Censo de locales y actividades. Solicitud de alta de un nuevo local

Actualizado el 21 de mayo de 2020
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El Censo de Locales y Actividades es la relación ordenada de los establecimientos ubicados en la Ciudad de Madrid que se elabora con el fin de identificarlos y obtener la información que precisan los distintos servicios del Ayuntamiento para el ejercicio de sus competencias. Está constituido por una base de datos comunes en la que constan datos de identificación de cada local y, para los que tengan actividad, el rótulo, nombre o razón social, NIF/CIF y actividad desarrollada.

Cada local tiene asignado un código de identificación del local que deberá consignarse siempre ante el Ayuntamiento en cualquier trámite que se realice.

Además, los locales puerta de calle (se accede directamente a ellos sin pasar por el portal del edificio) y los agrupados (mercados municipales, centros comerciales y similares) tienen la obligación de estar en posesión del cartel identificativo y de exhibirlo en sitio visible del establecimiento.

¿A quién va dirigido?

Titulares de locales ubicados en la ciudad de Madrid

Requisitos

Deberá acudir a la Agencia de Actividades del Ayuntamiento de Madrid o bien a cualquiera de las Entidades Colaboradoras (ECUS)

Cómo realizar el trámite

Si lo que solicita es el alta de un nuevo local (por tratarse de un local no censado en campo o por ser un local segregado de otro ya existente), ésta deberá ser realizada por la Entidad Colaboradora Urbanística (ECU) o por el Servicio Municipal competente, pero nunca será el ciudadano el que la efectúe directamente

  • Presencialmente: en una Entidad Colaboradora Urbanística o en la Agencia de Actividades

Documentación

Documentación acreditativa de la implantación de actividad que posea (licencia de actividad, declaración responsable; si no la tuviera, tendrá que realizar el trámite correspondiente de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Apertura de Actividades Económicas de la ciudad de Madrid BOAM 7131 de 28 de marzo de 2014).

Más Información

Fundamento legal
  • Ordenanza por la que se regula la asignación de un código identificativo a los locales con puerta de calle y a las agrupaciones de locales ubicados en el término municipal de Madrid (BOAM 6.177 de 6 de mayo de 2010).
  • Acuerdo de 27 de junio de 2012 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba la modificación de la Ordenanza por la que se regula la asignación de un código identificativo a los locales con puerta de calle y a las agrupaciones de locales ubicados en el término municipal de Madrid (BOAM 6.711 de 6 de julio de 2012)
  • Acuerdo de 28 de febrero de 2014 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba la Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas en la ciudad de Madrid (BOAM 7131 de 20 de marzo de 2014.
Entidad Gestora

Subdirección General de Estadística

Información relacionada


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