Pareja Unión de Hecho-Certificado del Registro

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Descripción

¿Quién lo puede solicitar?

¿Cuándo iniciar el trámite?

Documentación a aportar

Medios de contacto

¿Dónde solicitarlo?

Plazo de tramitación

Precio y forma de pago

Normativa

¿Quién tramita la solicitud?

Forma de iniciacion

Requisitos

Subsanación

Organismo resolutor

Efectos presuntos

Fin de la ví­a administrativa

Recursos

Observaciones

Más información

Es una solicitud que realiza el ciudadano para que el ayuntamiento emita un informe o certificado de un tema que entienda la administración o las autoridades municipales.

Para solicitar el Certificado de Pareja o Unión de Hecho es necesario que los declarantes figuren o hayan figurado en el Registro Municipal de Uniones de Hecho del Ayuntamiento de Parla. El Órgano Gestor del Registro Municipal de Uniones de Hecho es la Secretarí­a General.

Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas fí­sicas o jurí­dicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas fí­sicas con capacidad de obrar y las personas jurí­dicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el momento que el interesado crea conveniente.

- Solicitud de la petición del Certificado por duplicado, cumplimentada y firmada.

- Fotocopia del Documento de Identidad del solicitante o Representante.

- Documento de Autorización, en el caso de realizarlo el Representante.

- Autoliquidación Abonada de la Tasa del Certificado solicitado.

Secretarí­a General.
Responsable: Marí­a del Carmen Duro Lombardo.
Plaza de la Constitución, 1 - planta 2ª.
Teléfonos: 91.624.03.45 - 91.624.03.73
Horario: De 09:00 a 13:00 horas, de Lunes a Viernes.

A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.

B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

La entrada de documentación recibida en dí­as u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer dí­a hábil siguiente, considerando como Dí­as Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como dí­as festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

El plazo de tramitación es de 7 Dí­as

Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir cuando se inicia la actividad por parte de la administración con la recepción de la petición del documento.

La Tasa debe estar abonada en el momento de presentación de los documentos que inicien el expediente del Certificado solicitado.

- Certificado no Urbaní­stico excepto Empadronamiento: 18,27 €.

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Para realizar el trámite es necesario que siga los siguientes pasos:

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A) Con Certificado Electrónico, Registro Telemático por la Sede Electrónica:

  1. Generar la Autoliquidación de la Tasa del Informe o Certificado.
  2. Abono de la Tasa: 
  3. - Con Tarjeta Bancaria a través de la Pasarela de Pago de la Sede Electrónica, o
    - En las Aplicaciones Web de Pago de Impuestos y Tasas de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación, o
    - En las sucursales de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación.

  4. Presentación del trámite a través del Registro Electrónico, adjuntando la documentación digitalizada solicitada en el formulario.

B) Presencialmente en las Oficinas del SAC:

  1. Descargar, Imprimir y cumplimentar la Solicitud y la Autoliquidación de la Tasa del Informe o Certificado que aparece en el pie de la información.
  2. Abono de la Tasa: 
  3. - En las sucursales de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación.
    - Con Tarjeta Bancaria en el momento de presentación de la documentación en el SAC.

  4. Presentación del trámite a través del SAC, adjuntando la documentación indicada en la solicitud.

- Con Tarjeta Bancaria a través de la Pasarela de Pago de la Sede Electrónica, o
- En las Aplicaciones Web de Pago de Impuestos y Tasas de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación, o
- En las sucursales de las Entidades Bancarias que figuren en la Autoliquidación.
- Con Tarjeta Bancaria en el momento de presentación de la documentación en el SAC.

- Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ordenanzas de los Tributos y Precios Públicos Municipales.

- Ley 11/2001 de Uniones de Hecho de la Comunidad de Madrid de 19 de diciembre.

- Reglamento del Registro de Uniones de Hecho del Ayuntamiento de Parla.

- Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurí­dico de las Entidades Locales de 28 de noviembre de 1986.

Secretarí­a General
A petición del interesado

Tipo de Certificado: se marcará el tipo de Certificado Genérico, no Urbaní­stico y su importe (Tasa de 18,27 €).

Motivo de la solicitud, se harán constar con toda claridad:

- La persona con la que solicitó la Unión de Hecho.

- El domicilio de convivencia común.

- Otros datos de interés para la emisión del certificado.

Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 dí­as subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así­ no lo hiciera, se le archivará el expediente.

Secretarí­a General
Estimatorio
Cabe interponer recurso administrativo
Recurso Contencioso Administrativo. Potestativamente, hay que interponer previamente Recurso de Reposición ante el Ayuntamiento de Parla.

Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma del solicitante y del representante y/o presentador de la documentación, en su caso.

Representante y/o presentador: Autorización del solicitante.

Copia del Registro de la Solicitud: en el caso de que esta solicitud no sea autocopiativa, se podrá acompañar una fotocopia de la misma, que debidamente sellada en el lugar de su presentación, servirá como comprobante al solicitante.

Los datos recogidos serán incorporados y tratados en el fichero PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, cuya finalidad es la gestión y seguimiento de datos de carácter personal o colectivo relacionados con los trámites administrativos realizados en el Ayuntamiento de Parla, responsable último del fichero. La persona interesada podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en el momento que estime oportuno, en cumplimiento del artí­culo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Solicitud que se puede realizar de forma Presencial y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.
Descarga de documentos

Registro Electrónico


Oficinas de la administración

Ayuntamiento De Parla

P.ind San Jose, 5 , Parla , 28980

Tel. 916051249

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

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