IVTM. Solicitud de Exención Vehículos Agrícolas en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
Fecha última Actualización: 29/09/2016
Objeto
Solicitud para obtener la exención en el impuesto de tractores, remolques, semirremolques y maquinaria provistos de la Cartilla de Inspección Agrícola.
Unidad Tramitadora
Sección de Tributos
Documentación a aportar
Documentación básica
Permiso de circulación del vehículo
Ficha técnica del vehículo
Cartilla de inspección agrícola expedida a nombre del titular del vehículo
En el caso de que realice el trámite presencialmente o por correo, deberá presentar
Documento de identidad del interesado
En el supuesto de que el solicitante sea el representante del interesado y se realice el trámite presencialmente o por correo, como mínimo, aportar
Documento de identidad del interesado
Documento de identidad del representante
Acreditación de la representación
Quién puede realizar la solicitud
Las personas físicas o jurídicas y los entes sin personalidad jurídica a que se refiere el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, a cuyo nombre conste el vehículo con el permiso de circulación.
Requisitos
La aplicación de esta exención estará condicionada a que se trate de:
-Vehículos de tractores, remolques, semirremolques y maquinaria provistos de la Cartilla de Inspección Agrícola. -Que se presente la solicitud de exención, ya que tiene carácter rogado.
Observaciones y otros datos de interés
Si la presentación de la solicitud es anterior a que la liquidación adquiera firmeza (art. 4.. de la O.F.), la exención tendrá efectos en el presente ejercicio.
Si es posterior a dicha firmeza, se aplicará en el ejercicio siguiente.
En los casos de autoliquidaciones de alta de vehículos se concederá en el ejercicio del alta con devolución del importe autoliquidado.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 24 de la O.F., en caso de resolución ESTIMATORIA de esta solicitud NO SE PROCEDERÁ A SU NOTIFICACIÓN EXPRESA, entendiéndose efectuada la misma con su inclusión en el Padrón de este tributo y su publicación en el BOP (art. 77 de la O.F.G), salvo que por el interesado se solicite su notificación.
R.D. Leg. 2/2004 Ley Reguladora de Haciendas Locales
93.1.g)
Exención vehículos agrícolas
Estarán exentos del impuesto: Los tractores, remolques, semirremolques y maquinaria provistos de Cartilla de Inspección Agrícola.
O.F. Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (I.V.T.M.)
Texto Íntegro
Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica
Unidad Administrativa
Sección de Tributos
Carta de Servicios
IVTM. Solicitud de Exención Vehículos Agrícolas en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
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Que en relación con el vehículo que a continuación se ha indicado, reúne las condiciones esablecidas en el artículo 4.1 g) de la vigente Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, relativa a la exención para vehículos provistos de Cartilla de Inspección Agrícola, adjuntando la documentación solictada para ello
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SOLICITA En el recuadro de la parte inferior se muestra un texto tipo, ajustado al asunto que está tramitando en este momento. Puede modificarlo o añadir la información que estime conveniente. El contenido resultante se incluirá en la instancia
La concesión de la exención para vehículos provistos de cartilla de inspección agrícola para el presente ejercicio, declarando expresamente que reúne todos y cada uno de los requisitos que se especifican en el artículo 4.1 g) de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica
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