Baja en el Padrón Municipal de Habitantes por traslado a otro municipio dentro de España

Actualizado el 3 de agosto de 2020
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Baja en el Padrón Municipal de Habitantes por traslado a otro municipio dentro de España

La baja en el Padrón Municipal de Habitantes para cambiar el domicilio a otro municipio dentro del territorio español la tramitará el municipio de destinación a partir de que las personas hagan su inscripción al nuevo domicilio.

Las personas no tienen que realizar ningún tipo de trámite ya que la baja en L'Hospitalet se hará de oficio cuando se reciba la comunicación del movimiento padronal por parte del Instituto Nacional de Estadística..

QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR

La persona que se ha dado de alta al Padrón Municipal de Habitantes del municipio de destino.

CÓMO SE PUEDE TRAMITAR

PRESENCIALMENTE:

NOTA INFORMATIVA CON RESPECTO A LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS OFICINAS DE REGISTRO

A partir del 2 de julio de 2018 no habrá que aportar dos ejemplares de los documentos que se adjuntan a las solicitudes que se entregan en el Registro General de Entrada. Es suficiente con la presentación de los documentos solicitados, los cuales los serán devueltos una vez sean digitalizados de forma segura. La documentación no se podrá presentar encuadernada y, preferiblemente, tampoco grapada y se recomienda entregarla en formato digital siempre que sea posible (preferiblemente en un USB en vez de CD).

Las personas se tienen que dar de alta al Padrón Municipal de Habitantes del municipio de destino.

No se tiene que realizar ninguna tramitación ya que la baja se hace de oficio por parte de la administración.

Únicamente se podrá hacer la solicitud de baja en el caso de detectar que han pasado más de 40 días desde la inscripción en el Padrón Municipal de Habitantes del municipio de destinación y todavía se está inscrito en el de L'Hospitalet.

En este supuesto, según quien pida corregir esta situación puede:

Documentación necesaria
  • Instancia general (2 copias), con firma original de la persona solicitante.
  • DNI, tarjeta de residencia o pasaporte (fotocopia)
  • Volante de empadronamiento donde se indique que se hizo la inscripción en el municipio de destinación hace más de 40 días.
Impresos asociados
  • Unidad de Gestión de la Población

    C. Girona n° 0010, 01 pis. CP: 08901 L'Hospitalet de Llobregat - Barcelona

    Horario: De lunes a viernes de 8:30 a 14:00 h

    Para la consulta/rectificación del censo electoral para las próximas elecciones del dia 10 de noviembre la atención al público será la seguinte.

    • De lunes a viernes del 30 de setiembre al 7 de octubre:

    Mañana de 8:30 a 14:00 horas
    Tarde de 16 a 19:00 horas

    • Sábado 5 de octubre de 9 a 13:00 horas

    La oficina de censo electoral pone a disposición de los electores un teléfono de atención general: 901101900
    Mapa

QUÉ PASA DESPUÉS

Cuando las personas que se cambian de municipio se inscriben en su Padrón Municipal de Habitantes, el ayuntamiento de destinación comunica este hecho al Instituto Nacional de Estadística que, a la vez, comunicará al Ayuntamiento de L'Hospitalet la nueva destinación y es entonces cuando se tramita automáticamente su baja en el padrón de la ciudad.

Desde el alta en el municipio de destinación hasta a la baja en el anterior puede pasar un plazo máximo de 40 días.

MÁS INFORMACIÓN

Para cualquier duda relacionada con la realización de este trámite utilice la opción Contactar de nuestra web y nos pondremos en contacto con usted para darle respuesta..

TIEMPO DE RESPUESTA

El plazo legal de resolución puede ser de hasta un máximo de 40 días desde la inscripción al municipio de destinación.

NORMATIVA APLICABLE

  • Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.
  • Ley 4/96, de 10 de enero, por la cual se modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local en relación al Padrón Municipal en su última redacción.
  • Ley Municipal y de régimen local de Cataluña aprobada por el Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre, por el cual se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986 del 11 de julio.
  • Resolución de 16 de marzo de 2015, de la Subsecretaría, por la cual se publica la Resolución de 30 de enero de 2015, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas en los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal.
  • Resolución de 30 de enero de 2015, del Presidente del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, por la cual se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del padrón municipal.
  • Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
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SI TIENE CUALQUIER DUDA PUEDE LLAMAR A

  • Unidad de Gestión de la Población

    Teléfono: 93 402 95 18
    Fax: 93 402 94 25

    Horario: De lunes a viernes de 8:30 a 14:00 h

    Para la consulta/rectificación del censo electoral para las próximas elecciones del dia 10 de noviembre la atención al público será la seguinte.

    • De lunes a viernes del 30 de setiembre al 7 de octubre:

    Mañana de 8:30 a 14:00 horas
    Tarde de 16 a 19:00 horas

    • Sábado 5 de octubre de 9 a 13:00 horas

    La oficina de censo electoral pone a disposición de los electores un teléfono de atención general: 901101900
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ÓRGANO DE RESOLUCIÓN

Teniente de Alcalde o Concejal/a del área.

Oficinas de la administración

Organismo Autonomo Local De Recaudacion Del Ayuntamiento De Hospitalet De Llobregat

Pza. Ajuntament, 11 , L' Hospitalet de Llobregat , 08901

Tel. 934380952

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

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