Solicitud de licencia de obras en la vía pública

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Toda obra, instalación o supresión de instalación a realizar en el vuelo, suelo o subsuelo de las vías y espacios públicos municipales, está sometida a la obtención previa de licencia y demás autorizaciones municipales o, en su caso, a la autorización para reparación de avería y posterior obtención de licencia.

¿A quién va dirigido?

Compañías de servicios, operadoras de cable y particulares.

Importe

Las obras estarán sujetas al pago de las exacciones previstas en las ordenanzas reguladoras de los tributos y precios públicos municipales vigentes en el momento de la concesión de la licencia.

Cómo realizar el trámite

  • En línea: realizando la solicitud a través del enlace ?Registro Electrónico' disponible en ?Tramitar en línea' (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda
  • Presencialmente: en el Departamento de Licencias de Obra en Vía Pública, en las Oficinas Municipales de Registro y registros de otras administraciones y en todas aquellas que establecen las disposiciones vigentes. También podrá remitirse mediante las demás formas previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El horario de atención al público y de presentación de solicitudes de licencias de manera presencial, será exclusivamente los lunes, miércoles y viernes en horario de 9:00 a 12:00 horas.

Pago

El abono de las liquidaciones, ya sean provisionales o definitivas, se realizará en la forma establecida por las ordenanzas reguladoras de los tributos y precios públicos municipales.

Documentación

Al solicitar la licencia:

  • Solicitud en formulario normalizado, disponible en ?Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ?Modelos de formularios' y en el Departamento de Licencias de Obras en la Vía Pública.

En caso de actuar por medio de representante, la representación legal deberá estar debidamente acreditada (copia de escrituras o poderes que permitan la identificación del representante en el caso de sociedades mercantiles, copia de actas de juntas en las que se confiera representación en el caso de las comunidades de propietarios, y en el caso de personas físicas autorización del titular de la licencia).

  • Memoria descriptiva de las obras a ejecutar, en la que se indicarán las razones que justifiquen la obra.
  • Plano de situación con trazado en planta de la actuación así como cuantos detalles sean necesarios para la definición completa de la obra.
  • Duración estimada y programa de ejecución de la obra, en el que consten todas las actividades a realizar con sus plazos, las precedencias entre ellas y las ocupaciones previstas de la vía pública.
  • Presupuesto de ejecución material de la obra civil (sin IVA).
  • Tipología de los pavimentos y materiales reutilizables afectados.
  • Plan de gestión de acopios de materiales y de residuos.
  • En caso de acometidas eléctricas y de otras compañías de servicios: autorización de la compañía de servicios a favor del titular de la licencia, documento que justifique la petición de suministro del servicio expedido por la compañía de servicios correspondiente y/o conformidad a la ejecución por interesado y autorización del beneficiario del servicio a la empresa instaladora, en caso de que dicha empresa sea la titular de la licencia.
  • Para obras de alcantarillado: compromiso de responsabilidad de daños por posibles inundaciones, en caso de precisar la acometida instalación de bombeo (puede descargar el modelo normalizado desde el apartado 'Impresos'). Si se trata de reparación de averías en el saneamiento, documento que acredite la comunicación de la misma al departamento responsable del alcantarillado en el Canal de Isabel II Gestión S.A (C/ José Abascal 10).

Al retirar la licencia:

  • Copia de la carta de pago acreditativa de haber depositado aval o su equivalente en metálico en la Tesorería, C/ Barquillo, número 17, bajo.
  • Justificación de que el/la titular de la licencia o la empresa que realiza la obra, cuenta con un seguro de responsabilidad civil en obras a ejecutar en la vía pública, con una duración que cubra el período de ejecución de las obras y el período de garantía de las mismas (un año). Dicho seguro cubrirá un importe mínimo de 300.000 euros por siniestro y sin franquicia alguna. Deberá presentar copia de la póliza y del recibo o certificado de la compañía de seguros de que la póliza contratada cumple las condiciones indicadas. Se admitirán seguros con franquicia, cuando haya acuerdo con la compañía aseguradora para adelantar la totalidad de la cifra indemnizatoria que se deba al perjudicado.
  • Abonarés debidamente cumplimentados, que justifiquen el pago de las exacciones correspondientes (cuando proceda).
  • Ficha Técnica de autorización de inicio de obras, debidamente cumplimentada y por duplicado (puede descargar el modelo normalizado desde el apartado 'Modelos de formularios').
  • Impreso de compromiso de información a los residentes de la zona, excepto acometidas de alcantarillado (puede descargar el modelo normalizado desde el apartado 'Modelos de formularios').

Aviso: En las obras de canalización (longitud de zanja superior a 25 metros lineales), la recogida de la licencia estará supeditada a criterio técnico.

Los impresos también están disponibles en el Departamento de Licencias de Obras en la Vía Pública.

Más Información

Información complementaria

Estas licencias no contemplan:

  • Las obras para paso de vehículos
  • La instalación provisional de postes y las reconstrucciones de aceras relacionadas con obras de edificios.

Para conocer la tramitación en estos casos, consulte los trámites específicos desde el apartado Información relacionada 'Otros trámites')

Fundamento legal
  • Ordenanza de Diseño y Gestión de Obras en la Vía Pública. Acuerdo Pleno de 31 de mayo 2006. BOCM núm. 146 de 21 junio 2006. BOAM núm. 5709 de 22 de junio de 2006. Modificado por la Ordenanza de la adaptación al ámbito de la Ciudad de Madrid de transposición de la Directiva 2006/123/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior.
  • Ordenanza Fiscal reguladora de los Precios Públicos por la Prestación de Servicios o la Realización de Actividades. Redacción vigente según Acuerdo Pleno de 22 de diciembre de 2008. BOCM Núm.309 de 29 de diciembre de 2008.
  • Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Redacción vigente aprobada por Acuerdo Pleno de 27 octubre 2005. BOCM núm. 304 de 22 diciembre 2005.
  • Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos. Redacción vigente aprobada por Acuerdo Pleno de 22 diciembre 2010. BOCM núm. 311 de 30 diciembre 2010.
  • Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local. Redacción vigente aprobada por Acuerdo Pleno de 22 diciembre 2011. BOCM núm. 308 de 28 diciembre 2011.
Entidad Gestora

Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible del Ayuntamiento de Madrid

Modelos de formularios

Información relacionada


Oficinas de la administración

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