Renovación de inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Denominación

Renovación de inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente

Descripción

Procedimiento en virtud del cual se procede a resolver una solicitud de renovación de la inscripción padronal para extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente

Destinatarios

Extranjeros no comunitarios empadronados, sin autorización de residencia permanente en el término municipal de Santa Cruz de Tenerife

Medios de Presentación

Oficinas de atención e información ciudadana OAIC

Plazo de Presentación

Todo el año

Documentación

Importante: Los documentos se deben presentar en original y fotocopia

  • Solicitud de Renovación de la Inscripción padronal para extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente (Anexo III Hoja Padronal)
  • NIE o Pasaporte

Tasas

No procede

Información

Servicio 010 de atención telefónica

922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas

Normativa

  • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, publicado en el Boletín Oficial del Estado nº 80, de 3 de abril de 1985.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, publicado en el Boletín Oficial del Estado nº 236, de 2 de octubre de 2015.
  • Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 194, de 14 de agosto de 1986.
  • Resolución de 16 de marzo de 2015, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 30 de enero de 2015, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 71, de 24 de marzo de 2015.

Nivel de Administración Electrónica

Nivel 2. Descarga de formularios

Observaciones

  • La inscripción en el Padrón Municipal sólo surtirá efecto por el tiempo que subsista el hecho que la motivó
  • En todo caso, deberá ser objeto de renovación periódica CADA DOS AÑOS cuando se trate de extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente en España
  • En el supuesto de no cumplimentarse lo señalado en el apartado anterior, se procederá a gestionar el correspondiente expediente de verificación de residencia.
  • La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

Unidad Tramitadora

Servicio de Atención a la Ciudadanía, Estadística y Demarcación Territorial

Tema

Población y Territorio

Tipo

Registros administrativos

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.