Inscripción en el Registro Industrial de Melilla e Integrado Industrial nacional (RII)
Consejería
Medio Ambiente y SostenibilidadDirección General
Dirección General de Gestión TécnicaQuien puede solicitar
Persona JurídicaObjeto
Procedimiento de inscripción de industrias, empresas o entidades jurídicas relacionadas con la actividad industrial en el Registro Industrial de Melilla y posterior volcado de datos al Registro Integrado Industrial Estatal.
Descripción
Inscripción mediante declaración responsable en el Registro Industrial de Melilla de aquellas industrias y actividades relacionadas con la actividad industrial. Aquellas industrias que por sus características estén incluidas en el artículo 2 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, deberán de haber obtenido previamente la Autorización Ambiental Integrada (AAI).
Requisitos
Se inscribirán en el Registro Industrial:
- Las empresas y entidades que para el desarrollo de su actividad requieran, por la normativa que resulte de aplicación, de autorización previa del órgano competente en materia de industria o la presentación de comunicación o declaración responsable.
- Aquellas empresas y entidades que realicen actividades no sujetas a autorización, comunicación o declaración responsable y que, una vez iniciada la actividad, faciliten al órgano competente los datos básicos y complementarios establecidos en el artículo 5 del RD 559/2010.
El ámbito de actividades y empresas susceptibles de inscripción en el Registro Integrado Industrial es el siguiente:
División A
Empresas y establecimientos que realicen alguna de las actividades o instalaciones siguientes:
- Las actividades dirigidas a la obtención, reparación, mantenimiento, transformación o reutilización de productos industriales, el envasado y embalaje, así como el aprovechamiento, recuperación y eliminación de residuos o subproductos, cualquiera que sea la naturaleza de los recursos y procesos técnicos utilizados y, en su caso, las instalaciones que éstas precisen.
- Las actividades de generación, distribución y suministro de la energía y productos energéticos.
- Las actividades de investigación, aprovechamiento y beneficio de los yacimientos minerales y demás recursos geológicos, cualquiera que sea su origen y estado físico.
- Las instalaciones nucleares y radiactivas.
- Las industrias de fabricación de armas y explosivos y aquéllas que se declaren de interés para la defensa nacional.
- Las industrias alimentarias, agrarias, pecuarias, forestales y pesqueras.
- Las actividades industriales relacionadas con el transporte y las telecomunicaciones.
- Las actividades industriales relativas al medicamento y a la sanidad.
- Las actividades industriales relativas al fomento de la cultura.
División B
Empresas o entidades de servicios relativos a la actividad industrial:
- Consultoras.
- Ingenierías.
- Proyectistas y diseñadoras.
- Instaladoras.
- Reparadoras, conservadoras y mantenedoras.
División C
Entidades o agentes en materia de seguridad y calidad industrial:
- Entidades de acreditación.
- Organismos de normalización.
- Organismos de control.
- Laboratorios de ensayo.
- Laboratorios de calibración.
- Entidades de certificación.
- Entidades auditoras y de inspección.
- Verificadores ambientales.
- Verificadores de informes de emisión de gases de efecto invernadero.
- Otros agentes colaboradores.
Documentación de inicio
Empresas División A:
- Modelo de Declaración Responsable División A, junto a:
- Hoja Complementaria a la Declaración Responsable División A
- Anexos a Declaración Responsable División A para el caso de:
- A.1 Botellas de Equipos Respiratorios Autónomos
- A.2 Recipientes a Presión Transportables
- A.3 Talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes
Empresas División B:
- Modelo de Declaración Responsable División B:
- Modelo B 1: Empresas de Servicios junto a:
- Anexos a Declaración Responsable División B-1:
- B-1.1 Instalaciones Térmicas en los Edificios
- B-1.2 Instalaciones Frigoríficas
- B-1.3 Instalaciones de Protección Contra Incendios
- B-1.4 Instalaciones Eléctricas de Baja Tensión
- B-1.5 Líneas Eléctricas de Alta Tensión
- B-1.6 Instalaciones Eléctricas de Alta Tensión
- B-1.7 Conservadora de Ascensores
- B-1.8 Grúas Torre para Obras u Otras Aplicaciones
- B-1.9 Conservadora Grúas Móviles Autopropulsadas
- B-1.10 Instalaciones de Productos Petrolíferos Líquidos
- B-1.11 Instalaciones de Combustibles Gaseosos
- B-1.12 Instalaciones de Equipos a Presión
- Modelo B-2: Consultorías, Ingenierías y Proyectistas
- Anexos a Declaración Responsable División B-1:
- Modelo B 1: Empresas de Servicios junto a:
Empresas División C:
- Modelo de Declaración Responsable División C
- Modelo C: Entidades o agentes en materia de seguridad y calidad industrial.
Plazo de Presentación
abierto todo el año.Impuestos y/o tasas vinculadas
Sí.Lugar y forma de presentación
Oficina del Servicio de Industria de la Consejería de Coordinación y Medio Ambiente. Palacio de la Asamblea. Plaza de España, S/N. 2 Planta.Plazo Resolución
atendiendo al artículo 9 del Real Decreto 559/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Integrado Industrial, no será necesaria respuesta, confirmación o inscripción efectiva en el registro para ejercer la actividad.Forma de iniciación
A petición del interesadoFin via
NoEfectos presuntos
PositivoNormativa
- Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria. (BOE n° 176 de 23/7/1992)
- Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
- Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por los servicios de ordenación industrial, ordenación de instalaciones y actividades industriales, energéticas y minerales.
- Real Decreto 249/2010, de 5 de marzo (BOE n° 67 de 18/3/2010) corrección de errores (BOE n° 98, de 23/4/2010)
- Real Decreto 338/2010, de 19 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de la Infraestructura para la calidad y seguridad industrial (BOE n° 89 de 7/4/2010)
- Real Decreto 455/2010, de 16 de abril, por el que se regulan los talleres de reparación de vehículos automóviles. (BOE n° 103 de 29/04/2010)
- Real Decreto 559/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Integrado Industrial (BOE n° 125, de 22/05/2010)
- Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial (BOE n° 125 de 22/5/2010) corrección de errores (BOE n° 149, de 19/6/2010) y (BOE n° 207, de 26/8/2010)
- Real Decreto 138/2011, de 4 de febrero (BOE n° 57 de 8/3/2011) corrección de errores (BOE n° 180, de 28/6/2011)
- Reglamento de Libre Acceso a las Actividades de Servicios y su Ejercicio en la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME 4813 de 3/5/2011).
- Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios. Y modificaciones posteriores a la misma.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Legislación sobre Calidad y Seguridad Industrial. Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
Observaciones
Una vez presentada la declaración responsable (dos copias rellenadas por medios informáticos y firmadas) junto con los anexos correspondientes, documentación específica y el abono de las tasas, se procederá a la inscripción en el Registro Industrial de Melilla y posteriormente se dará traslado por medios electrónicos al Registro Integrado Industrial.
La inscripción será automática y se asignará un número de RII único por actividad.
Una vez realizada la inscripción, se comprobará la veracidad de los datos mediante las comprobaciones e inspecciones oportunas por técnicos del Servicio de Industria y Energía de la Ciudad Autónoma de Melilla.
NOTA:
El registro industrial, donde haya asociado un establecimiento, debe realizarse antes del inicio de la actividad y con posterioridad de haber presentado la correspondiente declaración responsable de inicio de actividad en el negociado de Establecimientos o haber obtenido la Licencia de Apertura correspondiente. En el caso de estar incluidas las instalaciones en el artículo 2 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, debe haber obtenido previamente la Autorización Ambiental Integrada.
Órgano responsable
Servicio de Industria y Energía de la Consejería de Coordinación y Medio Ambiente de la Ciudad Autónoma de Melilla.