Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife

  • Denominación

    Designación de miembros del Consejo Municipal de la juventud. Secciones juveniles de asociaciones de cualquier ámbito

    Destinatarios

    Secciones Juveniles de asociaciones de cualquier ámbito, que cumplan los siguientes requisitos:

    • Que estén compuestas mayoritariamente por jóvenes, en una edad comprendida entre los catorce y treinta años (14-30), ambos inclusive
    • Que carezcan de ánimo de lucro
    • Que actúen en el territorio del municipio de Santa Cruz de Tenerife
    • Que estén inscritas en el Registro de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento

    Deben contar con órganos de representación y decisión propia y plena independencia para los asuntos juveniles. Dichas secciones deberán aparecer como tales en los Estatutos de las asociaciones respectivas, o que sea delegada expresamente por estas la representación en materia juvenil en la sección o equivalente mediante acuerdo de sus órganos de gobierno

    Las Secciones Juveniles de asociaciones deberán designar un representante y un suplente en el plazo de 15 días desde la comunicación indicando que han cumplidos los requisitos exigidos.

    Los representantes y suplentes de las secciones juveniles deben cumplir los requisitos siguientes:

    • Residir en el municipio de Santa Cruz de Tenerife
    • No estar inhabilitado o incapacitado legalmente
    • Tener una edad comprendida entre los 14 y los 30 años, ambas incluidas
    • Haber sido designado representante por la entidad correspondiente y aceptar la designación como representante, en su caso
    • Acreditarse, exhibiendo el documento acreditativo de su identidad
    • Formalizar la toma de posesión

    Trámites del procedimiento
    Verificado el cumplimiento de los requisitos, se le comunicará que puede designar su representante. El plazo para ello se hará público en la web municipal, sin que pueda ser inferior a 15 días, contados a partir del día siguiente a la referida comunicación.
    Pasado dicho plazo, la Concejalía competente, convocará la primera sesión del Pleno del Consejo, para que los representantes de las entidades y demás miembros tomen posesión del cargo y puedan elegir a la Comisión Permanente del mismo.
    La designación de los representantes se realizará por la entidad correspondiente de acuerdo con el sistema democrático y representativo que tengan establecido, atendiendo al principio de presencia equilibrada entre mujeres y hombres, cuando sea posible. Por cada uno de los representantes, se designará un suplente para los casos de vacante, ausencia o enfermedad.
    Las secciones juveniles de asociaciones de cualquier ámbito podrán ser miembros del Consejo, a través de su representante correspondiente, sin limitación de número, siempre que cumplan los requisitos para su admisión en el Reglamento del Consejo de la Juventud aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 29 de junio de 2018 y publicado en el BOP el día 15 de octubre de 2018 (Nº 124)

    Medios de Presentación

    Oficinas de atención e información ciudadana OAIC

    Plazo de Presentación

    22 de marzo de 2019 (21/03/2019. Ampliación del plazo de presentación de solicitudes para constituir el Consejo Municipal de la Juventud en 20 DÍAS HÁBILES)

    Documentación

    • Solicitud
    • Acuerdo del órgano de gobierno de la entidad nombrando representante para el Consejo Municipal de la Juventud

    Tasas

    No procede

    Información

    Servicio de Promoción Económica y Calidad de Vida
    C/ Antonio Dominguez Alfonso, 27
    38003 Santa Cruz de Tenerife
    De lunes a viernes de 9.30 a 14.30 horas
    Correo electrónico: psanher@santacruzdetenerife.es

    Servicio 010 de atención telefónica
    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Órgano de Resolución

    Concejalía Delegada en materia de Deporte, Educación y Juventud

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 2. Descarga de formularios

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Promoción Económica y Calidad de Vida (Concejalía de Deportes, Educación y Juventud)

    Tema

    Juventud

  • Denominación

    Designación de miembros del Consejo municipal de la Juventud. Jóvenes del municipio

    Destinatarios

    Jóvenes del Municipio, que realicen proyectos y servicios para jóvenes del mismo y que cumplan los siguientes requisitos:

    • Residir en el municipio de Santa Cruz de Tenerife
    • No estar inhabilitado o incapacitado legalmente
    • Tener una edad comprendida entre los 14 y los 30 años, ambos incluidas
    • Acreditarse, exhibiendo el documento acreditativo de su identidad
    • Formalizar la toma de posesión

    Trámite del procedimiento

    Deberán presentar memoria justificativa de las actividades y servicios que realicen para los jóvenes del municipio.

    Alcalde o la persona que ostente su delegación en materia de juventud, podrán designar a jóvenes del municipio que, por su especial relevancia en la sociedad se entienda que puedan contribuir y mejorar al Consejo Municipal de la Juventud. El número de estas personas será como máximo de cinco.
    La Concejalía competente, convocará la primera sesión del Pleno del Consejo, para que los jóvenes tomen posesión del cargo y puedan elegir a la Comisión Permanente del mismo.
    Los jóvenes del Municipio podrán ser miembros del Consejo, siempre que cumplan los requisitos para su admisión en el Reglamento del Consejo de la Juventud aprobado por el Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 29 de junio de 2018 y publicado en el BOP el día 15 de octubre de 2018 (Nº 124)

    Medios de Presentación

    Oficinas de atención e información ciudadana OAIC

    Plazo de Presentación

    22 de marzo de 2019 (21/03/2019. Ampliación del plazo de presentación de solicitudes para constituir el Consejo Municipal de la Juventud en 20 DÍAS HÁBILES)

    Documentación

    • Solicitud
    • Memoria justificativa de las actividades y servicios

    Tasas

    No procede

    Información

    Servicio de Promoción Económica y Calidad de Vida
    C/ Antonio Dominguez Alfonso, 27
    38003 Santa Cruz de Tenerife
    De lunes a viernes de 9.30 a 14.30 horas
    Correo electrónico: psanher@santacruzdetenerife.es

    Servicio 010 de atención telefónica
    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Órgano de Resolución

    Concejalía Delegada en materia de Deporte, Educación y Juventud

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 2. Descarga de formularios

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Promoción Económica y Calidad de Vida (Concejalía de Deportes, Educación y Juventud)

    Tema

    Juventud

    Tipo

    Registros administrativos

  • Denominación

    Devolución de ingresos debidos (por prorrateos)

    Descripción

    La administración tributaria devolverá las cantidades que procedan de acuerdo con lo previsto en la normativa de cada tributo. Son devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo las correspondientes a cantidades ingresadas o soportadas debidamente como consecuencia de la aplicación del tributo

    Destinatarios

    Titular del recibo (cualquier otra persona debe tener autorización del titular) en caso de empresas sus apoderados o representantes

    Medios de Presentación

    Presencial

    Telemático

    Plazo de Presentación

    4 años contados a partir del día siguiente a aquel en el que se haya producido el hecho que determine el derecho a la devolución

    Documentación

    • Solicitud de devolución de ingresos debidos (por prorrateos)
    • Alta tercero
    • Fotocopia del DNI/NIF del interesado

    En caso de actuar mediante representante:

    Tasas

    No procede

    Información

    • Servicio 010 de atención telefónica
      922 606 010 - 010
      De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
    • Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario

    Órgano de Resolución

    Coordinador General de Hacienda y Política Financiera

    Plazo de Resolución

    Seis meses

    Efectos del Silencio

    Desestimatorio

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Observaciones

    Impuestos a los que se aplica:

    • Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
    • Impuesto sobre actividades económicas
    • Tasa de recogida de residuos sólidos (negocios)
    • Tasa de recogida de residuos sólidos (vivienda)

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Gestión Tributaria

    Tema

    Hacienda

    Tipo

    Gestión tributaria

  • Denominación

    Devolución de ingresos indebidos

    Descripción

    La Administración tributaria devolverá a los obligados tributarios, a los sujetos infractores o a los sucesores de unos y otros, los ingresos que indebidamente se hubieran realizado en el Tesoro Público con ocasión del cumplimiento de sus obligaciones tributarias o del pago de sanciones, conforme a lo establecido en el artículo 221 de esta ley

    Destinatarios

    Titular del recibo (cualquier otra persona debe tener autorización del titular), en caso de empresas sus apoderados o representantes

    Medios de Presentación

    Presencial

    Telemático

    Plazo de Presentación

    4 años contados a partir del día siguiente a aquel en el que se produjo el ingreso

    Documentación

    • Solicitud de devolución de ingresos indebidos
    • Alta terceros
    • Fotocopia del DNI o CIF del interesado
    • Justificante de Ingreso, solo en el caso de recibos de IBI abonados a nombre del titular anterior, derivado de un cambio en la titularidad del objeto tributario, conforme a lo dispuesto en el artículo 87.2 de la Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles

    En caso de actuar mediante representante:

    Tasas

    No procede

    Información

    • Servicio 010 de atención telefónica
      922 606 010 - 010
      De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
    • Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario

    Órgano de Resolución

    Coordinador General de Hacienda y Política Financiera

    Plazo de Resolución

    Seis meses

    Efectos del Silencio

    Desestimatorio

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Observaciones

    Impuestos a los que se aplica:

    • Impuesto sobre Bienes Inmuebles
    • Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
    • Tasa de Recogida de Residuos Sólidos (Vivienda)
    • Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
    • Impuesto sobre Actividades Económicas
    • Tasa de Recogida de Residuos Sólidos (Negocios)
    • Otras Tasas

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Gestión Tributaria

    Tema

    Hacienda

    Tipo

    Gestión tributaria

  • Denominación

    Devolución de las tasas por la retirada de vehículo de la vía pública con grúa, traslado y depósito del mismo en dependencia municipal

    Descripción

    Solicitudes de devolución de tasas abonadas por la retirada de vehículos y estancia en el depósito municipal, entre otros, en los siguientes supuestos:

    -Retirada del vehículo por motivos de seguridad. Ejemplo, rotura de cristales, sospechas que el vehículo ha sido forzado etc.

    -Robo del vehículo.

    -Estimación por parte del órgano competente que acredite que no se cometió infracción en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor o seguridad vial. Importante: Mientras esté vigente el procedimiento sancionador no se iniciara la tramitación de la devolución

    Destinatarios

    Aquellas personas que hayan pagado la tasa por la retirada del vehículo de la vía pública y la estancia en el Depósito Municipal y se encuentren en alguno de los supuestos anteriores

    Medios de Presentación

    Presencial:

    Telemática:

    Plazo de Presentación

    Cuatro años a partir del día del ingreso indebido

    Documentación

    Tasas

    No procede

    Información

    Servicio 010 de atención telefónica

    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Órgano de Resolución

    Concejalía Delegada en materia de Seguridad Ciudadana

    Plazo de Resolución

    Tres meses

    Efectos del Silencio

    Desestimatorio

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Seguridad Ciudadana y Vial y Movilidad

    Trámites Relacionados

    Tema

    Tráfico

    Tipo

    Gestión tributaria

  • Denominación

    Domiciliación bancaria

    Descripción

    Orden de domiciliación de deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva

    Destinatarios

    El obligado al pago podrá ordenar la domiciliación de recibos en la cuenta de la que es titular o en la de otro titular que no siendo el obligado tributario autorice la citada domiciliación

    Medios de Presentación

    Presencial

    Telemática

    Plazo de Presentación

    Hasta un mes antes del inicio del plazo de recaudación en periodo voluntario. Cualquier solicitud presentada con posterioridad, surtirá efectos para el ejercicio siguiente

    Documentación

    Información

    • Servicio 010 de atención telefónica
      922 606 010 - 010
      De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
    • Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Observaciones

    Bonificación. Goza de una bonificación del 3% los recibos abonados por domiciliación bancaria

    ¿Cuál es el objeto tributario del recibo? En el recibo del año anterior podrás encontrar el objeto tributario, que será la referencia catastral (para el caso del IBI y la basura), la matrícula (en el caso del impuesto de vehículos) y la referencia (en el caso del IAE)

    Efectos de la domiciliación:

    • Las domiciliaciones de pago tendrán validez por tiempo indefinido, en tanto no sean anuladas por el interesado, rechazadas por la entidad bancaria o porque este Ayuntamiento disponga expresamente su invalidez por razones justificadas
    • Los pagos se entenderán realizados en la fecha de cargo en cuenta de dicha domiciliación, que se producirá el 5 de julio o inmediato hábil subsiguiente, salvo en el caso del IAE y Basura de Negocio
    • Se considera justificante de pago el comprobante de cargo en cuenta que, a tal efecto, expida la entidad de depósito donde se encuentre domiciliado el pago

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Recaudación

    Tema

    Hacienda

    Tipo

    Gestión tributaria

  • Denominación

    Duplicado de haber abonado un determinado recibo

    Descripción

    Obtención del duplicado que acredite que un determinado recibo en relación con impuestos o tasas ha sido abonado por el interesado

    Destinatarios

    Todas aquellas personas que necesiten acreditar que un determinado recibo en relación con cualquier tasa o impuesto municipal ha sido abonado

    Medios de Presentación

    Presencial:

    Telemática:

    Plazo de Presentación

    Todo el año

    Documentación

    • DNI o pasaporte en vigor o documento de identidad que lo sustituya, o en su caso, permiso de residencia

    En caso de actuar mediante representante:

    Tasas

    No procede

    Información

    • Servicio 010 de atención telefónica
      922 606 010 - 010
      De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
    • Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario

    Plazo de Resolución

    Inmediato

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 4. Tramitación electrónica

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Atención a la Ciudadanía, estadística y Demarcación Territorial.

    Oficina de Atención e Información Ciudadana OAIC

    Trámites Relacionados

    Tema

    Hacienda

    Tipo

    Certificaciones

  • Denominación

    Duplicados de Licencia de Taxi, Autorización y/o Permiso para Conducir Taxi

    Descripción

    Los titulares y asalariados podrán solicitar la emisión de duplicados de las autorizaciones ya emitidas, en caso de pérdida, robo o extravío

    Destinatarios

    • Titulares de Licencia Municipal de Taxi del municipio de Santa Cruz de Tenerife
    • Asalariados de la Licencia Municipal de Taxi del municipio de Santa Cruz de Tenerife

    Medios de Presentación

    Presencial

    Telemático

    Plazo de Presentación

    Todo el año

    Documentación

    • Solicitud: Duplicados Licencia Taxi y/o Permiso para Conducir Taxi

    En todos los casos:

    • DNI/NIE
    • Denuncia ante la Policía por robo o extravío
    • Carné de Conducir
    • Una fotografía tamaño carnet
    • Certificado de vida laboral (sólo si el permiso municipal tiene una antigüedad superior a 5 años)

    En caso de actuar mediante representante:

    • DNI / NIE
    • Documento acreditativo de la representación

    Se deberán presentar todos los documentos originales, acompañados de fotocopias para su cotejo

    Tasas

    No procede

    Información

    Servicio 010 de atención telefónica

    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Órgano de Resolución

    Concejalía Delegada en materia de Servicios Públicos

    Plazo de Resolución

    Tres meses

    Efectos del Silencio

    Desestimatorio

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Gestión y Control de Servicios Públicos

    Tema

    Transporte

    Tipo

    Autorizaciones, licencias y permisos

  • Denominación

    Ejercicio de los derechos ARCO: acceso, rectificación, cancelación y oposición

    Descripción

    Solicitud para ejercer los derechos reconocidos por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal, conocidos como “derechos ARCO”, que comprenden:

    • Derecho de Acceso: permite al ciudadano conocer y obtener gratuitamente información sobre sus datos de carácter personal sometidos a tratamiento

    • Derecho de Rectificación: permite corregir errores, modificar los datos que resulten ser inexactos o incompletos y garantizar la certeza de la información objeto de tratamiento

    • Derecho de Cancelación: permite que se supriman los datos que resulten ser inadecuados o excesivos sin perjuicio del deber de bloqueo recogido en la LOPD

    • Derecho de Oposición: Derecho del afectado a que no se lleve a cabo el tratamiento de sus datos de carácter personal o se cese en el mismo

    Destinatarios

    El ejercicio de estos derechos es personalísimo y, por tanto, deberán ejercitarse directamente por el titular de los datos, o través de representante legal acreditado

    Medios de Presentación

    Presencial

    Telemático

    Plazo de Presentación

    Todo el año. No obstante, se podrá denegar el acceso a la información, cuando el derecho ya se haya ejercitado en los 12 meses anteriores a la solicitud.

    Documentación

    • Solicitud de Derechos ARCO
    • Fotocopia del DNI/CIF del interesado
    • En caso de rectificación de datos, habrá que adjuntarse la documentación que acredite los datos correctos

    En caso de actuar mediante representante:

    • DNI/NIE del representante
    • Documento acreditativo de la representación

    Tasas

    El ejercicio de los derechos ARCO es gratuito

    Información

    Servicio 010 de atención telefónica
    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Órgano de Resolución

    Concejalía Delegada en materia de Protección de Datos

    Plazo de Resolución

    • Derecho de acceso: 1 mes
    • Derechos de rectificación, cancelación u oposición: 10 días hábiles

    Efectos del Silencio

    Desestimatorio.

    Sin perjuicio de lo anterior, transcurrido el plazo sin que de una forma expresa se responda a la petición de acceso, el interesado podrá interponer la reclamación ante la Agencia de Protección de Datos prevista en al artículo 18 de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre.

    Normativa

    Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal

    Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Unidad Tramitadora

    Servicio Administrativo de Tecnología y Protección de Datos

    Tema

    Transparencia y protección de datos

    Tipo

    Registros administrativos

  • Denominación

    Ejercicio del derecho de acceso a la información pública

    Descripción

    Autorización para acceder a información municipal de carácter público conforme establece la legislación vigente

    Destinatarios

    Cualquier persona física o jurídica que pretenda acceder a información de carácter público

    Requisitos

    Las solicitudes que se formulen según el procedimiento de acceso a la información pública que regula la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, deberán cumplir los requisitos siguientes:

    • Se acreditará con carácter obligatorio de la identidad de los solicitantes
    • Se indicará de forma clara la información a solicitar
    • Deberá señalarse una dirección de contacto, preferiblemente electrónica

    No será requisito la motivación de la solicitud, no obstante, en caso de motivarse, podrá ser considerada en el momento de resolver el expediente.

    Medios de Presentación

    Presencial

    Telemático

    Plazo de Presentación

    Todo el año. No obstante, se podrá inadmitir a trámite las solicitudes por las causas contenidas en el artículo 43 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública..

    Documentación

    En caso de actuar mediante representante:

    • DNI/NIE del representante
    • Documento acreditativo de la representación

    Tasas

    El ejercicio del derecho de acceso es gratuito. Sólo la expedición de copias o certificados están sujetos a tasas de conformidad con la ordenanza fiscal vigente

    Información

    Servicio 010 de atención telefónica
    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Órgano de Resolución

    Concejalía Delegada en materia de Protección de Datos

    Plazo de Resolución

    1 mes.

    El plazo puede ampliarse por otro mes cuando la complejidad o volumen de la información solicitada lo justifiquen, informando de esta circunstancia al solicitante.

    Efectos del Silencio

    Desestimatorio

    Recursos

    Contra el acto administrativo que ponga fin al procedimiento o contra la inactividad del Ayuntamiento, alternativamente se podrá interponer reclamación ante el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información con carácter potestativo y previo a su impugnación en vía contencioso-administrativa o directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano de la jurisdicción contencioso-administrativa que resulte competente.

    Esta reclamación sustituye a los recursos administrativos de conformidad con lo establecido en el artículo 112.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    El plazo para la interposición de la reclamación potestativa previa ante el Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información será de un mes a contar desde la notificación o publicación del acto, si el acto fuera expreso, o en cualquier momento a partir del día siguiente a aquél en que se produzca el acto presunto, si el acto no fuera expreso.

    Puede acceder a la página web del Comisionado de Transparencia y Acceso a la Información en https://www.transparenciacanarias.org

    El plazo para la interposición del recurso contencioso-administrativo será de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará, para el solicitante y otros posibles interesados, a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

    Si el ciudadano optara por interponer reclamación potestativa previa no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

    Normativa

    Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno

    Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública (Canarias)

    Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Unidad Tramitadora

    Servicio Administrativo de Tecnología y Protección de Datos

    Tema

    Transparencia y protección de datos

    Tipo

    Registros administrativos

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