Ayuntamiento de La Coruña

  • ## Resumen Este trámite ofrece ayudas económicas a artistas individuales que estén empadronados en A Coruña para apoyar sus proyectos creativos durante el año 2023. El objetivo es impulsar la investigación, creación y difusión de actividades culturales. **Quién puede usar este servicio:** Artistas individuales mayores de edad que cumplan con los requisitos de empadronamiento y obligaciones fiscales. ## Lo que necesitas * **Requisitos:** * Estar empadronado en A Coruña durante al menos los dos años anteriores al 1 de enero de 2021. * Estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Agencia Tributaria Gallega, el Ayuntamiento de A Coruña y la Seguridad Social. * No tener sanciones graves o muy graves pendientes. * Cumplir con los requisitos generales para recibir subvenciones. * **Coste:** Gratuito. ## Cómo hacerlo 1. **Preparar la documentación:** Reúne todos los documentos necesarios (ver sección 'Documentación necesaria'). 2. **Presentar la solicitud:** Puedes presentar la solicitud de forma telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento o de forma presencial en las oficinas de registro. 3. **Subsanación (si es necesario):** Si tu solicitud tiene errores, se te notificará para que los corrijas en un plazo de 10 días hábiles. ## Después de hacerlo * **Resolución:** La resolución definitiva se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y en la sede electrónica. * **Plazo de resolución:** La resolución definitiva se publicó el 7 de agosto de 2023. * **Silencio administrativo:** Si no recibes respuesta en un plazo determinado, se considera que la solicitud ha sido denegada. * **Pago:** Si eres beneficiario, se tramitará el pago anticipado. Si no deseas el pago anticipado, debes comunicarlo por escrito. ## Ayuda * **Teléfono de información:** 981 184 200 (Extensiones 12024 y 12038). * **Soporte técnico:** Consulta las guías rápidas, preguntas frecuentes y requisitos técnicos en la sede electrónica. * **Oficinas de registro:** Puedes presentar la solicitud en el Registro General del Palacio Municipal María Pita, Registro General de A Franxa, Registro General Fórum Metropolitano o Registro General Centro Sociocultural Ágora. ## Documentos relacionados * [Resolución Concesión Ayudas creación artística para artistas individuales empadronados Concello Coruña año 2023 (1 MB)](https://sede.coruna.gal/descarga/1453843769147/Decreto--Resolucion-definitiva-ACA-2023.pdf) * [Informe proposta resolución provisional axudas creación artística 2023 (467 KB)](https://sede.coruna.gal/descarga/1453839063203/Informe-proposta-resolucion-provisional-axudas-creacion-artistica-2023.pdf) * [Anexo I Solicitud Ayudas creación artística para artistas individuales empadronados Concello Coruña año 2023 (650 KB)](https://sede.coruna.gal/descarga/1453829320765/I---SOLICITUDE-AXUDA-2023-GAL.rtf) * [Anexo II Proyecto (Ayudas creación artística para artistas individuales empadronados Concello Coruña año 2023 (609 KB)](https://sede.coruna.gal/descarga/1453829325129/II---PROXECTO-2023-GAL.rtf) * [Anexo III de Presupuestos y Gastos (Ayudas creación artística para artistas individuales empadronados Concello Coruña año 2023 (347 KB)](https://sede.coruna.gal/descarga/1453829326717/III---ORZAMENTO-2023-GAL.rtf) * [Anexo IV Solicitud justificación (Ayudas creación artística para artistas individuales empadronados Concello Coruña año 2023 (580 KB)](https://sede.coruna.gal/descarga/1453829327216/IV---SOLICITUDE-XUSTIFICACION-2023-GAL.rtf) * [Anexo V Memoria justificativa (Ayudas creación artística para artistas individuales empadronados Concello Coruña año 2023 (563 KB)](https://sede.coruna.gal/descarga/1453829327471/V---MEMORIA-XUSTIFICATIVA-2023-GAL.rtf) * [2023Anexo VI – Balance (702 KB)](https://sede.coruna.gal/descarga/1453829317667/VI---BALANCE-2023-GAL.xlsx) * [Anexo VII Relación detallada de gastos 2023 (Ayudas creación artística para artistas individuales empadronados Concello Coruña) (1 MB)](https://sede.coruna.gal/descarga/1453829319578/VII---RELACION-DETALLADA-GASTOS-2023-GAL.xlsx) * [Anexo VIII Certificación subvenciones (Ayudas creación artística para artistas individuales empadronados Concello Coruña año 2023 (571 KB)](https://sede.coruna.gal/descarga/1453829328340/VIII---CERTIFICACION-SUBVENCIONS-2023-GAL.rtf) * [A - Formulario alta en terceros (93 KB)](https://sede.coruna.gal/descarga/1453756448447/mod040_Terceros_2023_campos.pdf)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar ayudas económicas para el bienestar y autocuidado de personas que cuidan a personas dependientes con grado III, atendidas por el servicio de ayuda a domicilio municipal. ## Lo que necesitas * **Requisitos:** * Estar empadronado en A Coruña, en el mismo domicilio que la persona dependiente. * Tener DNI, NIE o NIF válido. * Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. * Cumplir los requisitos específicos de la convocatoria. * **Coste:** Ninguno * **Plazo de inscripción:** Desde el 19/04/2023 hasta el 15/09/2023 ## Cómo hacerlo 1. **Reúne la documentación necesaria:** * Modelo de solicitud 132. * Anexo I: Autorización para consulta de datos de la persona dependiente. * Modelo normalizado de "Solicitud de alta o modificación de datos en terceros". * Anexo II (solo si te opones a la consulta de datos de DNI y empadronamiento). * Anexo III (para justificar la ayuda). 2. **Presenta la solicitud:** * **Online:** A través de la sede electrónica del Ayuntamiento, con certificado electrónico. * Enlace: [https://sede.coruna.gal/opensiac/action/tramitacion?method=enter&id=1802](https://sede.coruna.gal/opensiac/action/tramitacion?method=enter&id=1802) * **Presencialmente:** En el Registro General del Ayuntamiento (con cita previa) o por correo certificado. ## Después de hacerlo * **Plazo de resolución:** 3 meses. * **Sentido del silencio administrativo:** Desestimatorio (si no recibes respuesta en 3 meses, se entiende que la solicitud ha sido denegada). * La resolución (concesión o denegación) se notificará a la persona interesada. * Si quieres aportar más documentación después de la solicitud, usa el procedimiento de "Aportación de documentación" en la sede electrónica: [https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/aportacion-de-documentacion/contenido/1453748711857](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/aportacion-de-documentacion/contenido/1453748711857) ## Ayuda * **¿Cómo puedo ...?**: [https://sede.coruna.gal/sede/es/ayuda/como-puedo](https://sede.coruna.gal/sede/es/ayuda/como-puedo) * **Preguntas frecuentes**: [https://sede.coruna.gal/sede/es/ayuda/preguntas-frecuentes](https://sede.coruna.gal/sede/es/ayuda/preguntas-frecuentes) * **Requisitos técnicos**: [https://sede.coruna.gal/sede/es/ayuda/requisitos-tecnicos](https://sede.coruna.gal/sede/es/ayuda/requisitos-tecnicos) * **Soporte**: [https://sede.coruna.gal/sede/es/ayuda/soporte](https://sede.coruna.gal/sede/es/ayuda/soporte) ## Normativa relacionada * [Convocatoria de ayudas 2023](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/convocatoria-de-ayudas-para-promover-el-bienestar-y-el-autocuidado-de-las-personas-cuidadoras-de/contenido/1453835327092) * [Ordenanza General de Subvenciones del Área de Bienestar](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/ordenanza-general-de-subvenciones-del-area-de-bienestar/contenido/1334625065655) * [Ley 38/2003, General de Subvenciones](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/ley-38-2003-de-17-de-noviembre-general-de-subvenciones/contenido/1453748105550) * [Ley 9/2007, de Subvenciones de Galicia](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/ley-9-2007-de-13-de-junio-de-subvenciones-de-galicia/contenido/1453753353064) * [Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/ley-organica-3-2018-de-5-de-diciembre-de-proteccion-de-datos-personales-y-garantia-de-los-derechos/contenido/1453753696381) * [Real Decreto 887/2006, Reglamento de la Ley General de Subvenciones](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/real-decreto-887-2006-de-21-de-julio-por-el-que-se-aprueba-el-reglamento-de-la-ley-38-2003-de-17/contenido/1453753352648)

  • ¿En qué consiste?:

    Las ayudas económicas de emergencia social son aquéllas tendentes a paliar situaciones extraordinarias de necesidad relativas a vivienda, atención sanitaria, instrucción, alimentación y vestido y otras de naturaleza análoga, no cubiertas por los diferentes sistemas de protección.

    ¿Dónde se hace?:

    El interesado deberá dirigirse a los Servicios Sociales Municipales (Calle Vereda del Polvorín nº 4) donde un trabajador social le dará cita para una entrevista personal.

    Una ver reunida toda la documentación junta con la propuesta de resolución municipal se dirigirá a la delegación de la Consellería de Asuntos Sociales de la Xunta de Galicia (delegación: Calle Concepción Arenal nº 7-9), quien concederá o no la ayuda.

    Dirección

    Calle Vereda del Polvorín 4. La Coruña

    Teléfono:

    981 184 370

    981 288 188

    Presencial

    ¿Qué se necesita?:

    REQUISITOS:

    1. Ser mayor de edad.
    2. Estar empadronado y tener residencia efectiva en cualquiera de los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Galicia.
    3. Tener constituída una unidad de convivencia independiente.
    4. No disponer de ingresos suficientes para afrontar los gastos derivados de la situación de emergencia.
    DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
    1. Solicitud normalizada.
    2. Fotocopia del DNI del solicitante y de los mayores de 14 años que convivan con él. En el caso de ser extranjero comunitario la tarjeta comunitaria o el pasaporte; en el supuesto de ser extracomunitario se exijirá el nº de identificación de extranjero ( NIE) o el permiso de residencia.
    3. Fotocopia del Libro de Familia, en su caso.
    4. Declaración responsable del solicitante sobre las circunstancias que motivan la solicitud (incluida en la propia solicitud).
    5. En el caso de disponer de vivienda propia, copia del recibo del impuesto sobre bienes Inmuebles (IBI).
    6. Solicitud de transferencia bancaria en modelo normalizado.
    7. Presupuesto de los gastos para los que solicita la ayuda.
    8. Certificación municipal de empadronamiento y convivencia.
    9. Propuesta de resolución del Ayuntamiento en el que reside.
    10. Informe social sobre la situación de emergencia por la que solicita la ayuda.
    11. Cualquier otro dato o informe que pueda incidir ne la resolución del expediente.

    Internet

    Página web:

    http://www.xunta.es

    Teléfono

    Más información:

    Todos aquéllos que deseen solicitar este tipo de ayuda podrán dirigirse indistintamente a la Consellería o al Ayuntamiento .

  • ## Trámite: Certificado de Empadronamiento con Certificado Digital El Padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo. Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año. Mediante el certificado de empadronamiento se constata la inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes del Ayuntamiento. Es el documento que acredita fehacientemente el hecho del empadronamiento. ## Información del Procedimiento ### ¿A quién va dirigido? A través de este procedimiento telemático podrán obtener su certificado las personas titulares del certificado electrónico empleado para identificarse. ### Requisitos Para poder utilizar esta opción telemática es necesario estar empadronado actualmente en el Ayuntamiento de A Coruña. ### Precio / Coste Ninguno ### Normativas relacionadas * [Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/ley-39-2015-de-1-de-octubre-del-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones/contenido/1453744323669) * [Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/ley-40-2015-de-1-de-octubre-de-regimen-juridico-del-sector-publico/contenido/1453746807957) * [Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/ley-organica-1-2002-de-22-de-marzo-reguladora-del-derecho-de-asociacion/contenido/1453744334427) * [Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/real-decreto-2612-1996-de-20-de-diciembre-por-el-que-se-modifica-el-reglamento-de-poblacion-y/contenido/1453753479434) * [Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/resolucion-de-29-de-abril-de-2020-de-la-subsecretaria-por-la-que-se-publica-la-resolucion-de-17-de/contenido/1453753483688) ## Presentación ### Plazo de presentación La solicitud puede realizarse en cualquier momento. ### Documentación necesaria Ninguna. ### Canales de presentación #### Presencial Este procedimiento concreto sólo existe en formato online #### Internet * ¿Qué se necesita?: Certificado digital de la persona solicitante. * ¿Cómo se hace?: Pulsando la opción "Tramitar en línea" * Página web: [Tramitación telemática](https://sede.coruna.gal/sta/CarpetaPrivate/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=DATOS_HABITANTE) #### Teléfono ## Después ### Plazo de resolución La respuesta será inmediata. Se emitirá el documento solicitado al instante. ### Otras versiones * [Certificado de empadronamiento, con certificado digital](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/certificado-de-empadronamiento-con-certificado-digital/contenido/1453754268940) ## ¿Necesitas ayuda? * [¿Cómo puedo ...?](https://sede.coruna.gal/sede/es/ayuda/como-puedo) Consulta guías rápidas sobre el funcionamiento de los servicios de la sede como p.ej. consultar tus expedientes, presentar documentación de gran tamaño, etc. * [Preguntas frecuentes](https://sede.coruna.gal/sede/es/ayuda/preguntas-frecuentes) Consulta las preguntas frecuentes sobre el funcionamiento de la sede y sus servicios * [Requisitos técnicos](https://sede.coruna.gal/sede/es/ayuda/requisitos-tecnicos) Consulta los requisitos técnicos de tu equipo, navegador, etc. para acceder a los servicios de la sede electrónica * [Soporte](https://sede.coruna.gal/sede/es/ayuda/soporte) Si tienes algún problema puedes contactar con nuestros servicios de soporte por vía telefónica, telemática o de forma presencial ## Información Adicional * [¿Qué es la sede?](https://sede.coruna.gal/sede/es/conoce-la-sede/que-es-la-sede) * [Calendario, fecha y hora oficial](https://sede.coruna.gal/sede/es/conoce-la-sede/calendario-fecha-y-hora-oficial) * [Avisos técnicos e interrupciones del servicio](https://sede.coruna.gal/sede/es/conoce-la-sede/avisos-tecnicos-e-interrupciones) * [Sistemas de identificación y firma](https://sede.coruna.gal/sede/es/conoce-la-sede/sistemas-de-identificacion-y-firma) * [Seguridad y Protección de Datos](https://sede.coruna.gal/sede/es/conoce-la-sede/seguridad-y-proteccion-de-datos) * [Quejas y Sugerencias](https://sede.coruna.gal/sede/es/conoce-la-sede/quejas-y-sugerencias) * [Guía de procedimientos y servicios por tema](https://sede.coruna.gal/sede/es/tramites-y-servicios-electronicos/guia-por-tema) * [Registro Electrónico](https://sede.coruna.gal/sede/es/tramites-y-servicios-electronicos/registro-electronico) * [Identificación electrónica](https://sede.coruna.gal/sede/es/tramites-y-servicios-electronicos/identificacion-electronica) * [Notificaciones electrónicas](https://sede.coruna.gal/sede/es/tramites-y-servicios-electronicos/notificaciones-electronicas) * [Mi Pago](https://sede.coruna.gal/sede/es/tramites-y-servicios-electronicos/mi-pago) * [Verificación de documentos](https://sede.coruna.gal/sede/es/tramites-y-servicios-electronicos/verificacion-de-documentos) * [Perfil del contratante](https://licitacion.coruna.es/perfilContratante/busqueda/BusquedaLicitacionesDefault.action) * [Ciudadanía](https://sede.coruna.gal/sede/es/para-quien/ciudadania) * [Empresas y profesionales](https://sede.coruna.gal/sede/es/para-quien/empresas-y-profesionales) * [Asociaciones y ONGs](https://sede.coruna.gal/sede/es/para-quien/asociaciones-y-ongs) * [¿Cómo puedo ...?](https://sede.coruna.gal/sede/es/ayuda/como-puedo) * [Preguntas frecuentes](https://sede.coruna.gal/sede/es/ayuda/preguntas-frecuentes) * [Requisitos técnicos](https://sede.coruna.gal/sede/es/ayuda/requisitos-tecnicos) * [Soporte](https://sede.coruna.gal/sede/es/ayuda/soporte) * [Servicio de atención telefónica 010](https://sede.coruna.gal/web/es/comunicate/servicio-010) * [Sugerencias y reclamaciones](https://sede.coruna.gal/web/es/comunicate/sugerencias) * [Cita previa](https://sede.coruna.gal/web/es/tramites/cita-previa) * [Empadronamiento, normas y obtención del volante o certificado](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/empadronamiento-normas-y-obtencion-del-volante-o-certificado/contenido/1149055362379) * [Como pagar](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/como-pagar/contenido/1163553488821) * [Tarjeta Bus Millennium General](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/tarjeta-bus-millennium-general/contenido/1259243668902) * [Sede electrónica municipal](https://sede.coruna.gal/web/es/tramites) * [Perfil del contratante](https://sede.coruna.gal/opensiac/action/perfilcontratante?method=enter) * [Agenda de Ocio](https://sede.coruna.gal/web/es/actualidad/agenda) * [Selección de personal](https://sede.coruna.gal/transparencia/es/organizacion-municipal/recursos-humanos/seleccion-de-personal) * [Webs, blogs y redes sociales](https://sede.coruna.gal/web/es/comunicate/webs-blogs-y-redes-sociales) * [Perfiles sociales](https://sede.coruna.gal/web/es/comunicate/perfiles-sociales) * [Aplicaciones para móviles](https://sede.coruna.gal/web/es/comunicate/aplicaciones-para-moviles) * [Boletines de novedades](https://sede.coruna.gal/web/es/comunicate/boletines-de-novedades) * [Aviso legal](https://sede.coruna.gal/web/es/aviso-legal) * [LOPD](https://sede.coruna.gal/web/es/lopd) * [Mapa web](https://sede.coruna.gal/web/es/mapa-web) * [Normas de uso](https://sede.coruna.gal/web/es/normas-de-uso) * [Accesibilidad](https://sede.coruna.gal/web/es/accesibilidad)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar becas de comedor para alumnos empadronados en A Coruña que estén matriculados en centros educativos del municipio que ofrezcan este servicio. **Quién puede usar este servicio:** Alumnos empadronados en A Coruña matriculados en centros con 2º ciclo de educación infantil, educación primaria, secundaria obligatoria, bachillerato y ciclos formativos de grado medio de formación profesional y formación profesional básica. **Inscripciones:** Del 17/04/2024 al 08/05/2024 ## Lo que necesitas **Requisitos:** * Estar empadronado en A Coruña. * Tener DNI, NIE o número de identificación fiscal válido. * Estar matriculado o tener plaza solicitada en un centro educativo de A Coruña con servicio de comedor autorizado para el curso 2024/2025. * Estar al corriente con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. * Cumplir los requisitos específicos de la convocatoria 2024. **Coste:** Gratuito. ## Cómo hacerlo **Paso a paso:** 1. Reúne la documentación necesaria. 2. Presenta la solicitud y la documentación: * **Online:** A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de A Coruña. * **Presencialmente:** En las oficinas de registro del Ayuntamiento. ## Después de hacerlo * Se revisará la documentación y se requerirá subsanación si es necesario. * La mesa de valoración evaluará las solicitudes. * Se publicará una propuesta de resolución provisional. * Los interesados podrán presentar alegaciones durante 10 días. * Se publicará la resolución definitiva. * Los beneficiarios deberán aceptar o renunciar a la ayuda. **Plazo de resolución:** Seis meses. ## Ayuda * **Preguntas frecuentes:** Consulta la sección de preguntas frecuentes en la sede electrónica. * **Soporte:** Contacta con los servicios de soporte del Ayuntamiento por teléfono, telemáticamente o de forma presencial. **Normativas relacionadas:** * [Convocatoria 2024 de becas municipales de comedor para el curso 2024/2025](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/convocatoria-2024-de-becas-municipales-de-comedor-para-el-curso-2024-2025/contenido/1453862885151) * [Ordenanza General de Subvenciones del Área de Bienestar](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/ordenanza-general-de-subvenciones-del-area-de-bienestar/contenido/1334625065655) * [Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/ley-38-2003-de-17-de-noviembre-general-de-subvenciones/contenido/1453748105550) * [Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/ley-9-2007-de-13-de-junio-de-subvenciones-de-galicia/contenido/1453753353064) * [Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/ley-organica-3-2018-de-5-de-diciembre-de-proteccion-de-datos-personales-y-garantia-de-los-derechos/contenido/1453753696381) * [Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/real-decreto-887-2006-de-21-de-julio-por-el-que-se-aprueba-el-reglamento-de-la-ley-38-2003-de-17/contenido/1453753352648) * [Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/ley-39-2015-de-1-de-octubre-del-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones/contenido/1453744323669) * [Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/ley-19-2013-de-9-de-diciembre-de-transparencia-acceso-a-la-informacion-publica-y-buen-gobierno/contenido/1453754107728) * [Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/ley-7-1985-de-2-de-abril-reguladora-de-las-bases-del-regimen-local/contenido/1453744326188)

  • ## Resumen Ayudas económicas para deportistas individuales de A Coruña que buscan apoyo para sus entrenamientos y competiciones. **Quién puede usar este servicio:** Deportistas federados de nacionalidad española, de cualquier categoría, en la modalidad de deporte individual. **Inscripciones:** Desde el 06/03/2024 hasta el 25/03/2024 ## Lo que necesitas **Requisitos:** * Tener entre 10 y 40 años cumplidos al finalizar el plazo de solicitud. * Estar empadronado en A Coruña por un mínimo de 2 años (consecutivos o no) en los últimos 5 años. * Demostrar arraigo en la ciudad (haber nacido, vivir/entrenar, estudiar, trabajar o tener familiares). * Poseer licencia federativa vigente y de las dos temporadas anteriores. * Pertenecer a un club deportivo con sede en A Coruña (salvo justificación). * Acreditar nivel deportivo en los dos años anteriores y tener proyección de futuro. * Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. * No tener sanciones graves en materia deportiva. * No estar incurso en causas de exclusión para recibir subvenciones. **Coste:** Ninguno. ## Cómo hacerlo **Paso a paso:** 1. Preparar la documentación necesaria (ver sección siguiente). 2. Presentar la solicitud telemáticamente a través de la sede electrónica del Ayuntamiento. **Plazo de presentación:** 20 días naturales desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. ## Después de hacerlo **Qué sucede después:** * Se revisarán las solicitudes y se publicará un listado de subsanación si falta documentación. * La resolución se notificará mediante anuncio público en la sede electrónica y en la web de deportes. **Plazos de resolución:** * Subsanación: 10 días hábiles desde la publicación del listado de subsanación. * Resolución: 6 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. **Sentido del silencio administrativo:** Desestimatorio. **Siguientes pasos:** * Si se concede la beca, remitir un vídeo realizado en el lugar de competición y publicarlo en redes sociales enlazando a la Concejalía de Deportes. ## Ayuda * **Preguntas frecuentes:** Consultar el documento de dudas frecuentes disponible en la sección de Documentos relacionados. * **Soporte:** Si tienes algún problema, puedes contactar con los servicios de soporte del Ayuntamiento. ## Documentación Necesaria * Solicitud (modelo oficial). * DNI o NIF del deportista (y del representante legal si es menor). * Certificado de empadronamiento actualizado. * Documentación acreditativa del arraigo familiar. * Licencia federativa vigente y de las dos temporadas anteriores. * Historial deportivo de las dos últimas temporadas (Anexo 1). * Certificado de la federación con los resultados deportivos. * Certificado de no estar cumpliendo sanción deportiva grave. * Proyecto deportivo para la temporada 2024 (Anexo 2). * Declaración responsable de subvenciones solicitadas/concedidas. * Declaración responsable de no estar incurso en prohibiciones para ser beneficiario. * Certificación de datos bancarios (si no está dada de alta la cuenta en el Ayuntamiento). * Compromiso de llevar el logotipo del Ayuntamiento en la equipación. * Certificados de estar al corriente de obligaciones tributarias (si no se autoriza la consulta). ## Normativa Relacionada * [Listado subsanación becas para deportistas individuales del Ayuntamiento de A Coruña. Año 2024](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/listado-subsanacion-becas-para-deportistas-individuales-del-ayuntamiento-de-a-coruna-ano-2024/contenido/1453867582589) * [Convocatoria becas para deportistas individuales del Ayuntamiento de A Coruña. Año 2024](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/convocatoria-becas-para-deportistas-individuales-del-ayuntamiento-de-a-coruna-ano-2024/contenido/1453859591339) * [Ordenanza General de Subvenciones del Área de Bienestar](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/ordenanza-general-de-subvenciones-del-area-de-bienestar/contenido/1334625065655) * [Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/ley-organica-1-2002-de-22-de-marzo-reguladora-del-derecho-de-asociacion/contenido/1453744334427) * [Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/ley-9-2007-de-13-de-junio-de-subvenciones-de-galicia/contenido/1453753353064) * [Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/real-decreto-887-2006-de-21-de-julio-por-el-que-se-aprueba-el-reglamento-de-la-ley-38-2003-de-17/contenido/1453753352648) * [Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/ley-38-2003-de-17-de-noviembre-general-de-subvenciones/contenido/1453748105550) * [Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/real-decreto-1720-2007-de-21-de-diciembre-por-el-que-se-aprueba-el-reglamento-de-desarrollo-de-la/contenido/1453753352422) * [Decreto de 17 de junio de 1955 por el que se aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/decreto-de-17-de-junio-de-1955-por-el-que-se-aprueba-el-reglamento-de-servicios-de-las-corporaciones/contenido/1453753352207) * [Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/real-decreto-legislativo-1-2013-de-29-de-noviembre-por-el-que-se-aprueba-el-texto-refundido-de-la/contenido/1453753353323) * [Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/ley-7-1985-de-2-de-abril-reguladora-de-las-bases-del-regimen-local/contenido/1453744326188) * [Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones](https://sede.coruna.gal/sede/es/detalle/ley-39-2015-de-1-de-octubre-del-procedimiento-administrativo-comun-de-las-administraciones/contenido/1453744323669)

  • ## Resumo Este trámite permite solicitar exencións ou bonificacións no Imposto sobre Bens Inmobles (IBI) no Concello da Coruña. Existen diferentes tipos de exencións e bonificacións dependendo das características do solicitante e do inmoble. ## Lo que necesitas ### Documentación necesaria La documentación varía según el tipo de beneficio fiscal que se solicite. En general, se requiere: * Modelo 042 de solicitude. * Acreditación da titularidade do inmoble (en certos casos). * Estatutos da sociedade (se aplica). * Certificación de réxime fiscal (se aplica). * Inscrición en rexistro (se aplica). * Testamento ou escritura (se aplica). * Certificado de últimas vontades (se aplica). * Certificado de defunción (se aplica). * Xustificación do concerto (se aplica). * Copia da licenza municipal de obras (se aplica). * Certificado de inicio das obras e prazo previsto (se aplica). * Certificado de que o inmoble non está no inmobilizado da entidade (se aplica). * Cédula da cualificación definitiva (se aplica). * Copia do título de familia numerosa (se aplica). * Última declaración do IRPF da unidade familiar ou autorización para a consulta (se aplica). * Documento acreditativo do destino do ben para fins universitarios (se aplica). * Copia do proxecto técnico ou memoria técnica do certificado de montaxe (se aplica). * Certificado de instalación dilixenciado pola Xunta de Galicia (se aplica). * Certificado final de obras (se aplica). * Especificacións técnicas dos sistemas instalados (se aplica). * Copia das escrituras de constitución e, no seu caso, posteriores modificacións (se aplica). * Certificado asinado polo administrador ou informe no que se acredite a actividade principal do negocio (se aplica). * Acreditación da superficie do inmoble destinada á actividade económica (se aplica). * Acreditación da representación (se aplica). ### Costes Este trámite non ten custo. ## Cómo hacerlo ### Pasos para solicitar o beneficio fiscal 1. Reúne a documentación necesaria segundo o tipo de beneficio que queres solicitar. 2. Descarga e cubre o Modelo 042 de solicitude. 3. Presenta a solicitude e a documentación: * **De forma telemática:** A través da sede electrónica do Concello da Coruña (requírese certificado dixital). * **De forma presencial:** No Rexistro Xeral do Concello ou por correo certificado. ## Después de hacerlo ### Prazo de resolución O Concello ten un prazo máximo de 6 meses para notificar a resolución da solicitude. ### Que sucede despois Unha vez resolta a solicitude, poderás interpoñer os seguintes recursos: * Recurso de Reposición (potestativo). * Reclamación Económico Administrativa (preceptiva antes do recurso contencioso administrativo). ## Ayuda ### Contacto Para calquera dúbida, podes contactar co Concello da Coruña a través do servizo de atención telefónica 010 ou consultar a sección de axuda da sede electrónica. ### Recursos adicionais * Como podo...? * Preguntas frecuentes * Requisitos técnicos * Soporte

  • ## Resumo Este trámite permite solicitar exencións ou bonificacións no Imposto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) no Concello da Coruña. Existen diferentes tipos de exencións e bonificacións segundo as características do vehículo e do solicitante. ## Quen pode solicitalo? Poderán solicitar este beneficio fiscal as persoas físicas ou xurídicas que sexan suxeitos pasivos do imposto. ## Tipos de beneficios fiscais * **Exencións:** * (E.1) Vehículos conducidos por persoas con discapacidade * (E.2) Vehículos destinados ao transporte de discapacitados * (E.3) Tractores, remolques e semirremolques provistos da Cartilla de Inspección Agrícola * **Bonificacións:** * (B.1) Bonificación do 100% para vehículos históricos ou aqueles que, a 31/12/2015, teñan unha antigüidade mínima de 25 anos * (B.2) Bonificación do 60% durante o ano de matriculación e o seguinte para vehículos híbridos * (B.3) Bonificación do 60% durante o ano de matriculación e o seguinte para vehículos de motor eléctrico e/ou emisións nulas * (B.4) Bonificación do 60% para vehículos que utilicen como combustible biogás, gas natural comprimido, metano, metanol, hidróxeno e GLP ou mixtos GLP-gasolina en motores de ciclo OTTO, durante o ano de matriculación e o seguinte ## Como solicitalo O trámite pode realizarse de forma telemática ou presencial. ### Telemático 1. Reúne a documentación necesaria segundo o tipo de beneficio fiscal que solicites. 2. Cubre o modelo 041 de solicitude de beneficio fiscal en IVTM. 3. Accede á Sede electrónica do Concello da Coruña e realiza a tramitación telemática. ### Presencial 1. Reúne a documentación necesaria segundo o tipo de beneficio fiscal que solicites. 2. Presenta a documentación no Rexistro Xeral do Concello da Coruña (Palacio Municipal María Pita, Fórum Metropolitano, Centro Sociocultural Ágora, Rexistro Xeral da Franxa) ou por correo certificado. ## Prazo de presentación A solicitude pódese realizar ao longo do exercicio e producirá efectos desde a devindicación inmediata seguinte, sempre que se reúnan os requisitos. No caso das bonificacións, se se desexa que produzan efectos no mesmo período impositivo en que se produce a matriculación, a solicitude deberase presentar no prazo dun mes desde esta. Unha vez concedida a exención ou bonificación, non é necesario renovala a menos que variase a situación da persoa interesada ou ben as condicións do vehículo. ## Normativa relacionada * [Lei 39/2015, do 1 de outubro, do procedemento administrativo común das administracións públicas](https://sede.coruna.gal/sede/gl/detalle/lei-39-2015-do-1-de-outubro-do-procedemento-administrativo-comun-das-administracions-publicas/contenido/1453744323669) * [Real Decreto Lexislativo 2/2004, de 5 de marzo, polo que se aproba o texto refundido da Lei reguladora das facendas locais](https://sede.coruna.gal/sede/gl/detalle/real-decreto-lexislativo-2-2004-de-5-de-marzo-polo-que-se-aproba-o-texto-refundido-da-lei/contenido/1453751757965) * [Lei 7/1985, do 2 de abril, reguladora das bases do réxime local](https://sede.coruna.gal/sede/gl/detalle/lei-7-1985-do-2-de-abril-reguladora-das-bases-do-rexime-local/contenido/1453744326188) * [Lei 58/2003, de 17 de decembro, Xeral Tributaria](https://sede.coruna.gal/sede/gl/detalle/lei-58-2003-de-17-de-decembro-xeral-tributaria/contenido/1453752184179) * [Lei orgánica 1/2002, do 22 de marzo, reguladora do dereito de asociación](https://sede.coruna.gal/sede/gl/detalle/lei-organica-1-2002-do-22-de-marzo-reguladora-do-dereito-de-asociacion/contenido/1453744334427) * [Ordenanza Xeral de Xestión-2020](https://sede.coruna.gal/sede/gl/detalle/ordenanza-xeral-de-xestion-2020/contenido/1453719808652) * [Ordenanza fiscal núm. 52-2020-Reguladora do imposto sobre vehículos de tracción mecánica](https://sede.coruna.gal/sede/gl/detalle/ordenanza-fiscal-num-52-2020-reguladora-do-imposto-sobre-vehiculos-de-traccion-mecanica/contenido/1453719804405)

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar exenciones o bonificaciones en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) en A Coruña. Existen diferentes tipos de exenciones y bonificaciones según la propiedad y las características del solicitante. ## Lo que necesitas * **Documentación:** Varía según el tipo de beneficio fiscal solicitado. Consulta la sección 'Documentación necesaria' para ver la lista completa. * **Formulario:** Modelo 042 de solicitud de beneficio fiscal IBI, disponible para descargar. ## Cómo hacerlo 1. **Reúne la documentación:** Prepara todos los documentos requeridos según el tipo de exención o bonificación que solicites. 2. **Completa el formulario:** Descarga y rellena el Modelo 042. 3. **Presenta la solicitud:** * **Online:** A través de la sede electrónica del Ayuntamiento (requiere certificado digital). * **Presencialmente:** En el Registro General del Ayuntamiento o por correo certificado. ## Después de hacerlo * **Plazo de resolución:** El Ayuntamiento tiene un plazo máximo de 6 meses para resolver la solicitud. * **Silencio administrativo:** Si no recibes respuesta en 6 meses, se considera que la solicitud ha sido denegada. * **Recursos:** Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar un recurso de reposición y/o una reclamación económico-administrativa. ## Ayuda * **Sede Electrónica:** Consulta las secciones de ayuda de la sede electrónica para resolver dudas sobre el funcionamiento de la plataforma. * **Soporte:** Contacta con los servicios de soporte del Ayuntamiento por teléfono, telemáticamente o de forma presencial.

  • ## Resumen Este trámite permite solicitar exenciones o bonificaciones en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) en A Coruña. Existen diferentes tipos de beneficios fiscales, como exenciones para vehículos conducidos por personas con discapacidad o bonificaciones para vehículos híbridos o históricos. ## Lo que necesitas * **Documentación:** El tipo de documentación varía según el beneficio fiscal que se solicite. Consulta la sección 'Documentación necesaria' para más detalles. ## Cómo hacerlo ### Paso 1: Preparar la documentación Reúne todos los documentos necesarios según el tipo de beneficio fiscal que quieras solicitar. Descarga y completa el modelo 041 de solicitud de beneficio fiscal en IVTM. ### Paso 2: Presentar la solicitud Puedes presentar la solicitud de forma telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de A Coruña o de forma presencial en las oficinas de registro. * **Telemáticamente:** Necesitarás un certificado digital y adjuntar la documentación requerida. * **Presencialmente:** Presenta la documentación en el Registro General del Palacio Municipal María Pita, Fórum Metropolitano, Centro Sociocultural Ágora o Registro General de A Franxa. También puedes enviarla por correo certificado. ## Después de hacerlo ### Plazo de resolución El Ayuntamiento tiene un plazo máximo de 6 meses para notificar la resolución de tu solicitud. ### ¿Qué sucede después? Si tu solicitud es aprobada, el beneficio fiscal se aplicará a partir del siguiente período impositivo, siempre que cumplas con los requisitos. Si es denegada, puedes presentar un recurso de reposición o una reclamación económico-administrativa. ## Ayuda * **Preguntas frecuentes:** Consulta la sección de preguntas frecuentes en la sede electrónica para resolver dudas comunes. * **Soporte:** Si necesitas ayuda, puedes contactar con los servicios de soporte del Ayuntamiento por teléfono, telemáticamente o de forma presencial. ## Tipos de Exenciones y Bonificaciones * **(E.1)** Vehículos conducidos por personas con discapacidad * **(E.2)** Vehículos destinados al transporte de discapacitados * **(E.3)** Tractores, remolques y semirremolques provistos da Cartilla de Inspección Agrícola * **(B.1)** Bonificación del 100% para vehículos históricos o aquellos que, a 31/12/2015, tengan una antigüedad mínima de 25 años * **(B.2)** Bonificación del 60 % durante año matriculación y siguiente para vehículos híbridos * **(B.3)** Bonificación del 60% durante año matriculación y siguiente para vehículos de motor eléctrico y/o emisiones nulas * **(B.4)** Bonificación del 60% para vehículos que utilicen como combustible biogás, gas natural comprimido, metano, metanol, hidrógeno y GLP o mixtos GLP-gasolina en motores de ciclo OTTO, durante año matriculación y siguiente

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