Ayuntamiento de Málaga

  • Conseguir la autorización para la ocupación temporal de la vía pública o terrenos de uso publico para la instalación de mesas petitorias con fines altruistas o benéficos.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Asociaciones benéficas sin ánimo de lucro.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.
    • Plazo de resolución:Inmediato.
    • Plazo de validez y recurso:Durante la jornada o jornadas autorizadas.
      Recurso reposición y contencioso administrativo.

    Documentación necesaria

    1. Solicitud.
    2. Fotocopia del D.N.I o C.I.F.
    3. Estatutos de la asociación o entidad sin ánimo de lucro.


    Obligaciones económicas

    Exento del pago de tasas municipales.


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

  • Conseguir una autorización para la ocupación de terrenos de uso público con toldos e instalaciones semejantes, voladizos sobre la vía pública o que sobresalgan de la línea de fachada de los edificios colocados en establecimientos comerciales.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Todos los titulares de establecimientos comerciales con licencia municipal de apertura/declaración responsable.

    • Fecha de solicitud:Todo el año.
    • Plazo de resolución:Tres meses.
    • Plazo de validez y recurso:Año natural para el que se solicita.
      Recurso reposición, reclamación económico-administrativa y recurso contencioso administrativo.

    Documentación necesaria

    1. Solicitud correspondiente debidamente cumplimentada.
    2. Fotocopia Alta Basura Actividades Económicas del titular de la actividad comercial.
    3.Fotocopia de la escritura de constitución (sólo si es persona jurídica).
    4.Autorización Comunidad de Propietarios (sólo en caso de tratarse de zona privada de uso público)
    5.Acreditación del representante y DNI del mismo.
    6.Indicación de elementos que pretende instalar y características (materiales, acabados, cerramientos, publicidad)
    7.Documentación técnica establecida en el Anexo II de la Ordenanza Reguladora de la Ocupación de la Vía Pública (BOP 146 de 27/7/2007).


    Obligaciones económicas

    Pago de tasas municipales, según lo establecido en la Ordenanza Fiscal nº 10.


    Legislación aplicable

    • Ordenanza Reguladora de la Ocupación de Vía Pública

      Titulo II: Toldos e Instalaciones semejantes, voladizos sobre la vía Pública o que sobresalgan de la linea de fachada de los edificios, colocados en establecimientos comerciales e industriales.

    Otros datos de interés

    La autorización se renueva tácitamente cada año, salvo que, por escrito y en plazo se solicite la renuncia o modificación de las condiciones de la autorización.


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Servicio de Mercados Municipales y Vía Pública.
    • Entregar la solicitud cumplimentada y la documentación adicional solicitada.
    • Se revisará la documentación y si esta es completa se emite un informe técnico de viabilidad de la instalación.
    • Se emite la autorización en el caso de que el informe técnico sea favorable.
    • Se notificará la autorización al interesado y se emitirá la liquidación de la tasa municipal.

  • Conseguir la autorización para la ocupación de la vía pública o terrenos de uso público con mesas y sillas delante de un establecimeinto comercial de hostelería. Se pueden solicitar para el periodo anual (de enero a diciembre de cada ejercicio), periodo temporal (del 1 de marzo a 31 de octubre de cada ejercicio) o periodo ocasional (con motivo de la celebración de Semana Santa y Feria de Agosto para locales del centro histórico).

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Titulares o arrendatarios de establecimientos comerciales que tengan concedida licencia municipal de apertura/declaración responsable a su nombre, o contrato de arrendamiento con el titular de la licencia de apertura/declaración responsable presentado en el Servicio de Licencias de Apertura.

    • Fecha de solicitud:Todo el año.
    • Plazo de resolución: 3 meses, excepto para el periodo ocasional que será de quince días aproximadamente antes de la festividad de que se trate.
    • Plazo de validez y recurso:
      Periodo anual: Año natural para el que se solicita la autorización.
      Periodo temporal: Del 1 de marzo al 31 de octubre.
      Periodo ocasional: Coincide con los días de celebración de la festividad.Recurso reposición, reclamación económico-administrativa y contencioso administrativo.

    Documentación necesaria

    1.Solicitud correspondiente debidamente cumplimentada.
    2. Fotocopia licencia apertura/declaración responsable a su nombre.
    3.Fotocopia Alta Basura Actividades Económicas del titular y local comercial donde se ejerce la actividad comercial.
    4.Fotocopia de la escritura de constitución (sólo si es persona jurídica).
    5.Autorización de la comunidad de propietarios (sólo en caso de tratarse de zona privada de uso público).
    6.Acreditación del representante y DNI del mismo.
    7.Indicación de elementos del mobiliario que pretende instalar, características y si llevan publicidad.
    8.Documentación técnica establecida en el Anexo I de la Ordenanza Reguladora de la Ocupación de la Vía Pública, (BOP 146, de 27/7/07).


    Obligaciones económicas

    Pago de tasas municipales, establecidas en la Ordenanza Fiscal nº10.


    Otros datos de interés

    El procedimiento de renovación para cada año es automático salvo que, por escrito y en plazo se solicite la renuncia o modificación de las condiciones de la autorización.


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Servicio de Mercados Municipales y Vía Pública o en cualquier Oficina Municipal de Atención al Ciudadano(OMAC).
    • Presentar solicitud normalizada debidamente cumplimentada por el titular de la actividad o representante autorizado y acompañado de la documentación requerida.
    • Se revisará la documentación y, si ésta es completa, se emite un informe técnico de viabilidad de la instalación,en caso contrario se le requerirá su subsanacíon mediante notificacion por escrito.
    • Se emite la autorización, en caso de que el informe técnico sea favorable.
    • Se notificará la autorización al interesado y se emitirá la liquidación de la tasa municipal correspondiente.

    Procedimiento con certificado digital:

    • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de la Carpeta Ciudadana ver requisitos.
    • Acceda al trámite: Autorización para la ocupación de la vía publica con mesas.
    • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
    • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
    • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
    • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.

  • Obtener autorización para la realización en la vía pública o terreno de uso público de actividades recreativas ocasionales o extraordinarias (actividades culturales y sociales, tales como conciertos, representaciones teatrales, manifestaciones artísticas y de ocio, en general, exposiciones, circos, etc.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Todos/as los/as interesados/as.

    • Fecha de solicitud: 30 días hábiles anteriores a la celebración del evento.
    • Plazo de resolución:Anterior a la celebración del evento.
    • Plazo de validez y recurso:Durante la jornada o jornadas autorizadas.
      Recurso de Reposición y Recurso Contencioso-Administrativo

    Documentación necesaria

    1. Solicitud correspondiente debidamente cumplimentada.
    2. Fotocopia del D.N.I., si es persona física, o del C.I.F., si es persona jurídica, o tarjeta de residencia y permiso de trabajo, en caso de ser extranjero.
    3. Fotocopia de estatutos o escritura de constitución en caso de ser asociación/sociedad.
    4. Proyecto técnico de las instalaciones.
    5. Poliza seguro responsabilidad civil.
    5. Acreditación de la póliza de seguro de responsabilidad civil.-MODELO A-
    6. Declaración responsable de la capacidad de obrar. -MODELO B-
    7. Declaración responsable en materia de Prevención de Riesgos Laborales.-MODELO C-
    8. Declaración jurada de las condiciones de limpieza del espacio público utilizado.-MODELO D-


    Obligaciones económicas

    Pago de tasas municipales.


    Legislación aplicable

    • DECRETO 78/2002, de 26 de febrero

      Aprueba el Nomenclátor y el Catálogo de Espectáculos PÚBLICOS, Actividades Recreativas y Establecimientos PÚBLICOS de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

    • Ordenanza Reguladora de la Ocupación de la Vía Pública

      La presente Ordenanza tiene por objeto establecer la regulación jurídica del aprovechamiento especial de terrenos de dominio público y privado dentro del término municipal de Málaga, mediante la ocupación con instalaciones anejas o accesorias a un establecimiento principal de hostelería y/o restauración.

    • Decreto 109/2005, de 26 de abril

      Regula los requisitos de los contratos de seguro obligatorio de responsabilidad civil en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

    • Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía.

      a presente Ley tiene por objeto, en el marco de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la regulación de todas las actividades relativas a la organización y celebración de los espectáculos públicos y actividades recreativas, así como la regulación de las condiciones técnicas y de seguridad que deben reunir los establecimientos públicos donde aquellos se celebren o realicen.

    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Servicio de Mercados Municipales y Vía Pública.
    • Entregar la solicitud cumplimentada y la documentación adicional solicitada.
    • Se revisará la documentación y tras los informes preceptivos correspondientes se expedirá la autorización o denegación.

  • Obtener autorización para la ocupación ocasional de la vía pública o terrenos de uso público para la realización de campañas publicitarias, comerciales, informativas, rodajes, ferias de artesanía, etc.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Todos los/as interesados/as.

    • Fecha de solicitud:20 días hábiles anteriores a la celebración del evento.
    • Plazo de resolución:Anterior a la celebración del evento.
    • Plazo de validez y recurso:Durante la jornada o jornadas autorizados.
      Recurso reposición y contencioso administrativo.

    Documentación necesaria

    1. Solicitud correspondiente debidamente cumplimentada.
    2. Fotocopia del D.N.I., si es persona física, o del C.I.F., si es persona jurídica, o tarjeta de residencia y permiso de trabajo, en caso de ser extranjero.
    3. Fotocopia de estatutos o escritura de constitución en caso de ser asociación/sociedad.
    4. Acreditación de la póliza de seguro de responsabilidad civil.
    5. Declaración jurada de las condiciones de limpieza del espacio público.
    6. Plano de situación de la actividad.
    7. Plano de distribución (ferias artesanales, exhibiciones comerciales)
    8. Informe higiénico-alimentario, en caso de venta de alimentos/bebidas.


    Obligaciones económicas

    Pago de tasas municipales según se establece en la Ordenanza Fiscal nº 10


    Legislación aplicable

    • Ordenanza Reguladora de la Ocupación de la Vía Pública

      La presente Ordenanza tiene por objeto establecer la regulación jurídica del aprovechamiento especial de terrenos de dominio público y privado dentro del término municipal de Málaga, mediante la ocupación con instalaciones anejas o accesorias a un establecimiento principal de hostelería y/o restauración.

    • Ordenanza Nº 10. Tasas por la utilización privativa o aprovechamiento especial de la Vía Pública 2012

      Tasas por la utilización privativa o aprovechamiento especial de la Vía Pública 2012

    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Servicio de Mercados Municipales y Vía Pública.
    • Entregar la solicitud cumplimentada y la documentación adicional solicitada.
    • Se revisará la documentación y tras los correspondientes informes preceptivos se expedirá la autorización o denegación.
    • En caso de autorización, se emitirán las tasas correspondientes.

  • Obtener autorización para la realización en la vía pública o terrenos de uso público de actividades deportivas, marchas ciclistas y otros eventos de análoga naturaleza.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Todos los/as interesados/as.

    • Fecha de solicitud:Al menos 30 días hábiles anteriores a la celebración del evento, inadmitiéndose aquellas que no cumplan este requisito.
    • Plazo de resolución:Al menos cinco días antes de la celebración del evento.
    • Plazo de validez y recurso:Durante la jornada o jornadas autorizadas.
      Recurso Reposición y Contencioso-Administrativo.

    Documentación necesaria

    1. Solicitud correspondiente debidamente cumplimentada.
    2. Fotocopia del D.N.I., si es persona física, o del C.I.F., si es persona jurídica, o tarjeta de residencia y permiso de trabajo, en caso de ser extranjero.
    3. Fotocopia de estatutos o escritura de constitución en caso de ser asociación/sociedad.
    4.- Informes favorables de la viabilidad de la prueba o evento.
    5.- Permiso de organización y reglamento de la prueba.
    6.- Memoria descriptiva de la actividad.
    7.- Acreditación del seguro obligatorio deportivo de los participantes.
    8.- Acreditación de la póliza de seguro de responsabilidad civil de los espectadores.-MODELO A-
    9.- Declaración responsable de la capacidad de obrar.-MODELO B-
    10.- Declaración responsable en materia de prevención de riesgos laborales.-MODELO C-
    11.- Declaración jurada sobre las condiciones de limpieza del espacio público utilizado.-MODELO D-
    12.- Estudio acústico, en el supuesto de que se pretendan utilizar aparatos de reproducción sonora (artículo 40 Ordenanza para la Prevención y Control de Ruidos)-
    12.- Acreditación del servicio de asistencia sanitaria.


    Obligaciones económicas

    Pago de tasas municipales según previsones de la Ordenanza fiscal nº 10 y Ordenanza Fiscal nº 29


    Legislación aplicable

    • Ordenanza Reguladora de la Ocupación de la Vía Pública

      La presente Ordenanza tiene por objeto establecer la regulación jurídica del aprovechamiento especial de terrenos de dominio público y privado dentro del término municipal de Málaga, mediante la ocupación con instalaciones anejas o accesorias a un establecimiento principal de hostelería y/o restauración.

    • Anexo II de Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre,

      Por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

    • DECRETO 109/2005, de 26 de abril

      Por el que se regulan los requisitos de los contratos de seguro obligatorio de responsabilidad civil

    • Real Decreto 849/1993, de 4 de junio

      por el que se determina las prestaciones mínimas del seguro obligatorio deportivo.

    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Servicio de Mercados Municipales y Vía Pública.
    • Entregar la solicitud cumplimentada y la documentación adicional solicitada.
    • Se revisará la documentación y tras los informes preceptivos correspondientes se expedirá la autorización o denegación.

  • El Ayuntamiento autorizará a los usuarios del Centro Ambiental "Los Ruices" para permitir el acceso a dicho recinto.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Persona física o jurídica que realice vertidos en el Centro Ambiental de Málaga, servicios regulados en la Ordenanza nº 54.

    • Fecha de solicitud:Previamente a la realización de cualquier vertido.
    • Plazo de resolución:Plazo máximo de 3 meses.
    • Plazo de validez y recurso:4 años.

    Documentación necesaria

    -Permiso de circulación del vehículo/vehículos a autorizar, que deberán estar a nombre de la persona que se dé de alta. Solo en el caso de que los vertidos sean de animales muertos, certificado veterinario del animal.A efectos informativos:-Solo en el caso de que los vertidos sean lodos procedentes de EDAR del término municipal de Málaga, autorizando previa al depósito por el Área de Sostenibilidad Medioambiental.-Solo en el caso de que los vertidos sean de cribado y/o desarenado procedentes de las EDAR y EBAR del término municipal, autorización previa al depósito por el Área de Sostenibilidad Medioambiental.Documentación adicional:-Toda aquella que el solicitante estime oportuna en relación al trámite.


    Silencio Administrativo

    • Efecto: Desestimatorio
    • Órgano de instrucción: Jefe del Servicio Técnico de Limpieza
    • Órgano de resolución: Teniente Alcalde Delegado del Área de Sostenibilidad Medioambiental

    Legislación aplicable

    • Ordenanza Fiscal nº 54:

      Tasa por la prestación de servicios en el CAM.
      Tratamiento y/o eliminación de residuos sólidos urbanos, así como otros servicios específicos de limpieza, recogida otrasferencia de residuos.

    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Centro Ambiental "Los Ruices".
    • Entregar el modelo cumplimentado y el resto de documentación solicitada.
    • Se comprueba que la documentación es correcta.
    • Emisión de decreto del Área de Sostenibilidad Medioambiental autorizando la entrada en el CAM.
    • En cada vertido se deberá presentar la Declaración Ambiental del Residuo.

    Procedimiento con certificado digital:

    • A través del TRAMITA de la Web del Excmo. Ayuntamiento.
    • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de la Caperta Ciudadana ver requisitos
    • Acceda al trámite: Autorización para la realización de vertidos en el Centro Ambiental "Los Ruices" (Vertedero Municipal).
    • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
    • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
    • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
    • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.

  • El objeto de este trámite es que cualquier ciudadano pueda dar avisos de incidencias o averías detectadas en las redes Públicas de Abastecimiento y Saneamiento de forma inmediata. Mediante el Servicio de Atención Telefónico Gratuito, 24 horas todos los días, incluidos festivos. 900 777 420 Teléfono del Agua.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Cualquier Ciudadano.

    • Fecha de solicitud:Cuando se observe una fuga/avería o incidencia en la red pública.

    Documentación necesaria

    Ningua, solamente deberá tener a mano, para cualquier aclaración sobre la fuga/avería la siguiente información:

  • Número de teléfono de contacto.
  • Dirección aproximada de la fuga/avería (calle, nº, referencias cercanas, esquina, Kiosco, cartel..)

  • Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a las oficinas de EMASA.
    • Conectar con la web de Emasa pulsando aquí.
    • Indicar la incidencia o avería.

    Procedimiento telefónico:

    • Contactar con el teléfono de EMASA 900 777 420.
    • Conectar con la web de Emasa pulsando aquí.
    • Indicar la incidencia o avería.

  • El Área de Juventud del Ayuntamiento de Málaga con el objetivo de fomentar la realziación de cortometrajes, videos, documentales y animación pone en marcha la convocatoria pública para el Programa de Ayudas a la Realización de Cortometrajes.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Podrán participar en la presente convocatoria jóvenes con edades comprendidas entre 15 y 35 años. Deberán cumplir, al menos, uno de los requisitos siguientes:

      a.- Haber nacido en Málaga o Provincia.
      b.- Residir en Málaga o Provincia.
      c.- Estar matriculado/a en algún Centro Educativo de Málaga o Provincia en el curso escolar actual.
      d.- Trabajar en Málaga o Provincia.

    • Fecha de solicitud:Del 11 de octubre al 11 de noviembre

    Documentación necesaria

    1.-Boletín de solicitud debidamente cumplimentado.
    2.-Según la situación en la que se encuentre el interesado:
    -Fotocopia del DNI de cada participante. Si en el DNI no figura como lugar de nacimiento Málaga o provincia deberá aportar, según el caso, uno de los siguientes documentos:
    -Volante de empadronamiento o residencia.
    -Fotocopia de la matricula, certificado o resguardo de la misma del curso 2010-2011.
    -Fotocopia del certificado de empresa o contrato de trabajo.
    3.-Tres copias del proyecto encuadernado.
    4.-Los participantes menores de edad deberán presentar autorización y fotocopia del DNI del padre, madre o tutor en el que manifieste su conformidad de la participación del menor en dicha convocatoria.
    5.-Se presentarán tres copias del proyecto presentado y una en CD.
    6.-Dossier que deberá incluir:
    .-Título del cortometraje.
    .-Duración del mismo (máximo 20 minutos).
    .-Sinopsis (máximo 15 líneas)
    .-Ficha técnica.
    .-Historial artístico del participante o colectivo.
    .-Guión literario y guión técnico.
    .-Plano de planta y story boards de las secuencias que se estimen convenientes en los proyectos que procedan.
    .-Plan de trabajo.
    .-Recursos materiales necesarios para la ejecución del proyecto, de los relacionados en el Inventario de bienes.
    7.-Documento que acrdite los pertinentes derechos de propiedad intelectual sobre el guión y, en su caso, el de opción sobre la obra preexistente.
    8.-Autorización del autor o representante legal de la Sociedad General de Autores de España o entidad de gestión que3 corresponda para la representación de la obra.


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Área de Juventud con la documentación
    • Terminado el plazo de presentación, se hará publica a través de la páginahttp.//juventud.malaga.eu el listado de los proyectos presentados, otorgando unplazo de diez días hábiles para reclamaciones.
    • Una vez seleccionados los proyectos y determinados los materiales einstalaciones necesarias para la realización del mismo (especificados en AnexoI) , se procederá a otorgar la autorización por la Junta de Gobierno Local parala cesión de los mismos con carácter gratuito y por un período máximo de tresmeses.

    Procedimiento telefónico:

    • Terminado el plazo de presentación, se hará publica a través de la páginahttp.//juventud.malaga.eu el listado de los proyectos presentados, otorgando unplazo de diez días hábiles para reclamaciones.

  • Declaración censal de la tasa por recogida de Basura de Actividades Económicas (BAE).

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Todas las personas físicas o jurídicas que realicen una actividad y que para ello ocupen viviendas o locales donde se preste el servicio de recogida.
    No están sujetas a la tasa las viviendas, locales o locales afectos siguientes:
    1. Con superficie de hasta 50 m2 en los que se desarrollen las actividades industriales, de reparaciones, anexas al transporte, comunicaciones, ganaderas y mineras, la venta al por mayor e intermediarios de comercio y la venta al por menor -salvo comercios de productos alimenticios que sí están sujetos-.
    2. Con superficie de hasta 100 m2 en los que se desarrollen las actividades de consultorios médicos y otros centros sanitarios sin internado, centros asistenciales y servicios sociales, otras actividades empresariales de servicios y actividades profesionales o los locales indirectamente afectos que tributen por la tarifa 9.

    • Fecha de solicitud:Las declaraciones de alta, baja o variación deben presentarse obligatoriamente en el plazo de UN MES a partir de:
      • Fecha de inicio efectivo de la actividad.
      • Fecha en que se produzcan las variaciones.
      • Fecha de cese en la actividad.

      - En caso de fallecimiento de la persona titular del alta en la tasa de B.A.E., el plazo será de UN MES a partir de la fecha de fallecimiento. En este caso serán sus causahabientes quienes formularán la pertinente declaración de baja.
      - Las declaraciones de variación surtirán efecto en el ejercicio inmediato siguiente al de aquél en que se declaren.

    Documentación necesaria

    Altas, bajas y modificaciones:
    - Fotocopia del D.N.I. / C.I.F. del titular, así como del D.N.I. del representante en caso de personas jurídicas.
    - Fotocopia de la escritura de representación en caso de personas jurídicas.
    - Copia de documento identificativo (DNI, NIF, tarjeta de residencia, permiso de conducción o pasaporte, vigentes) del representante y, en su caso, del autorizado.
    - Copia de declaración censal sellada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria o de declaración del Impuesto sobre Actividades Económicas, según corresponda, donde se acredite la fecha de inicio, cese o variación.
    Si se trata de un alta, cuando acuda a declarar le será entregada en ventanilla la declaración-autoliquidación, que deberá abonar en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras (Unicaja, La Caixa, BBVA, Santander y Cajamar).
    Otros datos de interés:
    - En las declaraciones de alta las cuotas se calcularán proporcionalmente al número de trimestres naturales que restan para finalizar el año, incluido el del comienzo del ejercicio de la actividad.
    - En el caso de baja por cese del ejercicio de la actividad, las cuotas serán prorrateables por trimestres naturales, incluido aquél en que se produzca dicho cese. A tal fin se podrá solicitar la devolución de la parte de la cuota correspondiente a los trimestres naturales en los que no se hubiere ejercido la actividad.
    - Las modificaciones surtirán efecto en el año natural siguiente a aquél en el que se declaren.


    Legislación aplicable

    Otros datos de interés

    Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
    www.gestrisam.malaga.eu


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a las oficinas de Gestión Tributaria, y presentar documentación junto con declaración de alta, baja o variación a través del modelo de Declaración Censal Municipal.
    • Altas: una vez presentada la declaración-autoliquidación se procederá a la entrega de la correspondiente carta de pago para su abono en cualquiera de las oficinas colaboradoras.

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