Solicitud de exención del módulo de formación práctica en centros de trabajo por los alumnos que cursan Ciclos Formativos de Artes Plásticas y Diseño

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Objeto

Obtener la exención del módulo de formación práctica en centros de trabajo.

Interesados/Solicitantes

El alumnado que por su experiencia laboral, por prácticas realizadas en el ámbito académico o en actividades complementarias y extraescolares, por trabajos prácticos realizados individualmente fuera del ámbito escolar, tales como participación en concursos, exposiciones, intercambios, etc., considere que tiene superados los objetivos expresados en términos de capacidades terminales del módulo de formación práctica en centros de trabajo, podrá presentar, la solicitud de exención del mismo.

¿Dónde dirigirse?

Presencial

El procedimiento para la concesión de la exención será el siguiente:
- El profesor-tutor elaborará un informe de cada una de las solicitudes sobre la posibilidad o no de exención, contrastando la documentación presentada con las capacidades terminales a alcanzar en el módulo de formación práctica que figuran en el currículo correspondiente, proponiendo en consecuencia, la posibilidad o no de exención y si ésta ha de ser total o parcial.
- A la vista del expediente la Dirección de la Escuela resolverá, de manera individualizada, la exención solicitada.
- El plazo para resolver no excederá de un mes a la fecha de presentación de la solicitud, de presentarse ésta al formalizar la matrícula, el mes contará a partir de la finalización del periodo hábil para efectuarla.

La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:

- Certificados de las empresas o instituciones donde se haya realizado la experiencia laboral, en los que se indiquen las funciones, actividades y tareas desempeñadas, así como la duración de las mismas.

- Se adjuntará certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social o de la Mutualidad Laboral a la que estuviera afiliado, o cualquier otro medio de prueba admitido en derecho.

- Certificados o documentos acreditativos de las actividades a las que se hace referencia en el apartado Solicitantes.

La solicitud de exención del módulo de formación práctica en centros de trabajo se presentará, como norma general, en el momento de formalizar la matrícula del mismo en el segundo curso del ciclo formativo, salvo en los casos siguientes:

a) En los ciclos cortos se podrá solicitar la exención al matricularse del primer curso. En este caso la matrícula del módulo quedará condicionada a la concesión de la exención solicitada, siempre que la misma sea total, ya que si no se concede se deberá proceder a la matriculación del módulo en el segundo curso.

b) En todos los ciclos, largos y cortos, también se podrá solicitar la exención del módulo fuera del período de matrícula, con una antelación mínima de dos meses al inicio de la realización de éste.


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