Órdenes de ejecución de obras de conservación y rehabilitación de terrenos, construcciones o edificios (derivadas de la ITE o no)
Los propietarios de terrenos, urbanizaciones, edificaciones y carteles, deben mantenerlos en condiciones de seguridad, salubridad, accesibilidad, ornato público y decoro a fin de preservar o recuperar en todo momento las condiciones requeridas para la habitabilidad o el uso efectivo. En caso de incumplimiento el Ayuntamiento puede dictar una orden de ejecución de obras.
Las órdenes de ejecución pueden iniciarse:
- De oficio, por la actuación de un servicio municipal, un informe técnico municipal (como por ejemplo los resultantes de una inspección técnica de edificios desfavorable) o denuncia.
- A instancia del interesado.
Si el propietario no realiza las obras en el plazo ordenado se impondrán multas coercitivas, declaración de incumplimiento del deber de conservar, incoación de expediente sancionador y en su caso ejecución subsidiaria, los costos deberán ser abonados por el mismo propietario, o en proporción a sus respectivas cuotas de participación si fueren varios.
Cómo realizar el trámite
En línea: a través del enlace 'Acceso al Registro Electrónico' disponible en el apartado Tramitar - En línea (requiere el uso de alguno de los certificados electrónicos admitidos).
- Antes de acceder, debe descargar y rellenar electrónicamente el impreso de solicitud disponible en el apartado ?Impresos', guardándolo en su ordenador. Tenga preparada y disponible, también en formato electrónico, la documentación que necesite adjuntar a la solicitud.
- Si tiene dudas puede consultar la ayuda o contactar con el teléfono 010 Línea Madrid (915 298 210 si llama desde fuera de la ciudad de Madrid).
Presencialmente: En las Oficinas de registro municipales, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Antes del comienzo de las obras, deberá:
- Abonar el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras, la Tasa por prestación de Servicios Urbanísticos, y, si la actuación implica ocupación de la vía pública con vallas o andamios, la Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local.
- Entregar la documentación requerida.
Finalizadas las obras el propietario deberá acreditar o comunicar la subsanación de los daños comunicarlo, según proceda y se indique en la propia orden de ejecución.
Documentación
Antes de iniciar las obras:
Si las obras no necesitan proyecto técnico:
- Instancia general (disponible para su descarga y cumplimentación desde el apartado ?Impresos') en la que conste la localización del inmueble, las obras a realizar, la fecha de inicio de las mismas, el presupuesto de ejecución material y, en su caso, la identidad de la dirección facultativa.
- Justificante del pago de los impuestos y tasas correspondientes.
Si las obras necesitan proyecto técnico:
- Hoja de encargo en la que conste la localización del inmueble, las obras a realizar, la fecha de inicio de las mismas, el presupuesto de ejecución material y, en su caso, la identidad de la dirección facultativa.
- Copia del proyecto, visado por el Colegio Profesional correspondiente, a fin de comprobar el cumplimiento de los extremos contenidos en la orden de ejecución dictada.
- Justificante del pago de los impuestos y tasas correspondientes.
Finalizadas las obras se aportará la documentación necesaria para acreditar la subsanación de los daños:
Si las obras requieren proyecto técnico:
- Certificado final de obras visado por el Colegio Profesional correspondientes.
- Presupuesto final de las obras.
Si las obras requieren dirección facultativa pero no proyecto técnico:
- Certificado de idoneidad de las obras.
- Relación valorada de las obras ejecutadas.
Si no se hubiera exigido dirección facultativa: comunicación por parte del propietario de la finalización de las mismas, para su comprobación por parte de los servicios municipales.
Más Información
Fundamento legal
Ordenanza sobre Conservación, Rehabilitación y Estado Ruinoso de las Edificaciones (Título IV). Acuerdo Pleno de 30 de noviembre de 2011. BOCM núm. 306 de 26 de diciembre de 2011.
B.O.A.M núm. 6580 de 27 de diciembre de 2011.
Ley de la Comundiad de Madrid 9/2011, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Entidad Gestora
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, y Distritos del Ayuntamiento de Madrid en función de sus competencias.
Modelos de formularios
- Impresos de autoliquidación de la tasa por prestación de servicios urbanísticos
- Instancia General. Distritos. Impreso
Información relacionada
- Direcciones y teléfonos
- Otros trámites
- Otros contenidos
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO. LÍNEA MADRID. DISTRITO DE MONCLOA - ARAVACA
PLAZA MONCLOA, 1 28008 MADRID
Tel. Línea Madrid: 010
Horario: Laborables de lunes a jueves de 8:30 a 17 horas.Viernes laborables y mes de agosto (de lunes a viernes) de 8:30 a 14 horas.Dias 24 y 31 de diciembre, cerrado
OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO. LÍNEA MADRID. DISTRITO DE CARABANCHEL
AVENIDA PLAZA DE TOROS, 17 28025 MADRID
Tel. Línea Madrid: 010
Horario: Laborables de lunes a jueves de 8:30 a 17 horas.Viernes laborables y mes de agosto (de lunes a viernes) de 8:30 a 14 horas.Dias 24 y 31 de diciembre, cerrado
AGENCIA TRIBUTARIA DE MADRID. REGISTRO
CALLE SACRAMENTO, 3 28005 MADRID
Tel. Línea Madrid: 010
Horario: De lunes a jueves de 8:30 a 17 y viernes de 9 a 14 horas.Verano (agosto) de lunes a viernes de 8:30 a 14 horas.Cerrado los días 24 y 31 de diciembre.
OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO. LÍNEA MADRID. DISTRITO DE LATINA
AVENIDA GENERAL FANJUL, 2 28044 MADRID
Tel. Línea Madrid: 010
Horario: Laborables de lunes a jueves de 8:30 a 17 horas.Viernes laborables y mes de agosto (de lunes a viernes) de 8:30 a 14 horas.Dias 24 y 31 de diciembre, cerrado
ÁREA DE GOBIERNO DE MEDIO AMBIENTE Y MOVILIDAD. REGISTRO
CALLE MONTALBAN, 1 28014 MADRID
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Horario: Laborables, de lunes a viernes de 8:30 a 14 horas.Cerrado los días 24 y 31 de diciembre.
OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO. LÍNEA MADRID. DISTRITO DE CHAMARTÍN
CALLE PRINCIPE DE VERGARA, 142 28002 MADRID
Tel. Línea Madrid: 010
Horario: Laborables de lunes a jueves de 8:30 a 17 horas.Viernes laborables y mes de agosto (de lunes a viernes) de 8:30 a 14 horas.Dias 24 y 31 de diciembre, cerrado
ÁREA DE GOBIERNO DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS. REGISTRO
CALLE PRINCIPE DE VERGARA, 140 28002 MADRID
Tel. Línea Madrid: 010
Horario: Laborables, de lunes a viernes de 8:30 a 14 horas.Cerrado los días 24 y 31 de diciembre.
OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO. LÍNEA MADRID. DISTRITO DE USERA
AVENIDA RAFAELA YBARRA, 41 28026 MADRID
Tel. Línea Madrid: 010
Horario: Laborables de lunes a jueves de 8:30 a 17 horas.Viernes laborables y mes de agosto (de lunes a viernes) de 8:30 a 14 horas.Dias 24 y 31 de diciembre, cerrado
TRIBUNAL ECONÓMICO - ADMINISTRATIVO MUNICIPAL DE MADRID (TEAM). REGISTRO
CALLE MAYOR, 83 28013 MADRID
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Horario: Laborables de lunes a viernes será de 8,30 a 14 horas.Cerrado 24 y 31 de diciembre.
OFICINA DE ATENCIÓN AL CIUDADANO. LÍNEA MADRID. DISTRITO DE FUENCARRAL - EL PARDO
AVENIDA MONFORTE DE LEMOS, 40 28029 MADRID
Tel. Línea Madrid: 010
Horario: Laborables de lunes a jueves de 8:30 a 17 horas.Viernes laborables y mes de agosto (de lunes a viernes) de 8:30 a 14 horas.Dias 24 y 31 de diciembre, cerrado
ÁREA DE GOBIERNO DE ECONOMÍA, HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. REGISTRO
CALLE ALCALA, 45 28014 MADRID
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Horario: Laborables: de lunes a jueves de 8:30 a 17 horas y viernes de 8:30 a 14 horas.Verano (agosto): de lunes a viernes de 8:30 a 14 horas.Cerrado: 24 y 31 de diciembre.
AGENCIA PARA EL EMPLEO DE MADRID. REGISTRO
PASEO PONTONES, 10 28005 MADRID
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Horario: Laborables de lunes a viernes de 8:30 a 14 horas.Cerrado los días 24 y 31 de diciembre.