Declaración responsable de obras

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Declaración responsable de obras

Mediante la declaración responsable, la persona interesada declara, bajo su exclusiva responsabilidad, que cumple los requisitos establecidos por la normativa de aplicación, se tiene que presentar con carácter previo al inicio o modificación de todas aquellas obras y actos urbanísticos sujetos a éste régimen.

Obras sujetas a declaración responsable

  1. Obras en el interior de la vivienda y locales, sin modificación de distribución ni afectación estructural (revestimientos, pavimentos, carpintería, sanitarios, falso techo, limpieza de locales, no incluidos en el Plan Especial de Protección del Patrimonio Artístico de L'Hospitalet de Llobregat -PEPPA-).
  2. Obras en el interior del vestíbulo y zonas comunitarias del edificio, sin modificación de distribución ni afectación estructural (revestimientos, pavimentos, carpintería, sanitarios, falso techo, no incluidos en el Plan Especial de Protección del Patrimonio Artístico de L'Hospitalet de Llobregat -PEPPA-)
  3. Limpieza y desbroce de solares.
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QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

La persona titular de la obra/actividad, o quien actue en su representación, debidamente acreditada, y en el caso de personas jurídicas su representante legal. En este caso se ha de aportar documento que acredite la representación.

CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

PRESENCIALMENTE:

NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).


La documentación annexa a la solicitud se aportará en soporte electrónico, con las siguientes características:

  • Planos en versión editable y en versión pdf con firma digital
  • Resto de documentación en versión pdf con firma digital (un archivo por cada documento)


Presente la documentación que se detalla a continuación, en las oficinas indicadas
Documentación necesaria

Documentación general:

  1. Solicitud según modelo normalizado.
  2. Documento acreditativo de la aceptación de la deuda o liquidación efectiva de las tasas e impuestos correspondientes, según las ordenanzas fiscales vigentes.
  3. DNI, NIE o tarjeta de identificación fiscal del titular.
  4. En las solicitudes a nombre de una persona jurídica, escritura de constitución de la sociedad, poderes y DNI del representante.
Impresos asociados

MÁS INFORMACIÓN

Para cualquier tipo de obras en viviendas se podrá requerir a criterio de los servicios técnicos municipales, la cédula de habitabilidad o la escritura conforme es una vivienda.

Una vez recibida la declaración responsable, los servicios técnicos municipales procederán a verificar la misma y la documentación recibida en su caso. Si ésta no cumple con los requisitos exigidos, se dará traslado al solicitante a fin de que la complete o enmiende con la advertencia que, mientras no lo haga, la declaración tendrá los efectos que dispone la normativa que regula el procedimiento administrativo común.

Una vez transcurrido el plazo otorgado sin haberse completado las insuficiencias, o si, éstas no son enmendables, se dará audiencia a la persona interesada, con carácter previo a la denegación, si procede, de su admisión y el archivo del expediente.

La declaración responsable tiene los efectos previstos en la normativa sobre procedimiento administrativo común desde el momento en que tiene entrada en el Registro General de este ayuntamiento, faculta a los servicios técnicos municipales para ejercer las funciones de inspección y comprobación oportunas..

PRECIO

Según las ordenanzas fiscales vigentes..

TIEMPO DE RESPUESTA

Se da respuesta de manera inmediata.

NORMATIVA APLICABLE

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  • Decreto legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de urbanismo.
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SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

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ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

Sin resolución de órgano.

TRÁMITES RELACIONADOS


Oficinas de la administración

Organismo Autonomo Local De Recaudacion Del Ayuntamiento De Hospitalet De Llobregat

Pza. Ajuntament, 11 , L' Hospitalet de Llobregat , 08901

Tel. 934380952

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

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