Domiciliación bancaria de tributos

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Domiciliación bancaria de tributos

Gestión de alta, modificación o baja de una orden de domiciliación bancaria que se aplica periódicamente para hacer efectivo el pago de impuestos y/o tasas municipales.

Los tributos que se pueden domiciliar son:

  • Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI). Puede elegir el pago en 1, 4 o en 8 fracciones.
  • Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM).
  • Tasa de ocupación de la vía pública: kioscos.
  • Tasa de ocupación de la vía pública: vados.
  • Tasa de recogida de basuras del comercio y de la industria.
  • Tasa por la prestación de servicios en los mercados municipales.
  • Tasa de recogida de basuras de los mercados.
  • Tasa de ocupación de la vía pública (otros conceptos).
  • Tasa de servicios de cementerios.
  • Impuesto sobre actividades económicas (IAE).
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QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

Las personas físicas o jurídicas que tengan la obligación de hacer frente al pago de un impuesto o tasa perteneciente al Ayuntamiento de L'Hospitalet y las personas que sean titulares de la cuenta donde se quiera hacer la domiciliación. También pueden hacer este tràmite sus representantes debidamente autorizados.

En el caso de la domiciliación de un tributo donde la persona titular sea una persona difunta o el documento de identidad sea incorrecto, no se hará efectivo el trámite. En estos casos tendrá que regularizar la situación de la titularidad tributaria o su documento de identidad.

CUÁNDO SE PUEDE HACER

Para que la domiciliación tenga efecto en el año en curso, tiene que tramitar la orden al menos un mes antes de iniciarse el periodo de pago voluntario del tributo, si la orden llega en fecha posterior, la domiciliación se hará, pero tendrá efectos el año o fracción siguiente.

Por lo que respecta al IBI y para 1 u 8 fracciones se aplicará en el año en curso si se da la orden antes del 16 de marzo. La aplicación será el año siguiente para las órdenes dadas en fecha posterior..

CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

POR INTERNET:
  • Rellene el formulario y presione en el botón para enviar la solicitud.

TRAMITAR

DESDE LA CARPETA CIUTADANA:

1. Entre en la Carpeta Ciudadana.
2. Identifíquese con certificado digital o con usuario/contraseña.
3. Realice el trámite desde casa y de forma inmediata.

ACCEDER

POR TELÉFONO:

Llame a la oficina indicada.

Documentación necesaria
  • Los datos del DNI, tarjeta de residencia o pasaporte de la persona solicitante.
  • Si es persona jurídica: los datos de la tarjeta de identificación fiscal de la sociedad y del DNI, tarjeta de residencia o pasaporte de la persona que la represente.
  • Los datos de la cuenta bancaria donde quiere domiciliar los tributos municipales.
  • Los siguientes datos del tributo que quiere domiciliar:
    • El objeto tributario (dirección, matrícula, etc.)
    • La referencia que consta en el recibo.
  • Oficina de Atención Tributaria

    Teléfono: 010 (gratuito), 900 10 02 77 (Fuera de Hospitalet y para móviles)

    Horario: Atención telefónica: de lunes a viernes de 8:00 h a 20:00 h.
    Atención presencial: de lunes a viernes de 8:30 h a 14:00 h.

PRESENCIALMENTE:

NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

Presente la documentación necesaria en cualquiera de las oficinas indicadas.

Documentación necesaria
  • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte (original).
  • Si es persona jurídica: Tarjeta de identificación fiscal de la sociedad donde conste el domicilio fiscal actual, junto con el DNI o tarjeta de residencia del administrador/a o apoderado/a de la sociedad. Hay que acreditar, documentalmente, la representación de la sociedad (original y fotocopia de todos los documentos).
  • Los datos de la cuenta bancaria donde quiere domiciliar los tributos municipales.
  • Los siguientes datos del tributo que quiere domiciliar:
    • El objeto tributario (dirección, matrícula, etc.)
    • La referencia que consta en el recibo.
En el caso de representación, aporte la autorización de representación firmada por la persona solicitante acompañada de una fotocopia del documento de identidad del solicitante y el original de la persona autorizada.

QUÉ PASA DESPUÉS

En las tramitaciones telefónica, por internet y por carpeta ciudadana, recibirá en su domicilio fiscal una orden de domiciliación bancaria y una nota informativa sobre cómo ha de devolver esta orden de domiciliación correctamente rellenada y firmada.

En las tramitaciones presenciales firme y date la orden bancaria en la oficina a donde vaya, sin más trámite por su parte.

MÁS INFORMACIÓN

Las ventajas de domiciliar los pagos de los tributos son numerosas:
  • Le evita desplazamientos innecesarios.
  • Le supone un ahorro de tiempo.
  • No tiene que preocuparse del deber de informase de los diferentes periodos de pago en plazo voluntario de los diferentes tributos.
  • Puede estar al corriente de sus obligaciones fiscales.
Puede consultar el Calendario del contribuyente en el apartado de Tributos de la web municipal (www.l-h.cat)..

VALIDEZ

Las domiciliaciones tendrán validez por tiempo indefinido mientras no sean: anuladas por la persona interesada, rechazadas por la entidad de depósito o, la Administración disponga expresamente su invalidez por razones justificadas.

NORMATIVA APLICABLE

Puede consultar toda la normativa fiscal vigente en el apartado correspondiente de la Sede electrónica..

SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

  • Oficina de Atención Tributaria

    Teléfono: 010 (gratuito), 900 10 02 77 (Fuera de Hospitalet y para móviles)

    Horario: Atención telefónica: de lunes a viernes de 8:00 h a 20:00 h.
    Atención presencial: de lunes a viernes de 8:30 h a 14:00 h.

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Oficinas de la administración

Organismo Autonomo Local De Recaudacion Del Ayuntamiento De Hospitalet De Llobregat

Pza. Ajuntament, 11 , L' Hospitalet de Llobregat , 08901

Tel. 934380952

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

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