Comunicación previa de actuaciones urbanísticas, que se pueden realizar de manera inmediata y presencial en las dependencias municipales. Son las relacionadas en la Ordenanza reguladora de las comunicaciones de obras
Este trámite permite que en determinadas actuaciones de escasa entidad constructiva, sencillez técnica y económica, se realice la comunicación previa de manera presencial ante o Ayuntamiento.
Este procedimiento abreviado se lleva a cabo presencialmente en las oficinas municipales de Arquitectura, que analizará la documentación completa presentada por duplicado, diligenciándose cómo eficaz, ineficaz, o actuación no incluida en las actuaciones inmediatas realizadas de forma presencial.
La comunicación previa en materia de urbanísmo es el documento en el que la persona interesada ponen en conocimiento de la administración municipal que reúne los requisitos para realizar una actuación urbanística, que no está sujeta la previa autorización mediante licencia municipal.
La comunicación presentada no constituye un acto de autorización administrativa tácita, si no, únicamente la transmisión de la información correspondiente a los efectos del conocimiento municipal que posibilite el ejercicio de las facultades municipales de inspección y control sobre los actos del uso del suelo y subsuelo objeto de la comunicación previa.
¿Qué obras se pueden comunicar de manera presencial ante el Servicio de Arquitectura?
Se pueden comunicar de manera presencial las siguientes obras:
a) Acondicionamiento total de local, con modificación de la distribución interior, sin afectar a la estructura del edificio y al subsuelo.
b) Acondicionamiento parcial de locales en edificios con uso distinto a vivienda, sin afectar a la estructura del edificio.
c) Obras en el interior de la vivienda que no modifiquen la distribución, ni afecten a la estructura.
c) Supresión de tabique, obras de adecuación funcional en la vivienda (protección contra la humedad, aislamiento térmico y acústico) e instalaciones en vivienda.
d) Pintado, reparación y impermeabilización de fachadas, medianeras, patios, terrazas y balcones. (Excepto en el ámbito del Plan especial de protección, rehabilitación y reforma interior del recinto amurallado).
e) Sustitución y colocación de carpintería exterior. (Excepto en el ámbito del Plan especial de protección, rehabilitación y reforma interior del recinto amurallado).
f) Reparación y/o sustitución de elementos e instalaciones comunes del edificio (ascensores, calderas, equipos de bombeo, escaleras, portales, porteros automáticos, etc.) sin afección estructural.
g) Instalación de bajantes, canalones y antenas (excepto de telefonía móvil), sin afección estructural.
h) Sustitución y reparación del material de cubrición de las cubiertas, sin afección estructural.
i) Instalación de nuevos elementos publicitarios en locales comerciales (rótulos, toldos, banderolas, etc.) (Excepto en el ámbito del Plan especial de protección, rehabilitación y reforma interior del recinto amurallado).
j) Instalación y construcción de vallados, cierres de parcelas y solares.(Excepto en los núcleos rurales en los que exista cierre tradicional).
k) Pozos de agua y fosas sépticas.
l) Limpieza, roza y nivelación de solares y parcelas, siempre que no altere el nivel natural del terreo ni afecte a ningún uso o instalación pública.
m) Ajardinamientos, pavimentación, implantación de borde e instalaciones necesarias para el uso o conservación de espacios libres de dominio privado siempre que no afecte a usos, servicios o instalaciones públicas.
Se excluyen expresamente:
- Aquellas obras sometidas a licencia previa, señaladas en el artículo 142.2 de la Ley 2/16 del suelo de Galicia.
- Aquellas obras que no estando sujetas a licencia municipal, tengan que ser comunicadas con carácter previo a su inicio y no se encuentren en las relacionadas anteriormente como comunicación presencial.
- Las obras destinadas el ejercicio de una actividad.
¿Quién puede solicitar?
La persona interesada legitimada para tal fin.
¿Qué documentación hay que presentar?
1.-Con carácter general para todos los supuestos:
- Instancia normalizada de solicitud de comunicación inmediata. Modelo 258.
- Identificación de los interesados mediante Documento Nacional de Identidad o documento identificativo equivalente.
- Autoliquidación de las tasas e impuestos relativos al presupuesto de las obras a realizar.
- Acreditación, si es el caso, de la representación cuando se actúe en nombre de otra persona física o jurídica.
- Plano de situación de la obra referido a la cartografía del planeamiento municipal firmado por lo solicitante. Podrá ser facilitado por la Oficina de Topografía del Servicio Municipal de Ingeniería.
- Esbozo acotado de las obras que se pretenden realizar, con indicación exacta de la situación de las obras dentro de la edificación o de las parcelas.
- Descripción completa de las características técnicas de la actuación que pretende realizar, indicando las dimensiones, materiales y acabados que se van utilizar.
- Fotografías en color del interior y fachadas del estado actual del local o viviendas en las que se interviene.
- Copia de las autorizaciones, concesiones administrativas o informes sectoriales que sean preceptivos, con la manifestación expresa de que dispone de todos.
- Presupuesto de obra.
2.- En las obras que tengan por objeto la supresión de un tabique en el interior de la vivienda, se incorporará la siguiente documentación:
- Plano de estado actual y estado reformado de la vivienda.
3.- En las obras que tengan por objeto el cierre de la parcela y solares, se deberá incorporar la siguiente documentación:
- Memoria descriptiva y croquis si fuera necesario, con la indicación de los materiales, altura y longitud del cierre.
- Reportaje fotográfico en color de la parcela en la que se pretenden construir el cierre, suscrita por la persona solicitante.
- En los cierres de parcelas situadas en suelo clasificado como urbano y suelo de núcleo rural, se deberá incorporar plano de alineaciones ajustando el cierre a éstas. En los cierres de suelo rústico deberá incorporar plano de la parcela indicando la ubicación del cierre en la misma y justificando, en su caso, el retranqueo con la vía pública a la que dé frente.
- En el suelo clasificado como núcleo rural, se justificará la no existencia de cerramientos tradicionales, de conformidad con establecido en el artículo 28.2 del PGOM, aportando fotografías actuales en color de las parcelas colindantes situadas en un radio de 25 m, y ubicando las mismas sobre plano, y fotos de los cierres tradicionales existentes situados en el tramo completo de la calle, con fin de poder juzgar el grado de consolidación existente. Si el cierre es tradicional, será obligatorio tener previamente aprobadas por el ayuntamiento las alineaciones. Si se procede a la demolición de un muro tradicional, deberá justificarse la necesidad de su derrumbe.
4.- En las obras de sustitución de carpintería exterior, que difieran del modelo, material y color existente, se deberá incorporar la siguiente documentación:
- Se incorporará acuerdo de la comunidad de propietarios, en el que se comprometen a adaptarse a la nova propuesta, en sucesivas sustituciones.
- Croquis con diseño de la nueva carpintería, indicando material, color y sistema de apertura.
- Fotografías en color de la fachada en la que se observen todas las carpinterías exteriores existentes en la misma.
5.- En la solicitud de colocación de rótulo o banderola, deberán figurar los siguientes datos:
- Título habilitante para el ejercicio de la actividad, indicando la fecha de presentación de la comunicación, o, de ser el caso, el número de la licencia de apertura.
- Los rótulos y banderolas luminosos (tipo neón), deberán presentar conformidad de la vecindad afectada en los términos de los artículos 139 y 140 del vigente PGOM.
- Croquis o fotomontaje indicando las características del rótulo o banderola (si es pegado, saliente, con luz, sin luz, neón...) e indicando las medidas, altura desde la base a la calle, material, color y ubicación en la fachada.
5- Solicitud de colocación de toldos, deberán figurar los siguientes datos:
- Diseño a escala del toldo, indicando medidas (largo, ancho y altura), altura de la base a la calle, color y materiales.
- Fotografías en color de la fachada del inmueble.
- No caso de instalarse para una actividad, se indicará el título habilitante para el ejercicio de la misma, indicando la fecha de presentación de la comunicación, o, de ser el caso, el número de la licencia de apertura.
¿Dónde se presenta?
En el Servicio de Arquitectura - Centro de Servicios municipales Ronda Muralla, 197
Horario: lunes a viernes, de 9:00 a 14:00.
¿Cuándo se presenta?
Antes del inicio de la obra.
¿Cuál es el plazo de resolución?
La documentación será analizada de inmediato por el personal funcionario encargado de su tramitación, realizándose de manera presencial en la oficina establecida para el efecto. De ser presentada en el Registro General del Ayuntamiento, se tramitará de conformidad con establecido en el artículo 5 de la Ordenanza municipal reguladora de las comunicaciones de obras y en la Ley 39/2015 de procedimiento administrativo de las Administraciones Públicas.
¿Cuánto cuesta?
La documentación que acompaña la comunicación, incorporará el justificante del pago de la autoliquidación de las tasas e impuestos que correspondan, de conformidad con establecido:
- Ordenanza fiscal nº 103, reguladora de la tasa por la prestación de servicios urbanísticos
- Ordenanza fiscal nº 202, reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras
Manual para obtener el presupuesto de ejecución de material de una edificación >>
Coste de ejecución de obras menores >>
¿Dónde se tramita?
Recogida plano de situación en el área de Topografía
Horario 12.00h -14.00 h
Impreso de autoliquidación para abono en entidad bancaria en el Servicio de Tesorería.
Horario 09.00h 14.00h
Presentación de toda la documentación en el Servicio de Arquitectura
Horario 12.00h -14.00 h
Observaciones
- Las comunicaciones previas son el medio para que el Ayuntamiento conozca dicha actuación y pueda ejercer las facultades de comprobación, control e inspección.
- La comunicación deberá presentarse con la documentación completa exigible, incluyendo las autorizaciones de otros organismos que sean preceptivas, así como las autorizaciones para el uso y la utilización del espacio público si fuera necesario.
- En ningún caso se entenderán adquiridas facultades o derechos en contra de la legislación o del planeamiento aplicable. La inexactitud, falsedad o la omisión de carácter esencial que se aporte, comportará la declaración de ineficacia de la comunicación efectuada e impide continuar con el ejercicio del derecho o de la actividad. La declaración de ineficacia extemporánea, será plenamente válida y eficaz y producirá plenos efectos jurídicos.
- La comunicación no exonera a los titulares o sujetos responsables de sus obligaciones de carácter tributario, fiscal, administrativo o civil, establecidas en normativa de aplicación, requiriendo la autoliquidación de las tasas.
- La comunicación inmediata presencial, se realizará personalmente en la dependencia municipal habilitada al efecto, en los términos siguientes:
- La documentación se presentará por duplicado y será analizada de manera inmediata por las/os funcionarias/os encargadas/os de su tramitación.
- De resultar incompleta la documentación presentada, se le informará para que ésta se realice posteriormente de manera completa.
- Si la documentación está completa y cumple las disposiciones y normativa urbanística de aplicación, se procederá en ese momento a diligenciar ésta como eficaz, dando por finalizado el procedimiento. Las obras deberán ser realizadas en el plazo máximo de seis meses.
- Si la documentación está completa, pero incumple alguna determinación de las disposiciones y normativa urbanística de aplicación, se procederá en ese momento a diligenciar ésta como ineficaz, dando por finalizado el procedimiento.
Trámites relacionados
Oficinas de la administración
Oficina Municipal de Informacion Al Consumidor
Rda. Muralla, 197, Lugo , 27001
Tel. 982297272
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Lugo Camara Oficial De Comercio Navegacion
Av. Ramon Ferreiro, 18 , Lugo , 27002
Tel. 982180040
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Ayuntamiento De Lugo
Pza. Maior, 1 , Lugo , 27001
Tel. 982251536
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Audiencia Provincial De Lugo Mju
Pza. De Aviles , Lugo , 27002
Tel. 982246415
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Delegacion Territorial de la Conselleria de Presidencia Relaciones Institucionales y Administracion Publica
Rda. Muralla, 70, Lugo , 27003
Tel. 982294577
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Servicio Galego De Saude
C/ Dr Garcia Porte, 13 , Lugo , 27002
Tel. 982263050
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Ayuntamiento de Lugo
Pr. Maior, S/N, Lugo , 27001
Tel. 982297100
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Oficina De Educacion Y Ciencia De Lugo
C/ Pintor Corredoi, 1 , Lugo , 27002
Tel. 982225514
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Oficina de Extranjeros
C/ Río Neira, 19-21, Lugo , 27002
Tel. 982759070
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