Acta de Puesta en Servicio de una Línea Eléctrica de Alta Tensión (Tercera categoría: 1 kV < V ≤ 30 kV)

Actualizado el 3 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración

Consejerí­a

Coordinación y Medio Ambiente

Dirección General

Dirección General de Gestión Técnica

Quien puede solicitar

Persona Fí­sica y Jurí­dica

Objeto

Obtención del acta de puesta en servicio de lí­neas eléctricas de alta tensión (tercera categorí­a), que permite, una vez ejecutado el proyecto, poner en servicio las lí­neas para su uso.

Descripción del Procedimiento

La solicitud del Acta de Puesta en Servicio de una lí­nea eléctrica de alta tensión de tercera categorí­a requiere previamente la Autorización Administrativa y la Aprobación inicial del proyecto de ejecución conforme al Tí­tulo VII "Procedimientos de autorización de las instalaciones de producción, transporte y distribución" del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energí­a eléctrica.
La obtención del Acta de Puesta en Servicio de Lí­neas Eléctricas de Alta Tensión está supeditada a la aportación de la documentación requerida.

Requisitos

Titulares de Instalaciones Lí­neas Eléctricas de Alta Tensión en el ámbito del Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantí­as de seguridad en lí­neas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09

Documentación de inicio

Una vez ejecutada la lí­nea eléctrica de alta tensión definida en el proyecto (previamente aprobado), el titular presentará:

  • Solicitud de acta de puesta en servicio.
  • Certificado de dirección de obra suscrito por técnico competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente, en el que conste que la instalación se ha realizado de acuerdo con el proyecto aprobado y cumple las prescripciones reglamentarias aplicables. El visado del proyecto podrá sustituirse por una Declaración responsable del técnico competente, en caso de no haberse visado el certificado de dirección de obra.
  • Certificado de instalación de empresa instaladora, para lí­neas que no sean propiedad de empresas de transporte y distribución de energí­a eléctrica.
  • Contrato de mantenimiento suscrito con empresa instaladora de alta tensión (para el caso de instalaciones que no sean propiedad de empresas de transporte y distribución de energí­a eléctrica)
  • Contrato de cesión entre promotor y entidad de transporte y distribución de energí­a eléctrica (para el caso de instalaciones que se vayan a ceder a empresas de transporte y distribución de energí­a eléctrica)

Junto a toda la documentación a aportar, se adjuntará original del pago de las tasas correspondientes según BOME Extraordinario nº 21 de 30/12/2009.

Plazo de Presentación

plazo expresado, en su caso, en la resolución de aprobación del proyecto de ejecución.

Impuestos y/o tasas vinculadas

BOME Extraordinario nº 21 de 30/12/2009. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por los servicios de ordenación industrial, ordenación de instalaciones y actividades industriales, energéticas y minerales.

Lugar y forma de presentación

Oficina del Servicio de Industria de la Consejerí­a de Coordinación y Medio Ambiente. Palacio de la Asamblea. Plaza de España, S/N. 2 Planta.

Plazo Resolución

un mes

Forma de iniciación

A petición del interesado

Fin via

No

Efectos presuntos

Negativo

Normativa

  • Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria.
  • Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por los servicios de ordenación industrial, ordenación de instalaciones y actividades industriales, energéticas y minerales.
  • Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energí­a eléctrica.
  • Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantí­as de seguridad en lí­neas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Observaciones

Una vez aportada la documentación y firmada el Acta de Puesta en Servicio, el titular de la instalación puede proceder a la explotación de la misma.

Órgano responsable

Servicio de Industria y Energí­a de la Consejerí­a de Coordinación y Medio Ambiente de la Ciudad Autónoma de Melilla

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