¿Quién lo puede solicitar?
Persona física |
Documentación a aportar
Documentación exigida al inicio del procedimiento: - Instacia general, debidamente rellenada.
- Acreditación de la relación de parentesco; el cedente debe acreditar las cotizaciones a la Seguridad Social hasta la cesión.
Documentación exigida en otras fases del procedimiento: - Instancia específica.
- Fotocopia del DNI o NIE.
- Dos fotografías tamaño carnet.
- Original o copia compuldada que acredite estar de alta en la Seguridad Social.
- Copia compuldada del alta correspondiente en el epígrafe fiscal del Impuesto de Actividades Económicas.
- Documentación acreditativa de la suscripción (por todo el tiempo de la autorización) de seguro de responsabilidad civil.
- Fotocopia compulsada del Carnet de Manipulador de alimentos, en su caso.
- Declaración jurada de cumplimiento de los requisitos del art. 60 del Regl. de Servicios de Mercados.
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¿Dónde solicitarlo?
Cualquier OAC (Registro). |
Plazo de tramitación
El plazo de tramitación es de 3 meses |
Normativa
- Reglamento de Servicios de Mercados (Ayuntamiento) de 2003.
- Normas y Baremos de Mercados de 1999.
- Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, que regula el ejercicio de venta ambulante o no sedentaria.
- Normativa sectorial en función del producto de venta.
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¿Quién tramita la solicitud?
Servicio de Mercados Plaza del Olivar, 4 (interior del mercado) 1ª planta Teléfono: 971 71 94 07 Fax: 971 72 43 93 Mail: mercats@palma.es |
A petición de la persona interesada |
Requisitos
Ser familiar directo o colateral hasta 2º grado del titular de la autorización de venta en mercados temporales o ferias (padres, hijos, hermanos y cónyuges). |
Organismo resolutor
Servicio de Mercados Plaza del Olivar, 4 (interior del mercado) 1ª planta Teléfono: 971 71 94 07 Fax: 971 72 43 93 Mail: mercats@palma.es |
Efectos presuntos
Desestimatorio |
Fin de la vía administrativa
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Recursos
Reposición potestativo y Contencioso Administrativo |
¿Puedo ceder los derechos sobre la autorización a otros familiares? No, sólo está permitido ceder los derechos a padres, hijos, hermanos y cónyuges, siempre en caso de que el Servicio de Mercados del Ayuntamiento de Palma lo autorice. ¿Qué requisitos debe reunir el nuevo cesionario? Los mismos que en una nueva autorización. ¿Hay un plazo mínimo entre dos cambios? Sí, entre 2 cambios debe haber transcurrido un mínimo de 6 meses. |
DESCARGA DE DOCUMENTOS
Solicitud general exposición breve