Fraccionamiento/aplazamiento de las deudas tributarias
Actualizado el 18 de diciembre de 2019
Ver en la web de la administraciónDenominación
Fraccionamiento/aplazamiento de las deudas tributarias
Descripción
Las deudas tributarias que se encuentren en período voluntario o ejecutivo podrán aplazarse o fraccionarse previa solicitud del obligado tributario, cuando su situación económico-financiera le impida de forma transitoria, efectuar el pago de los plazos establecidos
Destinatarios
- Titular del recibo (cualquier otra persona debe tener autorización del titular)
- En caso de empresas sus apoderados o representantes
Requisitos
- El pago de la deuda a fraccionar deberá estar domiciliado en una cuenta corriente del titular o de otra persona que lo autorice
- Para solicitar un fraccionamiento no deberá tener otras deudas en periodo ejecutiva (si hay deuda en ejecutiva deberá abonarla o solicitar el fraccionamiento de la misma)
Medios de Presentación
Presencial
Telemático
Plazo de Presentación
Documentación
- Solicitud de aplazamiento/fraccionamiento de deuda
- Compromiso de aval - aval solidario para aplazamientos o fraccionamientos
- Fianza personal y solidaria para aplazamiento/fraccionamiento de deuda
- Orden de domiciliación (cualquier documento del banco en el que figure el nº de cuenta y el titular). La orden de domiciliación de adeudo directo debe estar aceptada y firmada por el titular de la cuenta en la solicitud
- Declaración de la renta del último ejercicio si se solicitan plazos excepcionales
- Representación si la solicitud no es presentada por el titular del recibo o en caso de empresas
- Aval bancario si la deuda es superior a 12.000
Consideraciones a tener en cuenta
- En caso de solicitar fraccionamiento en voluntaria y en ejecutiva se hará un fraccionamiento por cada una de las deudas en los plazos que correspondan al total de la deuda
- En la solicitud se identificará claramente la deuda a fraccionar y el número de plazos propuesto para el pago
- Los cargos en cuenta se realizarán los días 5 o 20 de cada mes en la cuenta indicada en la orden de domiciliación
- No se pueden fraccionar recibos a nombre de titulares fallecidos. En estos casos se debe proceder al cambio de titularidad a partir de la fecha de fallecimiento
- No se pueden fraccionar las multas y sanciones inferiores a 500
- El importe mínimo de las cuotas será de 20 y el plazo máximo de 30 meses
- La información dada en este impreso es meramente informativa, la regulación precisa sobre fraccionamientos se encuentra en la Ordenanza Fiscal General del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife
Tasas
No procede
Información
- Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas - Podrá solicitar información de trámites y gestiones tributarias en el siguiente formulario
Órgano de Resolución
Órgano de Tesorería y Contabilidad
Plazo de Resolución
Seis meses
Efectos del Silencio
Desestimatorio
Normativa
- Ley 58/2003, General Tributaria
- Real Decreto 939/2005 de 29 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación
- Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección
Nivel de Administración Electrónica
Nivel 3. Presentación telemática
Observaciones
Plazos en que se puede fraccionar:
- De 50 a 500 .............................3 meses
- De 500 a 1.000 ........................ 6 meses
- De 1.000 a 1.500 . ...9 meses
- De 1.500 a 3.000 12 meses
- De 3.000 a 4.500 . ...15 meses
- De 4.500 a 6.000 . ...18 meses
- De 6.000 15.000 ....24 meses
- Más de 15.000 ..... ..30 meses
En casos excepcionales, y sólo para personas físicas, podrán solicitarse, fraccionamientos por períodos superiores a los mencionados conforme a los siguientes plazos:
- Nivel de renta inferior o igual a 25.000 .......... hasta 30 plazos mensuales
- Nivel de renta superior a 25.000 e inferior o igual a 35.000 ........hasta 24 plazos mensuales
- Nivel de renta superior a 35.000 e inferior o igual a 45.000 .......hasta 18 plazos mensuales
- Nivel de renta superior a 45.000, e inferior o igual a 55.000 .........hasta 12 plazos mensuales
- Nivel de renta superior a 55.000 se aplicarán los plazos con los límites establecidos en la tabla anterior
Unidad Tramitadora
Servicio de Recaudación