividad inocua de ejercicio de actividad, para el ejercicio de actividades de carácter comercial, industrial o de servicios que por su naturaleza o condiciones de funcionamiento no puedan previsiblemente producir molestias, afectar a las normales condiciones de salubridad e higiene, o implicar daños o riesgos graves a persona o bienes.
Como por ejemplo oficinas, pequeños comercios:
Perfumería, peluquería, despacho de pan, ultramarinos, fruterías, herboristerías, salones de belleza, droguerías, farmacias, oficinas bancarias, ópticas, ortopedias, venta de material informático, venta menor de telefonía móvil, videoclubs, locutorios telefónicos sin juegos en red, pensión, residencia sin comedor, centros de enseñanza no reglada, agencias de viajes, papelería-librería, joyería-relojería, ferretería, zapatería, funeraria, deportes, juguetería, exposición-venta y alquiler de vehículos, clínicas, venta menor de muebles.
Quién lo puede solicitar
Toda persona física o jurídica que esté interesada en la apertura de un establecimiento para el ejercicio de actividades sujetas al régimen de comunicación de actividad inocua en el término municipal de Valencia.
Cuándo solicitarlo
En cualquier momento previo al inicio de la actividad sujeta a comunicación de actividad inocua
Documentación a presentar
- Impreso de comunicación de actividad inocua
- En caso de ser una sociedad, fotocopia de la escritura de constitución de la sociedad y de los poderes de representación de quien firme la instancia.
- En caso de que los solicitantes estuvieren constituidos en comunidad de bienes, copia del contrato constitutivo de la comunidad de bienes, suscribiendo la instancia la totalidad de los comuneros o quien ostente la representación de éstos, siempre que acredite dicha representación.
- Memoria técnica, suscrita por técnico competente, en la que se describa el local, sus instalaciones y la actividad a desarrollar.
- Certificado de técnico competente en el que se manifieste expresamente la compatibilidad urbanística para la implantación de la actividad, de acuerdo con la normativa urbanística específica aplicable al emplazamiento donde se pretende instalar.
- Certificado de técnico competente en el que conste que la actividad se ajusta a la normativa vigente que le sea de aplicación.
Para locales ubicados en plantas altas:
Deberá aportar, además, uno de los siguientes documentos:
- Licencia de obras o de primera utilización del edificio, donde conste el uso terciario del local objeto de la actividad.
- Licencia de modificación de uso del local.
- Certificado expedido por el Administrador o el Presidente de la Comunidad de Propietarios haciendo constar, el uso de todos y cada uno de los locales del edificio, distribuidos por plantas.
En el supuesto de precisar entrada y salida de vehículos:
Además:
- Plano de planta a escala 1:50, realizado por Técnico competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente, que grafie la totalidad del local, ubicando el espacio habilitado para la carga y descarga, y acotando el ancho del acceso.
Actuaciones a realizar por el solicitante
Presentación de la comunicación de actividad inocua , acompañada de la documentación indicada.
Recursos
- Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
- Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Ordenanzas
Procedimientos relacionados
Legislación
- Normas urbanísticas del P.G.O.U. Deberá justificar la adaptación del local al Plan General considerando entre otros el Régimen de Usos, alturas libres, condiciones del altillo, si lo hay, aseos, ventilaciones, instalaciones de aire acondicionado, uso en sótano, circulación en interior del local comercial, accesos en locales de oficina, condiciones ambientales, habitabilidad, etc.
- Decreto 54/90, de 26 de marzo de 1990 que aprueba el nomenclátor de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas.
- Ley 2/2006 de 5 de mayo, de la Generalitat Valenciana, de Prevención de la contaminación y calidad ambiental.
- Decreto-Ley 2/2012, 13 de enero, de medidas urgentes de apoyo a la iniciativa empresarial y a los emprendedores, microempresas y pequeñas y medianas empresas (PYME) de la Comunidad Valenciana.
- Decreto 127/2006, de 15 de septiembre, del Consell, por el que se desarrolla la Ley 2/2006, de 5 de mayo, de la Generalitat, de Prevención de la Contaminación y Calidad Ambiental
- Ley 14/2010, de 3 de diciembre de Espectáculos Públicos, Actividades y Establecimientos Públicos.
- Instrucción 1/83 de Consellería y Gobernación de 10 de Enero de 1983. Deberá justificar la inocuidad de la actividad en base a los parámetros de carga térmica, potencia y transmisión acústica que fija la instrucción como límites para considerarla inocua.
- CTE DB 51 OMPI y Reglamento de Seguridad contra incendios en los establecimientos industriales (RD2267/04, de 3 de diciembre) en todos los extremos que le sean de aplicación (recorridos de evacuación, instalaciones de protección contra incendios, RFde los elementos de partición, etc.)
- Ley 1/98 de 5 de mayo de 1998 de Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas y de la Comunicación. Se considerará la adaptación de accesos, aseos, etc. para personas de movilidad reducida o con limitación sensorial, que precisen del uso de las instalaciones, bienes y servicios que ofrece la actividad.
- Decreto 39/2004, de 5 de marzo, de accesibilidad a la edificación de pública concurrencia y en el medio urbano.
- Orden de 25 de mayo de 2004, de 5 de marzo , en materia de accesibilidad a la edificación de pública concurrencia.
- Ordenanza de Seguridad e Higiene en el trabajo de 9 de Marzo de 1971 y Real Decreto 481/97 de 14 de Abril de 1997 que la modifica en parte de su articulado, y toda la Reglamentación sanitaria que le sea de aplicación en función del tipo de actividad.
Dónde dirigirse
Obligatoriamente en los registros auxiliares especializados de las Juntas Municipales de Distrito.
Oficinas de información
- JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOS
- JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLA
- JUNTA MUNICIPAL DE EXPOSICIÓN
- JUNTA MUNICIPAL DE MARÍTIMO
- JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX
- JUNTA MUNICIPAL DE RUZAFA
- JUNTA MUNICIPAL DE TRÁNSITOS
Telefono: 96.352.54.78
Fax: 96.352.66.91
De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes
Telefono: 96.208.17.37
Fax: 96.352.65.66
De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
Telefono: 96.352.54.78
Fax: 96.360.17.36
De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
Telefono: 96.352.54.78
Fax: 96.367.27.48
De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
Telefono: 96.352.54.78
Fax: 96.353.99.07
De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
Telefono: 96.352.54.78
Fax: 96.352.65.22
De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
Telefono: 96.352.54.78
Fax: 96.353.99.16
De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.Desde el 11 de octubre de 2016, por obras, no se podrán prestar algunos servicios. Consultar previamente
Oficinas para presentar
- JUNTA MUNICIPAL DE ABASTOS
- JUNTA MUNICIPAL DE CIUTAT VELLA
- JUNTA MUNICIPAL DE EXPOSICIÓN
- JUNTA MUNICIPAL DE MARÍTIMO
- JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX
- JUNTA MUNICIPAL DE RUZAFA
- JUNTA MUNICIPAL DE TRÁNSITOS
Telefono: 96.352.54.78
Fax: 96.352.66.91
De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes
Telefono: 96.208.17.37
Fax: 96.352.65.66
De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
Telefono: 96.352.54.78
Fax: 96.360.17.36
De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
Telefono: 96.352.54.78
Fax: 96.367.27.48
De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
Telefono: 96.352.54.78
Fax: 96.353.99.07
De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
Telefono: 96.352.54.78
Fax: 96.352.65.22
De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
Telefono: 96.352.54.78
Fax: 96.353.99.16
De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.Desde el 11 de octubre de 2016, por obras, no se podrán prestar algunos servicios. Consultar previamente
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
JUNTA MUNICIPAL DE TRÁNSITOS
C/ Conde Lumiares, 5, Valencia
Tel. 96.352.54.78
Horario: De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes
ALCALDÍA DE BARRIO EL PALMAR
C/ Caudete, 15, Valencia
Tel. 96.162.00.66
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX
C/. Beato Nicolás Factor, 1, Valencia
Tel. 96.352.54.78
Horario: De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
ALCALDÍA DE BARRIO EL SALER
Av. de los Pinares, 1, Valencia
Tel. 96.183.02.95
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas
ALCALDÍA DE BARRIO CARPESA
C/ Apóstol San Pedro, 21, Valencia
Tel. 96.185.71.94
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h. Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
JUNTA MUNICIPAL DE EXPOSICIÓN
C/. Guardia Civil, 19, Valencia
Tel. 96.352.54.78
Horario: De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
ALCALDÍA DE BARRIO BORBOTÓ
Pl. Moreral, 8, Valencia
Tel. 96.390.17.47
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas
ALCALDÍA DE BARRIO PINEDO
Carrera del Riu, 263, Valencia
Tel. 96.324.89.64
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
ALCALDÍA DE BARRIO CASTELLAR-OLIVERAL
C/ Comandante Franco esquina con C/ Escultor Federico Siurana, Valencia
Tel. 96.344.76.47
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
ALCALDÍA DE BARRIO EL PERELLONET
Av. de las Gaviotas s/n, Valencia
Tel. 96.177.78.89
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - TABACALERA
Amadeo de Saboya, 11. Nave Oeste, Valencia
Tel. 96.352.54.78 - ext: 2036
Horario: De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes
ALCALDÍA DE BARRIO LA TORRE
C/ Benidoleig s/n, Valencia
Tel. 96.396.33.17
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas