Servicio de Intermediación Hipotecaria “Cláusulas Suelo”
Denominación
Servicio de Intermediación Hipotecaria Cláusulas Suelo
Descripción
Ampliación del servicio de asesoramiento e intermediación en materia de ejecuciones hipotecarias, dirigido a personas con dificultades para hacer frente al pago de los préstamos hipotecarios y que se encuentran en riesgo de perder su domicilio habitual.
Este servicio de intermediación extrajudicial nace gracias al acuerdo de colaboración firmado entre el Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y el Ilustre Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife.
Con la firma de un nuevo acuerdo entre ambas Instituciones, tras la promulgación del Real Decreto Ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección a los consumidores en materia de cláusulas suelo, el objeto del servicio se ha ampliado al asesoramiento en esta materia a personas, familias o unidades de convivencia empadronadas en el municipio de Santa Cruz de Tenerife, propietarios/as de una vivienda habitual, que para su adquisición han suscrito un contrato de préstamo o crédito con garantía hipotecaria que incluía en su clausulado un límite a la baja de la variabilidad del tipo de interés del contrato (cláusula suelo), especialmente para aquellos colectivos con especial vulnerabilidad, que como consecuencia de su situación de desempleo, de ausencia de actividad económica o por su reducido nivel de ingresos, se encuentran en dificultades para disponer de un asesoramiento adecuado.
Destinatarios
Las personas, familias o unidades de convivencia residentes en el municipio de Santa Cruz de Tenerife, que sean propietarios/as de una vivienda que constituya su domicilio habitual y que para su adquisición han suscrito un contrato de préstamo o crédito con garantía hipotecaria que incluía en su clausulado un límite a la baja de la variabilidad del tipo de interés del contrato
Requisitos
Ser mayor de edad o estar emancipado legalmente.
Estar empadronados y ser residentes en el municipio de Santa Cruz de Tenerife.
Ostentar la propiedad/copropiedad de la vivienda gravada con la hipoteca en garantía del préstamo o crédito suscrito para su adquisición.
Que la vivienda constituya el domicilio habitual y permanente del solicitante y de su unidad familiar.
Que el solicitante y ninguno de los miembros de su unidad familiar sean titulares de otra vivienda.
No superar los ingresos anuales brutos de la unidad familiar las tres (3) veces el IPREM.
Medios de Presentación
- Oficinas de atención e información ciudadana OAIC
- Viviendas, Proyectos y Obras Municipales de Santa Cruz de Tenerife, S.A.,
Avenida Tres de Mayo, 40 1ª Pl
38005 Santa Cruz de Tenerife
Plazo de Presentación
Todo el año
Documentación
Información
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Viviendas, Proyectos y Obras Municipales S.A.
Información telefónica 922 013 523
De lunes a viernes en horario de 9:00 a 13:00 horas
Correo electrónico: intermediacionhipotecaria@santacruzdetenerife.es
Normativa
Convenio de colaboración entre el Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife y el Ilustre Colegio Oficial de Abogados de Santa Cruz de Tenerife
Nivel de Administración Electrónica
Nivel 2. Descarga de formularios
Observaciones
El Ayuntamiento remitirá las solicitudes al Colegio de Abogados de Santa Cruz de Tenerife
El coste del asesoramiento objeto de este servicio, haya concluido o no con el resultado de un acuerdo, se cifra en CIEN EUROS (100 ), esta cuantía irá destinada a satisfacer los honorarios de la actuación del letrado y correrá por cuenta del usuario solicitante. No obstante el Excmo. Ayuntamiento, en el supuesto de que la Entidad financiera no estimara procedente la reclamación y en función de la situación socio económica del usuario podrá abonar dicho coste previa concesión de la correspondiente ayuda económica
Portal web Colegio de Abogados.
Unidad Tramitadora
Viviendas, Proyectos y Obras Municipales de Santa Cruz de Tenerife, S.A.