¿Quién lo puede solicitar?
Cualquier persona (incluso de manera anónima). |
Documentación a aportar
- Petición verbal o escrita.
- En caso de petición escrita:
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¿Dónde solicitarlo?
Peticiones escritas: Peticiones verbales: - Al teléfono de atención al ciudadano 010
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Normativa
- Ordenanza municipal de circulación, publicada en el BOIB núm. 80 de 05.07.01, modificada por acuerdo plenario del Ayuntamiento de Palma de día 26 de septiembre de 2002, publicada en el BOIB núm. 126 de 19.10.02.
- Real Decreto Legislativo 339/90, 2 marzo, que aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
- Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos, modificada por Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.
- Real Decreto 1383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil.
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¿Quién tramita la solicitud?
Policia Local de Palma Calle de Son Dameto, 1 (esquina con Avda. Sant Ferran) Telf.: 971 22 55 12 Correo electrónico: externsva@pol.palma.cat |
Petición persona interesada o oficio (indistinto) |
Organismo resolutor
Policia Local de Palma Calle de Son Dameto, 1 (esquina con Avda. Sant Ferran) Telf.: 971 22 55 12 Correo electrónico: externsva@pol.palma.cat |
Efectos presuntos
No aplica |
Fin de la vía administrativa
La resolución no pone fin a la vía administrativa |
Recursos
Recurso de alzada |
¿Se retiran todos los vehículos abandonados? Sí, priorizando los que se consideran residuos sólidos urbanos (aquellos que no son aptos para circular: vehículos averiados, sin placa de matrícula, con falta de componentes...). |
DESCARGA DE DOCUMENTOS
Solicitud general exposición breve