Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife

  • Denominación

    Reclamación económico-administrativa

    Descripción

    Recurso para impugnar los actos de gestión, liquidación, recaudación e inspección de los tributos y demás ingresos de derecho público (tasas, contribuciones especiales, impuestos, recargos y sanciones tributarias), así como las resoluciones en vía ejecutiva de las multas y precios públicos dictados por órganos y unidades administrativas del Ayuntamiento

    Destinatarios

    Los obligados tributarios o sujetos infractores por si mismos o mediante representante, así como cualquier otra persona cuyos intereses legítimos resulten afectados por el acto o la actuación tributaria.

    La representación se podrá acreditar por cualquiera de las siguientes formas:

    • Representación conferida ante el Tribunal Económico Administrativo del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife (Viera y Clavijo, 46 2º planta)
    • Documento privado con firma legitimada notarialmente
    • Poder notarial
    • Por cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna

    Medios de Presentación

    • Oficinas de atención e información ciudadana OAIC
    • En los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado o de la Comunidad Autónoma
    • En las Oficinas de correos en sobre abierto para que en la solicitud consten las circunstancias de la admisión (artículo 31 R.D.1829/1999)
    • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero

    Plazo de Presentación

    • 1 mes desde que se recibe la notificación del acto tributario con el que no se está de acuerdo
    • 6 meses desde la presentación en el registro de la solicitud tributaria (si no ha habido respuesta del Ayuntamiento)
    • 1 mes desde que se presentó el recurso de reposición tributario sin que se haya obtenido resolución del Ayuntamiento
    • 1 mes desde que finaliza el plazo de exposición pública de los padrones matrículas o listas cobratorias

    Documentación

    En caso de actuar mediante representante:

    • Otorgamiento de la representación
    • Documento de identidad del Representante

    Tasas

    No procede

    Información

    El Tribunal Económico-Administrativo Municipal

    922 606 491

    Servicio 010 de atención telefónica

    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Órgano de Resolución

    Tribunal Económico-Administrativo Municipal

    Plazo de Resolución

    El plazo máximo para resolver la reclamación será de:

    • 6 meses para reclamaciones de cuantía inferior a 6.000€
    • 12 meses para las restantes

    Efectos del Silencio

    Se podrá entender desestimada la reclamación económico-administrativa, desestimación que podrá recurrirse en vía contencioso-administrativa, sin perjuicio de que subsista la obligación del Tribunal de resolver expresamente

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 2. Descarga de formularios

    Observaciones

    La mera presentación de la reclamación económico-administrativa no suspende la ejecución del acto tributario excepto:

    • Supuesto general: Cuando la suspensión se solicite al órgano que dictó el acto y se garantice el importe de la deuda, y los intereses de demora que genere la suspensión. La garantía deberá ser una de las siguientes:
      • Depósito de dinero o valores públicos
      • Aval o fianza de carácter solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o certificado de seguro de caución
      • Fianza personal y solidaria de otros contribuyentes de reconocida solvencia para los supuestos que se establezcan en la normativa tributaria
    • Supuestos especiales en los que la solicitud de suspensión deberá dirigirse al Tribunal Económico-administrativo municipal:
      • Cuando la ejecución del acto puede causar perjuicios de imposible o difícil reparación. (Suspensión por perjuicios de difícil reparación)
      • Cuando el acto recurrido ha incurrido en error aritmético, material o de hecho. (Suspensión por error aritmético)
    • Sanciones tributarias: Si el acto que se recurre es una sanción tributaria, la mera presentación de la reclamación económico-administrativa suspende su ejecución automáticamente (sin la necesidad de aportar garantías)

    ¿Qué recursos pueden interponerse contra las resoluciones del Tribunal Económico-administrativo municipal?

    • Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife en el plazo de dos meses desde la notificación de la resolución.
    • Recurso de anulación ante el propio Tribunal Económico-administrativo del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife en el plazo de 15 días desde la notificación de la resolución en los siguientes supuestos:
      • Cuando se haya declarado incorrectamente la inadmisibilidad de la reclamación.
      • Cuando se hayan declarado inexistentes las alegaciones o prueba oportunamente presentadas.
      • Cuando se alegue la existencia de incongruencia completa y manifiesta de la resolución.
      • Cuando el Tribunal acuerde el archivo de actuaciones.
    • Recurso extraordinario de revisión contra las resoluciones firmes del Tribunal Económico-administrativo de Santa Cruz de Tenerife ante el propio Tribunal en el plazo de tres meses a contar desde el conocimiento de los documentos o desde que quedó firme la resolución, cuando:
      • Aparezcan documentos de valor esencial posteriores a la resolución o de imposible aportación previa que evidencien el error cometido.
      • En la resolución hayan influido documentos o testimonios declarados falsos.
      • La resolución se hubiese dictado mediante prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible.

    Unidad Tramitadora

    Tribunal Económico-Administrativo Municipal

    Tema

    Hacienda

    Tipo

    Recursos y alegaciones

  • Denominación

    Reducción por concurrencia en basura de negocio y de vivienda

    Descripción

    Solicitud de reducción por concurrencia en basura de negocio y de vivienda

    Destinatarios

    Los contribuyentes que desarrollen actividades económicas en inmuebles con uso residencial (vivienda) a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana

    Requisitos

    • El contribuyente sea sujeto pasivo de la Tasa por Gestión de Residuos Sólidos Urbanos tanto en la modalidad de vivienda como de negocio por el mismo inmueble.
    • Que a la actividad económica se destine menos del 50% de inmueble, incluido la parte proporcional de los espacios comunes

    Medios de Presentación

    Presencial

    Telemático

    Plazo de Presentación

    En cualquier momento desde el cumplimiento de los requisitos exigidos

    Documentación

    En caso de actuar mediante representante:

    Tasas

    No procede

    Información

    • Servicio 010 de atención telefónica
      922 606 010 - 010
      De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
    • Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario

    Órgano de Resolución

    Coordinador General de Hacienda y Política Financiera

    Plazo de Resolución

    6 meses

    Efectos del Silencio

    Desestimatorio

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Observaciones

    La reducción tendrá efectos en el ejercicio siguiente a su concesión

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Gestión Tributaria

    Tema

    Hacienda

    Tipo

    Gestión tributaria

  • Denominación

    Registro Censal de Animales: Alta, Baja o Modificación de datos

    Descripción

    Los propietarios o poseedores de animales de compañía están obligados a inscribirlos en el Registro Censal de Animales del Ayuntamiento, así como notificar la baja, la cesión o el cambio de residencia del animal y cualquier otra modificación de los datos que figuren en este censo. Así mismo, se deberá comunicar la sustracción o pérdida del animal

    Destinatarios

    Personas físicas o jurídicas propietarias o tenedoras de animales de compañía residentes en el municipio

    Medios de Presentación

    Presencial

    Telemático

    Plazo de Presentación

    • 3 meses desde la fecha de nacimiento, cambio de residencia del animal, traslado temporal por un periodo superior a tres meses
    • 1 mes en el caso de adquisición
    • 1 mes, para la baja, la cesión o el cambio de residencia del animal y cualquier otra modificación de los datos que figuren en este censo

    Documentación

    En relación a los animales declarados:

    • Tarjeta de identificación
    • Cartilla sanitaria cuando proceda

    En caso de actuar mediante representante:

    • DNI, NIE, Pasaporte del representante
    • Documento acreditativo de la representación que ostenta

    Información

    Servicio 010 de atención telefónica

    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Normativa

    • Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos
    • Ley 8/1991, de 30 de abril, de Protección de los Animales
    • Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se Desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Control y Gestión Medioambiental y del Territorio

    Trámites Relacionados

    Tema

    Sanidad y medioambiente

    Tipo

    Registros administrativos

  • Denominación

    Registro de colonias controladas de gatos

    Descripción

    Gestión Colonias de Gatos Existentes [Protocolo de gestión.pdf]

    Paso 1. Comunicación para la identificación/gestión

    Paso 2. Comunicación para el registro/estado

    Acuerdo colaboración colonia controlada de gatos urbanos (voluntario)

    Destinatarios

    Organizaciones, entidades cívicas y cuidadoras

    Medios de Presentación

    Oficinas de atención e información ciudadana OAIC

    Plazo de Presentación

    3 meses desde la autorización

    Documentación

    En caso de actuar mediante representante:

    • Documento acreditativo de la representación
    • Documento de identidad del Representante

    Información

    Servicio 010 de atención telefónica

    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Normativa

    Ordenanza Municipal sobre Protección y Tenencia de Animales de Santa Cruz de Tenerife

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 2. Descarga de formularios

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Control y Gestión Medioambiental y del Territorio

    Tema

    Sanidad y medioambiente

  • Denominación

    Registro de planes de emergencia para incendios y evacuación de locales y edificios

    Descripción

    Registro de Planes de Emergencia contra Incendios y de Evacuación de los edificios, locales y, en su caso, de lugares de amplia concurrencia, dedicados a actividades potencialmente peligrosas

    Destinatarios

    Titulares de centros, establecimientos y dependencias dedicados a actividades potencialmente peligrosas por las características de los procesos que llevan a cabo o por la concurrencia de personas en los mismos

    Medios de Presentación

    Presencial:

    Telemática:

    Plazo de Presentación

    Todo el año

    Documentación

    • Solicitud
    • Presentación del Plan de Emergencia firmado por un técnico

    Tasas

    No procede

    Información

    Centro de coordinación municipal (CECOPAL)

    Teléfono 922 606 638
    De lunes a viernes, de 8.30 a 14.00 horas
    Julio, agosto y septiembre
    De lunes a viernes de 8.30 a 13.30 horas

    Servicio 010 de atención telefónica

    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Órgano de Resolución

    Consejalía Delegada en materia de Protección Civil

    Plazo de Resolución

    Tres meses

    Efectos del Silencio

    Estimatorio

    Normativa

    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
    • Art. 6 de la Ley 2/1985 de 21 de enero, sobre Protección Civil
    • Real Decreto 2816/1982 de 27 de agosto. Reglamento General de Policía de Espectáculos
    • Orden de 29 de noviembre de 1984 por la que se aprueba el Manual de Autoprotección para el desarrollo del Plan de Emergencia contra Incendios y de Evacuación en Locales y Edificios
    • Ley 1/1998 de 8 de enero. Régimen Jurídico de Actividades Clasificadas y Espectáculos Públicos

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Seguridad Ciudadana y Vial y Movilidad

    Tema

    Seguridad ciudadana y emergencias

    Tipo

    Registros administrativos

  • Denominación

    Renovación anual en los Registros Municipales de Entidades Ciudadanas y modificación de datos

    Descripción

    La Renovación anual de inscripciones y modificación de datos en los Registros Municipales de Entidades Ciudadanas, constituye una obligación de las entidades inscritas

    Destinatarios

    Entidades ciudadanas del municipio de Santa Cruz de Tenerife

    Requisitos

    Entidades ciudadanas inscritas en alguno de los siguientes registros:

    a.- Registro Municipal de Entidades Ciudadanas
    b.- Registro Municipal de Complementario de otras Entidades Ciudadanas

    Medios de Presentación

    Telemático

    Plazo de Presentación

    Renovación anual de la inscripción: En el primer trimestre de cada año

    Modificación de datos: Dentro del mes siguiente a la modificación

    Documentación

    Para la renovación anual de inscripción:

    • Solicitud de renovación y/o modificación de datos
    • Certificación relativa al presupuesto del ejercicio económico en curso
    • En su caso, balance del presupuesto del ejercicio anterior
    • Certificación relativa al programa de las actividades correspondientes al ejercicio económico en curso
    • Certificación actualizada del número de socios o asociados o análogos
    • Certificación relativa a los resultados y acta las últimas elecciones para elegir sus órganos de gobierno, con indicación de la composición de los órganos de gobierno y representación de la Entidad, con descripción de nombres, apellidos y documento de identidad de las personas que ocupen cargos de gobierno, directivos o de gestión e identificación de éstos

    Para la modificación de datos

    • Solicitud de renovación y/o modificación de datos
    • Documento/s acreditativo/s del/los dato/s objeto de modificación

    Con carácter general, todas las certificaciones habrán de estar expedidas y firmadas por el Secretario de la Entidad, con el visto bueno y firma de su Presidente o, alternativamente y en su caso, de su representante legal y debidamente selladas

    Tasas

    No procede

    Información

    Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos

    Tfno 922 606 620
    Correo electrónico: entidadesciudadanas@santacruzdetenerife.es

    Servicio 010 de atención telefónica

    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Órgano de Resolución

    Concejalía Delegada en materia de Participación Ciudadana

    Normativa

    • Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación
    • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003 de 16 de diciembre, de Medidas para la modernización del Gobierno Local
    • Ley 14/1990, de 26 de julio, de reforma de la Ley 8/1986, de 18 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias
    • Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones Canarias
    • Otras normativas específicas que correspondan conforme a la naturaleza de la entidad solicitante
    • Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Observaciones

    La renovación anual y anotación de modificación de datos en los Registros Municipales de Entidades Ciudadanas no conllevan resolución
    Las entidades inscritas están obligadas a renovar anualmente su inscripción y a comunicar cualquier modificación que se produzca en relación a sus datos registrales
    El incumplimiento de estas obligaciones, producirá la SUSPENSIÓN de los derechos que la inscripción en los Registros Municipales comporta y el inicio de expediente de BAJA de la entidad en el Registro correspondiente

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Igualdad, Participación Ciudadana y Soporte Administrativo a los Distritos

    Trámites Relacionados

    Tema

    Participación ciudadana

    Tipo

    Autorizaciones, licencias y permisos

  • Denominación

    Renovación de autorización para la colocación de Publicidad en vehículo adscrito a licencia de Taxi

    Descripción

    El titular de la licencia municipal de taxi comunica su interés por prorrogar en sus mismos términos la autorización vigente para colocar publicidad en el vehículo adscrito a la citada Licencia, garantizando que se mantienen los requisitos exigidos en el momento de su otorgamiento

    Destinatarios

    Titulares de Licencia Municipal de Taxi del municipio de Santa Cruz de Tenerife

    Medios de Presentación

    Presencial

    Telemático

    Plazo de Presentación

    Todo el año

    Documentación

    • Solicitud: Autorización para la colocación de publicidad en vehículo adscrito a la licencia de taxi
    • DNI / NIE titular

    En caso de actuar mediante representante:

    • DNI / NIE
    • Documento acreditativo de la representación

    Se deberán presentar todos los documentos originales, acompañados de fotocopias para su cotejo

    Tasas

    No procede

    Información

    Servicio 010 de atención telefónica

    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Órgano de Resolución

    Concejalía Delegada en materia de Servicios Públicos

    Plazo de Resolución

    Tres meses

    Efectos del Silencio

    Estimatorio

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Observaciones

    Vigencia de la autorización:

    Plazo máximo de un año, prorrogable mediante la oportuna comunicación previa

    La mera presentación del impreso normalizado acompañada de la preceptiva documentación será título válido para la renovación de la publicidad desde el día de la presentación, sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que ejerza el Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife. La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a la comunicación previa, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la publicidad desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar y de que la inexactitud o falsedad reiteradas darán lugar a la revocación de la licencia

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Gestión y Control de Servicios Públicos

    Trámites Relacionados

    Tema

    Transporte

    Tipo

    Autorizaciones, licencias y permisos

  • Denominación

    Renovación de inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente

    Descripción

    Procedimiento en virtud del cual se procede a resolver una solicitud de renovación de la inscripción padronal para extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente

    Destinatarios

    Extranjeros no comunitarios empadronados, sin autorización de residencia permanente en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife

    Medios de Presentación

    Oficinas de atención e información ciudadana OAIC

    Plazo de Presentación

    Todo el año

    Documentación

    Importante: Los documentos se deben presentar en original y fotocopia

    • Solicitud de Renovación de la Inscripción padronal para extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente (Anexo III Hoja Padronal)
    • NIE o Pasaporte

    Tasas

    No procede

    Información

    Servicio 010 de atención telefónica

    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Normativa

    • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, publicado en el Boletín Oficial del Estado nº 80, de 3 de abril de 1985.
    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, publicado en el Boletín Oficial del Estado nº 236, de 2 de octubre de 2015.
    • Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 194, de 14 de agosto de 1986.
    • Resolución de 16 de marzo de 2015, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 30 de enero de 2015, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 71, de 24 de marzo de 2015.

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 2. Descarga de formularios

    Observaciones

    • La inscripción en el Padrón Municipal sólo surtirá efecto por el tiempo que subsista el hecho que la motivó
    • En todo caso, deberá ser objeto de renovación periódica CADA DOS AÑOS cuando se trate de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente en España
    • En el supuesto de no cumplimentarse lo señalado en el apartado anterior, se procederá a gestionar el correspondiente expediente de verificación de residencia.
    • La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Atención a la Ciudadanía, Estadística y Demarcación Territorial

    Tema

    Población y Territorio

    Tipo

    Registros administrativos

  • Denominación

    Rescate de licencias municipales de Taxi

    Descripción

    Retirada de licencias de auto-taxi en el municipio de Santa Cruz de Tenerife, con el abono de la correspondiente indemnización; y, persiguiendo conseguir la ratio de 732 licencias fijada en la Ordenanza Municipal de alquiler con aparato taxímetro de 27 de marzo de 2015.

    Destinatarios

    El sometimiento al procedimiento de rescate tiene carácter voluntario; por tanto, serán beneficiarios los titulares de licencias de auto-taxi del municipio de Santa Cruz de Tenerife que, cumpliendo con los requisitos exigidos en la convocatoria; pretendan no seguir explotando dicho título habilitante y por tanto deseen que su licencia les sea retirada.

    Requisitos

    Disponer de licencia municipal y la autorización de transporte insular en vigor en el momento de presentación de la solicitud.

    No será motivo de inadmisión que la licencia municipal se encuentre en alguno de los supuestos de suspensión previstos.

    Asimismo podrán ser beneficiarios del rescate, quienes de acuerdo con la DA 2ª Reglamento del Servicio de Taxi aprobado por Decreto 74/2012, se encuentren en alguna de las situaciones contempladas en dicha disposición, tales como viudo/a o heredero/a forzoso, que hayan continuado la actividad, sin necesidad de capacitación profesional, mediante conductores asalariados.

    Medios de Presentación

    Presencial

    Telemático

    Plazo de Presentación

    Dentro del ejercicio 2019, desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP y, hasta agotar el crédito disponible.

    Documentación

    Tasas

    No procede

    Información

    Servicio 010 de atención telefónica

    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Órgano de Resolución

    Junta de Gobierno o Concejal Delegado del Área de Bienestar Comunitario y Servicios Públicos según cuantía resolución

    Plazo de Resolución

    Según criterios generales de la ley 39/2015

    La resolución que ponga fin al procedimiento, determina el rescate de las licencias, y el abono de la indemnización correspondiente; dando lugar a la extinción de la licencia, de conformidad con el art. 29.1.f) del Decreto 74/2012, desde el día siguiente de la publicación en el BOP, por lo que habrá de cesar el ejercicio de la actividad.

    Sin perjuicio de lo anterior, se dará el plazo de un mes para que los titulares realicen todos los trámites necesarios para poner fin a la explotación de la licencia, debiendo durante este plazo acreditar en el Servicio Administrativo de Gestión y Control de Servicios Públicos de esta Corporación:

    • La entrega de licencia municipal
    • La extinción de las relaciones laborales con el personal asalariado, en su caso
    • El desmontaje de los módulos referentes al taxi
    • La baja o el paso a uso particular del vehículo adscrito a la licencia municipal
    • Si pretende transmitir el vehículo, y éste va a ser adscrito a otra licencia, acreditar este particular con los documentos correspondientes.

    Efectos del Silencio

    Desestimatorio

    Recursos

    Según criterios generales de la Ley 39/2015

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Observaciones

    Las solicitudes que hayan tenido entrada en la Corporación con anterioridad a la aprobación de las citadas normas, serán tramitadas y resueltas conforme a estas nuevas bases, salvo renuncia expresa por parte de sus solicitantes.

    Asimismo, serán de aplicación las presentes bases del rescate, a las solicitudes que tengan entrada en la Corporación desde que las mismas entren en vigor.

    Unidad Tramitadora

    Servicio de Gestión y Control de Servicios Públicos

    Trámites Relacionados

    Tema

    Transporte

    Tipo

    Autorizaciones, licencias y permisos

  • Denominación

    Reserva de espacios culturales para artes escénicas

    Descripción

    Utilización del Teatro Guimerá para el desarrollo de artes escénicas

    Destinatarios

    Personas físicas y jurídicas interesadas

    Medios de Presentación

    Presencial

    Telemático

    Plazo de Presentación

    Dos meses antes del espectáculo que se quiera desarrollar

    Documentación

    • Solicitud de uso del Teatro Guimerá
    • NIF, si se trata de persona física o CIF, si es persona jurídica

    Tasas

    • Media jornada de montaje y/o ensayo (cuatro horas o fracción): 682,96 €
    • Una jornada de montaje y/o ensayo (entre cuatro y ocho horas): 1.365, 92 €
    • Servicios de Función (cuatro horas o fracción): 1.191,16 €
    • Servicio de Apertura de Taquilla: 10,79 €/hora o fracción

    Información

    Organismo Autónomo de Cultura
    Teléfono 922 609 430
    De lunes a viernes de 8.30 a 13.00 horas

    Oficinas del Teatro Guimerá
    Teléfono 922 609 409
    De lunes a viernes de 9.00 a 13.00 horas

    Servicio 010 de atención telefónica
    922 606 010 - 010
    De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

    Órgano de Resolución

    Presidencia del Organismo Autónomo de Cultura

    Plazo de Resolución

    Dos meses

    Efectos del Silencio

    Desestimatorio

    Normativa

    Nivel de Administración Electrónica

    Nivel 3. Presentación telemática

    Unidad Tramitadora

    Organismo Autónomo de Cultura

    Trámites Relacionados

    Tema

    Cultura

    Tipo

    Autorizaciones, licencias y permisos

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.