Regulación condiciones y forma de obtención de la autorización de acceso a la Colonia Marconi

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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El objeto del presente trámite es informar sobre la regulación de las condiciones y forma de obtención de la autorización municipal de acceso al Área de circulación restringida Colonia Marconi y Polígono industrial de Villaverde.

Existen dos modalidades de acceso dirigida a distintos supuestos de acceso:

  • Acceso permanente: podrán ser titulares de la tarjeta acreditativa de la autorización de acceso permanente al Área restringida:
  1. Residentes.
  2. Empresas domiciliadas en el Área o que precisen realizar actividades en ella.
  • Acceso puntual: se podrá solicitar el acceso puntual al Área restringida en casos justificados de urgencia o necesidad.

Cómo realizar el trámite

Documentación

La documentación a presentar contemplará el tipo de acceso que se solicita, así como el peticionario que presenta la solicitud:

  • Acceso permanente:
  1. Residentes, a cuyos efectos deberán presentar la solicitud de la autorización, junto con el DNI, NIF, pasaporte, o cualquier otro documento válido en derecho que permita acreditar la residencia del solicitante dentro de la zona restringida.
  2. Empresas domiciliadas en el Área o que precisen realizar actividades en ella: deberán presentar al Ayuntamiento de Madrid-Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación, solicitud de la autorización, junto con la relación de vehículos adscritos a la actividad de la empresa.
  • Acceso puntual:
    Se presentará junto a la solicitud, el DNI, NIF o pasaporte, y preferentemente en el caso de ser residentes en el Área o empresas domiciliadas en la misma, la tarjeta de autorización de acceso permanente al Área restringida que tuviese previamente concedida, adjuntando en todo caso la justificación del hecho que requiere el acceso al Área y matrícula del vehículo que precisa el acceso.
    * Siempre que la necesidad de acceso puntual sea previsible, deberá presentarse la documentación citada con una antelación mínima de 48 horas a la fecha pretendida de acceso. En el caso de ser imprevisible, se dispondrá de un plazo de 48 horas a partir del acceso a los efectos de presentar la documentación.

Más Información

Información complementaria
  • Todas las autorizaciones municipales de acceso a la Colonia Marconi y Polígono industrial de Villaverde que hubiere concedido el Ayuntamiento de Madrid hasta la fecha, serán válidas y gozarán de los mismos efectos que se reconocen en la presente instrucción para las mismas.
  • La presentación de la solicitud de acceso permanente, tanto por residentes, como por las empresas domiciliadas en el Área, siempre que cumplan los requisitos para los que se exige la documentación previamente descrita, llevará implícita la concesión de autorización puntual de acceso al Área por plazo de una semana, a contar desde el mismo día de presentación de la solicitud.
Fundamento legal
  • Ordenanza de Movilidad para la Ciudad de Madrid. Acuerdo Pleno de 26 de septiembre 2005. BOCM núm. 247 de 17 octubre 2005. Anuncio del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. BOCM núm. 148 de 23 junio 2008 (págs. 82-83).
Entidad Gestora

Dirección General de Gestión y Vigilancia de la Circulación * Ayuntamiento de Madrid

Información relacionada


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