PADRON DE HABITANTES. Confirmación de las inscripciones padronales de los extranjeros de la Unión Europea y de los Estados parte del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo o con Tarjeta de Residencia de Régimen Comunitario o Autorización de Residenc...

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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Los extranjeros comunitarios o miembros de Estados parte del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo o con Tarjeta de Residencia de Régimen Comunitario o Autorización de Residencia Permanente, han de proceder a confirmar su inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes si en un período de cinco o de dos años, dependiendo de si están o no inscritos en el Registro Central de Extranjeros, no han llevado a cabo movimientos en el padrón de habitantes o no han manifestado su voluntad de confirmar la citada inscripción.Si bien el trámite puede ser realizado de oficio, a raíz de operaciones padronales , también puede realizarse mediante declaración por escrito de carácter personal manifestando la voluntad de permanencia en el padrón.

¿Quién lo puede solicitar?

Los extranjeros comunitarios o miembros de Estados parte del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo o con Tarjeta de Residencia de Régimen Comunitario o Autorización de Residencia Permanente.

  • Fecha de solicitud: En cualquier momento antes de la fecha de caducidad de la inscripción padronal (CADA CINCO O DOS AÑOS).

Documentación necesaria

  • Impreso debidamente cumplimentado y firmado.
  • Documento vigente que acredite la identidad del solicitante (sólo se exhibirá para verificar la identidad).
  • En caso de presentación por persona autorizada, deberá aportar la debida autorización, copia de documento de identidad del solicitante y documento vigente que acredite la identidad de la persona autorizada.
Si no se confirma la inscripción padronal: En caso de no confirmar la inscripción, el Ayuntamiento, en coordinación con el INE, procederá a la realización de las actuaciones tendentes a la baja de oficio en el padrón.Una vez dada la baja, se perderá la antigüedad en el padrón a partir de la fecha de la misma. Este hecho puede tener consecuencias negativas para la tramitación de ayudas y multitud de trámites administrativos y los relacionados con servicios públicos que requieren la aportación de volantes y justificantes del Padrón de Habitantes. En este caso, sólo cabe proceder a una nueva inscripción siendo necesaria de nuevo la aportación de todos los documentos exigidos para el empadronamiento.
Si no se está empadronado: En este caso se debe proceder al empadronamiento cumplimentando la correspondiente hoja padronal y aportando toda la documentación que le sea requerida. En ese momento comenzará a contar los plazos de cinco o dos años hasta la realización de nuevos movimientos padronales o confirmación expresa.

Legislación aplicable

Otros datos de interés

Sitio web del O.A. Gestión Tributaria:
www.gestrisam.malaga.eu


Procedimiento

Hay varios procedimientos para realizar esta gestión municipal. En función del tipo de procedimiento hay una serie de pasos que debe seguir:

Procedimiento presencial:

  • Acudir a cualquier OMAC o a las oficinas de Gestión Tributaria.
  • Entregar la documentación requerida y el impreso previamente cumplimentado (en su defecto, solicitar el documento de renovación que podrá ser expedido en el acto con los datos preimpresos para su firma y entrega directa en la misma oficina).

Procedimiento con certificado digital:


Oficinas de la administración

Sociedad Mpal. de Aparcamientos y Servicios

Plaza De Jesús "El Rico" nº 2, 29012, Málaga

Tel. 952060104

Ayto. Málaga - Relaciones Internacionales

Calle Muro San Julián 33, 29008, Málaga

OFICINA MUNICIPAL DE ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA (OMAC 2 - MÁLAGA ESTE)

CALLE ALONSO CARRILLO DE ALBORNOZ,3, MÁLAGA

Horario: De 08:30 a 14:30 horas

Ayto. Malaga - Cultura

Alameda Principal 23, 29001, Málaga

Instituto Municipal para la Formación y el Empleo

Calle Marie Curie 20, 29591, Málaga

Tel. 951929261

Ayto. Málaga - Medio Ambiente

Plaza Del General Torrijos 2, 29016, Málaga

Fundación Palacio Villalón (MUSEO CARMEN THYSSEN MÁLAGA)

Calle Compañía 10, 29008, Málaga

Tel. 902303131

JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO 2 ESTE

CALLE MARTÍNEZ FALERO,34, MÁLAGA

Tel. 952207017

Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 13:30.

Ayto. Málaga - Junta Municipal de Distrito Centro Nº 1

Calle La Merced 1, 29012, Málaga

JUNTA MUNICIPAL DE DISTRITO 4 BAILÉN-MIRAFLORES - OMAC

CALLE MARTÍNEZ MALDONADO,58, MÁLAGA

Tel. 951926044

Horario: Junta Municipal de Distrito de 09:00 a 14:00 horas. Oficina Municipal de Atención a la Ciudadanía de 08:30 a 14:30 horas

Ayto. Málaga - Junta Municipal de Distrito Campanillas Nº 9

Calle Ramírez Arcas 2, 29590, Málaga

Ayto. Málaga - Junta Municipal de Distrito Teatinos Nº 11

Calle Diego López Zúñiga 12, 29010, Málaga

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