Certificados de convivencia
Denominación
Certificados de convivencia
Descripción
Obtención de certificados donde consten las personas que figuran inscritas en la misma hoja padronal del último Padrón Municipal de Habitantes del municipio de Santa Cruz de Tenerife
Destinatarios
Todas aquellas personas que vivan habitualmente en el municipio de Santa Cruz de Tenerife, que figuren empadronados y que necesiten acreditar, a través de una certificación, las personas que figuren inscritas en la misma hoja padronal en el municipio
Medios de Presentación
Presencial
Plazo de Presentación
Todo el año
Documentación
Importante: Los documentos se deben presentar en original y fotocopia
- DNI, pasaporte o tarjeta de residencia, en vigor
- Documento de representación, si lo solicitase persona diferente al interesado (adjuntando fotocopia del DNI del autorizante y del autorizado)
- Autorización de todos los mayores de edad, inscritos en la misma hoja padronal, distintos del solicitante
Información
Servicio 010 de atención telefónica
922 606 010 - 010
De lunes a viernes de 8.00 a 15.00 horas
Plazo de Resolución
Inmediato
Normativa
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, publicado en el Boletín Oficial del Estado nº 80, de 3 de abril de 1985
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, publicado en el Boletín Oficial del Estado nº 236, de 2 de octubre de 2015
- Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 194, de 14 de agosto de 1986
- Resolución de 16 de marzo de 2015, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 30 de enero de 2015, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal, publicado en el Boletín Oficial del Estado número 71, de 24 de marzo de 2015
Nivel de Administración Electrónica
Nivel 1. Información
Observaciones
La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite
Unidad Tramitadora
Servicio de Atención a la Ciudadanía, Estadística y Demarcación Territorial
Oficinas de atención e información ciudadana (OAIC)