ANULADO Licencia de Cambio de Uso con o sin reforma en Ciutat Vella
Descripción
Autorizar la modificación del uso originario de un inmueble, local o vivienda a otro compatible y permitido por las Normas urbanísticas y Ordenanzas Municipales vigentes, en el distrito de Ciutat Vella.
El cambio puede realizarse de local comercial a viviendas, a oficinas o a aparcamiento y viceversa.
Quién lo puede solicitar
Personas físicas y/o jurídicas que pretendan autorización para cambiar el uso del inmueble y/o local.
Cuándo solicitarlo
Con anterioridad a la implantación del nuevo uso.
Documentación a presentar
Instancia de solicitud general, acompañada de la siguiente documentación:
- Copia del Poder cotejada con el original en el Registro General de Entrada cuando la solicitud se formula en nombre de persona jurídica. Si el solicitante es una sociedad deberá aportar fotocopia de la escritura de constitución y de los poderes de representación de quien firma la instancia.
- Carta de Pago del Ingreso Previo de la tasa de licencia Urbanística o xerocopia de la misma.
- Proyecto técnico de Cambio de Uso y, en su caso, reforma, por duplicado, suscrito por facultativo competente y visado por el correspondiente Colegio Profesional, que refleje la edificación existente, el cambio de uso y, en su caso, la reforma que se pretende.
- Documentación técnica justificativa, o Certificado que en su caso sea preceptivo, del cumplimiento del R.D. 1627/97, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, a los efectos de lo previsto en el art. 17.1 del citado Real Decreto.
- Si las obras solicitadas se encuentran en áreas afectadas por la declaración de Bien de Interés Cultural (B.I.C.) del conjunto histórico de Valencia, deberá adjuntar además:
Autorización de la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consellería de Cultura, Educación y Ciencia de la Generalitat Valenciana.
- Si las obras tienen el carácter de Reforma o de Nueva Planta, a la autorización citada debe acompañarse:
Un ejemplar del proyecto que se autoriza debidamente sellado por esa Dirección General.
Tasas
A) Si hay reforma:
1º.-Tasa de actuaciones urbanísticas (Por cambio de uso y por la obra a realizar):
Plazo de ingreso: Con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia de cambio de uso.
Cuantía: el 7% del importe liquidado por obra, más la cuantía detallada a continuación, que se calculará en función del presupuesto de ejecución material de la obra a realizar:
Tasas 2012
Hasta 6.010,12 ? | 135,43 ? |
Mayor de 6.010,12 y hasta 30.050,61 ? | 243,70 ? |
Mayor de 30.050,61 y hasta 60.101,21 ? | 722,14 ? |
Mayor de 60.101,21 y hasta 150.253,03 ? | 1.575,33 ? |
Mayor de 150.253,03 y hasta 300.506,05 ? | 3.610,42 ? |
Mayor de 300.506,05 y hasta 601.012,10 ? | 7.672,16 ? |
Mayor de 601.012,10 ?: - Se abonará 9.657,85 euros, más el importe resultante de multiplicar por 9,28 el exceso sobre 601.012,10 euros, considerando fracciones de 6.010,12 euros.
2º.-Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras:
Plazo de ingreso: Dentro del plazo de 1 mes desde la notificación de la concesión de la licencia de obra correspondiente.
Cuantía: 4% del presupuesto de ejecución material de la obra.
Para exenciones, reducciones o bonificaciones sobre las cuantías señaladas: Estar a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal relativa a las Tasas por prestación de los servicios relativos a las Actuaciones Urbanísticas y a la Ordenanza-Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, del Ayuntamiento de Valencia.
B) Si no hay reforma:
Tasa de actuaciones urbanísticas (por cambio de uso).
Plazo de ingreso: Con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia de cambio de uso.
Cuantía: el 7% del importe liquidado por obra.
Para exenciones, reducciones o bonificaciones sobre las cuantías señaladas: Se estará a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal relativa a las Tasas por prestación de los servicios relativos a las Actuaciones Urbanísticas y a la Ordenanza-Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, del Ayuntamiento de Valencia.
El pago de esta tasa se realiza por el sistema de autoliquidación: Gestor de Autoliquidaciones.
Actuaciones a realizar por el solicitante
Si hay reforma:
- Ingreso de la tasa por actuaciones urbanísticas, con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia (ver cuantía e instancia en apartado ?Tasas?).
- Presentación solicitud de licencia de cambio de uso, acompañada de la documentación señalada en el apartado ?documentación a presentar?.
- Ingreso del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución de concesión de licencia de obras.
Si no hay reforma:
- Ingreso de la tasa por actuaciones urbanísticas, con carácter previo a la presentación de la solicitud de licencia (ver cuantía en apartado ?Tasas?).
- Presentación solicitud de licencia de cambio de uso, acompañada de la documentación señalada en el apartado ?documentación a presentar?.
Información Complementaria
En cuanto al silencio administrativo y a la caducidad, se estará a lo dispuesto en los artículos 196 y 198 respectivamente, de la Ley Urbanística Valenciana.
Recursos
- Recurso potestativo de reposición (plazo de interposición: un mes)
- Recurso Contencioso-Administrativo (plazo de interposición: dos meses)
Hacer en web
Puede autoliquidar la tasa aquí
Impresos
Instancia general |
Ordenanzas
Legislación
- Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística Valenciana.
- Decreto 67/2006, de 12 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística.
- Ley 3/2004, de 30 de junio, de la Generalitat Valenciana, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación.
- Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones
- Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con las modificaciones introducidas por la ley 4/1999, de 13 de enero.
- Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local.
- Ley 4/1998, de Patrimonio Cultural de la Generalitat Valenciana.
- Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
- Norma Básica de la Edificación de Condiciones de Protección contra Incendios (NBE-CPI-96)
- Real Decreto 1627/1997, por el que se establecen las Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción.
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Oficinas de información
- SERVICIO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS OBRAS DE EDIFICACIÓN.
Telefono: 96.352.54.78: ? Unidad A: ext. 3310 ? Unidad B1: ext. 3303 ? Unidad B2: ext. 3339
Fax: 963.89.50.63
serlicencias@valencia.es
Oficinas para presentar
- REGISTRO AUXILIAR DE LICENCIAS URBANÍSTICAS
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
JUNTA MUNICIPAL DE TRÁNSITOS
C/ Conde Lumiares, 5, Valencia
Tel. 96.352.54.78
Horario: De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes
ALCALDÍA DE BARRIO EL PALMAR
C/ Caudete, 15, Valencia
Tel. 96.162.00.66
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
JUNTA MUNICIPAL DE PATRAIX
C/. Beato Nicolás Factor, 1, Valencia
Tel. 96.352.54.78
Horario: De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
ALCALDÍA DE BARRIO EL SALER
Av. de los Pinares, 1, Valencia
Tel. 96.183.02.95
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas
ALCALDÍA DE BARRIO CARPESA
C/ Apóstol San Pedro, 21, Valencia
Tel. 96.185.71.94
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h. Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas
JUNTA MUNICIPAL DE EXPOSICIÓN
C/. Guardia Civil, 19, Valencia
Tel. 96.352.54.78
Horario: De 8.30 a 14.00, de lunes a viernes.
ALCALDÍA DE BARRIO BORBOTÓ
Pl. Moreral, 8, Valencia
Tel. 96.390.17.47
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas
ALCALDÍA DE BARRIO PINEDO
Carrera del Riu, 263, Valencia
Tel. 96.324.89.64
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: miércoles de 9:00 a 14:00 horas
ALCALDÍA DE BARRIO CASTELLAR-OLIVERAL
C/ Comandante Franco esquina con C/ Escultor Federico Siurana, Valencia
Tel. 96.344.76.47
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: lunes de 9:00 a 14:00 horas.
ALCALDÍA DE BARRIO EL PERELLONET
Av. de las Gaviotas s/n, Valencia
Tel. 96.177.78.89
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: viernes de 9:00 a 14:00 horas
REGISTRO GENERAL DE ENTRADA - TABACALERA
Amadeo de Saboya, 11. Nave Oeste, Valencia
Tel. 96.352.54.78 - ext: 2036
Horario: De 8:30 a 14:00 de lunes a viernes
ALCALDÍA DE BARRIO LA TORRE
C/ Benidoleig s/n, Valencia
Tel. 96.396.33.17
Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas. Registro: martes de 9:00 a 14:00 horas