Renovación de Concesión Funeraria
Qué es
Casuísticas:
Las concesiones funerarias de unidades de enterramiento son:
A) Sepulturas, Nichos y Parvularios, por 10 años.
B) Columbarios, por 30 años. Estas concesiones serán renovables por igual periodo de tiempo, sucesivamente hasta alcanzar el plazo máximo de concesión establecido en la legislación vigente.
Forma de Iniciación
Presentación de la correspondiente solicitud en el Registro Municipal de Entrada del Ayuntamiento.
Quién lo tramita
Sección de Asuntos Generales.
Dirección: Plaza de la Constitución - Edificio El Caserón
Tel: 91 659 71 00
Horario: de Lunes a Viernes de 08:30 a 14:30 horas. (14:00 h. del 15 de Junio al 15 de Septiembre)
Requisitos
Abono de Tasas.
Observaciones
En caso de no solicitar renovación, se puede renunciar a los restos o solicitar la recuperación de los mismos para trasladarlos (dentro del propio cementerio o a otro).
Normativa
- Ordenanza Reguladora de los Servicios Funerarios Municipales.
- Ordenanza Reguladora de las Tasas por Servicios Públicos Municipales.
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