Tributos-Recurso Bonificación IBI Empresas de Urbanización, Construcción, Promoción Inmobiliaria
Este es el modelo de Solicitud de Bonificación en el recibo del IBI de Bienes Inmuebles de Empresas cuya actividad comprenda la Urbanización, Construcción o Promoción Inmobiliaria. Estos Bienes Inmuebles gozarán de una bonificación del 90 % en la cuota íntegra del IBI, siempre que así se solicite por los interesados antes del inicio de las obras, los inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de las empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria tanto de obra nueva como de rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren entre los bienes de su inmovilizado. |
Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
En el momento que el interesado crea conveniente. |
Solicitud de Recurso de Bonificación en el IBIÂ de Bienes Inmuebles de Empresas cuya actividad comprenda la Urbanización, Construcción o Promoción Inmobiliaria por duplicado, cumplimentada y firmada. Documentación a entregar por Registro Electrónico: la indicada en la solicitud. |
Concejalía de Hacienda. Oficina Municipal de Gestión Tributaria. Calle Severo Ochoa, 7-9 (Antiguos Juzgados). Teléfono: 91.201.35.80 Horario: Jueves de 09:30 a 12:30 (Cita Previa). |
Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: - Las entidades sin personalidad jurídica. Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla. En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos. |
El plazo de tramitación es de 15 Días |
- Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales. |
Oficina Municipal de Gestión Tributaria |
A petición del interesado |
- De debe solicitar antes del inicio de las obras y el plazo de aplicación de esta bonificación comprenderá desde el período impositivo siguiente a aquel en que se inicien las obras hasta el posterior a su terminación, siempre que durante ese tiempo se realicen obras de urbanización o construcción efectiva, y sin que, en ningún caso, pueda exceder de tres períodos impositivos. Para determinar el fin del período de bonificación, mientras se realicen obras de urbanización o construcción efectivas, se deberá acreditar el estado de las obras a 31 de diciembre de cada año, mediante el certificado correspondiente, que se deberá aportar en los quince primeros días del ejercicio siguiente. |
Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le archivará el expediente. |
Concejalía de Hacienda |
Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentación, en su caso. Representante y/o presentador: Autorización del solicitante. Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. |
Solicitud que solo se puede realizar Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede. |
Registro Electrónico
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Ayuntamiento De Parla
P.ind San Jose, 5 , Parla , 28980
Tel. 916051249
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
En esta página
- Descripción
- ¿Quién lo puede solicitar?
- ¿Cuándo iniciar el trámite?
- Documentación a aportar
- Medios de contacto
- ¿Dónde solicitarlo?
- Plazo de tramitación
- Normativa
- ¿Quién tramita la solicitud?
- Forma de iniciacion
- Requisitos
- Subsanación
- Organismo resolutor
- Observaciones
- Más información
- Registro Electrónico
- Trámites relacionados
- Oficinas de la administración