Ayuntamiento de Málaga

  • El Consejo Sectorial de Participación es un Órgano de participación, información y propuesta, que actúa en el ámbito de la Participación Ciudadana en la que este Ayuntamiento tiene competencias. Su misión es mejorar la participación ciudadana en la gestión municipal.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Pueden solicitar pertenecer al Consejo Sectorial de Participación, todas las instituciones y entidades debidamente registradas, cuyo objeto se encuentre directamente relacionado con la temática del Consejo, y que sean admitidas en el mismo previa correspondiente solicitud.

    • Fecha de solicitud:
      En cualquier momento.

    Documentación necesaria

    Solicitud de inscripción en el impreso establecido al efecto.


    Obligaciones económicas

    Ninguna.


    Legislación aplicable

    • Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana (Aprob. Pleno 23-2-06. B.O.P. nº 70 de 12-4-06)

      Este reglamento municipal recoge en su Cap. III, Secc. 1ª todo lo relativo a Los Consejos Sectoriales de Participación, especificando en su Sección 3ª todo lo relativo a los miembros de dicho órgano.

    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a la oficina tramitadora
    • Presentar la solicitud de inscripción en el Consejo.

  • Con la entrada en vigor del nuevo Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana, el 2 de junio de 2006, se han constituido nuevos Órganos que han sustituido a los hasta ahora existentes. Uno de estos nuevos Órganos es el Consejo Territorial de Participación, que tiene lugar en cada Distrito Municipal y donde se proponen y debaten las cuestiones propias del Distrito. Hasta ahora a este tipo de Órganos sólo asistían las asociaciones y entidades de la zona, por lo que la gran novedad es que por primera vez los ciudadanos no asociados, es decir a título individual, pueden participar contribuyendo personalmente al desarrollo y mejora de la ciudad.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Persona fisica, mayor de edad, con capacidad de obrar, y perteneciente al Distrito Municipal del Consejo Territorial de Participación al que pretende pertenecer.

    • Fecha de solicitud:Se comunicará previamente.
    • Plazo de resolución:En el órgano denominado "Consejo Sectorial de Participación" se elegirán, por el procedimiento de insaculación entre las solicitudes presentadas, a las personas necesarias para que en todo momento cada Consejo Territorial disponga de 4 ciudadanos a título individual. La elección se comunicará al interesado que deberá aceptar o renunciar expresamente a dicha elección.

    Documentación necesaria

    Solicitud de inscripción en el documento creado al efecto.


    Obligaciones económicas

    Ninguna


    Legislación aplicable

    • Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana (Aprob. Pleno 23-2-06. B.O.P. nº 70 de 12-4-06)

      Este reglamento municipal recoge en su Cap. IV, Secc. 4ª todo lo relativo a Los Consejos Territoriales de Participación, especificando en su art. 116 todo lo relativo a los miembros de dicho órgano.

    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acuda a la oficina tramitadora.
    • Entregue la solicitud rellena con sus datos.

  • Solicitud de inscripción voluntaria en el RML con objeto de facilitar la concurrencia y agilizar la tramitación de los procedimientos administrativos de contratación del Ayuntamiento de Málaga, sus organismos autónomos y empresas de íntegro capital municipal así como de aquellas empresas mixtas que se adhieran al sistema.

    De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, informamos que la información que los licitadores provean para su inscripción en el Registro Municipal de Licitadores se incorporarán a un fichero propiedad del Ayuntamiento de Málaga con la finalidad de mantener la información de los licitadores, pudiéndose ejercer los derechos de acceso, rectificación y cancelación, cuando procedan mediante carta escrita dirigida al Ayuntamiento de Málaga en Avenida de Cervantes, 4. 29016 Málaga

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Las empresas o personas físicas interesadas en inscribirse en el Registro de Licitadores del Ayuntamiento de Málaga.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.
    • Plazo de resolución:Un máximo de tres meses.

    Documentación necesaria

    Los documentos podran ser originales o copias de estos debidamente compulsadas.
    La compulsa de los mismos, podra llevarse a cabo en las Oficinas Municipales de Atencion a la Ciudadania (OMAC), en las Juntas Municipales de Distritos o bien en el Servicio de Planificacion y Seguimiento de las Contrataciones, sito en Av. de Cervantes n? 4, siendo imprescindible en cualquier caso la presentacion de original y copia para su cotejo.
    1- Capacidad de obrar:
    Persona fisica: Se acreditara mediante la presentacion del D.N.I. o el documento que en su caso le sustituya reglamentariamente.
    Persona juridica: Se acreditara mediante la escritura de constitucion y de modificacion, en su caso, debidamente inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible respecto a la legislacion mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditacion de la capacidad de obrar se realizara mediante la escritura o documento de constitucion, de modificacion, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial.
    2- Codigo de Identificacion Fiscal de la empresa (C.I.F.)
    3- Apoderamiento en escritura publica inscrita en el Registro Mercantil o, en su caso, en sus estatutos, o en el registro legal correspondiente, que tenga valor general para actuar en cualquier procedimiento de contratacion ante el Ayuntamiento de Malaga, sus Organismos Autonomos, Empresas Municipales o Empresas de capital mixto que se hayan adherido al Registro. Ademas, se debera aportar el D.N.I. del apoderado. El apoderamiento debera estar bastanteado por los servicios juridicos municipales.
    4- Justificacion acreditativa de estar dadas de alta en el Impuesto sobre Actividades Economicas, cuando ejerzan actividades sujetas a dicho impuesto. Este extremo debera acreditarse mediante presentacion del Alta o del ultimo o ultimos recibos abonados, completado con una declaracion responsable de no haberse dado de baja en la matricula del citado Impuesto.
    Los licitadores que se encuentren en alguno de los supuestos de exencion recogidos en el art.83.1 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, acreditaran que se encuentran al corriente de esta obligacion tributaria mediante los siguientes procedimientos:
    1. Los que se encuentren en los supuestos de exencion recogidos en las letras a), d),g), y h) del Art. 83.1 mencionado, mediante una declaracion responsable de no estar obligados a presentar declaracion de alta en la matricula del impuesto segun lo establecido en el numero 2 del mismo articulo.
    2. Aquellos cuya exencion se encuentre recogida en las letras b), e), y f) del Art. 83.1mencionado, mediante la presentacion del alta y/o la resolucion de exencion del pago del epigrafe correspondiente junto con una declaracion responsable de no haberse dado de baja en la matricula del impuesto.
    3. Los licitadores incursos en la exencion de la letra c) del Art. 83.1 acreditaran esta circunstancia con una declaracion responsable en el sentido de que se encuentran en este supuesto de exencion y de que no se han dado de baja en la matricula del impuesto.
    5- Certificado expedido por la Agencia Estatal de la Administracion Tributaria de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias impuestas por las disposiciones vigentes (Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas, Impuesto de Sociedades, I.V.A., Declaracion Anual de Operaciones) o, en su caso, autorizacion para que el Ayuntamiento pueda solicitarlo a la Agencia Tributaria.
    6- Certificacion expedida por la Empresa Municipal de Gestion Tributaria S.A., acreditativa de que no existen deudas de naturaleza tributaria con el Excmo. Ayuntamiento, en las mismas condiciones fijadas en el apartado 5 anterior o, en su caso, autorizacion para que el Excmo. Ayuntamiento pueda recabarlo.
    Plazo de vigencia sera de seis (6) meses desde su expedicion.
    7- Certificacion positiva expedida por la Seguridad Social, acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la misma, en las mismas condiciones fijadas en el apartado 5 anterior para que el Excmo. Ayuntamiento pueda recabarlo a la Seguridad Social.
    Plazo de vigencia sera de seis (6) meses desde su expedicion.
    8- Declaracion responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario publico u organismo profesional cualificado, en la que el licitador afirme no estar el ni la entidad a la que representa incursa en las causas de prohibicion para contratar con la Administracion contempladas en el art. 20 del texto refundido de la Ley de contratos de las Administraciones Publicas y en especial en lo dispuesto en el 'art. 49 de la Ley de Contratos del Sector Publico'.
    Plazo de vigencia sera de seis (6) meses desde su expedicion.
    9- Documento acreditativo de la clasificacion para los casos en que la misma deba ser exigida conforme a lo dispuesto en el art. 54 de la Ley de Contratos del Sector Publico, teniendo en cuenta los limites establecidos en este precepto o que puedan se?alarse en el futuro por el Ministerio de Economia y Hacienda.
    SOLO LOS DOCUMENTO ENUMERADOS EN LOS APARTADOS (1), (2), (3), (4) Y (8) SERAN DE OBLIGATORIA PRESENTACION PARA PODER SER INSCRITOS EN EL REGISTRO MUNICIPAL DE LICITADORES.
    Los documentos a que hacen referencia los numeros (5), (6) y (7) podran ser sustituidos por una declaracion responsable efectuada por el licitador en la forma establecida en el numero (8) en la que manifieste expresamente que, tanto el como la entidad a la que representa, se hallan al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, a cuyo efecto tendra validez la declaracion referida en el numero (8), siempre que se amplie su contenido manifestandose en la misma expresamente lo indicado.
    No obstante, a la persona fisica o juridica que vaya a resultar adjudicataria del contrato se le exigira, como requisito previo a la adjudicacion, la acreditacion documental de cumplir los requisitos expuestos, concediendosele para ello un plazo maximo de cinco dias habiles.
    Si las certificaciones caducasen una vez iniciado el procedimiento, pero antes de la adjudicacion del contrato, el licitador propuesto como adjudicatario debera presentar una certificacion actualizada.


    Legislación aplicable

    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Registro General del Ayuntamiento, o a las Oficinas Municipales de Atención a la Ciudadanía (OMAC).
    • Entregar la solicitud y los documentos necesarios según el caso.
    • El Servicio de Planificación y Seguimiento de la Contratación revisa la documentación.
    • Se inscribe en el Registro Municipal de Licitadores y se envía una notificación al interesado/a.

  • El objetivo de este programa de mecenazgo es reunir por una parte a las empresas que participan en la economía malagueña y por otra, aquellos particulares que a título individual quieren estrechar su relación con el Teatro.
    El Teatro a su vez ofrece al socio un plazo preferente de compra e invitación para dos espectáculos de temporada a elegir por el propio socio.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Cualquier ciudadano o empresa de la ciudad.

    • Fecha de solicitud:Durante todo el año.
    • Plazo de resolución:Inmediato.

    Documentación necesaria

    1. Solicitud de inscripción.


    Obligaciones económicas

    100 Euros al año.


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Presentarse en las dependencias del Teatro Cervantes.
    • Entregar la solicitud cumplimentada.
    • Efectuar el pago (100 euros)

    Procedimiento sin certificado digital:

    • Descargar el archivo con la solicitud

  • Solicitud de modificación de datos en el Registro Municipal de Licitadores con objeto de mantener actualizado dicho registro.
    Obligación que se recoge en el artículo 10 nº 2 del reglamento del registro municipal de licitadores.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Las empresas o personas físicas inscritas en el Registro de Licitadores del Ayuntamiento de Málaga.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.
    • Plazo de resolución:Inmediato.

    Documentación necesaria

    1. Impreso de Solicitud de modificación de datos en el Registro Municipal de Licitadores.
    2. Documentación que haya sufrido la modificación o alteración.


    Legislación aplicable

    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Registro General del Ayuntamiento, o en la Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía (OMAC)
    • Entregar la solicitud y los documentos que justifiquen las modificaicones.
    • El Servicio de planificación y seguimiento de la contratación revisará la documentación.
    • Se realizarán las modificaiones en el Registro Municipal de Licitadores.

  • Para participar en los Premios Municipales a la Calidad y a la Innovación, se requiere confeccionar la solicitud, dependiendo de la modalidad a la que acceda:

    Premio a la Calidad y Excelencia (Departamentos)
    Premio a Buenas Prácticas a la mejora de los servicios (Grupo de Calidad)
    Premio a Buena Práctica de simplificación (Grupo de Simplificación)
    Premio a la innovación organizativa (experiencias relacionadas con los ámbitos de innovación en procesos y la propia organización de los servicios)
    Premio a la innovación a ciudadanía (experiencias relacionadas con los ámbitos de innovación en nuevos productos y servicios y con la atención y la promoción y marketing de los mismos)
    Premio a la mejor idea innovadora sobre Agilización de trámites o Transformación Digital (Ley 39) y/o mejoras en la atención a la ciudadanía

    Además se debe facilitar una memoria en la que se describa la actuación que se presenta.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Responsable de Departamento o Empleado/a interesado/a, aunque se recomienda consultar las bases de cada año.

    • Fecha de solicitud:Hasta el 31 de diciembre.
    • Plazo de resolución:Los premios se otorgan unos días antes de la celebración del Día de la Calidad municipal.

    Documentación necesaria

    Hay que presentar una memoria en el que se recojan las actuaciones que quieren que se evalúen para los premios. Para más información, consultar las bases de cada convocatoria.


    Legislación aplicable

    Procedimiento

    Procedimiento con certificado digital:

    • Rellenar la solicitud según modalidad, adjuntando un resumen del proyecto de mejora y documentación sobre su desarrollo y resultados.
    • Firmar la solicitud electrónicamente, para ello, si tiene instalado Adobe Reader, rellenar electrónicamente el formulario, y en la casilla de firma, pulsar sobre ella y seleccionar uno de los certificados disponibles en su equipo (en software o tarjeta), y firme. En caso de tener otro visior pdf, tendrá que rellenar el pdf, guardarlo y firmarlo por medio del portafirmas.
    • Mandar por correo electrónico la solicitud firmada electrónicamente y el resto de documentación a serviciodecalidad@malaga.eu.

  • Como máximo, deberá solicitar la renovación cada cinco años. Es obligatorio que en los últimos cinco años haya trabajado un año al menos, en caso contrario deberá presentarse a una nueva convocatoria de examen.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Todos los asalariados del taxi que tienen el permiso municipal vigente y también los titulares de licencia que sean conductores.

    • Fecha de solicitud:Al menos una vez cada cinco años

    Documentación necesaria

    1. Solicitud de renovación de PMC.
    2. Permiso antiguo.
    3. Tres fotografías (asalariados) o dos fotografías (titulares)


    Legislación aplicable

    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Instituto Municipal del Taxi llevando fotos. También se puede acudir a cualquier OMAC
    • Recibirá una llamada telefónica para que retire el permiso
    • Retirarlo en la oficina del Instituto Municipal del Taxi.

  • Petición de los clientes para que se le realice un contrato de suministro de un local o industria para el que se solicita.
    La finca debe tener una acometida de agua y/o saneamiento.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Ciudadanos mayores de edad.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.
    • Plazo de resolución:15 días hábiles.
    • Plazo de validez y recurso:1 mes.

    Documentación necesaria

    1. Solicitud de suministro de agua. Si se solicita a nombre de una persona jurídica, se deberá adjuntar escritura de constitución o poder notarial, así como autorización en situaciones descritas anteriormente.
    2. Fotocopia del DNI / NIF.
    3. Boletín de instalaciones de agua sellado por la Consejería de Industria.
    4. Escritura de propiedad, contrato de compra o contrato de arrendamiento del local. En caso de que el titular de la escritura, contrato de compra o de arrendamiento, no coincida con el solicitante de suministro de agua, se deberá acompañar la oportuna autorización y la fotocopia del DNI.
    5. Licencia de 1ª ocupación.
    6. Nº de cuenta para domiciliación de recibos.
    7. Declaración responsable o comunicación previa.
    8. Declaración de vertidos (sólo industrias).


    Obligaciones económicas

    Tarifas anuales según la Ordenanza Fiscal nº 12, de Tasas de saneamiento y depuración y la Ordenanza Fiscal nº 26, de Tasas de abastecimiento de agua potable.


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a las oficinas de EMASA.
    • Entregar la solicitud cumplimentada y la documentación solicitada.
    • Se verificarán las instalaciones. En caso de existir alguna anomalía se comunicará al cliente la misma para que en un plazo de 30 días la solucione.
    • Se enviará el Contrato de Suministros de Agua, la primera factura y la carta de pago para ingresar los derechos de contratación en 15 días.
    • Se realizarán en 15 días las instalaciones pertinentes por parte de EMASA para realizar el suministro.

    Procedimiento telefónico:

    • Ponerse en contacto con el teléfono del agua 900 777 420.

    Procedimiento sin certificado digital:

    • Conectar con web de Emasa pulsando aquí.
    • Rellenar el formulario y enviar.
    • EMASA le solicitará la documentación que deberá presentar en nuestras oficinas de Hospital Noble, en plaza General Torrijos, número 2.

  • Petición de los clientes para que se le realice un contrato de suministro de agua para otros usos diferentes a viviendas, locales, obras o industrias como bocas de incendio, piscinas, garajes o uso comunitario.
    La finca debe tener una acometida de agua y/o saneamiento.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Ciudadanos mayores de edad.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.
    • Plazo de resolución:15 días hábiles.
    • Plazo de validez y recurso:1 mes.

    Documentación necesaria

    1. Solicitud de suministro de agua.
    2. Fotocopia del DNI / NIF.
    3. Boletín de instalaciones de agua sellado por la Consejería de Industria.
    4. Nº de cuenta para domiciliación de recibos.
    5. Acta de constitución de la Comunidad. (para uso comunitario)
    En caso de que el titular de la escritura, contrato de compra o arrendamiento, no coincida con el solicitante de suministro de agua; o en caso de uso comunitario de un edificio, el presidente actual de la comunidad no sea la persona que firma el contrato, se deberá acompañar la oportuna autorización y la fotocopia del DNI de ambos: autorizado y titular o presidente de la comunidad de propietarios.
    6. Si se solicita a nombre de una persona jurídica, deberá adjuntar la escritura de constitución o poder notarial y la declaración de autorización firmada por el titular, en caso de estar en situación descrita en punto 5.


    Obligaciones económicas

    Tarifas Agua Potable y Saneamientos Depuración BOP nº60 Publicado el 01.04.2013.


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a las oficinas de EMASA.
    • Entregar la solicitud cumplimentada y la documentación solicitada.
    • Se verificarán las instalaciones. En caso de existir alguna anomalía se comunicará al cliente para que en un plazo de 30 días la solucione.
    • Se enviará el Contrato de Suministros de Agua, la primera factura y la carta de pago para ingresar los derechos de contratación en 15 días.
    • Se realizarán en 15 días las instalaciones pertinentes por parte de EMASA para realizar el suministro.

    Procedimiento telefónico:

    • Ponerse en contacto con el teléfono del agua 900 777 420.

    Procedimiento sin certificado digital:

    • Conectar con web de Emasa pulsando aquí.
    • Rellenar el formulario y enviar.
    • EMASA le solicitará la documentación que deberá presentar en nuestras oficinas de Hospital Noble, en plaza General Torrijos, número 2.

  • El Ayuntamiento de Málaga concederá unas tarjetas para el acceso de caballistas y enganches al Recinto Ferial.
    Esta medida se ha tomado con la intención de mejorar el Paseo de Caballos y Enganches del Cortijo de Torres.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    El propietario del caballo o cualquier persona en su representación siempre que aporte el D.N.I. del propietario.

    • Fecha de solicitud:
      Del día 10 de julio al 11 de agosto de 2017 (ambos inclusive) de lunes a viernes.
      Horario:Del día 10 de julio al 21 de julioDe 11 a 14 horas.
      Del día 24 de julio al 11 de agostoDe 11 a 14 horas y 17 a 20 horas

    Documentación necesaria

    Deberán presentar obligatoriamente los siguientes documentos para solicitar las tarjetas:
    - Modelo de Solicitud de Tarjetas de Acceso para MONTURA a la Feria de 2017 según proceda.
    - Modelo de Solicitud de Tarjetas de Acceso para ENGANCHE a la Feria de 2017 según proceda.
    - En caso de representación, autorización y fotocopia del DNI del propietario.
    - Mostrar para su verificación la Tarjeta Sanitaria y/o Pasaporte en vigor.
    - Mostrar para su verificación seguro de Responsabilidad Civil con una cuantía de 60.000 euros por CABALLO utilizado como montura.
    - Mostrar para su verificación seguro de Responsabilidad Civil con una cuantía de 300.000 euros por CARRUAJE y total de CABALLOS enganchados.
    - Mostrar para su verificación recibo del Pago del Seguro Vigente, que necesariamente debe cubrir el período comprendido entre los días 12 y 19 de agosto de 2017 (días feriados) ambos inclusive.
    Autorización de padre/madre o tutor si es menor de edad.


    Obligaciones económicas

    Ninguna.


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Deben rellenarse necesariamente todos los apartados, fecha y firmar la solicitud
    • La escritura debe ser legible y en mayúsculas o en letra de imprenta.
    • IMPORTANTE: No se tramitarán las solicitudes que no estén cumplimentadas en su totalidad en el impreso habilitado al efecto y acompañadas de la documentación requerida.
    • En la página web del Ayuntamiento de Málaga www.malaga.eu , se podrán visualizar las solicitudes para imprimirlas y una vez rellenadas presentarlas posteriormente el Titular o Autorizado, en el Registro de los Servicios Operativos Centrales, sito en calle Camino de San Rafael, 99 (frente a la Estación de Autobuses Urbanos EMT) en fechas y horarios descritos anteriormente.
    • Una vez entregada la solicitud y comprobado por parte del personal del ayuntamiento que la documentación está en regla, se dará la tarjeta de acceso.
    • Para la recogida de la tarjeta en las fechas indicadas deberán presentar la Autorización de Representación Administrativa (firmada por el titular) en el caso de no poder hacerlo el titular de la solicitud.

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