Solicitud de autorización, subvención e infraestructura para la celebración de Fiestas Patronales
Denominación
Solicitud de autorización, subvención e infraestructura para la celebración de Fiestas Patronales
Descripción
Autorización, subvención e infraestructuras para la celebración de las Fiestas Patronales en los distintos barrios del municipio
Destinatarios
Asociaciones de vecinos del municipio de Santa Cruz de Tenerife
Medios de Presentación
Presencial
- Organismo Autónomo de Fiestas y Actividades Recreativas
- Oficinas de atención e información ciudadana OAIC
Telemático
Plazo de Presentación
20 días de antelación a la celebración del primer acto festivo
Documentación
Solicitud de autorización, subvención e infraestructura para la celebración de Fiestas Patronales
Autorización
La contemplada en el reverso del Modelo OAF201 Normalizado de solicitud de autorización, subvención e infraestructura para la celebración de Fiestas Patronales.
Subvención económica
- Presupuesto de gastos e ingresos de dichas fiestas
- Justificante del gasto: los justificantes de gastos se presentarán en Organismo de Fiestas del Ayuntamiento, sito en la calle Antonio Domínguez Alfonso, Nº7, dentro de los 30 días naturales siguientes a la finalización de las fiestas, y en las facturas deberán constar necesariamente los siguientes datos:
1) Identificación clara de la entidad perceptora del servicio que, en este caso, será la Asociación de Vecinos. Deberá constar su denominación, nombre y D.N.I. de la persona que actúe en su representación y C.I.F., en su caso, de la misma.
2) Nombre y razón social del proveedor o contratista con su número ó código de identificación fiscal correspondiente.
3) Número y fecha de la factura.
4) Descripción suficiente del suministro o servicio realizado, con expresión de que éste ha sido realizado con motivo de la celebración de las fiestas.
5) Importe de la factura, importe del IGIC y precio total.
Tasas
No procede
Información
Organismo Autónomo de Fiestas y Actividades Recreativas
De lunes a viernes de 9.00 a 13.30 horas
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Órgano de Resolución
Presidencia del Organismo Autónomo de Fiestas y Actividades Recreativas
Plazo de Resolución
15 días
Efectos del Silencio
Estimatorio. Salvo que se derive la habilitación para el uso de bienes de titularidad pública, en cuyo caso será desestimatorio.
Normativa
- Ley 7/2011, de 5 de abril, de Actividades clasificadas y espectáculos públicos y otras medidas administrativas complementarias
- Decreto 86/2013, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas
- Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido y R.D 1513/2005, de 16 de diciembre, que desarrolla la Ley 37
- Artículos 1 y 5 del Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales y 84 de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local
- Artículos 5 y 7 de la Ordenanza Municipal de Protección del Medio Ambiente contra la Emisión de Ruidos y Vibraciones
- Ordenanza Municipal General para la aplicación inmediata de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre libre acceso a las actividades de servicios
- Espectáculos pirotécnicos: Real Decreto 563/2010, de 7 mayo por el que se aprueba el reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería y Real Decreto 1335/2012, de 21 de septiembre, por el que se modifica el R.D 563/2010
Nivel de Administración Electrónica
Nivel 3. Presentación telemática
Unidad Tramitadora
Administración Organismo Autónomo de Fiestas y Actividades Recreativas