Ayuntamiento de Málaga

  • Anotación de los documentos presentados y descripción suscinta de sus contenidos.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Personas físicas.

    • Fecha de solicitud:En la oficina de registro general,los días laborales dentro del horario establecido de 9 a 14 horas y el resto de los días hábiles de 9 a 13, 30 horas.
      En las demás oficinas de asistencia en materia de registro,los días laborales de 8,30 a 14,30 horas.

    Documentación necesaria

    1. Solicitud y/o instancias especificando los datos identificativos del interesado y exposición detallada y complementaria, en su caso, del asunto a formular.
    2. Documentación correspondiente a cada trámite o procedimiento.


    Legislación aplicable

    • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

      Artículo 16.4. Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.Los registros electrónicos de todas y cada una de las Administraciones, deberán ser plenamente interoperables, de modo que se garantice su compatibilidad informática e interconexión, así como la transmisión telemática de los asientos registrales y de los documentos que se presenten en cualquiera de los registros.

    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a la oficina de Registro General o a las demás oficinas en materia de registros habilitadas
    • Entregar la documentación que se quiere registrar. Si se desea una copia sellada de la documentación presentada deberá entregarse con el original.
    • Se cotejará y verificará la documentación presentada.
    • El documento presentado será registrado y se remitirá al órgano de gestión competente.

  • Solicitud para el reconocimiento de la situación legal de ruina, por encontrarse la edificación en alguno de los supuestos que establece la legislación vigente (en general, cuando el coste de las reparaciones necesarias para devolver la estabilidad, seguridad, estanqueidad y consolidación estructural al edificio deteriorado o restaurar en él las condiciones mínimas que permitan su uso efectivo, supere la mitad del valor de una construcción de nueva planta, con similares características e igual superficie útil)

    ¿Quién lo puede solicitar?

    - A instancia del interesado; persona física o jurídica que denuncia el estado de abandono de un solar o edificación ruinosa.
    - De oficio, por la actuación de un servicio municipal (Policía) o un informe técnico municipal.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.

    Documentación necesaria

    Solicitud General de la GMU. Deberá contar con al menos la siguientes información:
    - Identificación del interesado: datos personales
    - Datos del solar o edificación ruinosa: situación, localización o referencia catastral del inmueble.


    Legislación aplicable

    • Plan General de Ordenación Urbana de Málaga

      .

    • Ley 7/2002, 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía.

      .

    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Presentar Solicitud: Acudiendo a la Gerencia Municipal de Urbanismo (Paseo Antonio Machado, 12, 29002, Málaga), y entregando en el Registro General o en la Oficina de Atención Ciudadana el correspondiente impreso 'Solicitud general' de la GMU.
    • Elaboración de Informe Técnico: Se elabora informe técnico sobre el solar o edificación ruinosa.
    • Resolución otorgando audiencia al propietario del solar o inmueble, la cual se notifica al interesado que tendrá el plazo de 20 días para presentar alegaciones.
    • Plazo de Alegaciones: El interesado dispondrá de 20 día hábiles para presentar las alegaciones que estime oportunas. Estas serán valoradas por servicio competente que emite el correspondiente informe jurídico sobre las mismas.
    • Inclusión en RMSER: Desestimadas las alegaciones, se procede mediante acuerdo del Consejo Rector a incluir el mismo en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas.
    • Notificación al interesado: Se notifica al interesado la inclusión del solar o edificación ruinosa en el RMSER y el otorgamiento del plazo de un año para proceder a la edificación y/o rehabilitación del inmueble.
    • Recurso de reposición: El interesado podrá presentar recurso potestativo de reposición contra el acuerdo de inclusión en el RMSER, sobre el cual se emitirán los informes correspondientes y que será elevado para su estimación y/o desestimación al Consejo Rector de la GMUOI.
    • Elaboración de informe técnico: Transcurrido 1 año, de oficio la GMU emite informe técnico para valorar el estado del solar o edificación ruinosa. Pudiendo ocurrir:
      a) Que se haya edificado. Se elabora Acuerdo del Consejo Rector y se archiva el expediente.
      b) Que no se haya edificado. Se incoa procedimiento de Declaración de Incumplimiento de deber de Edificación.

    Procedimiento con certificado digital:

    • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de la Carpeta Ciudadana ver requisitos
    • Acceda al trámite: Registro de Solares y Edificaciones Ruinosas.
    • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
    • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud on-line.
    • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
    • Esperar la respuesta de la Administración en la Carpeta Ciudadana.

  • Renovación de Tarjeta verde que permite a los vehículos autorizados el estacionamiento en plazas señalizadas en color verde, por entender que sigue reuniendo las condiciones fijadas para ello.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Personas que estén en posesión de la Tarjeta Verde y necesitan renovarla por caducidad de la misma.

    • Fecha de solicitud:Al año siguiente desde la expedición de la última Tarjeta.
    • Plazo de validez y recurso:La validez de cada Tarjeta es de un año desde la expedición de la misma.

    Documentación necesaria

    Original DNI


    Otros datos de interés

    Se limitan a una tarjeta por persona y a dos por domicilio de residencia.


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Presentar la solicitud cumplimentada y documentación adicional en la Junta de Distrito Centro
    • Estudio de la documentación.
    • La tarjeta, en su caso, se recogerá a partir de los 3 días desde su solicitud.

  • Los usuarios inscritos en cualquiera de las actividades que oferta el Área de Deporte podrán, una vez que finalice ésta, renovar su inscripción en la actividad para la temporada siguiente, en los plazos que se fijen a tal fin y que se darán a conocer por parte de el Área de Deporte con la antelación suficiente.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Cualquier persona que estuviera realizando una Actividad Deportiva en el mes de junio del curso anterior.

    • Fecha de solicitud:Depende de cada instalación. Se indican en el tablón de anuncios de la instalación.

    Documentación necesaria

    1. Hoja de inscripción.
    2. Pago en efectivo de los Precios Públicos (incluye la TIA y la primera mensualidad de la actividad).
    3. Cuestionario médico-deportivo (Actividades deportivas para mayores).


    Obligaciones económicas

    BOP nº 245 -(Págs 79 -86 Ordenanzanº 50 de Precios Públicos de los Servicios y las Actividades de Fundación Deportiva Municipal de Málaga)


    Legislación aplicable

    • Ordenanza Fiscal nº 50

      Ordenanza de los precios públicos.

    • Reglamento de Uso y Funcionamiento de las Instalaciones Deportivas Municipales de Málaga

      Reglamento de las instalaciones Deportivas Municipales.

    Otros datos de interés

    La TIA, Tarjeta de Inscripción en Actividades, permite acceder a las instalaciones del Área de Deporte donde se realiza la actividad, siempre y cuado sea usuario de alguna de ellas y esté al corriente del pago. Sólo se paga una vez en la temporada.
    El Carné Joven tiene descuento.


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a las instalaciones donde se realiza la actividad deportiva en la fecha indicada para la renovación de la actividad (se indicará en el tablón de anuncios de la instalación).
    • Entregar la documentación solicitada y pagar el precio público.
    • Se le entregará la tarjeta de temporada.
    • En los tablones de anuncios de las instalaciones se publicará la fecha de inicio de la actividad.

  • Renovación de la plaza de la actividad deportiva organizadas por el Área de Deporte cada mes (misma actividad y horario).

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Las personas que estén realizando una actividad deportiva y quieran continuar el siguiente mes.

    • Fecha de solicitud:En cada instalación se expondrá al público en los tablones de anuncios, los días de renovación.

    Documentación necesaria

    Pago en efectivo de los precios públicos de la mensualidad.


    Obligaciones económicas

    BOP nº 245 -(Págs 79 -86 Ordenanzanº 50 de Precios Públicos de los Servicios y las Actividades de Fundación Deportiva Municipal de Málaga)


    Legislación aplicable

    • Ordenanza nº 50 de Precios Públicos de los Servicios y las Actividades de Fundación Deportiva Municipal de Málaga)

      BOP nº 245 -(Págs 79 -86)

    Otros datos de interés

    El Carné Joven tiene descuento.


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a las instalaciones donde se realiza la actividad deportiva. En cada instalación se expondrá al público en los tablones de anuncios, los días de renovación.
    • Pagar el precio público de la mensualidad.

  • Se realizará anualmente por los titulares de autorización municipal para la venta ambulante en mercadillos. Deberán cumplir los siguientes requisitos:

    -No estar incurso en ninguno de los casos de incapacidad o incompatibilidad establecidos por la ley.

    -Estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.
    -Estar dado de alta en el epígrafe o epígrafes correspondientes del impuesto sobre actividades económicas, así como encontrarse al corriente en el pago de los tributos municipales.
    -Poseer Certificado acreditativo de la formación como manipulador de alimentos, de las personas que vayan a ejercer la actividad comercial , en el caso de que los objetos de venta consistan en productos para la alimentación humana.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Titulares con autorización municipal para la venta ambulante en mercadillos del municipio.

    • Fecha de solicitud:Del 1 de noviembre al 15 de diciembre del año en curso
    • Plazo de resolución:Máximo 3 meses
    • Plazo de validez y recurso:Anual.
      Recurso de reposición y contencioso administrativo

    Documentación necesaria

    1.Solicitud correspondiente debidamente cumplimentada y firmada por el titular.
    2.Fotocopia del Seguro de Responsabilidad Civil en vigor.
    3.Fotocopia del Certificado acreditativo de la formación como manipulador de alimentos, de las personas que vayan a ejercer la actividad comercial, en el caso de que los objetos de venta consistan en productos para la alimentación humana (solamente en caso de cambiar epígrafe de actividades económicas a alimentación)
    Así mismo, se deberá adjuntar a la solicitud la siguiente documentación:
    -En caso de no gozar de nacionalidad de alguno de los países miembro de la Unión Europea, deberán acreditar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la legislación vigente en materia de autorizaciones de residencia y trabajo.La no presentación de las solicitudes en el plazo correspondiente así como el incumplimiento de alguno de los requisitos enumerados, determinará la extinción de la autorización.


    Obligaciones económicas

    Pago de tasas municipales, establecidas en la Ordenanza Fiscal nº10.


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • ·Acudir al Servicio de Mercados Municipales y Vía Pública o en cualquier Oficina Municipal de Atención al Ciudadano(OMAC).
    • ·Presentar solicitud normalizada debidamente cumplimentada por el titular de la actividad o representante autorizado y acompañado de la documentación requerida.

  • Se realizará anualmente por los titulares de autorización municipal para la venta ambulante fija. Deberán cumplir los siguientes requisitos:

    -No estar incurso en ninguno de los casos de incapacidad o incompatibilidad establecidos por la ley.

    -Estar dado de alta en el régimen de la Seguridad Social que corresponda.
    -Estar dado de alta en el epígrafe o epígrafes correspondientes del impuesto sobre actividades económicas, así como encontrarse al corriente en el pago de los tributos municipales.
    -Poseer Certificado acreditativo de la formación como manipulador de alimentos, de las personas que vayan a ejercer la actividad comercial , en el caso de que los objetos de venta consistan en productos para la alimentación humana.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Cualquier persona física o jurídica.

    • Fecha de solicitud:Del 1 de noviembre al 15 de diciembre del año en curso
    • Plazo de resolución:Máximo 3 meses
    • Plazo de validez y recurso:Anual.
      Recurso de reposición y contencioso administrativo

    Documentación necesaria

    1.Solicitud correspondiente debidamente cumplimentada y firmada por el titular.
    2.Fotocopia del Seguro de Responsabilidad Civil en vigor.
    3.Fotocopia del Certificado acreditativo de la formación como manipulador de alimentos, de las personas que vayan a ejercer la actividad comercial, en el caso de que los objetos de venta consistan en productos para la alimentación humana (solamente en caso de cambiar epígrafe de actividades económicas a alimentación)
    Así mismo, se deberá adjuntar a la solicitud la siguiente documentación:
    -En caso de no gozar de nacionalidad de alguno de los países miembro de la Unión Europea, deberán acreditar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la legislación vigente en materia de autorizaciones de residencia y trabajo.La no presentación de las solicitudes en el plazo correspondiente así como el incumplimiento de alguno de los requisitos enumerados, determinará la extinción de la autorización.


    Obligaciones económicas

    Tasas municipales.


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Servicio de Mercados Municipales y Vía Pública o en cualquier Oficina Municipal de Atención al Ciudadano(OMAC).
    • Presentar solicitud normalizada debidamente cumplimentada por el titular de la actividad o representante autorizado y acompañado de la documentación requerida.

    Procedimiento con certificado digital:

    • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de la Carpeta Ciudadana ver requisitos.
    • Acceda al trámite: Renovación para titulares con autorización municipal para venta ambulante fija.
    • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
    • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
    • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
    • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.

  • El objeto de este trámite es que el adjudicario de vivienda de nueva construcción en régimen de alquiler o compra, comunique al Instituto Municipal de la Vivienda, la existencia de los desperfectos detectados en la terminación para proceder a la reparación de los mismos, cuando corresponda.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    El adjudicatario de la vivienda de nueva construcción en régimen de alquiler o compra promovidas por el Instituto Municipal de la Vivienda, que esté afectada.

    • Fecha de solicitud:Para las viviendas en régimen de compra, se convoca a los adjudicatarios para visitar las viviendas, en fecha y horas fijados previamente a la firma de escritura, facilitándole el formulario de desperfectos. En viviendas en régimen de alquiler, el plazo para comunicar los desperfectos es de tres meses desde la entrega de la vivienda.
    • Plazo de resolución:Un mes desde la solicitud de reparación, dependiendo de la gravedad de dicha reparación.
    • Plazo de validez y recurso:El plazo de validez será hasta que se repare el desperfecto, si procede. El constructor responderá de los daños materiales por vicios o defectos de ejecución que afecten a elementos de terminación o acabado de las obras dentro del plazo de un año. En viviendas en régimen de alquiler, una vez transcurrido el plazo señalado, los desperfectos que sean responsabilidad del Instituto Municipal de la Vivienda, pasarán a trámite de Mantenimiento de viviendas en alquiler administradas por el Instituto Municipal de la Vivienda.

    Documentación necesaria

    Formulario de reparación de desperfectos.


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Para las viviendas en régimen de compra, se convoca a los adjudicatarios para visitar las viviendas, en fecha y horas fijados previamente a la firma de la escritura, facilitándole el formulario de desperfectos. En viviendas en régimen de alquiler, una vez entregada las llaves de la vivienda, junto a la copia del contrato de alquiler y los boletines de electricidad, agua y gas, se adjuntará el formulario en el que se anotarán los desperfectos detectados por el arrendatario.
    • Presentar la solicitud de reparación del desperfecto por registro de entrada.
    • Un técnico del Instituto Municipal de la vivienda valorará el alcance de los desperfectos.
    • Arreglo del desperfecto, si procede.

    Procedimiento con certificado digital:

  • Otorgamiento de representación o autorización a terceros para actuar ante el Jurado Tributario del Excmo. Ayuntamiento de Málaga.
    Aplicable a cualquier procedimiento del Jurado Tributario en el que se otorgue la representación o autorice a un tercero.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    El interesado en el caso de personas físicas.
    Cuando se trate de personas jurídicas la autorización deberá ser concedida por algún representante de la entidad, aportándose en este caso, además de los respectivos DNI, documentación acreditativa de la representación ostentada.

    • Fecha de solicitud:Podrá actuarse a través de representante en cualquier momento del procedimiento siempre y cuando quede suficientemente acreditada la representación.
    • Plazo de validez y recurso:La representación deberá acreditarse al interponer la Reclamación Económico-Administrativa.
      En caso de respuesta a requerimiento del Jurado Tributario, el plazo será de 10 días naturales a partir de la notificación por correo del requerimiento.

    Documentación necesaria

    Impreso debidamente cumplimentado y firmado.
    Identificación del interesado y autorizado (copia de DNI, NIF, tarjeta de residencia, permiso de conducción o pasaporte, vigentes).
    En caso de presentarlo un tercero, identificación del mismo (copia del documento identificativo) y autorización del interesado.
    En caso de persona jurídica: copia de poder de representación o autorización, copia de escritura de constitución, copia de documento identificativo del representante y, en su caso, de autorizado y otorgante, y copia de tarjeta de identificación fiscal.


    Obligaciones económicas

    Ninguna.


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Si fuera necesario, adjuntar acreditación representación al escrito de interposición de Reclamación económico-administrativa.
      Si lo presenta con posterioridad a la Reclamación, entregar la documentación en las oficinas del Jurado Tributario o cualquier oficina de registro del Ayto de Málaga.

  • Rescatar animales (perros, gatos y hurones) perdidos que el servicio municipal ha recogido por estar sueltos en la vía pública.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Propietarios de perros, gatos y hurones.

    • Fecha de solicitud:Todo el año. El propietario del animal dispone de cinco días para recuperarlo a contar desde que le fue notificada tal circunstancia abonando previamente los gastos que haya originado su atención y mantenimiento.

    Documentación necesaria

    1. D.N.I. del propietario.2. Acreditación de la cartilla sanitaria del animal actualizada.3. Acreditación de la identificación animal mediante microchip. inscripción en el Registro Municipal de animales de compañía.4. Abono del precio público correspondiente (Ordenanza Fiscal nº 46).


    Obligaciones económicas

    Las derivadas del precio público por la prestación de servicios en el Centro Zoosanitario Municipal (Ordenanza Fiscal nº 46).


    Legislación aplicable

    • Ordenanza Fiscal nº 46

    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Centro Zoosanitario Municipal.
    • Entregar la documentación solicitada.
    • Se comprueba la documentación y se le entrega la carta de pago.
    • Pagar el precio público.
    • Se le entregará el animal.

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