Beneficios fiscales en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)

Actualizado el 21 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Solicitar una exención o bonificación en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) en el Ayuntamiento de A Coruña.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas que sean sujetos pasivos del IVTM y cumplan con los requisitos específicos para cada tipo de beneficio fiscal.

Requisitos principales

  • Ser sujeto pasivo del IVTM.
  • Cumplir con los requisitos específicos para el tipo de exención o bonificación solicitada (discapacidad, tipo de vehículo, etc.).
  • Presentar la documentación requerida.

Plazos

La solicitud puede realizarse a lo largo del ejercicio, con efectos desde el devengo inmediato siguiente. Para bonificaciones que surtan efecto en el mismo período impositivo de la matriculación, la solicitud debe presentarse en el plazo de un mes desde esta.

Duración del trámite

El plazo máximo para resolver es de 6 meses.

Resumen

Este trámite permite solicitar exenciones o bonificaciones en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) en A Coruña. Existen diferentes tipos de beneficios fiscales, como exenciones para vehículos conducidos por personas con discapacidad o bonificaciones para vehículos híbridos o históricos.

Lo que necesitas

  • Documentación: El tipo de documentación varía según el beneficio fiscal que se solicite. Consulta la sección 'Documentación necesaria' para más detalles.

Cómo hacerlo

Paso 1: Preparar la documentación

Reúne todos los documentos necesarios según el tipo de beneficio fiscal que quieras solicitar. Descarga y completa el modelo 041 de solicitud de beneficio fiscal en IVTM.

Paso 2: Presentar la solicitud

Puedes presentar la solicitud de forma telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de A Coruña o de forma presencial en las oficinas de registro.

  • Telemáticamente: Necesitarás un certificado digital y adjuntar la documentación requerida.
  • Presencialmente: Presenta la documentación en el Registro General del Palacio Municipal María Pita, Fórum Metropolitano, Centro Sociocultural Ágora o Registro General de A Franxa. También puedes enviarla por correo certificado.

Después de hacerlo

Plazo de resolución

El Ayuntamiento tiene un plazo máximo de 6 meses para notificar la resolución de tu solicitud.

¿Qué sucede después?

Si tu solicitud es aprobada, el beneficio fiscal se aplicará a partir del siguiente período impositivo, siempre que cumplas con los requisitos. Si es denegada, puedes presentar un recurso de reposición o una reclamación económico-administrativa.

Ayuda

  • Preguntas frecuentes: Consulta la sección de preguntas frecuentes en la sede electrónica para resolver dudas comunes.
  • Soporte: Si necesitas ayuda, puedes contactar con los servicios de soporte del Ayuntamiento por teléfono, telemáticamente o de forma presencial.

Tipos de Exenciones y Bonificaciones

  • (E.1) Vehículos conducidos por personas con discapacidad
  • (E.2) Vehículos destinados al transporte de discapacitados
  • (E.3) Tractores, remolques y semirremolques provistos da Cartilla de Inspección Agrícola
  • (B.1) Bonificación del 100% para vehículos históricos o aquellos que, a 31/12/2015, tengan una antigüedad mínima de 25 años
  • (B.2) Bonificación del 60 % durante año matriculación y siguiente para vehículos híbridos
  • (B.3) Bonificación del 60% durante año matriculación y siguiente para vehículos de motor eléctrico y/o emisiones nulas
  • (B.4) Bonificación del 60% para vehículos que utilicen como combustible biogás, gas natural comprimido, metano, metanol, hidrógeno y GLP o mixtos GLP-gasolina en motores de ciclo OTTO, durante año matriculación y siguiente

Preguntas frecuentes


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