Solicitud del Carné Profesional de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE)

Actualizado el 3 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración

Consejería

Medio Ambiente y Sostenibilidad

Dirección General

Dirección General de Gestión Técnica

Quien puede solicitar

Persona Física

Objeto

Obtención del Carné Profesional de Instalaciones Térmicas en Edificios mediante acreditación de competencias.

Descripción

En cumplimiento del Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, el carné profesional en instalaciones térmicas de edificios es el documento mediante el cual la Administración reconoce a la persona física titular del mismo la capacidad técnica para desempeñar las actividades de instalación y mantenimiento de las instalaciones térmicas de edificios, identificándolo ante terceros para ejercer su profesión en el ámbito de este RITE.

Este carné profesional no capacita, por sí solo, para la realización de dicha actividad, sino que la misma debe ser ejercida en el seno de una empresa instaladora o mantenedora en instalaciones térmicas.

El carné profesional se concederá, con carácter individual, a todas las personas que cumplan los requisitos que se señalan en el artículo 42 del RITE y será expedido por el Servicio de Industria y Energía de la Consejería de Coordinación y Medio Ambiente de la Ciudad Autónoma de Melilla.

El Servicio de Industria y Energía de la Consejería de Coordinación y Medio Ambiente de la Ciudad Autónoma de Melilla llevará un registro con los carnés profesionales concedidos.

El carné profesional tendrá validez en toda España, según lo establecido en el artículo 13.3 de la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.

Para obtener el carné profesional de instalaciones térmicas en edificios, las personas físicas deben acreditar, ante la Ciudad Autónoma de Melilla, que cumplen con los requisitos descritos en el Artículo 42 del RITE.

Requisitos

Personas físicas que vayan a ejercer la actividad en el seno de una empresa instaladora o mantenedora en instalaciones térmicas.

Documentación de inicio

  1. Solicitud del carné profesional de instalaciones térmicas en edificios.
  2. Fotocopia del DNI.
  3. Acreditación de las competencias profesionales mediante cualquiera de las dos opciones siguientes:
  • I. OPCIÓN 1: Presentando alguno de los siguientes documentos:
    • Título universitario cuyo plan de estudios cubra las materias objeto del Reglamento (RITE).
    • Título de formación profesional o de un certificado de profesionalidad incluido en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales cuyo ámbito competencial coincida con las materias objeto del Reglamento (RITE).
    • Reconocimiento de una competencia profesional adquirida por experiencia laboral, de acuerdo con lo estipulado en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, en las materias objeto del Reglamento (RITE).
    • Certificado otorgado por entidad acreditada para la certificación de personas, según lo establecido en el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, que incluya como mínimo los contenidos de este Reglamento (RITE).
  • II. OPCIÓN 2: Presentando todos los documentos siguientes:
    • Certificado de aprovechamiento de un curso teórico y práctico de conocimientos básicos y otro sobre conocimientos específicos en instalaciones térmicas de edificios, impartido por una entidad reconocida por cualquier organismo competente de una Comunidad Autónoma, con la duración y el contenido indicados en los apartados 3.1 y 3.2 del apéndice 3 del RITE.
    • Acreditación de la experiencia laboral de, al menos, tres años en una empresa instaladora o mantenedora como técnico. Se aportará vida laboral y certificados de empresa.
    • Certificado de haber superado el examen ante el Servicio de Industria y Energía de la Consejería de Coordinación y Medio Ambiente de la Ciudad Autónoma de Melilla, sobre conocimiento de este RITE.

Junto a toda la documentación a aportar, se adjuntará original del pago de las tasas correspondientes según BOME Extraordinario n° 21 de 30/12/2009.

Plazo de Presentación

abierto todo el año.

Impuestos y/o tasas vinculadas

Lugar y forma de presentación

Oficina del Servicio de Industria de la Consejería de Coordinación y Medio Ambiente. Palacio de la Asamblea. Plaza de España, S/N. 2 Planta.

Plazo Resolución

3 meses.

Forma de iniciación

A petición del interesado

Fin via

No

Efectos presuntos

Positivo

Normativa

  • Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.
  • Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la infraestructura para la calidad y la seguridad industrial.
  • Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.
  • Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral.
  • Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por los servicios de ordenación industrial, ordenación de instalaciones y actividades industriales, energéticas y minerales.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Observaciones

Una vez presentada la Solicitud del carné profesional de instalaciones térmicas en edificios, se examina la documentación aportada según lo indicado en el punto anterior. Si se acreditan todos los requisitos exigidos, se emite el carné profesional de instalaciones térmicas en edificios, incluyéndose al instalador en el registro de instaladores RITE de la Ciudad Autónoma de Melilla.

Órgano responsable

Servicio de Industria y Energía de la Consejería de Coordinación y Medio Ambiente de la Ciudad Autónoma de Melilla.

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