Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes

  • Qué es

    Solicitud del duplicado del Título de Concesión Funeraria por extravío o deterioro del original.

    Forma de Iniciación

    A solicitud del titular del Título original, o su representante legal. La solicitud se presentará en el Registro General de Entrada.

    Quién lo tramita

    Sección de Asuntos Generales.
    Dirección: Plaza de la Constitución - Edificio El Caserón
    Tel: 91 659 71 00
    Horario: Lunes y Miércoles de 11:00 a 13:00 horas.

    Requisitos

    Abono de Tasas.

    Normativa

  • El Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes firmó en Julio de 2006 la adhesión al Convenio de colaboración entre el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico y la Federación de Municipios y Provincias, para facilitar a los vecinos de San Sebastián de los Reyes la presentación de la solicitud del trámite mencionado directamente en las instalaciones del Ayuntamiento.

    Forma de Iniciación

    Se podrá solicitar duplicado de los permisos de circulación del vehículo (por cambio de domicilio, extravío o sustracción) en el Servicio de Atención Ciudadana. Consulte las Oficinas de Atención Ciudadana y sus horarios.

    Quién lo tramita

    Dirección General de Tráfico - Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid
    Dirección: C/ Arturo Soria, 143
    Código Postal: 28043 - Madrid

    Requisitos

    En todos los supuestos: presentación del D.N.I., Tarjeta de Residencia o Número de Identificación de Extranjero (N.I.E.), con pasaporte del país y documentación del vehiculo.

    • Por cambio de domicilio es necesario:
      • Permiso de Circulación.
    • Por extravío:
      • Impreso de Declaración de Extravío (lo puede descargar de la Web), firmada por el titular solicitante.
      • Importe tasa de tráfico 20,40 €, abonar en BANKIA ES64 2038 2238 67 6000413913. En concepto poner “trámites DGT y nombre completo solicitante” y adjuntar justificante del ingreso a la documentación a presentar.
    • Por sustracción:
      • Denuncia en la que se indique claramente la sustracción del documento.
      • Importe tasa de tráfico 20,40 €, abonar en BANKIA ES64 2038 2238 67 6000413913. En concepto poner “trámites DGT y nombre completo solicitante” y adjuntar justificante del ingreso a la documentación a presentar.

    Observaciones

    El nuevo permiso expedido por la D.G.T. podrá ser retirado en el Servicio de Atención Ciudadana. Al efectuar la entrega, se requerirá el permiso anterior para su anulación y la firma de la persona que recoge el nuevo, que será la misma que efectuó la solicitud. Si no fuera así, será necesaria autorización de la persona titular, debidamente firmada y acompañada de fotocopias del D.N.I. del titular y de la persona autorizada.

    Normativa

    Convenio de colaboración firmado entre el Organismo Autónomo Jefatura Provincial de Tráfico, Federación de Municipios y Provincias y Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes.

  • El Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes firmó en Julio de 2006 la adhesión al Convenio de colaboración entre el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico y la Federación de Municipios y Provincias, para facilitar a los vecinos de San Sebastián de los Reyes la presentación de la solicitud del trámite mencionado directamente en las instalaciones del Ayuntamiento.

    Forma de Iniciación

    Se podrá presentar solicitud de duplicado del carné de conducir (cambio de domicilio, extravío o sustracción) en el Servicio de Atención Ciudadana. Consulte las Oficinas de Atención Ciudadana y sus horarios.

    Quién lo tramita

    Dirección General de Tráfico - Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid
    Dirección: C/ Arturo Soria, 143
    Código Postal: 28043 - Madrid

    Requisitos

    En todos los supuestos: presentación del D.N.I., Tarjeta de Residencia o Número de Identificación de extranjero con pasaporte del país.

    • En caso de extravío:
      • Declaración de extravío firmada por el titular solicitante.
      • Importe tasa de tráfico 20,40 €, abonar en BANKIA ES64 2038 2238 67 6000413913. En concepto poner “trámites DGT y nombre completo solicitante” y adjuntar justificante del ingreso a la documentación a presentar.
    • En caso de sustracción:
      • Denuncia en la que se exprese claramente la sustracción del documento.
      • Importe tasa de tráfico 20,40 €, abonar en BANKIA ES64 2038 2238 67 6000413913. En concepto poner “trámites DGT y nombre completo solicitante” y adjuntar justificante del ingreso a la documentación a presentar.

    Observaciones

    El nuevo permiso, o el justificante acreditativo del cambio de domicilio expedido por la D.G.T., podrá ser retirado en el Servicio de Atención Ciudadana. Al efectuar la entrega se requerirá la firma de la persona que lo recoge, que será la misma que efectuó la solicitud. Si no fuera así, será necesaria autorización de la persona titular, debidamente firmada y acompañada de fotocopias del D.N.I. del titular y de la persona autorizada.

    Normativa

    Convenio de colaboración firmado entre el Organismo Autónomo Jefatura Provincial de Tráfico, Federación de Municipios y Provincias y Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes.

  • Qué es

    Esta autorización permite el "desentierro" de restos para su inhumación en otros cementerios, o en otro lugar dentro del mismo cementerio.

    Forma de Iniciación

    Presentar solicitud en el Registro General de Entrada.

    Quién lo tramita

    Sección de Asuntos Generales.
    Dirección: Plaza de la Constitución - Edificio El Caserón
    Tel: 91 659 71 00
    Horario: Lunes y Miércoles de 11:00 a 13:00 horas.

    Documentación

    • Título de concesión del nicho, columbario o sepultura.
    • Abono de tasas.

    Observaciones

    • No se dará autorización en período estival.
    • No podrán realizarse exhumaciones hasta que hayan transcurrido 2 años desde la inhumación, o 5 si la causa de la muerte representara un grave peligro sanitario.
    • Si la exhumación se realizara para volver a inhumar en otra unidad de enterramiento, se precisará además la conformidad del titular de esta última.
    • Los traslados de restos a otros cementerios se realizará en cajas adecuadas a las condiciones, y siempre facilitadas por los interesados.
    • Los traslados de restos dentro del propio cementerio se realizarán en cajas o sudarios, igualmente facilitados por los interesados.

    Normativa

  • Se trata de un documento en el que se reflejan los datos identificativos del solicitante, el número de días que figura en situación de Alta (a la fecha del informe), notas informativas y otros posibles textos en función de las circunstancias de cada persona en su relación con la seguridad social.

    Forma de Iniciación

    Se puede obtener:

    • Con certificado digital
    • Sin certificado digital
    • Presencialmente
    • Telefónicamente a través del nº 901 50 20 50

    Quién lo tramita

    Tesorería de la Seguridad Social
    Dirección: Paseo de la Chopera, 92-94 - Alcobendas
    Tel: 91 661 07 44
    Página web: www.seg-social.es

    Requisitos

    • Con certificado digital: La impresión y/o consulta del informe se realiza en el mismo momento de su petición, a través del propio ordenador.
    • Sin certificado digital: El informe se solicita vía Web, y será enviado a través del correo ordinario al domicilio del solicitante.
    • Presencialmente: Cumplimentar el impreso de solicitud del informe.

  • Qué es

    Documento elaborado por la Policía Local, en relación con una actuación previamente realizada.

    Forma de Iniciación

    A petición del interesado, quien debe presentar la solicitud en el Registro General de Entrada.

    Quién lo tramita

    Policía Local.
    Dirección: C/ Real, 97 - Planta baja
    Tel: 91 651 33 00
    Horario: de lunes a viernes de 8:30 a 14:30 h. (hasta las 14:00 h. del 15 de junio al 15 de septiembre)

    Normativa

    Ordenanzas Municipales.

  • Qué es

    La bolsa de empleo de San Sebastián de los Reyes, sirve como lugar de encuentro entre las empresas que buscan trabajadores y las personas que buscan trabajo. Se trata de un servicio de intermediación laboral, cuya misión es facilitar la inserción laboral de nuestros vecinos y las tareas de reclutamiento de personal de nuestras empresas.

    Quién lo tramita

    • Directamente a través de esta Web, desde donde podrás modificar o cambiar los datos que consideres oportunos.
    • Sección de Empleo
      Dirección: Centro Municipal de Empresas Avda. Cerro del Águila, nº 9-2ª Pta. Horario: de lunes a viernes, de 8:30 a 14:30 horas. Tel: 91 663 79 09.

    Documentación

    Rellenando el correspondiente formulario, y entregándolo en el Centro Municipal de Empresas (Avda. Cerro del Águila, 9) o en el Servicio de Atención Ciudadana (Consulte las Oficinas de Atención Ciudadana y sus horarios).

    Observaciones

    Este servicio es completamente gratuito para todos, pero es de advertir la prioridad de los vecinos del municipio a la hora de proponer candidatos.

  • Qué es

    La inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones es un requisito obligado para las entidades sociales que deseen acceder a las ayudas institucionales de San Sebastián de los Reyes.

    Forma de Iniciación

    La solicitud debe presentarse en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento.

    Quién lo tramita

    Delegación de Participación Ciudadana.
    Centro Actúa.
    Dirección: c/ Dos de Mayo, nº 6
    Tel: 91 659 71 00
    Horario de Atención al Público: Lunes a Viernes, de 8:30 a 21:00h.

    Documentación

    Para la inscripción:
    • Fotocopia del Acta fundacional y estatutos de la Asociación, sellados por la Comunidad de Madrid.
    • Fotocopia del número de inscripción en el Registro de Asociaciones correspondiente.
    • Persona de contacto, dirección completa, teléfono y correo electrónico de la Asociación.
    • Nombres completos de las personas que ocupan los cargos directivos.
    • Tener fijado su domicilio social en San Sebastián de los Reyes o disponer de un domicilio de contacto en este Municipio.
    • Presupuesto y programa de actividades.
    • Certificación del Secretario de la Asociación del número de socios a día de la fecha.
    • N.I.F.
    • E-mail (opcional)
    Para la legalización:
    • Elaboración de acta fundacional con un mínimo de tres socios constituyentes.
    • Elaborar los estatutos de funcionamiento.
    • Pago de tasas.
    • Rellenar solicitud por duplicado que facilita el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid.
    • Inscripción en el Registro de Asociaciones de la CAM.
      Dirección: C/ Gran Vía nº 18, 3ª planta
      Código Postal: 28013 Madrid
      Tel: 900 705 080

    Normativa

    Reglamento de Participación Ciudadana.

    Enlaces relacionados

    Directorio de Asociaciones del Municipio.

  • El Registro de la Propiedad es una institución pública, de base territorial, que da seguridad a las transacciones inmobiliarias realizadas por los particulares o empresas, asegurando al adquirente el mantenimiento en su adquisición. El Registro permite saber en todo momento quién es el propietario de un inmueble determinado y si éste se halla o no libre de cargas (hipotecas, embargos, etc.).

    Forma de Iniciación

    Cualquier acto o contrato relativo al dominio y demás derechos reales sobre los bienes inmuebles, debe inscribirse en los Registros de la Propiedad.

    Quién lo tramita

    Registro de la Propiedad
    Dirección: C/ teide 3-2º-1 San Sebastián de los Reyes
    Tel: 91 652 81 99

    Requisitos

    Cualquier persona puede acudir personalmente al Registro de la Propiedad, sin necesidad de representante (abogado, gestor...), a fin de solicitar una inscripción o pedir información.

    Observaciones

    • Es conveniente acudir personalmente al Registro de la Propiedad antes de adquirir un bien inmueble; para verificar que la finca en cuestión esté libre de cargas, y para obtener información sobre los datos registrales de la misma (quién es el propietario, de qué consta...)
    • El comprador puede pedir al vendedor una certificación de información continuada en la que se haga constar como domicilio de comunicaciones aquel que el comprador designe. Cualquier alteración en la situación jurídica de la finca le sería comunicada por el Registrador durante treinta días.

  • INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS.

    ¿Qué es?

    Los propietarios de construcciones y edificaciones de más de 30 años, y posteriormente, periódicamente cada 10, están obligados a realizar la inspección técnica de sus edificios, contratando a tal fin a un técnico competente en la materia.

    Eficacia.

    Para que la Inspección técnica de edificios sea eficaz, debe presentarse ante el Ayuntamiento en el correspondiente modelo de acta de inspección, previo abono de las tasas correspondientes.

    Plazo de presentación.

    Las edificaciones y construcciones que cumplan 30 años, o al llegar el vencimiento decenal, deberán presentar la ITE dentro del año natural siguiente, siempre que el Ayuntamiento no haya establecido un plazo más concreto para tal fin.

    El Ayuntamiento publicará anualmente un listado de edificios y construcciones obligados a presentar la ITE en el Ayuntamiento durante esa anualidad.

    Listados:

    • Listado a presentar la ITE en 2012:
    • Listado a presentar la ITE en 2013:
    • Listado a presentar la ITE en 2014:
    • Listado a presentar la ITE en 2015:
    • Listado a presentar la ITE en 2016:
      • Año construcción 1985
    • Listado a presentar la ITE en 2017:
      • Año construcción 1986
    • Listado a presentar la ITE en 2018:
      • Año construcción 1987
    • Listado a presentar la ITE en 2019:
      • Año construcción 1988

    Después de presentar el Acta de ITE.

    1. Si el resultado es desfavorable, el interesado deberá solicitar en el plazo de seis meses licencia urbanística (con la documentación que resultara exigible), para abordar la ejecución de las obras necesarias, y una vez ejecutadas se emitirá un nuevo Acta de Inspección haciendo constar el resultado favorable.
    2. Si el resultado fuese favorable, una vez presentado en el Ayuntamiento, se hará constar en el registro de ITE en este sentido. Estando obligado a volver a presentar Acta de ITE transcurrido los próximos diez años (El modelo de acta favorable no requiere ninguna documentación adjunta).

    En ambos casos, el interesado estará obligado a volver a presentar Acta de ITE transcurrido los próximos diez años.

    ¿Quién lo tramita?

    El Departamento de Disciplina Urbanística.

    Normativa de aplicación. Observaciones.
    • Para las edificaciones y construcciones obligadas a presentar la ITE, el Ayuntamiento podrá requerir su presentación en el plazo de 3 meses, si no se hubiese presentado ya.
    • Cuando el resultado de una ITE fuese desfavorable, el Ayuntamiento podrá requerir al propietario para que en el plazo de 6 meses solicite la correspondiente licencia que ampare la ejecución de las obras necesarias para devolver al inmueble las condiciones de seguridad y salubridad, advirtiendo que una vez ejecutadas las obras deberá presentar Acta de ITE favorable en el Ayuntamiento.
    • Cuando fuera necesario, el Ayuntamiento ejercerá sus facultades de inspección, sancionadora, de ejecución subsidiaria o dictando, en su caso, órdenes de ejecución.Aclaracion sobre
    • Aclaración sobre ITE de complejos inmobiliarios pertenecientes a una agrupación de comunidades de propietarios o mancomunidades: En los inmuebles en régimen de propiedad horizontal o complejo inmobiliario privado, la obligación establecida en la Ordenanza Municipal puede cumplirse a través de la comunidad de propietarios o de la agrupación de comunidades de propietarios (Mancomunidades), si éstas encargan la realización de la inspección para la totalidad de sus inmuebles. Las inspecciones así realizadas extenderán su eficacia a todos y cada uno de los elementos de los citados inmuebles.

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