Subvenciones de Cooperación Social 2018
Denominación
Subvenciones de Cooperación Social 2018
Descripción
Fomentar y apoyar programas y proyectos socioeducativos, asistenciales y de inserción socioeconómica, promovidos y ejecutados por entidades sin ánimo de lucro, en el ámbito territorial y en relación a las funciones que tienen encomendadas los servicios sociales de este municipio, con la finalidad de su progresiva integración en la red de servicios sociales municipales y siempre que no existan otras líneas específicas de financiación municipal
Destinatarios
Los destinatarios de las subvenciones, serán las entidades, instituciones y organizaciones sin ánimo de lucro del ámbito de los servicios sociales municipales, entendiéndose como tales aquellas que se encuentren inscritas en el Registro de Entidades Colaboradoras en la prestación de servicios sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias y reúnan los requisitos exigidos en la Base 6.
Medios de Presentación
Presencial
Telemático
Plazo de Presentación
Límite presentación de solicitudes y documentación: desde el 19 de julio al 16 de agosto de 2018 (ambos inclusive).
Documentación
Para solicitar:
a) Solicitud conforme al modelo oficial (Anexo I), suscrita por quien ostente la representación legal de la entidad (una por proyecto), haciendo constar:
- Que la entidad y los proyectos para los que solicita subvención cumplen con todos los requisitos exigidos en las bases reguladoras de la convocatoria
- Que ha procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por esta Corporación
- Que se compromete a aportar la diferencia entre el coste total del proyecto y la subvención solicitada, bien por sus propios medios o bien por financiación de terceros
- Que la entidad no se encuentra incursa en ninguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife
b) Documento Nacional de Identidad del representante u otra documentación acreditativa de su personalidad
c) Documento acreditativo de la representación[.pdf]
d) Memoria de la Entidad explicativa de las actividades que desarrolla, en modelo oficial (Anexo II)
e) Estatutos o documento constitutivo equivalente debidamente legalizado
f) Tarjeta de identificación fiscal de la entidad
g) Documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el Registro de entidades colaboradoras en la prestación de los servicios sociales de la Comunidad Autónoma de Canarias
h) Documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas o, en su caso, en el Registro Municipal Complementario de otras Entidades Ciudadanas, regulados en el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife
i) Alta a terceros[.pdf] para procedimientos de pago en el IMAS, correspondiente a la cuenta bancaria de la entidad, debidamente diligenciada
j) Certificados en vigor expedidos por los órganos competentes acreditativos de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales, autonómicas y frente a la Seguridad Social. En el supuesto de exención, se ha de presentar el correspondiente certificado. Los certificados indicados en el presente apartado podrán ser aportados de oficio por este Ayuntamiento de existir convenio con las Administraciones competentes, que permitan emitir las correspondientes certificaciones previo consentimiento del interesado
k) Documento acreditativo de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias con este Ayuntamiento, que previo consentimiento del interesado será aportada de oficio por el IMAS y/o Ayuntamiento
l) Memoria del Proyecto objeto de subvención en modelo oficial (Anexo III)
m) Presupuesto y Plan de Financiación del Proyecto, en modelo oficial (Anexo IV)
Las entidades solicitantes quedarán exceptuadas de presentar los documentos exigidos en los apartados b), c), e), f), g), h) e i) del punto anterior, cuando aquellos ya obren en poder de este Ayuntamiento y/o IMAS, por haber sido presentados en convocatorias de subvención de cooperación social de ejercicios anteriores y no hayan sufrido modificaciones. Este último extremo deberá hacerse constar en el momento de presentar la solicitud indicando la fecha y órgano o dependencia en la que se hayan presentado, y siempre que no hayan transcurrido más de 5 años desde la finalización del procedimiento al que correspondan, todo ello sin prejuicio de lo establecido en el párrafo f) del artículo 35 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento se requerirá al solicitante su presentación
Se podrá admitir la sustitución de la presentación de los documentos exigidos en los apartados j) y k) del punto 1, por una declaración responsable del solicitante. En este caso, con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión de la subvención se requerirá la presentación de la documentación que acredite la realidad de los datos contenidos en la citada declaración, en un plazo no superior a quince (15) días, o bien, previo consentimiento del interesado y de existir convenio con las Administraciones competentes, será aportado de oficio por esta Administración, en los términos señalados en dichos apartados.
Autorización recabar datos de la Agencia Tributaria[.pdf]
Para justificar:
- Memoria de actuación justificativa. Anexo 5
- Memoria económica justificativa. Anexo 6
- Relación clasificada de gastos. Anexo 7
- Relación clasificada de gastos. Anexo 8
- Relación clasificada de gastos. Anexo
Impresos:
Anexos en formato .docx [.zip]
Anexos en formato .pdf [.zip]
Tasas
No procede
Información
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Órgano de Resolución
Presidencia del Instituto Municipal de Atención Social (IMAS)
Plazo de Resolución
Seis meses
Efectos del Silencio
Desestimatorio
Normativa
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS)
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la LGS
- Ordenanza General de Subvenciones
- Bases Específicas por las que se regula la Concesión de Subvenciones de Cooperación Social a Entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de los Servicios Sociales Municipales
Nivel de Administración Electrónica
Nivel 3. Presentación telemática
Observaciones
La propuesta de resolución definitiva, se notificará a los interesados que hayan sido propuestos como beneficiarios en la fase de instrucción, para que en el plazo de diez (10) días siguientes a su notificación comuniquen su aceptación. En el caso de que no se otorgue dentro del referido plazo quedará sin efecto la subvención concedida
Unidad Tramitadora
Servicio de Atención Social (IMAS)