Acometida a la red de alcantarillado

Actualizado el 21 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los ciudadanos o empresas solicitar permiso para conectar sus propiedades a la red de alcantarillado municipal, lo que implica realizar obras en la vía pública.

¿Quién puede solicitarlo?

Cualquier persona física o jurídica (propietarios, inquilinos, etc.) que necesite conectar su inmueble a la red de alcantarillado de A Coruña.

Requisitos principales

  • Pago de las tasas correspondientes.
  • Presentación de la solicitud específica (modelo 080) debidamente cumplimentada.
  • Aportación de los datos técnicos de la acometida.
  • Información sobre la recogida de aguas pluviales.
  • Plano de la zanja (si es necesaria).

Duración del trámite

El plazo máximo de resolución es de tres meses, con diez días adicionales para la notificación.

Información adicional

Una vez autorizada la acometida, se debe prestar una garantía para la reposición de pavimentos, que se devolverá tras dos meses si las obras se consideran en óptimas condiciones.

Resumen

Este trámite permite solicitar la autorización para realizar obras en la vía pública para conectar un inmueble privado a la red de alcantarillado municipal en A Coruña.

¿Quién puede solicitarlo?

  • Personas físicas o jurídicas, ya sean propietarios, inquilinos o representantes del inmueble que necesita la conexión.

Lo que necesitas

  • Tasas: El coste está sujeto a las tasas municipales por tramitación y licencias, según las Ordenanzas Fiscales Nº 1, Nº 3, Nº 7 y, si es necesario abrir una zanja, la Nº 26.
  • Documentación:
    • Solicitud específica (modelo 080).
    • Plano de situación de la zanja (si es necesaria).
    • Justificante del pago de las tasas.
    • Documentación adicional que pueda ser requerida.

Cómo hacerlo

Paso a paso:

  1. Preparar la documentación: Reúne todos los documentos necesarios, incluyendo el modelo de solicitud cumplimentado y el justificante de pago de las tasas.
  2. Presentar la solicitud: Puedes presentar la solicitud de forma telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento o de forma presencial en el Registro General (Palacio Municipal María Pita, Centro Sociocultural Ágora o Fórum Metropolitano) o por correo certificado.
  3. Seguimiento: Realiza el seguimiento de tu solicitud a través de la sede electrónica.

Canales de presentación:

Después de hacerlo

  • Plazo de resolución: El Ayuntamiento tiene un plazo de tres meses para resolver la solicitud y diez días para notificar la resolución.
  • Silencio administrativo: Si no recibes respuesta en el plazo indicado, se considera que la solicitud ha sido denegada.
  • Vigencia de la licencia: La licencia tiene una vigencia de seis meses, prorrogables si se solicita antes de su finalización.

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