Ayuntamiento de Hospitalet de Llobregat

  • Licencia municipal tipo A de establecimientos abiertos al público

    Solicitud de licencia para actividades recogidas en el anexo I del Decreto 112/2010, de 31 de agosto, por el cual se aprueba el Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas, de acuerdo con las modificaciones introducidas opr la Ley 16/15 de 21 de julio, de simplificación de la actividad administrativa de la Generalitat y de los gobiernos locales y de impulso de la actividad económica, sometidas a licencia municipal de establecimientos abiertos al público o cualquier otra licencia prevista en la legislación, de establecimientos abiertos al público de competencia municipal, que incorpore un trámite de información pública y audiencia vecinal; en todos aquellos aspectos que no sean incompatibles con este régimen..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    La persona titular de la actividad, o el representante legal en caso de personas jurídicas.

    CUÁNDO SE PUEDE HACER

    Antes de iniciar cualquier actividad..

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Presente en las oficinas indicadas la documentación que se menciona a continuación.

    Documentación necesaria

    Tiene que aportar los originales de todos los documentos que se presenten para confrontarlos, de acuerdo con el artículo 158 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales.

    1. Solicitud según modelo normalizado.
    2. Documento acreditativo de la aceptación de la deuda o liquidación efectiva de las tasas e impuestos correspondientes, según las ordenanzas fiscales vigentes.
    Se requerirá: DNI, NIE o tarjeta de identificación fiscal del titular, poderes de representación con DNI/CIF de la persona autorizada, y alta del impuesto de actividades económicas o declaración censal (modelo 036).
    1. DNI, NIE o tarjeta de identificación fiscal del titular.
    2. En las solicitudes a nombre de una persona jurídica, escritura de constitución de la sociedad, poderes y DNI del representante.
    3. Relación de vecinos inmediatos, indicando el nombre, los apellidos y el domicilio, y también la clase de actividad que desarrollen, si son industrias, comercios o servicios.
    4. Declaración responsable de la persona titular donde se haga constar el compromiso de contratación de un seguro de responsabilidad civil que cubre el riesgo y de disponibilidad de la finca o local.
    5. Informe urbanístico de compatibilidad, que acredite la adecuación de la solicitud al planeamiento urbanístico, emitido por los servicios técnicos municipales.
    6. Proyecto técnico, con el contenido mínimo previsto para la normativa sobre prevención y seguridad en materia de incendios, sobre prevención y control ambiental y estudio de impacto acústico según corresponda en función de las características del establecimiento y de las actividades a desarrollar.
    7. Memoria de seguridad, memoria de movilidad o estudio de evaluación de la movilidad generada, estudio de impacto acústico y dispositivo de asistencia sanitaria, redactados respectivamente de conformidad con lo que dispone el decreto 112/2010, si ocurre, y siempre que sus contenidos no se hayan incorporado en el proyecto técnico en que hace referencia el apartado anterior. (Excepto establecimientos de restauración)
    8. Los establecimientos sujetos a informe previo de seguridad en caso de incendio por parte de la Dirección General de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos, tienen que presentar memoria y planos (en soporte informático y papel) acompañados de la hoja de resumen de los datos generales de la actividad (formulario SP01) y de la hoja de coincidencia entre el soporte informático y el soporte en papel (SP02). El contenido mínimo de la documentación técnica y los modelos de formularios se pueden encontrar a la web del Departamento de Interior de la Generalitat de Catalunya en el apartado "Áreas de actuación > Bomberos > Prevención de incendios" de www20.gencat.cat/portal/site/interior/
    9. Declaración de no contigüidad con vivienda, en establecimientos de restauración, sólo contigüidad lateral.
    Impresos asociados

    MÁS INFORMACIÓN

    Normativa sanitaria: Los titulares de establecimientos de restauración, comidas preparadas y venta minorista de alimentos tendrán que disponer de declaración responsable sanitaria. (c. Cobalt 57, L'Hospitalet de Llobregat).

    Normalización lingüística: se recuerda que, de acuerdo con la Ley de política lingüística, las empresas y establecimientos dedicados a la venta de productos o a la prestación de servicios tienen que disponer de señalización, carteles de información general y documentos de oferta de servicios para los usuarios y consumidores redactados, al menos, en catalán. El incumplimiento puede ser sancionado de acuerdo con la regulación establecida en la Ley 1/1990, de 8 de enero, sobre la disciplina del mercado y de defensa de los consumidores y usuarios..

    PRECIO

    Según las ordenanzas fiscales vigentes..

    TIEMPO DE RESPUESTA

    El plazo legal de resolución es de 6 meses desde el registro de la solicitud.
    La resolución se dicta y notifica en un plazo máximo de 6 meses a contar de la fecha de presentación de la solicitud. El plazo para resolver queda suspendido si se pide una enmienda o una mejora de la documentación, ya esté en la fase de verificación formal y suficiencia, o en la fase de propuesta de resolución provisional. El cómputo del plazo se reanuda una vez enmendada o mejorada la documentación.

    NORMATIVA APLICABLE

    . .

    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

    .

    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Teniente de Alcalde o Concejal/a del área.

  • Mercados municipales (Información)

    Horario normal de los mercados:

    Paradas interiores:
    Lunes: 8 a 13'30 h
    Martes a jueves: 8 a 14 h
    Viernes: 8 a 20 h
    Sábados: 8 a 15 h

    *Excepto:

    • Mercado de Bellvitge y Mercat 2 Bellvitge
      • viernes de 8-14 h y 17-20 h
    • Mercado de La Florida
      • lunes y miércoles, de 8:30 a 14 h
      • martes y jueves, de 8:30 a 14 h y de 17:30 a 20:30 h
      • viernes, de 8 a 20:30 h
      • sábados, de 8 a 15 h
    Paradas exteriores, tiendas y locales comerciales:
    Lunes a jueves: 9-9. 30-14 h
    Viernes: 9-9.30 a 14 h y 17 a 20 h
    Sábado: 9-9.30 a 15 h

    * Excepto:
    Mercado de Collblanc, sábados, de 17 a 20 h
    Mercado de La Florida, jueves, viernes y sábados, de 9 a 14 h y de 17 a 20 h

    Mercados semanales
    • Mercado semanal de Bellvitge:
      Todos los viernes por la mañana, menos los 2 primeros de septiembre (coincidiendo con las fiestas del barrio de Bellvitge)
    • Mercado semanal de los Pajaritos (al lado del Mercado del Torrent Gornal):
      Todos los domingos por la mañana .
    • Mercado semanal de Libros:
      Sábados de 17 a 20 h (Calle Occidente, al lado del Mercado de Collblanc)
    PERIODO DE NAVIDAD-REYES abierto todo el día desde el 29 de diciembre hasta el día 6 de enero..

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    • Mercado Merca-2 Bellvitge

      RB Marina n° 0151. CP: 08907 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: Lunes: 8 a 13:30 h
      Martes a jueves: 8-14 h
      Viernes: 8-14 y 17-20 h
      Sábado: 8-15 h

      Locales comerciales:
      Lunes a sábado: 9-14 h.
      Viernes: 8-14 y 17-20 h.

      Mapa
    • Mercado de Bellvitge

      RB Marina n° 0220. CP: 08907 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: Lunes: 8-13.30 h
      Martes a jueves: 8-14 h
      Viernes: 8-14 y 17-20 h
      Sábado: 8-15 h

      (Cerrado la tarde del viernes del mes de agosto)

      Mapa
    • Mercado Merca-2 Can Serra

      C. Pere Pelegrí n° 0069. CP: 08906 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: Paradas del mercado
      - Lunes: de 8:00 a 13:30 horas
      - Martes, miércoles y jueves: de 8:00 a 14:00 horas
      - Viernes: de 8:00 a 20:00 horas
      - Sábados: de 8:00 a 15:00 horas

      Caprabo
      - Lunes, martes, miércoles, jueves y sábados: de 8:30 a 14:00 y de 17:00 a 20:00 horas
      - Viernes: de 8:00 a 20:00 horas

      DÍA
      - Todos los días de 9:00 a 21:00 horas

      CLARET
      - De lunes a jueves de 9:00 a 14:00 y de 17:00 a 20:30 horas
      - Viernes y sábados de 9:00 a 20:30 horas


      Mapa
    • Mercado de Collblanc

      C. Occident n° 1. CP: 08903 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: Paradas interiores
      Lunes: 8-13.30 h
      Martes a jueves: 8-14 h
      Viernes: 8-20 h.
      Sábado: 8-15 h

      Paradas exteriores
      Lunes al jueves: 9-9. 30-14 h
      Viernes. 8-20 h
      Sábado: 17-20 H

      Mapa
    • Mercado de La Florida

      C. Sevilla n° 2. CP: 08905 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: Horarios:

      Paradas de alimentación:

      Lunes y miércoles, de 8:30 a 14:00 h
      Martes y jueves, de 8:30 a 14:00 h, y de 17:30 a 20:30 h.
      Viernes, de 8:00 a 20:30 h.
      Sábado, de 8:00 a 15:00 h.

      Ropa y complementos:

      Lunes, martes y miércoles, de 9:00 a 14:00 h.
      Jueves, viernes y sábado, de 9:00 a 14:00 h, y de 17:00 a 21:00 h.

      Mapa
    • Mercado de Santa Eulàlia

      C. Pareto n° 28. CP: 08902 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: Paradas interiores
      Lunes: 8-13:30 h
      Martes a jueves: 8-14 h
      Viernes: 8-20 h
      Sábado: 8-15 h

      (Cerrado las tardes del viernes del mes de agosto)

      Paradas exteriores
      Lunes a viernes: 9-9: 30-14 h. y de 17-20 h.
      Sábado: 9-9:30-14 h.

      Mapa
    • Mercado del Centre

      C. Rossend Arús n° 6 B. CP: 08901 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: Paradas interiores
      Lunes: 8-13:30 h
      Martes a jueves: 8-14 h
      Sábado: 8-15 h
      Viernes: 8-20 h

      Paradas exteriores
      Lunes a sábados: 9:30-14 h
      Viernes: 9.30-14 h. y de 17-20 h.

      Mapa
    • Mercado del Torrent Gornal

      AV Torrent Gornal n° 0019. CP: 08905 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: Paradas interiores:
      Lunes: 8-13:30 h
      Martes a jueves: 8-14 h
      Viernes: 8-20 h
      Sábados: 8-15 h

      (Cerrado la tarde de los viernes del mes de agosto)

      Paradas exteriores
      Lunes a domingo: 9: 30- 14 h
      Viernes: 9: 30-14 h y de 17-20 h

      Mapa

    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

    .

  • Modificación de datos catastrales del impuesto de bienes inmuebles

    Actualización de los datos donde se especifican los bienes inmuebles, con las informaciones físicas, jurídicas y económicas que figuran en el Catastro Inmobiliario..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    La persona interesada o cualquier otra con una autorización expresa del/de la interesado/a.

    CUÁNDO SE PUEDE HACER

    La modificación de datos se solicita cuando los datos han variado o se tienen que rectificar..

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Presente la documentación necesaria en las oficinas indicadas.

    Documentación necesaria
    • Instancia general (2 copias).
    • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte (original y fotocopia o copia compulsada).
    • Documento acreditativo de la modificación de datos (original y fotocopia o copia compulsada).
    Impresos asociados

    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

    • Oficina de Atención Tributaria

      Teléfono: 010 (gratuito), 900 10 02 77 (Fuera de Hospitalet y para móviles)

      Horario: Atención telefónica: de lunes a viernes de 8:00 h a 20:00 h.
      Atención presencial: de lunes a viernes de 8:30 h a 14:00 h.

    .

    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Sin resolución de órgano.

  • Modificación de datos en el Registro de Solicitantes de Vivienda con Protección Oficial

    Para realizar este tràmite tiene que pedir cita previa siguiendo las instrucciones del trámite enlazado al final de esta página.

    La resolución de inscripción en el Registro de Solicitantes de Vivienda con Protección Oficial hace mención a la obligación de comunicar cualquier modificación de los datos que consten, según la normativa vigente. El incumplimiento de esta comunicación puede dar lugar, si corresponde, a la baja de la inscripción..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Las personas que consten inscritas en el Registro de Solicitantes de VPO o una persona debidamente autorizada por las interesadas.

    CUÁNDO SE PUEDE HACER

    Cuando se produzca el hecho que haga susceptible la modificación de uno de los datos comunicados previamente al Registro de Solicitantes de VPO..

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Requisitos
    • Haber concertado cita previa para la realización de este trámite.
    • La persona o unidad de convivencia tiene que estar inscrita en el Registro de Solicitantes de Vivienda con Protección Oficial.

    1. NO SE ATENDERÁ SIN CITA PREVIA
    2. El día de la cita tiene que aportar la solicitud de prestaciones económicas de especial urgencia (PEEU) de la Agencia de vivienda de Cataluña y presentarla en la oficina indicada, junto con la documentación necesaria.

    Documentación necesaria
    • Instancia general (2 copias).
    • Documento justificativo de la modificación de datos que se quiera realizar (original y fotocopia o fotocopia compulsada).
    Impresos asociados

    VALIDEZ

    La inscripción en el registro tendrá una vigencia de tres años, a contar desde la resolución administrativa de aceptación de la solicitud de inscripción independientemente de las modificaciones que se puedan hacer durante este periodo.

    NORMATIVA APLICABLE

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    • Decreto 106/2009, de 19 de mayo, por el que se regulan el Registro de Solicitantes de Vivienda con Protección Oficial de Cataluña y los procedimientos de adjudicación de las viviendas de protección oficial.
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    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Teniente de Alcalde o Concejal/a del área.

    TRÁMITES RELACIONADOS

  • Modificación o añadido de datos en el idCAT Mòbil

    Solicitud para modificar datos o añadir nuevos a su identidad digital de idCAT Mòbil.

    El idCAT Mòbil es un servicio de autoidentificación de usuarios y firma electrónica basado en el envío de palabras de paso de un solo uso a su teléfono móvil. Es un sistema seguro y gratuito que no requiere la instalación de ningún programa ni recordar ninguna contraseña.

    Puede consultar más información en la página de soporte del idCAT Mòbil del Consorci d'Administració Oberta de Catalunya..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    La persona propietaria de la identidad digital de idCAT Mòbil.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Requisitos
    • La persona ha de estar dada de alta en el idCAT Mòbil.

    Puede presentar la documentación necesaria en la oficina indicada.

    Documentación necesaria

    MÁS INFORMACIÓN

    Para cualquier duda relacionada con la realización de este trámite utilice la opción Contactar de nuestra web y nos pondremos en contacto con usted para darle respuesta..

    TIEMPO DE RESPUESTA

    Este proceso no es instantáneo. Su petición será procesada una vez se validen por parte de la AOC los datos consignados en su solicitud.

    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Sin resolución de órgano.

    TRÁMITES RELACIONADOS

  • OTL. Oficina Técnica Laboral

    La Oficina Técnica Laboral (OTL) es un servicio especializado dirigido a personas con problemática mental, con el objetivo de favorecer su plena integración en el mundo laboral.

    La OTL es un dispositivo local donde se trabaja la inserción laboral de las personas con trastornos de salud mental, combinando actuaciones con la persona (derivada a través de los centros de salud mental, de los servicios sociales, etc) su familia y las empresas .

    La OTL de L'Hospitalet está impulsada por las áreas de Promoción Económica y Bienestar Social del Ayuntamiento y forma parte de la red de OTL que promueve la Diputación de Barcelona..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Personas con trastornos mentales severos (derivadas por los centros de salud mental, de los servicios sociales, etc.)

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Actuaciones:

    - Atención personalizada
    - Orientación laboral
    - Derivación a acciones de formación
    - Búsqueda de empleo
    - Acompañamiento a la inserción laboral
    - Sensibilización social y empresarial

  • Obtención de hojas de reclamación para industrias y comercios

    Hojas oficiales para formular reclamaciones y denuncias en el mismo lugar donde se produce el hecho que las motiva. Son de tenencia obigatoria en los comercios y para las personas que prestan servicios fuera de éstos (operarios, vendedores...).

    No tienen obligación los profesionales liberales que pertenezcan a colegios profesionales, los servicios públicos de la Administración y los centros de enseñanza reglada.

    Para más información: http://www.consum.cat.

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Cualquier establecimiento o representante correspondiente.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    POR INTERNET:

    En el apartado 'Hojas oficiales de queja, reclamación y denuncia' del apartado 'Empresas > Requisitos obligatorios > Obligaciones generales para las empresas' de la web de la Agència Catalana del Consum (http://www.consum.cat).

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Puede dirigirse directamente a cualquiera de las oficinas indicadas.

    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Sin resolución de órgano.

  • Obtención de la tarjeta de armas de aire o gas comprimido

    Solicitud de la tarjeta de armas para un arma de 4ª categoría de cualquiera de las siguientes categorías:

    • Tipo A, que ampara las armas de la categoría 4ª 1:
      • Carabinas y pistolas de tiro semiautomático y de repetición, y revólveres de doble acción, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.
      • Armas lúdico deportivas con sistema de tiro automático.
    • Tipo B, que ampara las armas de la categoría 4ª 2:
      • Carabinas y pistolas de alma lisa o rallada, y de un solo tiro, y revólveres de acción simple, accionadas por aire u otro gas comprimido no asimiladas a escopetas.
      • Armas lúdico deportivas que estén accionadas por muelle o resorte.
    En caso de que quiera inscribir más de un arma tiene que hacer una solicitud por cada una de ellas..

    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Personas físicas que tengan capacidad de obrar de acuerdo con las normas civiles y que cumplan con los requisitos especificados en el apartado 'Requisitos'.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    POR INTERNET:
    Requisitos

    La persona ha de:

    • Estar empadronada en L'Hospitalet de Llobregat
    • Tener más de 14 años y en el caso de más de 14 y menos de 18 años será necesaria la autorización del padre, madre, tutor o tutora legal
    • No tener antecedentes policiales vigentes en el momento de la solicitud de la tarjeta de armas
    • Poseer las aptitudes psicofísicas adecuadas para la obtención de la tarjeta de armas

    Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .
    1. Pulse sobre el botón Tramitar.
    2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
    3. Rellene el formulario que se abrirá.
    4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
    5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
    Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.
    Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

    TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Requisitos

    La persona ha de:

    • Estar empadronada en L'Hospitalet de Llobregat
    • Tener más de 14 años y en el caso de más de 14 y menos de 18 años será necesaria la autorización del padre, madre, tutor o tutora legal
    • No tener antecedentes policiales vigentes en el momento de la solicitud de la tarjeta de armas
    • Poseer las aptitudes psicofísicas adecuadas para la obtención de la tarjeta de armas

    Puede aportar la documentación necesaria a cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente.

    Documentación necesaria
    • Solicitud tarjeta de armas (2 copias).
    • DNI, NIE o pasaporte (fotocopia).
    • Factura del arma (fotocopia).
    • En caso de pérdida de la factura del arma tendrá que aportar una declaración jurada original.
    • En el caso de autorización a menores de edad, tendrá que aportar el original de una autorización expresa por escrito y firmada por el padre, madre, tutor o tutora legal, acompañada de una fotocopia del documento de identidad de la persona menor de edad y de la persona que autoriza.
    Impresos asociados

    QUÉ PASA DESPUÉS

    Una vez tramitada la tarjeta de armas le avisarán telefónicamente y/o mediante correo electrònica facilitado en la instancia para pasar a buscarla.

    El departamento gestor expedirá la autoliquidación correspondiente con el fin de que la persona interesada haga efectivo el pago en la entidad bancaria. Una vez realitzado este trámite, se tendrá que devolver el documento en las dependencias municipales de la calle Migdia, 5, 2º. piso, donde se le hará entrega de la tarjeta de armas solicitada.

    El horario que se establece para este trámite será de: 9 a 13:30 horas de lunes a viernes, excepto festivos.

    Si no puede ir a recoger la tarjeta podrá autorizar a otra persona que tendrá que aportar una autorización expresa y firmada, acompañada de la fotocopia del documento de identidad de ambas.

    PRECIO

    Según ordenazas fiscales vigentes.

    VALIDEZ

    Su validez queda limitada al término municipal donde se ha obtenido.
    • Tarjeta tipo A: la tiene que renovar cada 5 años. Puede utilizar el trámite enlazado al final de esta página.
    • Tarjeta tipo B: su validez es permanente.

    TIEMPO DE RESPUESTA

    El plazo legal para resolver es de 3 meses desde la fecha de registro de la solicitud.
    El plazo mínimo de tramitación por parte del departamento gestor es de 1 mes.

    EFECTO DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO

    Transcurrido el plazo legal sin que el ayuntamiento haya notificado ninguna resolución, la petición se entenderá desestimada..

    NORMATIVA APLICABLE

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    • Artículo 105 del Real Decreto 173/93, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de armas.
    • Orden Int/2860/2012, de 27 de diciembre, por la que se determina el régimen aplicable a ciertas armas utilizables en las actividades lúdico deportivas de airsoft y paintball.
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    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Teniente de Alcalde o Concejal/a del área.

    TRÁMITES RELACIONADOS

  • Obtención del carnet de la biblioteca

    La ciudadanía puede solicitar, presencialmente o a través de la web, su carnet de biblioteca válido para todas las bibliotecas. Con el carnet de la biblioteca disfrutarás de muchas ventajas como descuentos en tiendas, museos, librerías, entradas a espectáculos. ... tanto en nuestra ciudad como en el resto de provincia de Barcelona.

    Podéis consultar toda la oferta a:
    http://bibliotecavirtual.diba.cat/es/avantatges-del-carnet
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    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    Lo puede solicitar toda la ciudadanía.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    POR INTERNET:

    El carnet de la biblioteca también se puede solicitar desde la web: sólo hace falta rellenar un formulario y enviarlo diciendo en qué biblioteca lo queréis recoger.

    Se puede hacer la solicitud mediante el siguiente enlace:

    http://sinera.diba.cat/screens*spi/formulari3_spi.html

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Aportando la documentación necesaria a cualquiera de las bibliotecas de la ciudad.

    Los menores de 14 años tienen que venir acompañados por el padre, madre o tutor legal para poder hacerse el carnet de la biblioteca o, en su defecto, llevar la autorización facilitada por la biblioteca.

    Documentación necesaria

    - DNI o Tarjeta de Residencia (original).
    - Si no dispones de DNI o Targeta de Residencia tendrás que llevar el pasaporte y el volante de empadronamiento actualizado.

    • Biblioteca Can Sumarro

      C. Riera de l'Escorxador n° 2. CP: 08901 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: Jueves, viernes y sábados: 10-13.30 h
      Lunes a viernes: 15.30-20.30 h
      Semana Santa, Navidad y Verano: Consultar horarios

      Mapa
    • Biblioteca Central Tecla Sala

      AV Josep Tarradellas i Joan n° 44. CP: 08901 L'Hospitalet de Llobregat - BARCELONA

      Horario: Lunes: 15.30-21 h
      De martes a viernes: 9-21 h
      Sábado: 10-14 y 15-20 h
      Semana Santa, Navidad y Verano: Consultar horarios

      Mapa
    • Biblioteca de Bellvitge

      PL Cultura n° 1. CP: 08907 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: Lunes, martes y jueves: 15'30 en 20'30 h
      Miércoles y viernes: 10 a 20 '30 h.
      Sábados: 10 a 13 '30 h
      Semana Santa, Navidad y Verano: Consultar horarios

      Mapa
    • Biblioteca Josep Janés

      C. Doctor Martí i Julià n° 33. CP: 08903 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: Martes, miércoles y sábado: 10 - 13:30 h
      Lunes a viernes: 15:30 - 20:30 h
      Semana Santa, Navidad y Verano: Consultar horarios

      Mapa
    • Biblioteca la Bòbila

      PL Bòbila n° 1. CP: 08906 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: Miércoles, jueves y sábado: 10-13.30 h
      Lunes a viernes: 15.30-20.30 h
      Semana Santa, Navidad y Verano: Consultar horarios

      Mapa
    • Biblioteca la Florida

      AV Masnou n° 40. CP: 08905 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: Lunes, martes y sábados: 10-13.30 h
      Lunes a viernes: 15.30-20.30 h
      Semana Santa, Navidad y Verano: Consultar horarios

      Mapa
    • Biblioteca Plaça Europa

      C. Amadeu Torner n° 57. CP: 08902 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: Lunes, jueves y sábados, de 10 a 13:30 h
      De lunes a viernes, de 15:30 a 20:30 h
      Semana Santa, Navidad y Verano: Consultar horarios

      Mapa
    • Biblioteca Santa Eulàlia

      C. Pareto n° 22. CP: 08902 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

      Horario: Lunes a viernes: 15.30-20'30 h
      Martes y sábados: 10-13 '30 h
      Semana Santa, Navidad y Verano: Consultar horarios

      Mapa

    PRECIO

    El carnet es gratuito y no caduca..

    TIEMPO DE RESPUESTA

    Te haremos el carnet al momento en cualquiera de nuestras bibliotecas.

    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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  • Obtención del distintivo de la zona verde para residentes con vehículos de alquiler, "renting" o "leasing"

    Obtención del distintivo de residente que da derecho a aparcar en la zona verde con tarifa preferencial del Área Integral de Regulación del Estacionamiento (AIRE).

    La zona verde es una zona de aparcamiento, con control horario. Además de para vehículos propiedad de las personas residentes, la Ordenanza de Movilidad prevé que otros tipos de vehículos puedan disponer del distintivo para la zona verde, en este caso aquéllos que sean vehículos de alquiler, "renting" o "leasing", tanto si el contrato está a nombre de una persona física como de una empresa. Aunque también puede ser utilizada por vehículos de no residentes con una tarifa superior.

    Zonas con derecho a distintivo:

    • En la zona de Residencial Granvia: Los residentes de la Avenida de la Granvia de L'Hospitalet (nº. 1 al 53) y de la calle Arquitectura (nº. 2 al 32)
    • Todo el barrio de Can Serra, más la acera de números pares de la Avda. Electricitat.
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    QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

    La persona conductora principal de un vehículo en régimen de alquiler, "renting" o "leasing" tipo turismo, todoterreno o vehículo mixto, residente en la zona donde se ha implantado la zona verde.

    CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

    PRESENCIALMENTE:

    NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

    A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

    Requisitos
    • La persona conductora del vehículo tiene que estar al corriente en el pago de tasas, impuestos y sanciones municipales y empadronada en la zona de L'Hospitalet donde se ha implantado la zona verde.
    • La persona tiene que constar en el contrato del vehículo o a la carta de cesión de la empresa, según el caso, como la persona conductora principal del vehículo en régimen de alquiler, "renting" o "leasing".
    • El vehículo tiene que constar en su tarjeta de inspección técnica como vehículo tipo turismo, todoterreno o vehículo mixto.

    Puede aportar la documentación necesaria a cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente.

    Documentación necesaria
    • Instancia general (2 copias), indicando un teléfono de contacto para posibles comunicaciones con usted.
    • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte de la persona conductora del vehículo (fotocopia).
    • Tarjeta de inspección técnica del vehículo (fotocopia).
    • Contrato del vehículo donde conste como conductora principal una persona empadronada en la zona de L'Hospitalet donde se ha implantado la zona verde (fotocopia).
    • Justificación del seguro del vehículo, ya sea el seguro, el recibo pagado o la mención en el contrato del vehículo (fotocopia).
    Además, para los vehículos donde la persona titular del alquiler, "renting" o "leasing" es una empresa:
    • Carta conforme la empresa le cede el uso del vehículo (original).
    Impresos asociados

    QUÉ PASA DESPUÉS

    Se le avisará telefónicamente para recoger el distintivo.

    Con respecto a la renovación automática, el Ayuntamiento enviará de oficio los distintivos a los residentes de las zonas mencionadas mediante correo a sus viviendas.

    Si no se concede, el departamento se pondrá en contacto con usted en el teléfono indicado en la instancia.

    MÁS INFORMACIÓN

    Cada vivienda puede disponer de dos autorizaciones para estacionar en zona verde como máximo..

    PRECIO

    Tanto la obtención como la renovación de este distintivo es gratuita..

    VALIDEZ

    El periodo de validez será el indicado en el propio distintivo. Pasado el periodo de validez el departamento tramitará de oficio su renovación si continúan cumpliéndose los requerimientos para su concesión.

    Asimismo, será válido exclusivamente para la zona verde de residencia de la persona solicitante, no para todas las zonas verdes de la ciudad.

    TIEMPO DE RESPUESTA

    El plazo legal de respuesta es de 3 meses a partir del registro de la solicitud.
    El departamento da respuesta en un plazo máximo de un mes y medio desde el registro de la solicitud.

    NORMATIVA APLICABLE

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    SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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    ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

    Teniente de Alcalde o Concejal/a del área.

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