Vía Pública-Placa de Vado-Baja de Licencia

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Descripción

¿Quién lo puede solicitar?

¿Cuándo iniciar el trámite?

Documentación a aportar

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¿Dónde solicitarlo?

Plazo de tramitación

Normativa

¿Quién tramita la solicitud?

Forma de iniciacion

Requisitos

Subsanación

Organismo resolutor

Observaciones

Más información

La concesión de una Licencia de Placa de Vado Permanente conlleva la inclusión en el Padrón Fiscal de Paso de Vehí­culos. Esta tasa se abona anualmente en el perí­odo establecido en el Calendario del Contribuyente.

Este es el modelo de Solicitud de Baja Total del Titular de la Licencia del Aprovechamiento Especial de un bien de dominio público municipal, por la entrada y salida de vehí­culos a través de aceras, y/o ví­as públicas (Placa de Vado) que realiza el Ayuntamiento, previa solicitud del interesado y comprobación por los Servicios Técnicos y/o Inspección Fiscal.

La solicitud de Baja de la Licencia de la Placa de Vado no supone la Baja en el Padrón Fiscal, salvo que se realicen las obras necesarias que impidan el acceso de vehí­culos desde la ví­a pública hasta el inmueble objeto de la tasa, como por ejemplo, la reposición de la acera a su estado original.

Para este caso, el interesado podrá realizarlo voluntariamente abonando la tasa y fianza correspondiente, así­ como la documentación necesaria recogida en la solicitud de Reposición o Establecimiento de Bordillo, o bien podrá solicitarlo a los servicios generales del Ayuntamiento de Parla, abonando la tasa anteriormente mencionada y los gastos correspondientes por esta obra.

Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas fí­sicas o jurí­dicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas fí­sicas con capacidad de obrar y las personas jurí­dicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el momento que el interesado crea conveniente.

La Solicitud de Baja Total del Titular de la Licencia del Aprovechamiento Especial de un bien de dominio público municipal, por la entrada y salida de vehí­culos a través de aceras, y/o ví­as públicas (Vado) por duplicado, cumplimentada y firmada.

Documentación a entregar: la indicada en la solicitud, según sea el caso.

- Concejalí­a de Obras en Ví­as Públicas (Placa de Vado).
Responsable: Carlos Gómez.
Plaza de la Constitución, 1, Planta 1ª.
Teléfonos: 91.624.03.92 / 91 624 03 57.
Fax: 91.201.35.20.
Horario: De 09:00 a 13:00 horas, de Lunes a Viernes.

- Concejalí­a de Hacienda (Tasa Vado).
Oficina Municipal de Gestión Tributaria.
Calle Severo Ochoa, 7-9 (Antiguos Juzgados).
Teléfono: 91.201.35.80
Horario: De 09:00 a 13:00 horas, de Lunes a Viernes.

Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artí­culo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
Las Personas Fí­sicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.
Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
- Las personas jurí­dicas.
- Las entidades sin personalidad jurí­dica.
- Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
- Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
- Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas fí­sicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

La entrada de documentación recibida en dí­as u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer dí­a hábil siguiente, considerando como Dí­as Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como dí­as festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

El plazo de tramitación es de 45 Dí­as

- Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ley 9/2001 del Suelo.

- Plan General de Ordenación Urbana de Parla.

- Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora de la Comunidad de Madrid, Decreto 245/2000.

- Ley 7/85 y TR de Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

- Decreto 13/2007 de Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas de la Comunidad de Madrid.

- Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

- Ordenanza Municipal reguladora de la expedición de Licencias de Reservas de Espacios de Entrada y Salida de Vehí­culos a través de Aceras y/o Ví­as Públicas.

Calas y Vados
A petición del interesado

Las bajas de las autorizaciones pueden ser:

  • Baja de Vado Permanente:
    • Garajes o aparcamientos públicos o privados.
    • Locales destinados a uso como garaje.
    • Viviendas.
    • Solares y Vallados.
    • Otras edificaciones o inmuebles.
  • Baja de Vado Temporal: las concedidas anteriormente para dí­as laborales, de lunes a sábados, en horario de 08:00 A 20:00 horas, quedando el espacio libre para uso público, durante el resto de las horas y en domingos y festivos y será para locales, en los que la í­ndole de la actividad que desarrollan, comerciales, mercantiles, industriales o de servicios, se requiera, necesariamente la entrada y salida de vehí­culos.

La solicitud de Baja de la Licencia de Vado no supone la Baja en el Padrón Fiscal, salvo que se realicen las obras necesarias que impidan el acceso de vehí­culos desde la ví­a pública hasta el inmueble objeto de la tasa.

Los traslados: serán considerados como otorgamiento de una nueva licencia de vado, sin perjuicio de abonar los gastos que ocasione la supresión del existente. Las licencias para traslados y ampliaciones o reducciones, seguirán el mismo trámite que las de vados nuevos.

Esta baja afectará también a la Tasa por la utilización privativa o del aprovechamiento especial del dominio público local por el Paso de Vehí­culos a través de aceras o calzadas (VADO).

Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 dí­as subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así­ no lo hiciera, se le archivará el expediente.

El interesado podrá solicitar la Baja de la Placa de Vado y se otorgará con carácter indefinido, salvo nueva solicitud posteriormente realizada. También podrá instar la Baja la Administración Local por interés público.

Concejalí­a de Obras

Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentación, en su caso.

Representante y/o presentador: Autorización del solicitante.

Copia del Registro de la Solicitud: en el caso de que esta solicitud no sea autocopiativa, se podrá acompañar una fotocopia de la misma, que debidamente sellada en el lugar de su presentación, servirá como comprobante al solicitante.

Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artí­culo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.
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P.ind San Jose, 5 , Parla , 28980

Tel. 916051249

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

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