Ayuntamiento de Málaga

  • Solicitud de ocupación del viario municipal como consecuencia de obras privadas o públicas ajenas al viario municipal o bien obras ejecutadas en la calzada.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Persona física o jurídica con capacidad de obrar (artículo 30, ley 30/92 y artículo 32 si actúan mediante representante).

    • Fecha de solicitud:Al menos con un mes de antelación respecto a la fecha prevista de la obra, sin menoscabo de la aplicación del art.42.3 de la Ley 30/92.
    • Plazo de validez y recurso:Recurso potestativo reposición.
      Recurso contencioso-administrativo

    Documentación necesaria

  • 1. Solicitud debidamente cumplimentada.El formulario se cumplimentara a mano o a maquina en mayusculas, o bien directamente por ordenador.
  • 2.DNI de la persona que presenta la documentación a efectos legales.
    En el caso de que la persona que presenta la documentación no actúe en su propio nombre deberá acreditar lo siguiente:
    - Si representa a una empresa deberá aportar fotocopia del CIF de la empresa y un documento que lo acredite como representante legal de la empresa. En caso de que no sea el representante legal deberá aportar fotocopia del DNI de éste y una declaración en la que haga constar que habilita al solicitante como representante suyo.
    - Si representa a una persona física deberá aportar fotocopia del DNI de éste y una declaración en la que haga constar que habilita al solicitante como representante suyo.
  • 3. Informe de la Gerencia Municipal de Urbanismo, Obras e Infraestructura correspondiente a la superficie que se ocupa en metros (ancho por largo) detallando la superficie correspondiente a acerado o calzada, indicando en este ultimo caso si se trata de zona de estacionamiento o carril de circulacion, asi como de la seccion libre disponible para la circulacion rodada y peatonal, y al tiempo minimo imprescindible para la realizacion de los trabajos.
    Dicho informe se podra solicitar en el Departamento de Disciplina Urbanistica y Autoconstruccion de la Gerencia Municipal de Urbanismo y tendra que tener registro de salida original o copia compulsada.
  • 4.Un juego de dos planos originales de emplazamiento a escala 1:500 o mayor detalle, para cada una de las actuaciones (hormigonado, carga y descarga de materiales, montaje/desmontaje de grua torre, etc.), acotando en dichos planos los siguientes puntos:
  • a.Superficie de calzada que se va a ocupar en metros (longitud y anchura) indicando si se trata de zona de estacionamiento o carril de circulacion. La longitud y anchura a ocupar indicada en los planos deben coincidir completamente con las especificadas en el informe de la Gerencia Municipal de Urbanismo.
  • b.Acerado.
  • c.Carriles de circulacion.
  • d.Seccion de calzada que queda libre para el paso de vehiculos.Los planos deberan estar firmados por tecnico competente, indicando nombre, DNI, numero de colegiado y Colegio Oficial al que pertenezca.
  • 5.Para las obras que necesiten conexion a la red, tanto de aguas residuales como de abastecimiento, se requiere informe favorable de EMASA.
    Nota: Para determinados casos particulares se podra requerir documentacion adicional no reflejada en este impreso.

    Silencio Administrativo

    • Efecto: Desestimatorio
    • Órgano de resolución: TENIENTE DE ALCALDE DELEGADA DEL ÁREA DE MOVILIDAD

    Otros datos de interés

    Silencio administrativo desestimatorio.
    La solicitud deberá presentarse con una antelación mínima de un mes a la fecha de realización de la actividad de que se trate.
    La autorización que se expida, si correspondiese, en base a esta solicitud es única y exclusivamente de ocupación de vía pública. Por tanto, cuando se realice otro tipo de actuación, se deberá de estar en posesión de la Licencia del Servicio Municipal u Organismo competente.


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Área de Movilidad, Gerencia Municipal de Urbanismo, a las OMAC, al Registro General del Ayuntamiento o a los Distritos.
    • Entregar la solicitud cumplimentada y la documentación complementaria.
    • En casos de informe favorable se indicarán los días y los horarios en los que se autoriza la realización de los trabajos.
    • Una vez autorizada la actividad se remitirá al interesado y a la policía local la comunicación de la autorización.
    • El interesado deberá ponerse en contacto con la policía local con 72 horas de antelación a la realización de la actividad.

    Procedimiento con certificado digital:

    • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de la Carpeta Ciudadana ver requisitos
    • Acceda al trámite: Ocupación del viario municipal por obras
    • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
    • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud on-line.
    • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
    • Esperar la respuesta de la Administración en la Carpeta Ciudadana.
  • Solicitud de ocupación del viario municipal como consecuencia de trabajos no relacionados con obras, como pueden ser mudanzas, utilización de grúas móviles, podas de árboles, etc.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Persona física o jurídica con capacidad de obrar (artículo 30, ley 30/92 y artículo 32 si actúan mediante representante).

    • Fecha de solicitud:Al menos un mes de antelación respecto a la fecha prevista de la realización de la actividad.
    • Plazo de validez y recurso:Recurso potestativo reposición.
      Recurso contencioso-administrativo.

    Documentación necesaria

  • 1.Solicitud debidamente cumplimentada.El formulario se cumplimentará a mano o a máquina en mayúsculas, o bien directamente por ordenador.
  • 2.DNI de la persona que presenta la documentación a efectos legales.
    En el caso de que la persona que presenta la documentación no actúe en su propio nombre deberá acreditar lo siguiente:
    - Si representa a una empresa deberá aportar fotocopia del CIF de la empresa y un documento que lo acredite como representante legal de la empresa. En caso de que no sea el representante legal deberá aportar fotocopia del DNI de éste y una declaración en la que haga constar que habilita al solicitante como representante suyo.
    - Si representa a una persona física deberá aportar fotocopia del DNI de éste y una declaración en la que haga constar que habilita al solicitante como representante suyo.
  • 3.Fotocopia del C.I.F de la empresa, en caso de autorización anual para mudanzas u ocupación por grúa móvil.
  • 4.Dos planos de emplazamiento de detalle, a escala 1:500 o mayor detalle, (en caso de mudanza los planos no son necesarios que sean a escala) acotando la superficie de calzada que se va a ocupar en metros (longitud y anchura) y especificando entre acerado, zona de estacionamiento y carriles de circulación. En caso de que la ocupación se produzca por grúa móvil o maquinaria, dicho plano deberá estar firmado por el técnico competente, indicando nombre, DNI, número de colegiado y Colegio Oficial al que pertenece. En cualquier otro caso los planos deben estar firmados por el solicitante indicando el nombre y DNI. Para las solicitudes de autorizaciones anuales para empresas de mudanzas no se requiere plano adjunto.
  • 5.En caso de poda, informe favorable de Parques y Jardines autorizando dicha poda.
    Nota: Para determinados casos particulares se podrá requerir documentación adicional no reflejada en este impreso.

    Otros datos de interés

    La solicitud deberá presentarse con una antelación mínima de un mes a la fecha de realización de la actividad de que se trate.
    Silencio administrativo desestimatorio.
    §La autorización que se expida, si correspondiese, en base a esta solicitud es única y exclusivamente de ocupación de vía pública. Por tanto, cuando se realice otro tipo de actuación, se deberá de estar en posesión de la Licencia del Servicio Municipal u Organismo competente.


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir al Área de Movilidad, a las OMAC, al Registro General del Ayuntamiento o Distritos.
    • Entregar la solicitud cumplimentada y la documentación complementaria.
    • Se analizará documentación y se emitirá un informe técnico autorizando o denegando la autorización con indicación de los días y horarios en los que se autoriza la actividad.
    • Una vez autorizada la actividad se remitirá al interesado y a la policía local la comunicación de la autorización.
    • El interesado deberá ponerse en contacto con la policía local con 72 horas de antelación a la realización de la actividad.

    Procedimiento con certificado digital:

    • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de la Carpeta Ciudadana ver requisitos
    • Acceda al trámite: Ocupación del viario municipal por trabajos distintos a obras
    • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
    • Iniciar la tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud on-line.
    • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
    • Esperar la respuesta de la Administración en la Carpeta Ciudadana.
  • Promálaga ofrece consultoría a los emprendedores malagueños que deseen iniciar su actividad en la ciudad de Málaga y generen empleo.
    Este servicio de consultoría en creación de empresas comprende:
    - Asesoramiento en la elaboración del plan de empresa
    - Apoyo en la tramitación de constitución de sociedades: solicitud denominación social, estatutos, regímenes de la seguridad social, gestión para cita firma notaría.
    - Información sobre los programas de apoyo a emprendedores de otros organismos.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Emprendedores procedentes del desempleo que deseen iniciar una actividad empresarial en la Ciudad de Málaga.

    • Fecha de solicitud:Servicio disponible

    Documentación necesaria

    Solicitar cita previa llamando al 952243411


    Otros datos de interés

    Más información en www.promalaga.es


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Solicitar cita previa con un técnico en el 952243411, o presencialemente en Promálaga I+D, C/ La Gitanilla, P.Ind. Santa Cruz, nº 17, 29004 Málaga o Promálaga Coworking: c/ Severo Ochoa nº 27, 29590, Parque Tecnológico de Andalucía, Málaga

  • Información y Recursos en la búsqueda de Empleo, Información sobre el mercado laboral e identificación de recursos laborales. Detección de objetivos profesionales. Entrenamiento en habilidades para el empleo.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Mujeres víctimas de violencia de género

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento

    Documentación necesaria

  • Es necesario estar empadronada en Málaga.
  • Curriculum

    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Solicitar cita con la Trabajadora Social en el Área de Igualdad de Oportunidades, C/ Concejal Muñoz Cerván nº 3, Módulo 3, planta 2ª.

    Procedimiento telefónico:

    • Solicitar cita con la Trabajadora Social, Teléfono 951926006
  • Certificado del historial de altas, bajas y modificaciones de un ciudadano en el Padrón Municipal de Habitantes de Málaga.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Cualquier ciudadano o ciudadana que resida o haya residido en el término municipal de Málaga.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.
    • Plazo de resolución:Inmediato para la mayoría de solicitudes.
      Para casos especiales que necesiten de tramitación administrativa interna: 15 días hábiles.

    Documentación necesaria

    • Impreso debidamente cumplimentado y firmado.
    • Fotocopia de DNI, pasaporte o tarjeta de extranjero (en vigor) del interesado.
    • En caso de solicitarlo un tercero, fotocopia de documento identificativo del representante y autorización firmada por el interesado.

    Legislación aplicable

    Otros datos de interés

    Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
    gestrisam.malaga.eu


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a cualquier OMAC o a las oficinas de Gestión Tributaria, y entregar la documentación requerida.
    • En la mayoría de los casos, se le entregará el certificado de forma inmediata.
      Para casos especiales que requieran de tramitación interna administrativa, podrá recoger el certificado pasados 15 días hábiles.

    Procedimiento con certificado digital:

    • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
    • Acceda al trámite: PADRÓN DE HABITANTES. Certificado de empadronamiento histórico.
    • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
    • Iniciar tramitación, cumplimentando y firmando la solicitud en-línea.
    • Subsanar la documentación, en caso de ser requerida por la Administración.
    • Esperar la respuesta de la Administración en Mi Carpeta.

  • Los extranjeros comunitarios o miembros de Estados parte del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo o con Tarjeta de Residencia de Régimen Comunitario o Autorización de Residencia Permanente, han de proceder a confirmar su inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes si en un período de cinco o de dos años, dependiendo de si están o no inscritos en el Registro Central de Extranjeros, no han llevado a cabo movimientos en el padrón de habitantes o no han manifestado su voluntad de confirmar la citada inscripción.Si bien el trámite puede ser realizado de oficio, a raíz de operaciones padronales , también puede realizarse mediante declaración por escrito de carácter personal manifestando la voluntad de permanencia en el padrón.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Los extranjeros comunitarios o miembros de Estados parte del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo o con Tarjeta de Residencia de Régimen Comunitario o Autorización de Residencia Permanente.

    • Fecha de solicitud: En cualquier momento antes de la fecha de caducidad de la inscripción padronal (CADA CINCO O DOS AÑOS).

    Documentación necesaria

    • Impreso debidamente cumplimentado y firmado.
    • Documento vigente que acredite la identidad del solicitante (sólo se exhibirá para verificar la identidad).
    • En caso de presentación por persona autorizada, deberá aportar la debida autorización, copia de documento de identidad del solicitante y documento vigente que acredite la identidad de la persona autorizada.
    Si no se confirma la inscripción padronal: En caso de no confirmar la inscripción, el Ayuntamiento, en coordinación con el INE, procederá a la realización de las actuaciones tendentes a la baja de oficio en el padrón.Una vez dada la baja, se perderá la antigüedad en el padrón a partir de la fecha de la misma. Este hecho puede tener consecuencias negativas para la tramitación de ayudas y multitud de trámites administrativos y los relacionados con servicios públicos que requieren la aportación de volantes y justificantes del Padrón de Habitantes. En este caso, sólo cabe proceder a una nueva inscripción siendo necesaria de nuevo la aportación de todos los documentos exigidos para el empadronamiento.
    Si no se está empadronado: En este caso se debe proceder al empadronamiento cumplimentando la correspondiente hoja padronal y aportando toda la documentación que le sea requerida. En ese momento comenzará a contar los plazos de cinco o dos años hasta la realización de nuevos movimientos padronales o confirmación expresa.

    Legislación aplicable

    Otros datos de interés

    Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
    www.gestrisam.malaga.eu


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a cualquier OMAC o a las oficinas de Gestión Tributaria.
    • Entregar la documentación requerida y el impreso previamente cumplimentado (en su defecto, solicitar el documento de renovación que podrá ser expedido en el acto con los datos preimpresos para su firma y entrega directa en la misma oficina).

    Procedimiento con certificado digital:

  • Los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente han de proceder a renovar su inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes cada DOS AÑOS.
    El trámite consiste en una declaración por escrito de carácter personal manifestando la voluntad de permanencia en el padrón.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente.

    • Fecha de solicitud:Antes de la fecha de caducidad de la inscripción padronal (CADA DOS AÑOS).

    Documentación necesaria

    • Impreso debidamente cumplimentado y firmado.
    • Documento vigente que acredite la identidad del solicitante (sólo se exhibirá para verificar la identidad).
    • En caso de presentación por persona autorizada, deberá aportar la debida autorización, copia de documento de identidad del solicitante y documento vigente que acredite la identidad de la persona autorizada.

    Si no se renueva la inscripción padronal: En caso de no renovar la inscripción, el Ayuntamiento procederá a la realización de un EXPEDIENTE DE BAJA de la misma, y una vez finalizado éste, se dará de baja definitivamente la inscripción en el padrón.
    Una vez dada la baja, se perderá la antigüedad en el padrón a partir de la fecha de la misma. Este hecho puede tener consecuencias negativas para la tramitación de ayudas y multitud de trámites administrativos y los relacionados con servicios públicos que requieren la aportación de volantes y justificantes del Padrón de Habitantes.
    En este caso, sólo cabe proceder a una nueva inscripción siendo necesaria de nuevo la aportación de todos los documentos exigidos para el empadronamiento.
    Si no se está empadronado: En este caso se debe proceder al empadronamiento cumplimentando la correspondiente hoja padronal y aportando toda la documentación que le sea requerida.
    En ese momento comenzará a contar el plazo de dos años hasta la siguiente renovación.

    Legislación aplicable

    • Ley de Extranjería

      Art.3º, apartado 1 de la Ley Orgánica 14/2003, de 20 de noviembre, de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, de Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, que ha modificado la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local (B.O.E., núm. 279, de 21 de noviembre).
      acceso a la página de legislación

    Otros datos de interés

    Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
    www.gestrisam.malaga.eu


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a cualquier OMAC o a las oficinas de Gestión Tributaria.
    • Entregar la documentación requerida y el impreso previamente cumplimentado (en su defecto, solicitar el documento de renovación que podrá ser expedido en el acto con los datos preimpresos para su firma y entrega directa en la misma oficina).

    Procedimiento con certificado digital:

  • El ciudadano puede solicitar la baja en su domicilio de personas que no viven con él y que aún consten como empadronadas en el mismo.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Cualquier ciudadano mayor de edad que resida en el domicilio en cuestión y que acredite, debidamente, el derecho que ostente sobre la vivienda sita en el mismo - propietario, arrendatario u otros -.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.

    Documentación necesaria

    • Impreso de solicitud, debidamente cumplimentado y firmado.
    • Acreditación del interesado (DNI, pasaporte, tarjeta de extranjero, permiso de conducir) en vigor.
    • Si no es el titular, deberá presentar la debida autorización, copia de documento identificativo del interesado y documento identificativo del autorizado.
    • Documento que acredite la titularidad o residencia efectiva en la vivienda (contrato o factura de suministro actual, contrato de arrendamiento y último recibo, copia simple reciente de la escritura, nota simple reciente del registro de la propiedad, último recibo del impuesto de bienes inmuebles, etc.)

    Legislación aplicable

    • Art. 72 del R.D. 2612/1996, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglam. de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por R.D. 1690/1986, de 11 de julio

      acceso a la página de legislación

    • Ley de Procedimiento Administrativo Común. Ley 39/2015

      acceso a la página de legislación

    • Apartado II c.2) de la Resolución 1 de abril de 1997 conjunta de la Presidenta del INE y del Dtor. Gral. de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Aytos. sobre gestión y revisión del Padrón Municipal

      acceso a la página de legislación

    Otros datos de interés

    Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
    gestrisam.malaga.eu


    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Acudir a las oficinas de Gestión Tributaria, o a una OMAC, y aportar la documentación requerida.
    • Se tramitará internamente dando traslado al interesado sobre la resolución adoptada.

  • Emisión de volantes donde constan los datos de empadronamiento del solicitante (si es un volante individual) y de las demás personas que convivan en su domicilio (si es un volante colectivo).

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Cualquier ciudadano inscrito en el Padrón Municipal de Habitantes de Málaga.

    • Fecha de solicitud: En cualquier momento.
    • Plazo de resolución: Los volantes se entregan al instante en la ventanilla o si se accede con certificado digital en tramitación on.line.

    Documentación necesaria

    • Acreditación del interesado (DNI, pasaporte, tarjeta de extranjero, permiso de conducir, etc.) en vigor.
    • Si no es el titular, deberá presentar la debida autorización, copia de documento identificativo del interesado y documento identificativo del autorizado.
    • Menores de edad: podrán solicitarse por los padres o tutores legales previa acreditación de su identidad y de la documentación que acredite su condición ( libro de familia o documento que otorgue la tutela ). En el caso de que se solicite por un progenitor que no resida en el mismo domicilio se requerirá la aportación de la autorización del otro progenitor.

    Otros datos de interés

    Responsable de la gestión:
    Subdirección de Gestión de Tributos
    Sección de Padrones
    Tf. 010

    Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
    www.gestrisam.malaga.eu


    Procedimiento

    Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

    Procedimiento presencial:

    Procedimiento telefónico:

    • Ponerse en contacto con el Teléfono Municipal de Información 010.
    • Indicar su DNI, fecha de nacimiento, su teléfono y correo electrónico.
    • Indicar los datos padronales del interesado. Por este medio solo se facilitarán volantes del tipo Individual.
    • Indicar el motivo de la solicitud.
    • En unos días se enviará el volante solicitado, a través de correo ordinario, al domicilio que conste en el Padrón de Habitantes.

    Procedimiento sin certificado digital:

    • Acceda al trámite: Volante de empadronamiento sin certificado digital.
    • Introducir los datos personales requeridos.
    • Seleccionar el tipo de certificado y motivo de la solicitud. El tipo de certificado será Individual (aparecen únicamente los datos padronales del interesado).
    • Pulsar Obtener.
    • En unos días se enviará el volante solicitado, a través de correo ordinario, al domicilio que conste en el Padrón de Habitantes.

    Procedimiento con certificado digital:

    • Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
    • Acceda al trámite: Volante de empadronamiento con certificado digital.
    • Se solicitará la elección del certificado digital de usuario.
    • Aparecerán los datos del solicitante (nombre, apellidos y DNI/NIE).
      Introducir los datos requeridos (fecha de nacimiento, tipo de volante y motivo de la solicitud).
      Pulsar Obtener.
    • Se abrirá el Volante de empadronamiento solicitado en formato PDF, el cual podrá imprimir y/o guardar.
      En el caso de obtener un mensaje de error puede ser debido a que no esté inscrito en el Padrón Municipal de Habitantes de Málaga, o a que sus datos personales no coincidan con los de nuestras bases.
      En cualquier caso, podrá dirigirse a las oficinas de Gestión Tributaria, a cualquier OMAC o al Teléfono Municipal de Información 010.

  • Altas, cambios de domicilio y variación de datos personales en el Padrón Municipal de Habitantes.

    ¿Quién lo puede solicitar?

    Cualquier ciudadano que resida en el término municipal de Málaga.
    Si a lo largo del año reside también en otro municipio, se empadronará donde resida durante más tiempo al año.

    • Fecha de solicitud:En cualquier momento.

    Documentación necesaria

    La documentación a presentar así como las instrucciones para cumplimentar la hoja de empadronamiento, las puede obtener en los siguientes enlaces:
    Documentación necesaria.
    Instrucciones para cumplimentar la hoja de empadronamiento.


    Legislación aplicable

    Otros datos de interés



    LECTURA FÁCIL VÍDEO EN LENGUA DE SIGNOS Y AUDIODESCRITO

    Procedimiento

    Procedimiento presencial:

    • Entregar la hoja padronal junto con la documentación requerida en cualquier OMAC o en las oficinas de Gestión Tributaria.
    • Una vez comprobada la documentación, los datos serán tratados administrativamente e introducidos en el Padrón Municipal de Habitantes.
    • La presentación de la hoja cumplimentada en su Ayuntamiento implica su conformidad para actualizar el Censo Electoral en consonancia con los datos reflejados en ella.

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