Ayuntamiento de Palma de Mallorca

  • ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Indiferente
    • Solicitud general.
    • Acreditación del pago de la tasa.
    Cualquier OAC (Registro)
    El plazo de tramitación es de 3 meses

    Tasa de servicio de señalización viaria fijada en la Ordenanza Municipal Fiscal del año en curso, Concepto 312-01
    Si la pintura se ha borrado por motivo de obras en la calle de EMAYA, GESA, etc... no paga tasa. Se puede solicitar el repintado por teléfono: 971 76 48 00 (SACOV - Servei d'Accessibilitat de Control d'Obres Viàries) o al 010.
    Sí se paga tasa cuando la pintura se ha borrado por el paso del tiempo.Se tiene que solicitar por escrito a Movilidad con el pago de la correspondiente tasa.
    Cuando solicitan cambio de placa de vado antigua (anterior al año 2002), por la de nuevo formato y al mismo tiempo también solicitan repintado, este repintatdo es gratuito (sólo en este caso).

    • Ordenanza Municipal de Circulación.
    • Ordenanza Municipal Fiscal.

    Sección de Circulación.
    Avda. Sant Ferran (angular con C/ Son Dameto).
    Edificio de la Policía Local (2ª planta).
    Teléfono: 971 22 55 22

    Fax: 971 28 25 65
    E-mail: mobilitat@palma.cat

    A petición de la persona interesada
    Titular de la licencia de vado

    Sección de Circulación.
    Avda. Sant Ferran (angular con C/ Son Dameto).
    Edificio de la Policía Local (2ª planta).
    Teléfono: 971 22 55 22

    Fax: 971 28 25 65
    E-mail: mobilitat@palma.cat

    No aplica
    La resolución no pone fin a la vía administrativa

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    Solicitud general exposición breve

    Solicitud general exposición larga

  • Descripción

    ¿Dónde solicitarlo?

    Precio y forma de pago

    Requisitos

    Pago de expedientes de multas en el plazo de 20 días naturales desde la denuncia o desde la notificación con tarjeta de crédito o banca electrónica.

    Pago con boletines de denuncia manual de Policía Local clicar aquí

    Pago con boletines de ORA y multas notificadas clicar aquí

    Transcurridos quince días desde el pago, se puede pedir un justificante (certificado) del mismo para cualquier gestión en la siguiente oficina:

    • Sección de Recaudación Voluntaria, de la plaza de Santa Eulàlia, 9, 1º

    Se puede realizar el pago con cualquier tarjeta, de crédito o débito.

    ¿Hasta cuándo se puede pagar por Internet?

    Hasta 20 días naturales desde la fecha de la denuncia o desde la fecha de la notificación.

    Disponer de tarjeta bancaria

  • Descripción

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    Observaciones

    Aportar los datos del conductor responsable de una infracción de tráfico, obligación recogida en el artículo 11 de la Ley de tráfico

    Si el conductor identificado no consta inscrito en el registro de conductores de la DGT, debe aportar una copia de la autorización administrativa que le habilita a conducir en España.
    Si es una empresa de alquiler, debe aportar el contrato de alquiler.

    Por Internet

    1. Sin firma electrónica en este enlace: https://identificacioconductor.palma.cat

    2. Con firma electrónica en este enlace: Solicitud genérica, adjuntando el documento de solicitud de identificación del conductor

    El plazo de tramitación es de 20 días

    Artículo 11,1 a) del RDL 6/2015, de 30 de octubre, texto refundido de la Ley de tráfico.

    Trámite con/sin certificado

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    Solicitud de identificación de conductor de un expediente por denuncia de tráfico

  • ¿Quién lo puede solicitar?

    ¿Cuándo iniciar el trámite?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Observaciones

    Más información

    La persona que sea la consumidora final del bien o servicio y sea residente en el municipio de Palma.

    De lunes a viernes de 8:30 a 14:00 horas
    • Hoja de reclamación, denuncia o queja (rellenado).
    • Documento justificativo de la relación comercial (presupuesto, ticket, factura...).

    Presencial:

    OMIC (Oficina Municipal d'Informació al Consumidor)
    Plaça de l'Olivar, 4 (baixos). 07002 Palma

    Por Internet:

    Haz Clic aquí para iniciar la queja

    El plazo de tramitación es de 2 meses
    • Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
    • Ley 7/2014, de 23 de julio, de protección de las personas consumidoras y usuarias de las Islas Baleares (BOIB núm. 103, de 31 de julio de 2014)
    • Normativa específica según consulta.

    Oficina Municipal de Información al Consumidor
    Plaza del Olivar, 4

    Teléfono: 971 72 46 50

    Fax: 971 72 02 70
    Mail: omic@palma.es
    Web: http://omic.palma.es

    A petición de la persona interesada

    La petición de iniciación puede ser realizada por la persona que resulte ser el consumidor final del bien adquirido a una empresa o el servicio prestado por un profesional. El consumidor debe ser residente en Palma, y aportar los documentos justificativos de su queja, reclamación o denuncia.

    Oficina Municipal de Información al Consumidor
    Plaza del Olivar, 4

    Teléfono: 971 72 46 50

    Fax: 971 72 02 70
    Mail: omic@palma.es
    Web: http://omic.palma.es

    No aplica
    La resolución no pone fin a la vía administrativa

    Carta de compromisos

    Carta de compromisos de la OMIC

    Quiero poner una queja sobre una compra que realicé en Palma, pero resido en otro municipio, ¿puedo acudir a la OMIC de Palma? No, ya que la OMIC sólo puede atender a consumidores residentes en Palma, pero puede informar del organismo competente en cada caso.

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    Hoja de reclamación, denuncia o queja -OMIC-

  • ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Más información

    Persona física, persona jurídica, asociaciones...
    • Solicitud.
    • 2 copias del proyecto técnico básico (no es necesario que vayan visados), si procede
    • Cuestionario de estadística de la Edificación y Vivienda del Ministerio de Fomento.
    • Una fotografía de la izquierda y una de la derecha de la fachada del solar, en la cual aparezcan los edificios vecinos.
    • Ficha informativa
    • Documento original y fotocopia de la acreditación de representación (en caso necesario).
    • Autorizaciones previas vinculantes

    PARA OBRAS QUE NO REQUIEREN PROYECTO TÉCNICO:

    • Plano de situación
    • Presupuesto desglosado
    • ficha informativa
    Cualquier OAC (Registro).
    El plazo de tramitación es de 3 meses

    Tasa por Licencia Urbanística e Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICO).
    La cuantía de la tasa y del impuesto está fijada en la Ordenanza Municipal Fiscal del año en curso Concepto 312-00 y Concepto 282-00

    • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
    • Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones.
    • Ley 10/1990, de 23 de octubre, de Disciplina Urbanística en la CAIB (BOIB nº 141 de 17/11/1990).
    • Ley 6/ 1997, de 8 de julio, de suelo rústico de las Islas Baleares.
    • Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955.
    • Normas de Ordenación del Plan Territorial Insular de Mallorca (PTM).
    • Plan General de Ordenación Urbana de Palma.
    • Planes directores sectoriales vigentes.
    • RD 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. BOE núm. 256 de 25 de octubre.
    • Decreto 145/1997, de 21 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de higiene e instalaciones para el diseño y habitabilidad de viviendas así como la expedición de cédulas de habitabilidad (BOCAIB de 6 de diciembre).
    • Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación.
    • Decreto 20/2003, de 28 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de supresión de barreras arquitectónicas (BOIB de 18 de marzo).
    • Real Decreto 2159/1978, de 23 de Junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento para el Desarrollo y Aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
    • Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
    • Resolución de inicio del servicio público obligatorio insularizado para la gestión de los residuos de construcción, demolición, voluminosos y neumáticos fuera de uso de la isla de Mallorca (BOIB nº. 171 de fecha 15-11-2005).
    • Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.
    • Otra normativa aplicable según el caso.

    Departamento de Obras y Calidad de la Edificación
    Avda. Gabriel Alomar, 18 bajos
    07006 Palma
    Teléfono: 971 22 59 00 - 630308226 (centralita); ext. 8570

    A petición de la persona interesada
    Ser el representante, en caso de empresa o asociación.

    Departamento de Obras y Calidad de la Edificación
    Avda. Gabriel Alomar, 18 bajos
    07006 Palma
    Teléfono: 971 22 59 00 - 630308226 (centralita); ext. 8570

    No aplica
    La resolución no pone fin a la vía administrativa
    Alzada.

    Este procedimiento engloba las obras mayores de nueva construcción, de reforma o ampliación, de demolición y de modificación.

    En caso de no contestación por parte de la Administración, se puede pedir un certificado que acredite la obtención de la licencia por silencio administrativo.

    Sin perjuicio de lo que disponga la normativa sectorial, no se entenderán otorgadas por falta de resolución expresa las solicitudes de autorización o licencia el contenido de las cuales sea contrario al ordenamiento jurídico ni las relativas a la utilización o la ocupación de bienes del dominio público local.

    ¿Qué puedo hacer para conocer el estado de tramitación de mi expediente? Ponerse en contacto con el departamento de obras y calidad de la edificación (ver datos de contacto).

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    Solicitud de licencia de obra (591 KB)

    Declaración responsable Técnico

    Nombramiento de empresa constructora

    Documentación complementaria obra en suelo rústico (147 KB )

    Cuestionario de estadística de edificación y vivienda del Ministerio de Fomento (56 K)

    Información pago fianza CIM (353 KB)

    Nuevas instrucciones depósito fianza y tasa CIM

  • ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Observaciones

    El interesado
    • Solicitud.
    • Proyecto.
    Cualquier OAC (Registro).
    El plazo de tramitación es de 3 meses
    • Tasa de Licencia Urbanística e Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICO).
    • Ordenanza Municipal Fiscal del año en curso Concepto 312-00 y Concepto 282-00
    • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
    • Ley 6/98, de 13 de abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones.
    • Ley 10/90, de 23 de octubre, de Disciplina Urbanística en la CAIB (BOIB nº 141 de 17/11/1990).
    • Ley 6/ 1997, de 8 de julio, de suelo rústico de las Islas Baleares.
    • Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprovado por Decreto de 17 de junio de 1955.
    • Normas de Ordenación del Plan Territorial Insular de Mallorca (PTM).
    • Plan General de Ordenación Urbana de Palma.
    • RD 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. BOE núm. 256 de 25 de octubre.
    • Decreto 145/1997, de 21 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de higiene e instalaciones para el diseño y habitabilidad de viviendas así como la expedición de cédulas de habitabilidad (BOCAIB de 6 de diciembre).
    • Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación.
    • Decreto 20/2003, de 28 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de supresión de barreras arquitectónicas (BOIB de 18 de marzo).
    • Real Decreto 2159/1978, de 23 de Junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento para el Desarrollo y Aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
    • Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
    • Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal (BOE núm. 176, de 23-07-1960), modificada por Ley 8/1999 de 6 de abril, de Reforma de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal.
    • Otra normativa aplicable según el caso.

    Departamento de Obras y Calidad de la Edificación
    Avda. Gabriel Alomar, 18 bajos
    07006 Palma
    Teléfono: 971 22 59 00 - 630308226 (centralita); ext. 8570

    A petición de la persona interesada
    Ser el representante, en caso de empresa o asociación.

    Departamento de Obras y Calidad de la Edificación
    Avda. Gabriel Alomar, 18 bajos
    07006 Palma
    Teléfono: 971 22 59 00 - 630308226 (centralita); ext. 8570

    No aplica
    La resolución no pone fin a la vía administrativa
    Alzada
    Este procedimiento puede presentarse solo, con el proyecto de ejecución o con el proyecto básico.

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    Solicitud general exposición breve

    Declaración responsable Técnico

  • ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Recursos

    Observaciones

    Más información

    El interesado

    Para la solicitud del certificado de fin de obras que requieren proyecto técnico:

    • Impreso de solicitud
    • Certificado de final de obras y habitabilidad, original, expedido por la dirección facultativa, debidamente visado. (Art. 2, apartado b del Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio).
    • Certificado de la Dirección Provincial de Inspección de Telecomunicaciones de las Islas Baleares que acredite que se ha presentado en este organismo el boletín de instalación expedido por la empresa instaladora y/o, si procede, certificado del director de la obra que la instalación se ajusta al proyecto técnico (si procede).
    • Instrucciones de uso y mantenimiento del edificio (arte. 2.1 y 10.2 del Decreto 35/2001, de 9 de marzo, por el cual se establecen medidas reguladoras del uso y mantenimiento de los edificios) (si procede).
    • Fotografías en color del edificio, preferentemente en formato digital, o de medida 10 x 15 cm si son en papel; si el edificio tiene más de una fachada, fotografía de cada una.

    Para la solicitud del certificado de fin de obras que no requieren proyecto técnico:

    • Impreso de solicitud
    • Certificado del profesional de fin de obras
    • Fotografías en color del edificio, preferentemente en formato digital, o de medida 10 x 15 cm si son en papel; si el edificio tiene más de una fachada, fotografía de cada una.

    Presencialmente en cualquier OAC (Oficinas de Atención a la Ciudadanía)

    El plazo de tramitación es de 1 meses
    A petición de la persona interesada
    Ser el representante, en caso de empresa o asociación.
    Alzada

    ¿Quién tramita la solicitud?
    Departamento de Obras y Calidad de la Edificación
    Av. de Gabriel Alomar, 18 baixos
    07006 Palma
    Teléfono: 971 22 59 00 - 630308226 (centraleta); ext. 8549

    Órgano resolutorio
    Consejo de Gerencia de Urbanismo

    Si la verificación por la Administración da como resultado que el formulario es incompleto o no se acompañan los documentos a los cuales se hace referencia expresa en la solicitud; conforme al artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se os formula requerimiento para qué en el plazo de 10 días se proceda a enmendar la carencia detectada o presentar los documentos señalados, con indicación de que no se iniciará la tramitación de la licencia de 1ª ocupación y/o utilización. Transcurrido el plazo otorgado sin que se cumplimente el requerimiento se procederá al archivo de la solicitud.

    Los datos de carácter personal que contiene el impreso pueden ser incluidas en un fichero para ser tratadas por parte de este órgano administrativo, como titular responsable de aquel, haciendo uso de las atribuciones propias con que cuenta y en el ámbito de sus competencias. Se informa, así mismo, de la posibilidad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición; todo esto con arreglo a lo que dispone el artículo 5 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal (BOE núm. 298, de 14 de diciembre).

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    Licencia de primera ocupación

    Certificado del/de la profesional de fin de la obra

    Declaración responsable Técnico

  • ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Precio y forma de pago

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Más información

    Interesado
    • Solicitud.
    • 4 copias del proyecto técnico
    • 1 estadística de la Edificación y Vivienda del Ministerio de Fomento.
    • 1 fotografía de la izquierda y 1 de la derecha de la fachada del solar, en la que aparezcan los edificios vecinos.
    • 1 presupuesto desglosado.
    • 1 ficha informativa.
    • Documento original y fotocopia de la acreditación de representación (en caso necesario).
    OAC (Registro).
    El plazo de tramitación es de 3 meses

    Tasa de Licencia Urbanística e Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (ICO).
    Ordenanza Municipal Fiscal del año en curso Concepto 312-00 y 282-00

    • Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
    • Ley 6/ 1997, de 8 de julio, de suelo rústico de las Islas Baleares.
    • Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955..
    • Normas de Ordenación del Plan Territorial Insular de Mallorca (PTM).
    • Plan General de Ordenación Urbana de Palma.
    • Planes directores sectoriales vigentes.
    • RD 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. BOE núm. 256 de 25 de octubre.
    • Decreto 145/1997, de 21 de noviembre, por el que se regulan las condiciones de higiene e instalaciones para el diseño y habitabilidad de viviendas así como la expedición de cédulas de habitabilidad (BOCAIB de 6 de diciembre).
    • Real Decreto-ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación.
    • Decreto 20/2003, de 28 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de supresión de barreras arquitectónicas (BOIB de 18 de marzo).
    • Real Decreto 2159/1978, de 23 de Junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento para el Desarrollo y Aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
    • Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre régimen del Suelo y Ordenación Urbana.
    • Otra normativa aplicable según el caso.

    Departamento de Obras y Calidad de la Edificación
    Avda. Gabriel Alomar, 18 bajos
    07006 Palma
    Teléfono: 971 22 59 00 - 630308226 (centraleta); ext. 8570

    A petición de la persona interesada
    Ser el representante, en caso de empresa o asociación.

    Departamento de Obras y Calidad de la Edificación
    Avda. Gabriel Alomar, 18 bajos
    07006 Palma
    Teléfono: 971 22 59 00 - 630308226 (centraleta); ext. 8570

    No aplica
    La resolución no pone fin a la vía administrativa
    Alzada
    ¿Qué puede pasar si se llevan a cabo obras en situación de ilegalidad (sin licencia)? Se impondrán sanciones según la gravedad del incumplimiento normativo: demolición de las obras y restauración de la situación anterior, multas (éstas se calculan aplicando un porcentaje sobre el presupuesto que calculan los técnicos municipales en la inspección de las obras realizadas ilegalmente), o legalización en caso de que fuera posible.

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    Solicitud de licencia de obra (591 KB)

    Declaración responsable Técnico

    Nombramiento de empresa constructora

    Documentación complementaria obra en suelo rústico (147 KB )

    Cuestionario de estadística de edificación y vivienda del Ministerio de Fomento (56 K)

  • ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Más información

    El interesado
    • Solicitud.
    • Documentación explicativa de lo que se pretende pedir (fotomontaje, croquis, plano, fotografía).

    * También se pueden realizar consultas de forma presencial (sin aportar documentación en el Registro).

    Cualquier OAC (Registro).
    • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    • Plan General de Ordenación Urbana de Palma.
    • Normativa general urbanística.

    Departamento de Obras y Calidad de la Edificación
    Avda. Gabriel Alomar, 18 bajos
    07006 Palma
    Teléfono: 971 22 59 00 - 630308226 (centraleta); ext. 8570

    A petición de la persona interesada
    Cualquier persona.

    Departamento de Obras y Calidad de la Edificación
    Avda. Gabriel Alomar, 18 bajos
    07006 Palma
    Teléfono: 971 22 59 00 - 630308226 (centraleta); ext. 8570

    No aplica
    La resolución no pone fin a la vía administrativa
    Alzada.
    Si la unidad técnica 'Centro Histórico' me contesta de manera positiva a la consulta que le he formulado, ¿el Ayuntamiento está obligado a otorgarme la licencia para la que solicité la consulta? No, ya que la resolución de 'Centro Histórico' no es vinculante, por lo que la respuesta afirmativa por su parte no implica la concesión de la licencia.

    DESCARGA DE DOCUMENTOS

    Solicitud general exposición breve

    Declaración responsable Técnico

  • ¿Quién lo puede solicitar?

    Documentación a aportar

    ¿Dónde solicitarlo?

    Plazo de tramitación

    Normativa

    ¿Quién tramita la solicitud?

    Forma de iniciación

    Requisitos

    Organismo resolutor

    Efectos presuntos

    Fin de la vía administrativa

    Recursos

    Más información

    El interesado
    • Solicitud general.
    • Documentación acreditativa de la condición de interesado.
    Cualquier OAC (Registro)
    El plazo de tramitación es de 3 meses
    • Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Departamento de Obras y Calidad de la Edificación
    Avda. Gabriel Alomar, 18 bajos
    07006 Palma
    Teléfono: 971 22 59 00 - 630308226 (centralita); ext. 8570

    A petición de la persona interesada
    Ser interesados en el sentido del art. 31 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Departamento de Obras y Calidad de la Edificación
    Avda. Gabriel Alomar, 18 bajos
    07006 Palma
    Teléfono: 971 22 59 00 - 630308226 (centralita); ext. 8570

    Estimatorio
    La resolución no pone fin a la vía administrativa
    Alzada
    ¿En qué me puede beneficiar que se me considere 'interesado' en un procedimiento de concesión de licencia de obra? En que se le notificarán las resoluciones relacionadas con la concesión de la licencia y que podrá solicitar copia de los actos de trámite (informes técnicos, etc) relacionados con el procedimiento en cuestión.

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