Ayuntamiento de Parla

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Esta es la Solicitud para proceder al reconocimiento del derecho a la Devolución de Ingresos Indebidos que se realizará según lo previsto en el artí­culo 56 de la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección del Ayuntamiento de Parla.

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas fí­sicas o jurí­dicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas fí­sicas con capacidad de obrar y las personas jurí­dicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    En el momento que el interesado crea conveniente.

    Solicitud de Devolución de Ingreso Indebido por duplicado, cumplimentada y firmada.

    Documentación a entregar: la que se indique en la solicitud.

    Concejalí­a de Hacienda.

    Oficina Municipal de Gestión Tributaria.

    Calle Severo Ochoa, 7-9 (Antiguos Juzgados).

    Teléfono: 91.201.35.80

    Horario: Jueves de 09:30 a 12:30 (Cita Previa).

    Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artí­culo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
    Las Personas Fí­sicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.
    Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    - Las personas jurí­dicas.
    - Las entidades sin personalidad jurí­dica.
    - Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    - Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
    - Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas fí­sicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

    B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

    La entrada de documentación recibida en dí­as u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer dí­a hábil siguiente, considerando como Dí­as Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como dí­as festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

    En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

    El plazo de tramitación es de 15 Dí­as

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

    - Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

    Oficina Municipal de Gestión Tributaria

    1. El procedimiento para el reconocimiento del derecho a la devolución de ingresos indebidos se iniciará de oficio o a instancia del interesado, en los siguientes supuestos:
    a.) Cuando se haya producido una duplicidad en el pago de deudas tributarias o sanciones.
    b.) Cuando la cantidad pagada haya sido superior al importe a ingresar resultante de un acto administrativo o de una autoliquidación.
    c.) Cuando se hayan ingresado cantidades correspondientes a deudas o sanciones tributarias después de haber transcurrido los plazos de prescripción.
    d.) Cuando así­ lo establezca la normativa tributaria.

    2. La cantidad a devolver como consecuencia de un ingreso indebido estará constituido por la suma de las siguientes cantidades:
    a.) El importe del ingreso indebidamente efectuado.
    b.) Las costas satisfechas cuando el ingreso indebido se hubiera realizado durante el procedimiento de apremio.
    c.) El interés de demora vigente desde la fecha en que se hubiese realizado el ingreso indebido hasta la fecha en que se ordene el pago de la devolución.
    3. Cuando el acto de aplicación de los tributos o de imposición de sanciones en virtud del cual se realizó el ingreso indebido hubiera adquirido firmeza, únicamente se podrá solicitar la devolución del mismo instando o promoviendo la revisión del acto mediante alguno de los procedimientos especiales de revisión previstos en los párrafos a), c) y d) del artí­culo 216 de la Ley General Tributaria, y mediante el recurso extraordinario de revisión regulado en el artí­culo 244 de dicha Ley.

    4. Cuando el procedimiento se inicie a instancia del interesado, la solicitud de devolución, contendrá los siguientes datos:
    a.) Justificación del ingreso indebido, adjuntando a la solicitud los documentos que acrediten el derecho a la devolución, así­ como cuantos elementos de prueba considere oportunos a tal efecto. Los justificantes de ingreso podrán sustituirse por la mención exacta de los datos identificativos del ingreso realizado, entre ellos, la fecha y el lugar del ingreso y su importe.
    b.) Declaración expresa del medio elegido por el que haya de realizarse la devolución, de entre los señalados por el Ayuntamiento.
    c.) En su caso, una solicitud de compensación, en los términos previstos en el Reglamento General de Recaudación.

    Cuando el procedimiento se inicie de oficio, se notificará al interesado el acuerdo de iniciación. Cuando los datos en poder de la Administración tributaria sean suficientes para formular la propuesta de resolución, el procedimiento podrá iniciarse mediante la notificación de dicha propuesta.

    5. En la tramitación del expediente, se comprobarán las circunstancias que, en su caso, determinen el derecho a la devolución, la realidad del ingreso y su no devolución posterior, así­ como la titularidad del derecho y la cuantí­a de la devolución.

    Con carácter previo a la resolución, el Ayuntamiento notificará al obligado tributario la propuesta de  resolución para que en un plazo de 10 dí­as presente las alegaciones y los documentos y justificantes necesarios.
    Se prescindirá de dicho trámite cuando no se tengan en cuenta otros hechos o alegaciones que los realizados por el obligado tributario o cuando la cuantí­a propuesta a devolver sea igual a la solicitada, excluidos los intereses de demora.
    Finalizadas las actuaciones que procedan, a quien corresponda la tramitación formulará la propuesta de resolución y la elevará al órgano competente para resolver.

    6. El órgano competente para resolver dictará resolución en la que, si procede, se acordará el derecho a la devolución, determinándose el titular del derecho y el importe de la devolución.

    7. Reconocida la devolución, se procederá a la inmediata ejecución de la devolución.

    Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 dí­as subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así­ no lo hiciera, se le archivará el expediente.

    Concejalí­a de Hacienda

    Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentación, en su caso.

    Representante y/o presentador: Autorización del solicitante.

    Copia del Registro de la Solicitud: en el caso de que esta solicitud no sea autocopiativa, se podrá acompañar una fotocopia de la misma, que debidamente sellada en el lugar de su presentación, servirá como comprobante al solicitante.

    Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artí­culo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

    Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.
    Descarga de documentos

    Registro Electrónico

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanaciзn

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Este es el modelo de Solicitudаdel Sistema de Fraccionamiento de Recibos en Voluntaria de Vencimiento Periзdico y Notificaciзn colectiva mediante Pagos sin Intereses de Vencimiento Especial por Cuenta Corriente.

    Esаun programa fiscal que consiste en agrupar el importe de todos los tributos girados a un mismo titular a lo largo de todo el aÑ?o en una sola deuda global y dividirla en 9 pagos sin intereses o coste alguno que se podrÑ?аabonar por Cuenta Corriente en los dÑ?as 5 de los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre.

    Losаtributos que se puedenаfraccionar son:аIVTM (Impuesto de VehÑ?culos de Tracciзn MecÑ?nica), IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles Urbanos y RЩsticos), IAE (Impuesto de Actividades Econзmicas),аVados (Tasa de Paso de Carruajes) y Reserva de Calzada de Carga y Descarga.

    Solicitante o interesado: consignarÑ? todos sus datos personales, indicando claramente los telжfonos de contacto, el domicilio y el correo electrзnico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. PodrÑ?n realizar solicitudes las personas fÑ?sicas o jurÑ?dicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones PЩblicas segЩn lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo ComЩn de las Administraciones PЩblicas.

    Presentador o Representante: se entenderÑ? que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este Щltimo, salvo manifestaciзn expresa en contra del interesado. Las personas fÑ?sicas con capacidad de obrar y las personas jurÑ?dicas, siempre que ello estж previsto en sus Estatutos, podrÑ?n actuar en representaciзn de otras ante las Administraciones PЩblicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberÑ? acreditarse la representaciзn. Para los actos y gestiones de mero trÑ?mite se presumirÑ? aquella representaciзn. PodrÑ? acreditarse mediante cualquier medio vÑ?lido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, segЩn lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo ComЩn de las Administraciones PЩblicas.

    En el momento que el interesado crea conveniente.

    Solicitud de Sistema de Pagos Fraccionados deаtodos los Recibos de carÑ?cter periзdico y anualаsin Intereses por duplicado, cumplimentada y firmada.

    Documentaciзn a entregar: la indicada en la solicitud.

    ConcejalÑ?a de Hacienda.

    Oficina Municipal de Gestiзn Tributaria.

    Calle Severo Ochoa, 7-9 (Antiguos Juzgados).

    Telжfono: 91.201.35.80

    Horario:аJueves de 09:30 a 12:30 (Cita Previa).

    Derecho y obligaciзn de relacionarse electrзnicamente con las Administraciones PЩblicas, segЩn el artÑ?culo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo ComЩn de las Administraciones PЩblicas:
    Las Personas FÑ?sicas podrÑ?n elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a travжs de medios electrзnicos o no, salvo que estжn obligadas a relacionarse a travжs de medios electrзnicos.
    EstarÑ?n obligados a relacionarse a travжs de medios electrзnicos para la realizaciзn de cualquier trÑ?mite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    - Las personas jurÑ?dicas.
    - Las entidades sin personalidad jurÑ?dica.
    - Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiaciзn obligatoria, para los trÑ?mites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    - Quienes representen a un interesado que estж obligado a relacionarse electrзnicamente.
    - Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas fÑ?sicas que por razзn de su capacidad econзmica, tжcnica, dedicaciзn profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrзnicos necesarios.

    A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atenciзn al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administraciзn General del Estado, de las Comunidades Autзnomas o de las Administraciones Locales. Tambiжn en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

    B) Con Certificado Digital por Registro Electrзnico en esta Sede, en los Registros Electrзnicos de la Administraciзn General del Estado, de las Comunidades Autзnomas o de las Administraciones Locales.

    La entrada de documentaciзn recibida en dÑ?as u horas inhÑ?biles se entenderÑ? efectuada en la primera hora hÑ?bil del primer dÑ?a hÑ?bil siguiente, considerando como DÑ?as InhÑ?biles, a efectos de este Registro Electrзnico, los establecidos como dÑ?as festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

    En cada Justificante de Registro Electrзnico figurarÑ?n la Fecha y Hora de presentaciзn y Fecha y Hora de inicio el cзmputo a efectos administrativos.

    El plazo de tramitaciзn es de 7 DÑ?as

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo ComЩn de las Administraciones PЩblicas.

    - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios PЩblicos Municipales.

    -аRDL 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

    -аLey 58/2003 General Tributaria.

    Oficina Municipal de Gestiзn Tributaria
    A peticiзn del interesado

    1.-аSзlo se realizarÑ? una vez, en cualquier momento y hasta el 31 de diciembre del aÑ?o anterior al que se solicita. TendrÑ? una vigencia indefinida, aÑ?o tras aÑ?o, salvo otra indicaciзn.

    2.- Se incluirÑ?n todas las unidades fiscales del solicitante. â??ste no tendrÑ? deudas pendientes de pago en perÑ?odo ejecutivo.

    3.- El total de la deuda por todos los conceptos a satisfacer por este sistema deberÑ? ser como mÑ?nimo de 150,00 €.

    4.- El total se dividirÑ? en 9 cuotas. Abono en los dÑ?as 5 de los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre en la C/C del titular.

    5.- El Titular de la C/C se acoge voluntariamente al sistema de compensaciзn de deudas previsto por el artÑ?culo 71.3 de la Ley General Tributaria, a los efectos de anotar en la cuenta los posibles derechos de devoluciзn de ingresos.

    6.-Es incompatible con la bonificaciзn del 5% en el IBI por la Solicitud de Domiciliaciзnаde todos losаTributos.

    MÑ?s informaciзn en la Ordenanza Fiscal.

    Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirÑ? al interesado para que en el plazo de 10 dÑ?as subsane la falta o acompaÑ?e los documentos preceptivos, con la indicaciзn de que si asÑ? no lo hiciera, se le archivarÑ? el expediente.

    ConcejalÑ?a de Hacienda

    Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentaciзn, en su caso.

    Representante y/o presentador: Autorizaciзn del solicitante.

    Copia del Registro de la Solicitud: en el caso de que esta solicitud no sea autocopiativa, se podrÑ? acompaÑ?ar una fotocopia de la misma, que debidamente sellada en el lugar de su presentaciзn, servirÑ? como comprobante al solicitante.

    Los datos recogidos serÑ?n incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestiзn y seguimiento de datos de carÑ?cter personal o colectivo relacionados con los trÑ?mites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable Щltimo del fichero. La persona interesada podrÑ? ejercer los derechos de acceso, rectificaciзn, cancelaciзn y oposiciзn en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artÑ?culo 5 de la Ley OrgÑ?nica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protecciзn de Datos de CarÑ?cter Personal.

    Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y TelemÑ?ticamente con Certificado Digital por el Registro Electrзnico de la Sede.
    Descarga de documentos
    ENLACES DE INTERâ??S

    Registro Electrзnico

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanaciзn

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Este es el modelo de Solicitud paraаCambiar de Cuenta Corriente deаuna Resoluciзn ya Aprobada y Activa en el momento de su presentaciзn del Sistema de Fraccionamiento de Recibos en Voluntaria de Vencimiento Periзdico y Notificaciзn colectiva mediante Pagos sin Intereses de Vencimiento Especial por Cuenta Corriente.

    Esаun programa fiscal que consiste en agrupar el importe de todos los tributos girados a un mismo titular a lo largo de todo el aÑ?o en una sola deuda global y dividirla en 9 pagos sin intereses o coste alguno que se podrÑ?аabonar por Cuenta Corriente en los dÑ?as 5 de los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre.

    Losаtributos que se puedenаfraccionar son:аIVTM (Impuesto de VehÑ?culos de Tracciзn MecÑ?nica), IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles Urbanos y RЩsticos), IAE (Impuesto de Actividades Econзmicas),аVados (Tasa de Paso de Carruajes) y Reserva de Calzada de Carga y Descarga.

    Solicitante o interesado: consignarÑ? todos sus datos personales, indicando claramente los telжfonos de contacto, el domicilio y el correo electrзnico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. PodrÑ?n realizar solicitudes las personas fÑ?sicas o jurÑ?dicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones PЩblicas segЩn lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo ComЩn de las Administraciones PЩblicas.

    Presentador o Representante: se entenderÑ? que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este Щltimo, salvo manifestaciзn expresa en contra del interesado. Las personas fÑ?sicas con capacidad de obrar y las personas jurÑ?dicas, siempre que ello estж previsto en sus Estatutos, podrÑ?n actuar en representaciзn de otras ante las Administraciones PЩblicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberÑ? acreditarse la representaciзn. Para los actos y gestiones de mero trÑ?mite se presumirÑ? aquella representaciзn. PodrÑ? acreditarse mediante cualquier medio vÑ?lido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, segЩn lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo ComЩn de las Administraciones PЩblicas.

    En el momento que el interesado crea conveniente.

    Solicitud de Cambio de Cuenta Corriente en la Solicitud Aprobada del Sistema de Pagos Fraccionados deаtodos los Recibos de carÑ?cter periзdico y anualаsin Intereses por duplicado, cumplimentada y firmada.

    Documentaciзn a entregar: la indicada en la solicitud.

    ConcejalÑ?a de Hacienda.

    Oficina Municipal de Gestiзn Tributaria.

    Calle Severo Ochoa, 7-9 (Antiguos Juzgados).

    Telжfono: 91.201.35.80

    Horario: Jueves de 09:30 a 12:30 (Cita Previa).

    Derecho y obligaciзn de relacionarse electrзnicamente con las Administraciones PЩblicas, segЩn el artÑ?culo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo ComЩn de las Administraciones PЩblicas:
    Las Personas FÑ?sicas podrÑ?n elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a travжs de medios electrзnicos o no, salvo que estжn obligadas a relacionarse a travжs de medios electrзnicos.
    EstarÑ?n obligados a relacionarse a travжs de medios electrзnicos para la realizaciзn de cualquier trÑ?mite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    - Las personas jurÑ?dicas.
    - Las entidades sin personalidad jurÑ?dica.
    - Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiaciзn obligatoria, para los trÑ?mites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    - Quienes representen a un interesado que estж obligado a relacionarse electrзnicamente.
    - Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas fÑ?sicas que por razзn de su capacidad econзmica, tжcnica, dedicaciзn profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrзnicos necesarios.

    A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atenciзn al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administraciзn General del Estado, de las Comunidades Autзnomas o de las Administraciones Locales. Tambiжn en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

    B) Con Certificado Digital por Registro Electrзnico en esta Sede, en los Registros Electrзnicos de la Administraciзn General del Estado, de las Comunidades Autзnomas o de las Administraciones Locales.

    La entrada de documentaciзn recibida en dÑ?as u horas inhÑ?biles se entenderÑ? efectuada en la primera hora hÑ?bil del primer dÑ?a hÑ?bil siguiente, considerando como DÑ?as InhÑ?biles, a efectos de este Registro Electrзnico, los establecidos como dÑ?as festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

    En cada Justificante de Registro Electrзnico figurarÑ?n la Fecha y Hora de presentaciзn y Fecha y Hora de inicio el cзmputo a efectos administrativos.

    El plazo de tramitaciзn es de 7 DÑ?as

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo ComЩn de las Administraciones PЩblicas.

    - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios PЩblicos Municipales.

    -аRDL 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

    -аLey 58/2003 General Tributaria.

    Oficina Municipal de Gestiзn Tributaria
    A peticiзn del interesado

    1.-аSзlo se realizarÑ? una vez, en cualquier momento y hasta el 31 de diciembre del aÑ?o anterior al que se solicita. TendrÑ? una vigencia indefinida, aÑ?o tras aÑ?o, salvo otra indicaciзn.

    2.- Se incluirÑ?n todas las unidades fiscales del solicitante. â??ste no tendrÑ? deudas pendientes de pago en perÑ?odo ejecutivo.

    3.- El total de la deuda por todos los conceptos a satisfacer por este sistema deberÑ? ser como mÑ?nimo de 150,00 €.

    4.- El total se dividirÑ? en 9 cuotas. Abono en los dÑ?as 5 de los meses de abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre en la C/C del titular.

    5.- El Titular de la C/C se acoge voluntariamente al sistema de compensaciзn de deudas previsto por el artÑ?culo 71.3 de la Ley General Tributaria, a los efectos de anotar en la cuenta los posibles derechos de devoluciзn de ingresos.

    6.-Es incompatible con la bonificaciзn del 5% en el IBI por la Solicitud de Domiciliaciзnаde todos losаTributos.

    MÑ?s informaciзn en la Ordenanza Fiscal.

    Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirÑ? al interesado para que en el plazo de 10 dÑ?as subsane la falta o acompaÑ?e los documentos preceptivos, con la indicaciзn de que si asÑ? no lo hiciera, se le archivarÑ? el expediente.

    ConcejalÑ?a de Hacienda

    Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentaciзn, en su caso.

    Representante y/o presentador: Autorizaciзn del solicitante.

    Copia del Registro de la Solicitud: en el caso de que esta solicitud no sea autocopiativa, se podrÑ? acompaÑ?ar una fotocopia de la misma, que debidamente sellada en el lugar de su presentaciзn, servirÑ? como comprobante al solicitante.

    Los datos recogidos serÑ?n incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestiзn y seguimiento de datos de carÑ?cter personal o colectivo relacionados con los trÑ?mites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable Щltimo del fichero. La persona interesada podrÑ? ejercer los derechos de acceso, rectificaciзn, cancelaciзn y oposiciзn en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artÑ?culo 5 de la Ley OrgÑ?nica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protecciзn de Datos de CarÑ?cter Personal.

    Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y TelemÑ?ticamente con Certificado Digital por el Registro Electrзnico de la Sede.
    Descarga de documentos
    ENLACES DE INTERâ??S

    Registro Electrзnico

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Este es el modelo de Solicitud de Bonificación en el recibo del IBI de Bienes Inmuebles de Empresas cuya actividad comprenda la Urbanización, Construcción o Promoción Inmobiliaria.

    Estos Bienes Inmuebles gozarán de una bonificación del 90 % en la cuota í­ntegra del IBI, siempre que así­ se solicite por los interesados antes del inicio de las obras, los inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de las empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria tanto de obra nueva como de rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren entre los bienes de su inmovilizado.

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas fí­sicas o jurí­dicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas fí­sicas con capacidad de obrar y las personas jurí­dicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    En el momento que el interesado crea conveniente.

    Solicitud de Recurso de Bonificación en el IBI de Bienes Inmuebles de Empresas cuya actividad comprenda la Urbanización, Construcción o Promoción Inmobiliaria por duplicado, cumplimentada y firmada.

    Documentación a entregar por Registro Electrónico: la indicada en la solicitud.

    Concejalí­a de Hacienda.

    Oficina Municipal de Gestión Tributaria.

    Calle Severo Ochoa, 7-9 (Antiguos Juzgados).

    Teléfono: 91.201.35.80

    Horario: Jueves de 09:30 a 12:30 (Cita Previa).

    Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artí­culo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
    Las Personas Fí­sicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.
    Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    - Las personas jurí­dicas.

    - Las entidades sin personalidad jurí­dica.
    - Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    - Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
    - Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas fí­sicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

    La entrada de documentación recibida en dí­as u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer dí­a hábil siguiente, considerando como Dí­as Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como dí­as festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

    En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

    El plazo de tramitación es de 15 Dí­as

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

    Oficina Municipal de Gestión Tributaria
    A petición del interesado

    - De debe solicitar antes del inicio de las obras y el plazo de aplicación de esta bonificación comprenderá desde el perí­odo impositivo siguiente a aquel en que se inicien las obras hasta el posterior a su terminación, siempre que durante ese tiempo se realicen obras de urbanización o construcción efectiva, y sin que, en ningún caso, pueda exceder de tres perí­odos impositivos.

    Para determinar el fin del perí­odo de bonificación, mientras se realicen obras de urbanización o construcción efectivas, se deberá acreditar el estado de las obras a 31 de diciembre de cada año, mediante el certificado correspondiente, que se deberá aportar en los quince primeros dí­as del ejercicio siguiente.

    Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 dí­as subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así­ no lo hiciera, se le archivará el expediente.

    Concejalí­a de Hacienda

    Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentación, en su caso.

    Representante y/o presentador: Autorización del solicitante.

    Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artí­culo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

    Solicitud que solo se puede realizar Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.
    Descarga de documentos

    Registro Electrónico

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Este es el modelo de Solicitud de Bonificación en el recibo del IBI de Viviendas de Protección Pública o las equiparables a éstas, conforme a la normativa de la Comunidad de Madrid.

    Estas viviendas gozarán de una bonificación del 50 % en la cuota í­ntegra del IBI durante el plazo máximo de tres años, contados desde el otorgamiento de la calificación definitiva por la Comunidad de Madrid, que deberá acreditarse en el momento de la solicitud, que podrá efectuarse en cualquier momento anterior a la finalización de los tres perí­odos impositivos de duración de la misma y surtirá efectos, en su caso, desde el perí­odo impositivo siguiente al de la solicitud.

    Esta bonificación es incompatible entre sí­ con la Bonificación en el IBI por Familias Numerosas, aplicándose la más beneficiosa para titular del impuesto. En cambio es compatible con el Sistema de Pagos Fraccionados.

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas fí­sicas o jurí­dicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas fí­sicas con capacidad de obrar y las personas jurí­dicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    En el momento que el interesado crea conveniente.

    Solicitud de Recurso de Bonificación en el IBI por Vivienda de Protección Pública por duplicado, cumplimentada y firmada.

    Documentación a entregar: la indicada en la solicitud.

    Concejalí­a de Hacienda.

    Oficina Municipal de Gestión Tributaria.

    Calle Severo Ochoa, 7-9 (Antiguos Juzgados).

    Teléfono: 91.201.35.80

    Horario: Jueves de 09:30 a 12:30 (Cita Previa).

    A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

    B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

    La entrada de documentación recibida en dí­as u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer dí­a hábil siguiente, considerando como Dí­as Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como dí­as festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

    En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

    El plazo de tramitación es de 15 Dí­as

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

    Oficina Municipal de Gestión Tributaria
    A petición del interesado

    - A estos efectos, a las viviendas de protección pública derivadas de la legislación propia de la Comunidad de Madrid exclusivamente se les considerará equiparadas cuando los parámetros de superficie máxima, precio de vivienda y lí­mite de ingresos de los adquirentes o usuarios, no excedan de los establecidos para las viviendas de protección oficial (VPO).

    - En los casos en que el propietario haya repercutido la cuota lí­quida del impuesto en el inquilino del inmueble, y siempre que reúna las condiciones establecidas para esta bonificación, podrá solicitarla éste conjuntamente con el propietario, acreditando documentalmente tal repercusión.

    - Esta Bonificación en el IBI es incompatible entre sí­ con la Bonificación por Familia Numerosa, aplicándose la más beneficiosa para el titular del impuesto.

    Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 dí­as subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así­ no lo hiciera, se le archivará el expediente.

    Concejalí­a de Hacienda

    Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentación, en su caso.

    Representante y/o presentador: Autorización del solicitante.

    Copia del Registro de la Solicitud: en el caso de que esta solicitud no sea autocopiativa, se podrá acompañar una fotocopia de la misma, que debidamente sellada en el lugar de su presentación, servirá como comprobante al solicitante.

    Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artí­culo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

    Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.
    Descarga de documentos

    Registro Electrónico

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Observaciones

    Más información

    Este es el modelo de Solicitud de las Placas de Carga y Descarga.

    Una licencia que autoriza a la reserva de espacio para carga o descarga de vehículos de comerciantes en lugares habilitados para ello en la vía pública, disfruten o vayan a disfrutar, utilicen o vayan a utilizar, aprovechen o vayan a aprovechar especialmente el dominio público en beneficio particular.

    El tiempo de utilización de las zonas de carga y descarga será el que fije la señalización correspondiente, sin que en ningún caso pueda rebasar los sesenta minutos, salvo que el agente de la autoridad permita un tiempo mayor en situaciones excepcionales que lo justifiquen.

    Cuando por situaciones especiales, sea preciso utilizar las zonas de carga y descarga fuera del horario permitido, se solicitará previamente a la Concejalía de Seguridad Ciudadana -Sección de Movilidad- la autorización correspondiente, que se resolverá atendiendo a la justificación alegada y a la no existencia de perjuicios o trastornos.

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    En el momento que el interesado crea conveniente.

    Solicitud de las Placas de Carga y Descarga por duplicado, cumplimentada y firmada.

    - Documentación a entregar: la indicada en la solicitud.

    Concejalía de Seguridad Ciudadana y Movilidad.
    Responsable: Unidad Administrativa, Sección de Tráfico.
    Calle Laguna de Villafranca de los Caballeros, 4.
    Teléfonos: 91.202.47.30 / 91 698.27.12
    Fax: 91.201.35.18
    Horario: De 09:00 a 13:00 horas, de Lunes a Viernes.

    Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
    Las Personas Físicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.
    Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    - Las personas jurídicas.
    - Las entidades sin personalidad jurídica.
    - Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    - Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
    - Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

    B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

    La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

    En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

    El plazo de tramitación es de 30 Días

    A) Tasa por la expedición de documento administrativo para la obtención de Placa de señal de Carga o Descarga en vía pública (sólo un abono por cada solicitud, se enviará la Liquidación por correo certificado):

    - Por la expedición CON colocación de placa: 389,61 €.
    - Por la expedición SIN colocación de placa: 233,15 €.

    B) Tasa por la utilización privativa o del aprovechamiento especial del dominio público local por la Reserva de espacio de la vía pública para Carga y Descarga (abono anual, ver el calendario del contribuyente) :

    La base de la tasa por el aprovechamiento de la vía pública con reserva de espacio para carga y descarga, será la longitud expresada en metros lineales, paralelamente al bordillo de la acera de la zona reservada. Tarifas anuales y según categoría de calles:

    - Por reserva permanente de calzada para carga y descarga:
    1.1. Hasta 5 metros lineales: 259,10 € (1ª y 2ª) 203,16 € (3ª, 4ª y 5ª)
    1.2. Por cada metro adicional o fracción: 51,80 € (1ª y 2ª) 47,09 € (3ª, 4ª y 5ª)
    2. Por reserva permanente de calzada por un período de 12 horas diarias o fracción:
    2.1. Hasta 5 metros lineales. 129,57 € (1ª y 2ª) 117,84 € (3ª, 4ª y 5ª)
    2.2. Por cada metro adicional o fracción: 25,82 € (1ª y 2ª) 23,47 € (3ª, 4ª y 5ª)

    Bonificaciones: Cuando el sujeto pasivo sea una PYME que realice su asentamiento en los polígonos industriales del Municipio de Parla y sean empresas de nueva creación, generar al menos un empleo neto a jornada completa por un período mínimo de 2 años; empresas de nueva instalación en los polígonos industriales o ampliación de las ya existentes y no sean de nueva creación, tener una plantilla mínima de 5 trabajadores; o cuando se trate de un traslado de empresas del casco urbano de Parla a áreas industriales la plantilla mínima será de 2 trabajadores.

    Nivel de empleo y Cuota de la Tasa:
    - Nivel de empleo creado sea de entre 1 y 5 trabajadores: 0 € durante 2 años.
    - Nivel de empleo creado sea de entre 6 y 10 trabajadores: 0 € durante 3 años.
    - Nivel de empleo creado sea más 10 trabajadores: 0 € durante 4 años.

    El plazo máximo para la admisión de las solicitudes de aplicación de esta tarifa será de 10 días desde la fecha de recepción de la solicitud de la licencia. Este beneficio tributario se entenderá concedido bajo la condición resolutoria del mantenimiento de los puestos de trabajo que dieron lugar a la bonificación durante todo el periodo de concesión, debiendo presentar el sujeto pasivo en el momento en que la misma termine justificación documental de tal extremo. En caso contrario, se procederá a efectuar liquidación por el importe de las cantidades bonificadas.

    Abono de la Tasa:

    - Con Tarjeta Bancaria a través de la Pasarela de Pago de la Sede Electrónica, o
    - En las Aplicaciones Web de Pago de Impuestos y Tasas de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación, o
    - En las sucursales de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación.

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    - Ley 9/2001 del Suelo.

    - Plan General de Ordenación Urbana de Parla.

    - Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora de la Comunidad de Madrid, Decreto 245/2000.

    - Ley 7/85 y TR de Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

    - Ordenanzas de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

    Movilidad
    A petición del interesado

    Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le archivará el expediente.

    Dentro de los 30 días siguientes a la presentación de la solicitud, el Ayuntamiento podrá notificar al solicitante la adopción de medidas. Si no hubiera habido notificación de adopción de medidas, se dictará decreto de aprobación de la autorización solicitada.

    La licencia puede tener una vigencia temporal o definitiva, dependiendo de la demanda del interesado, la justificación alegada, el informe de la Policía Local y la existencia o no de perjuicios y trastornos.

    Concejalía de Seguridad Ciudadana
    Desestimatorio
    Cabe interponer recurso administrativo

    Política de Privacidad

    a) Los datos de carácter personal que se pudieran recabar directamente del interesado serán tratados de forma confidencial y quedarán incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Parla.
    b) Los datos personales serán recogidos y tratados por el Ayuntamiento de Parla con la finalidad correspondiente a cada una de las actividades de tratamiento que realiza y que están accesibles en el Registro de Actividades.
    c) El tratamiento de sus datos se realiza para el cumplimiento de obligaciones legales por parte del Ayuntamiento de Parla, para el cumplimiento de misiones realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos a este Ayuntamiento, así como cuando la finalidad del tratamiento requiera su consentimiento, que habrá de ser prestado mediante una clara acción afirmativa.
    Puede consultar la base legal para cada una de las actividades de tratamiento que lleva a cabo el Ayuntamiento de Parla en el Registro de Actividades en la Sede Electrónica. Enlace: https://politicadeprivacidad.ayuntamientoparla.es/

    La persona interesada podrá ejercer sus derechos ante el Ayuntamiento de Parla en la Plaza de la Constitución, 1, 28981, Parla (Madrid), como órgano responsable.

    Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y telemáticamente con Certificado Electrónico por Registro Electrónico en esta Sede Electrónica.

    Descarga de documentos

    Tráfico-Alta Placa de Carga y Descarga

    Registro Electrónico

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Requisitos

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Observaciones

    Más información

    Es una solicitud que realiza el ciudadano para que el ayuntamiento emita un certificado de un tema que entienda la administración o las autoridades municipales.

    El órgano al cual debe dirigirse la solicitud es a la Concejalía de Seguridad Ciudadana y Movilidad. Ésta emitirá un Informe del Estado o Situación de la Cesión de un Vehículo, el cual el solicitante es o fue el titular.

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    En el momento que el interesado crea conveniente.

    - Solicitud de la petición del Informe por duplicado, cumplimentada y firmada.

    - Fotocopia del Documento de Identidad del solicitante o Representante.

    - Documento de Autorización, en el caso de realizarlo el Representante.

    - Autoliquidación Abonada de la Tasa del Informe o Certificado marcado.

    Concejalía de Seguridad Ciudadana y Movilidad.
    Responsable: Unidad Administrativa, Sección de Tráfico.
    Calle Laguna de Villafranca de los Caballeros, 4.
    Teléfonos: 91.202.47.30 / 91 698.27.12
    Fax: 91.201.35.18
    Horario: De 09:00 a 13:00 horas, de Lunes a Viernes.

    Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
    Las Personas Físicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.
    Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    - Las personas jurídicas.
    - Las entidades sin personalidad jurídica.
    - Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    - Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
    - Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

    B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

    La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

    En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

    El plazo de tramitación es de 7 Días

    Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir cuando se inicia la actividad por parte de la administración con la recepción de la petición del documento.

    La Tasa debe estar abonada en el momento de presentación de los documentos que inicien el expediente del Informe o Certificado solicitado.

    - Resto Informes o Certificaciones de Documentos y Acuerdos Municipales: 7,41 €.

    .

    Para realizar el trámite es necesario que siga los siguientes pasos:

    .

    A) Con Certificado Electrónico, Registro Telemático por la Sede Electrónica:

    1. Generar la Autoliquidación de la Tasa del Informe o Certificado.
    2. Abono de la Tasa:
    3. - Con Tarjeta Bancaria a través de la Pasarela de Pago de la Sede Electrónica, o
      - En las Aplicaciones Web de Pago de Impuestos y Tasas de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación, o
      - En las sucursales de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación.

    4. Presentación del trámite a través del Registro Electrónico, adjuntando la
      documentación digitalizada solicitada en el formulario.

    B) Presencialmente en las Oficinas del SAC:

    1. Descargar, imprimir y cumplimentar la Solicitud y la Autoliquidación de la Tasa del Informe o Certificado que aparece en el pie de la información.
    2. Abono de la Tasa:
    3. - En las sucursales de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación.
      - Con Tarjeta Bancaria en el momento de presentación de la documentación en el SAC.

    4. Presentación del trámite a través del SAC, adjuntando la documentación indicada en la solicitud.

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    - Ordenanzas de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

    Tráfico y Circulación
    A petición del interesado

    Tipo de Informe: se marcará el tipo Informe Genérico, no Urbanístico y su importe (Tasa de 7,41 €).

    Motivo de la solicitud: se harán constar con toda claridad los hechos, razones y motivo por el que se solicita y la referencia si está relacionado con algún expediente.

    • La fecha en que cedió al Ayuntamiento de Parla un vehículo.´
    • Vehículo de la Clase.
    • Marca.
    • Modelo.
    • Matrícula.
    • Otros Datos de Interés.

    Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le archivará el expediente.

    Concejalía de Seguridad Ciudadana
    Desestimatorio
    Cabe interponer recurso administrativo

    Política de Privacidad

    a) Los datos de carácter personal que se pudieran recabar directamente del interesado serán tratados de forma confidencial y quedarán incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Parla.
    b) Los datos personales serán recogidos y tratados por el Ayuntamiento de Parla con la finalidad correspondiente a cada una de las actividades de tratamiento que realiza y que están accesibles en el Registro de Actividades.
    c) El tratamiento de sus datos se realiza para el cumplimiento de obligaciones legales por parte del Ayuntamiento de Parla, para el cumplimiento de misiones realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos a este Ayuntamiento, así como cuando la finalidad del tratamiento requiera su consentimiento, que habrá de ser prestado mediante una clara acción afirmativa.
    Puede consultar la base legal para cada una de las actividades de tratamiento que lleva a cabo el Ayuntamiento de Parla en el Registro de Actividades en la Sede Electrónica. Enlace: https://politicadeprivacidad.ayuntamientoparla.es/

    La persona interesada podrá ejercer sus derechos ante el Ayuntamiento de Parla en la Plaza de la Constitución, 1, 28981, Parla (Madrid), como órgano responsable.

    Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.

    Descarga de documentos

    Tráfico-Informe de Cesión de Vehículo

    Registro Electrónico

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciacion

    Subsanación

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Observaciones

    Más información

    Este es un modelo de Solicitud de Cesión de un Vehículo de su propiedad al Ayuntamiento de Parla, tanto abandonado en la vía pública, como estacionado en el depósito municipal de vehículos retirados de la vía pública.

    Es una solicitud por la que se puede ceder de forma expresa y gratuita un vehículo a motor en beneficio de la Administración Local por el Titular del mismo para que se proceda, en su nombre y representación, a realizar los trámites administrativos oportunos para la destrucción del vehículo y baja en Tráfico.

    Para propietarios de vehículos abandonados (el titular del vehículo -si es persona física- o el representante legal -si es persona jurídica-), y que incurran en los siguientes supuestos:
    - Cuando el propietario del vehículo haya recibido notificación de la Policía Local de Parla, informando que el vehículo ha sido retirado de la vía pública en la fecha y por los motivos expuestos en dicha citación.
    - Cuando el propietario del vehículo desee comunicar a la Policía Local donde se encuentra estacionado a efectos de que el mismo sea retirado con la mayor brevedad.

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    En el momento que el interesado crea conveniente.

    Solicitud de Cesión de un Vehículo al Ayuntamiento de Parla por duplicado, cumplimentada y firmada.

    Documentación a entregar: según se indica en la solicitud.

    Concejalía de Seguridad Ciudadana y Movilidad.
    Responsable: Unidad Administrativa, Sección de Tráfico.
    Calle Laguna de Villafranca de los Caballeros, 4.
    Teléfonos: 91.202.47.30 / 91 698.27.12
    Fax: 91.201.35.18
    Horario: De 09:00 a 13:00 horas, de Lunes a Viernes.

    Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
    Las Personas Físicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.
    Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
    - Las personas jurídicas.
    - Las entidades sin personalidad jurídica.
    - Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
    - Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
    - Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

    A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

    B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

    La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

    En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

    - Ordenanza Municipal de Protección Medioambiental.

    - Ordenanza Municipal de Circulación y Anexo.

    - Real Decreto Ley 339/90. Ley de Seguridad Vial.

    - Órdenes Ministeriales de Tráfico y Circulación.

    - Ley 10/98, de 21 de abril de residuos.

    - Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil.

    Movilidad
    A petición del interesado

    Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le archivará el expediente.

    La presentación de este documento no implica la aceptación de dicha cesión por esta administración hasta que no se compruebe que el vehículo no tiene anotados embargos judiciales ni incidencias que impidan su tramitación.

    El Departamento de Protección Ciudadana lo tramitará lo más rápido posible, junto con el Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos y la Jefatura Provincial de Tráfico.

    A los efectos del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica y si todo es correcto, a partir de la fecha de la Solicitud.

    Concejalía de Seguridad Ciudadana
    Desestimatorio
    La resolución pone fin a la vía administrativa

    Política de Privacidad

    a) Los datos de carácter personal que se pudieran recabar directamente del interesado serán tratados de forma confidencial y quedarán incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Parla.
    b) Los datos personales serán recogidos y tratados por el Ayuntamiento de Parla con la finalidad correspondiente a cada una de las actividades de tratamiento que realiza y que están accesibles en el Registro de Actividades.
    c) El tratamiento de sus datos se realiza para el cumplimiento de obligaciones legales por parte del Ayuntamiento de Parla, para el cumplimiento de misiones realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos a este Ayuntamiento, así como cuando la finalidad del tratamiento requiera su consentimiento, que habrá de ser prestado mediante una clara acción afirmativa.
    Puede consultar la base legal para cada una de las actividades de tratamiento que lleva a cabo el Ayuntamiento de Parla en el Registro de Actividades en la Sede Electrónica. Enlace: https://politicadeprivacidad.ayuntamientoparla.es/

    La persona interesada podrá ejercer sus derechos ante el Ayuntamiento de Parla en la Plaza de la Constitución, 1, 28981, Parla (Madrid), como órgano responsable.

    Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.

    Descarga de documentos

    Tráfico-Cesión de Vehículo al Ayuntamiento

    Registro Electrónico

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Este es el modelo para Solicitar el Cambio de Domicilio a la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid en el Permiso de Conducir y en el Permiso de Circulación de Vehículos de Personas Físicas que estén empadronadas en el Municipio de Parla.

    Trámite gratuito.

    No se tramitarán solicitudes de cambio de domicilio a:
    - Vehículos que solicitan un nuevo domicilio que no está ubicado en Parla.
    - Personas no empadronadas en el municipio de Parla.
    - Personas Jurídicas.

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente el domicilio actual a asignar por la Dirección General de Tráfico.

    Solo podrán realizar solicitudes presenciales las personas físicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y que estén empadronadas en el municipio de Parla.

    No se admitirán Representaciones o Autorizaciones.

    En el momento que el interesado crea conveniente y esté empadronado en el Municipio de Parla.

    La solicitud por duplicado, cumplimentada y firmada (se podrá descargar al final de esta información).
    - Documentación que figure en la misma.
    - Las copias aportadas, se comprobarán con los originales.
    - Si existe Cotitularidad, deben firmar la solicitud todos los cotitulares.

    Para verificar los datos aportados por la persona interesada y/o cotitulares, se deberá presentar Documentación Original:

    - Documentos de Identidad.

    - Permiso de Conducir.

    - Permiso/s de Circulación.

    Servicio de Atención al Ciudadano.
    Plaza Constitución, 1.
    Teléfono: 010 desde Parla / 91.624.03.00 desde y fuera de la ciudad.
    Horario: De 08:00 a 15:00 horas, de Lunes a Viernes.

    Jefatura Provincial de Tráfico, debe solicitar cita previa a través www.dgt.es o llamando al 060.

    Presencialmente en las Oficinas de Atención al Ciudadano:

    - Oficina Parla Este (SAC)
    - Oficina Dulce Chacón (SAC)
    - Oficina Casa Consistorial (SAC)

    Si desea realizar este trámite en la Jefatura Provincial de Tráfico, debe solicitar cita previa a través www.dgt.es o llamando al 060.

    Información de la JPTM en este enlace:
    https://sede.dgt.gob.es/es/tramites-y-multas/tu-coche/cambio-de-domicilio/

    Modelo de solicitud de la JPTM:
    https://sede.dgt.gob.es/Galerias/tramites-y-multas/modelos-solicitud/01/Mod.01-ES.pdf

    - Convenio de Colaboración suscrito entre el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico y la Federación de Municipios y Provincias (Adherido el Ayuntamiento de Parla en fecha 08 de febrero de 2017).

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Servicio de Atención al Ciudadano
    Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid

    Política de Privacidad

    a) Los datos de carácter personal que se pudieran recabar directamente del interesado serán tratados de forma confidencial y quedarán incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Parla.
    b) Los datos personales serán recogidos y tratados por el Ayuntamiento de Parla con la finalidad correspondiente a cada una de las actividades de tratamiento que realiza y que están accesibles en el Registro de Actividades.
    c) El tratamiento de sus datos se realiza para el cumplimiento de obligaciones legales por parte del Ayuntamiento de Parla, para el cumplimiento de misiones realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos a este Ayuntamiento, así como cuando la finalidad del tratamiento requiera su consentimiento, que habrá de ser prestado mediante una clara acción afirmativa.
    Puede consultar la base legal para cada una de las actividades de tratamiento que lleva a cabo el Ayuntamiento de Parla en el Registro de Actividades en la Sede Electrónica. Enlace: https://politicadeprivacidad.ayuntamientoparla.es/

    La persona interesada podrá ejercer sus derechos ante el Ayuntamiento de Parla en la Plaza de la Constitución, 1, 28981, Parla (Madrid), como órgano responsable.

    Los datos de identificación y domicilio serán cedidos a la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid para la actualización del fichero de conductores, fichero de vehículos o ambos, junto con la matrícula y fecha de matriculación de los vehículos incluidos en la solicitud.

    Solicitud que se puede realizar sólo de forma presencial en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla.

    Si desea realizar este trámite en la Jefatura Provincial de Tráfico, debe solicitar cita previa a través www.dgt.es o llamando al 060.

    Descarga de documentos

    Tráfico-DGT-Solicitud de Cambio de Domicilio a la DGT

    Política de Privacidad-Comunicado Nueva Política de Privacidad

    Presencial

    • Oficina Parla Este (SAC)
      • Paseo República Dominicana, 9, Bloque 5, Post. entrada por Paseo Nicaragua
    • Oficina Dulce Chacón (SAC)
      • Calle Rosa Manzano, 3
    • Oficina Casa Consistorial (SAC)
      • Plaza de la Constitución, 1

  • Descripción

    ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    Medios de contacto

    ¿Dónde solicitarlo?

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Organismo resolutor

    Observaciones

    Más información

    Este es el modelo para Solicitar a la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid por Extraví­o, Sustracción o Deterioro el Duplicado del Permiso de Conducir y/o del Permiso de Circulación de Vehí­culos de Personas Fí­sicas que estén empadronadas en el Municipio de Parla.

    Trámite con Tasa.

    No se tramitarán solicitudes de duplicados de documentación a:
    - Vehí­culos con domicilio que no esté ubicado en Parla.
    - Personas no empadronadas en el municipio de Parla.
    - Personas Jurí­dicas.

    Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente el domicilio actual. Podrán realizar solicitudes las personas fí­sicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y que estén empadronadas en el municipio de Parla.

    En el momento que el interesado crea conveniente y esté empadronado en el Municipio de Parla.

    La solicitud por duplicado, cumplimentada y firmada (se podrá descargar al final de esta información).
    - Documentación que figure en la misma.
    - Las copias aportadas, se comprobarán con los originales.
    - Tasas de Tráfico Abonadas, Código 4.4.

    * Generación de Tasas (Tres copias del Modelo 791):

    https://sede.dgt.gob.es/es/tramites-y-multas/pago-tasas/pago-de-tasas/

    * Ayuda para Emisión del Modelo de Tasas:

    https://sede.dgt.gob.es/Galerias/tramites-y-multas/servicios-comunes-y-otros/pago-de-tasas/ayudaJustificante791_ES.pdf

    Servicio de Atención al Ciudadano.
    Plaza Constitución, 1.
    Teléfono: 010 desde Parla / 91.624.03.00 desde y fuera de la ciudad.
    Horario: De 08:00 a 15:00 horas, de Lunes a Viernes.

    Jefatura Provincial de Tráfico, debe solicitar cita previa a través www.dgt.es o llamando al 060.

    Presencialmente en las Oficinas de Atención al Ciudadano:

    - Oficina Parla Este (SAC)
    - Oficina Dulce Chacón (SAC)
    - Oficina Casa Consistorial (SAC) 

    Si desea realizar este trámite en la Jefatura Provincial de Tráfico, debe solicitar cita previa a través www.dgt.es o llamando al 060.

    * Información en este enlace:
    https://sede.dgt.gob.es/es/tramites-y-multas/permiso-de-conduccion/duplicados/

    * Modelo de solicitud:
    https://sede.dgt.gob.es/Galerias/tramites-y-multas/modelos-solicitud/01/Mod.01-ES.pdf

    * Hoja Informativa:
    https://sede.dgt.gob.es/Galerias/tramites-y-multas/permiso-de-conduccion/duplicados/08/08-Duplicado-autorizaciones-para-conducir-ESPANOL-14-01-2016.pdf

    Tasas de Tráfico, Código 4.4.

    * Generación de Tasas (Tres copias del Modelo 791):
    https://sede.dgt.gob.es/es/tramites-y-multas/pago-tasas/pago-de-tasas/

    * Ayuda para Emisión del Modelo de Tasas:
    https://sede.dgt.gob.es/Galerias/tramites-y-multas/servicios-comunes-y-otros/pago-de-tasas/ayudaJustificante791_ES.pdf

    * Abono de las Tasas:
    - Con las tres copias del documento 791 dirigirse presencialmente a una entidad financiera para hacer el pago en efectivo o con cargo en cuenta.

    - Convenio de Colaboración suscrito entre el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico y la Federación de Municipios y Provincias (Adherido el Ayuntamiento de Parla en fecha 08 de febrero de 2017).

    - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Servicio de Atención al Ciudadano
    Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid

    Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artí­culo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

    Los datos de identificación y domicilio serán cedidos a la Jefatura Provincial de Tráfico de Madrid para la actualización del fichero de conductores, fichero de vehí­culos o ambos, junto con la matrí­cula y fecha de matriculación de los vehí­culos incluidos en la solicitud.

    Solicitud que se puede realizar sólo de forma presencial en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla.

    Si desea realizar este trámite en la Jefatura Provincial de Tráfico, debe solicitar cita previa a través www.dgt.es o llamando al 060.

    Descarga de documentos

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