Subvenciones destinadas a obras que se realicen en edificios y viviendas incluidos en la Zona de Rehabilitación Integrada del ámbito denominado Ciudad de los Ángeles del año 2012

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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El objeto de la presente convocatoria, que se tramita en régimen de concurrencia competitiva, es conceder ayudas económicas, que tendrán la naturaleza de subvenciones, para fomentar la realización de obras de rehabilitación en viviendas y edificios residenciales ubicados en la Zona de Rehabilitación Integrada del ámbito denominado Ciudad de los Ángeles.

Podrán ser objeto de subvención con carácter general las actuaciones siguientes:

  1. En los elementos comunes del edificio, las obras de mejora de la seguridad estructural y funcional, estanqueidad, accesibilidad y eficiencia energética.
  2. En las viviendas, las obras de adecuación o mejora de la habitabilidad.

Destinatarios

Podrán ser beneficiarios de las ayudas económicas reguladas en esta convocatoria las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otra unidad económica o patrimonio separado, que aún careciendo de personalidad jurídica, sean propietarios de viviendas y/o locales pertenecientes a los edificios objeto de la actuación, así como los arrendatarios y usufructuarios debidamente autorizados por la propiedad, que promuevan o participen en el pago de las actuaciones subvencionadas conforme a esta convocatoria.

Plazo

17/01/2012 - 31/08/2012

Requisitos

Los edificios objeto de la actuación subvencionada deberán reunir las siguientes condiciones:

  • Tener un mínimo del 50 por 100 de su superficie construida destinada al uso residencial.
  • Reunir adecuadas condiciones de conservación de acuerdo con lo previsto en la normativa sectorial aplicable, o bien recuperarlas como resultado de las obras para las que se solicite subvención, además de alcanzar el resto de objetivos perseguidos con la declaración de la Zona de Rehabilitación Integrada.
  • No tener la consideración de edificio inadecuado para el uso residencial por la existencia de infravivienda de acuerdo con lo previsto en la normativa urbanística aplicable, y no tratarse de una actuación a realizar en una infravivienda de acuerdo con el mismo criterio, salvo que las obras para las que se solicite subvención contemplen la superación de dichas condiciones para el edificio o la vivienda de que se trate.

Los solicitantes de subvenciones deberán cumplir los requisitos establecidos en los artículos 11 y 13 de la LGS, y en todo caso haber presentado las solicitudes y documentación requerida en la presente convocatoria en los plazos establecidos al efecto.

Cómo realizar el trámite

Presencialmente: en el Registro del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, sito en la calle Guatemala, nº 13, de Madrid, en los Registros de Línea Madrid, así como en cualquiera de los Registros del Ayuntamiento de Madrid, de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas y en todas aquellas oficinas de registro que establecen las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común.

Plazo: del 17 de enero al 31 de agosto de 2012.

Documentación

Más Información

Información complementaria
  • Ver bases completas de la convocatoria en el apartado "Información Relacionada"
  • Más información: Área de Rehabilitación Ciudad de los Ángeles
Fundamento legal
  • Decreto de 22 de diciembre de 2011 de la Delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. BOAM núm 6593 de fecha 16 de enero de 2012.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS).
  • Reglamento General de Subvenciones (RGS) aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
  • Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid vigentes.
  • Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC ).
Entidad Gestora

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda del Ayuntamiento de Madrid en colaboración con la Empresa Municipal de la Vivienda y el Suelo de Madrid, S.A.

Información relacionada


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