Licencia de ocupación de la vía pública para la venta de artículos de Semana Santa

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Licencia de ocupación de la vía pública para la venta de artículos de Semana Santa

Solicitud para la obtención de una licencia de ocupación para paradas de venta de artículos relacionados con la Semana Santa en la vía pública por un corto periodo de tiempo..

CUÁNDO SE PUEDE HACER

Se establece un plazo de 20 días hábiles de antelación de la presentación de la instancia a la fecha de inicio de la licencia..

CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

Para tramitar por internet es necesario disponer de un sistema de identificación aceptado por el servicio VÀLid. .
1. Pulse sobre el botón Tramitar.
2. Identifíquese con cualquiera de los sistemas aceptados por el servicio VÀLid.
3. Rellene el formulario que se abrirá.
4. Adjunte, si es necesario, los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
5. Pulse enviar. En este momento estará firmando la petición para presentarla al registro electrónico del ayuntamiento.
Al finalizar el trámite, recibirá un correo electrónico con el justificante de su presentación.
Nota: Consulte esta ayuda para comprobar que la configuración de su equipo es compatible con los requisitos técnicos de la aplicación.

TRAMITAR

PRESENCIALMENTE:

NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

Requisitos
  • Estar dado de alta de autónomo.

Puede aportar la documentación necesaria a cualquiera de las oficinas indicadas o presentarla por cualquier medio admisible en derecho según la normativa legal vigente.

Documentación necesaria
  • Instancia general (2 copias)
  • Documento de identidad de persona física o NIF de persona jurídica (fotocopia)
  • Recibo de autónomos (fotocopia)
  • Póliza de seguro de responsabilidad civil, con recibo vigente, que cubra la actividad concreta (fotocopia).
  • Boletín eléctrico, si necesita suministro eléctrico (fotocopia)
Impresos asociados

QUÉ PASA DESPUÉS

El departamento gestor se pondrá en contacto con la persona solicitante para hacerle llegar la hoja de pago de la tasa correspondiente. Una vez hecho el pago se le dará la licencia solicitada.

PRECIO

Tarifa según las ordenanzas fiscales municipales vigentes..

TIEMPO DE RESPUESTA

El departamento da respuesta en un plazo inferior a 2 meses desde la fecha de registro de la solicitud.

NORMATIVA APLICABLE

.

SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

.

ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

Teniente de Alcalde o Concejal/a del área.

TRÁMITES RELACIONADOS


Oficinas de la administración

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