La Comunidad de Madrid y los municipios, así como sus organizaciones adscritas y dependientes y las demás organizaciones por ellos creadas conforme a esta ley, podrán suscribir, conjunta o separadamente, y siempre en el ámbito de sus respectivas esferas de competencias, convenios urbanísticos entre sí y con personas públicas o privadas, tengan éstas o no la condición de propietarios de los terrenos, construcciones o edificaciones correspondientes, para su colaboración y más eficaz desarrollo de la actividad urbanística. |
 Personas Físicas y Jurídicas |
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Presencial |
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El plazo de tramitación es de 3 Meses |
Pago de Tasas según la ordenanza Municipal |
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Planeamiento y gestión urbanística |
De oficio o a instancia de parte |
Pleno |
Desestimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Recurso de reposición.
Contencioso Administrativo.
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Trámites administrativos para la aprobación:
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Solicitud de informes policiales sobre accidentes de tráfico de compañias de seguros y particulares |
Compañias de seguros y personas implicadas en accidentes de trafico en el termino de Getafe |
Registro General de 09:00 a 13:00 horas Sede Electronica las 24 horas |
Solicitud y Justificante del pago de la tasa |
Sede Electronica y Registro General del Ayuntamiento |
Ayuntamiento de Getafe, Registro General Internet Sede Electronica |
Justificante del pago de la tasa correspondiente en Bankia |
Policía Local |
A petición del interesado |
Aportar documentacion justificativa y estar al corriente de pago de la tasa correspondiente |
Policía Local |
No previstos |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Sin perjuicio del derecho que todos los ciudadanos tienen a obtener información relativa a los acuerdos del Pleno o de sus Comisiones, en los términos previstos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (legislación de desarrollo del art. 105 b) de la Constitución Española), quienes tengan la consideración de interesados según la Ley de Procedimiento Administrativo, y requieran la acreditación fehaciente de la adopción de acuerdos del Pleno o de sus Comisiones, podrán solicitar la expedición de las correspondientes certificaciones sobre los mismos. |
El plazo de tramitación es de 3 Meses |
Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales |
Secretaría General del Pleno |
De oficio o a instancia de parte |
Secretaría General del Pleno |
Solicitud de pago mediante domiciliación bancaria, de todas las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva susceptibles de incluirse en esta modalidad de pago, con bonificación y sin intereses de demora, a través del ingreso de cuotas mensuales, bimestrales, trimestrales o cuatrimestrales, a elección el contribuyente.· Consiste en agrupar todas las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva que el contribuyente paga a lo largo del año y dividirla en cuotas elegidas, por el mismo, a la carta para que su pago resulte más fácil a los vecinos.· MODALIDADES A LA CARTA:
Los tributos susceptibles de pago a través de este sistema son los recibos: a) Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI). b) Impuesto sobre bienes rústicos (IBIR) c)  Impuesto sobre actividades económicas (IAE). d) Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM). e) Tasa por el aprovechamiento especial de la vía pública derivada de la entrada de vehículos (VADO).· f) Tasa de Quioscos, cajeros, ascensores.... (TOVP). Las cuotas o pagos a la carta son estimadas por la Administración y se gestionan a través del sistema de cuenta corriente, al debe se anotarán los importes de las deudas tributarias y al haber el importe de los pagos parciales que se realicen. La última cuota abonada puede variar si la estimación resultara ser superior o inferior al importe real de los recibos a pagar durante ese año.· El pago a través de este sistema determinará la aplicación de una bonificación del 5% de la deuda tributaria sin exceder de 70 euros. |
Personas físicas y Personas jurídicas. |
Solicitud de alta en el Sistema Especial de Pago Prorrateado a la Carta (SEPP).
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Artículo 10 y concordantes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Artículo 71.3 y concordantes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación. Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa. Real decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos. Artículo 27 bis y concordantes de la Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección del Ayuntamiento de Getafe. |
Órgano de Gestión Tributaria |
A petición del interesado |
Ser titulares de los recibos.· Que el importe anual de las deudas a incluir en el SEPP supere los 150,00 /año. No tener deudas pendientes de pago en ejecutiva en la fecha de la solicitud, salvo recurridas y garantizadas o se hubiera reconocido un aplazamiento o fraccionamiento.· Resto de requisitos previstos en la ordenanza fiscal reguladora del sistema. |
Órgano de Gestión Tributaria |
No se prevé resolución expresa para las altas y bajas del sistema. El régimen de recursos será el general para los actos administrativos |
Estaficha tiene efectos informativos, ante cualquier contradicción ente la misma ylas ordenanzas y la legislación aplicable primarán estás. |
Solicitud Genérica en el Registro Electrónico |
Cualquier ciudadano |
Servicio de Atención al Vecino |
A petición del interesado |
Ayuntamiento de Getafe |
Solicitud de reserva de plaza de aparcamiento en la vía pública para personas titulares de la tarjeta europea de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad con movilidad reducida |
- Personas físicas titulares de la tarjeta europea de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad con movilidad reducida - Personas jurídicas que tengan trabajadores titulares de la tarjeta europea de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad con movilidad reducida |
- Solicitud - Dictamen Técnico con el BAREMO de MOVILIDAD exigido - Acreditación de no disponibilidad de plaza de estacionamiento privada (por titular o familiar empadronado) |
El plazo de tramitación es de 3 Meses |
-RESERVAS A PERSONAS FÍSICAS: NO SUPONE NINGÚN PAGO - RESERVAS A CENTROS DE TRABAJO: LOS COSTES QUE SE DERIVEN DE LA SEÑALIZACIÓN DE LA RESERVA SERÁN SUFRAGADOS POR EL EMPLEADOR |
ORDENANZA MUNICIPAL POR LA QUE SE REGULA LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD CON MOVILIDAD REDUCIDA (BOCMÂ N° 183 de 2/8/2016) |
Tráfico |
A petición del interesado |
PERSONAS FÍSICAS:
PERSONAS JURÍDICAS:
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Aportación en el plazo de 10 días de la documentación requerida de conformidad con lo dispuesto en el art. 68.1 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común |
Delegación de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad |
Desestimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
- LAS PLAZAS SE RENOVARÁN CADA CINCO (5) AÑOS JUNTO CON LA RENOVACIÓN DE LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO EL AYUNTAMIENTO SE RESERVA LA FACULTAD DE SUPRIMIR, TRASLADAR O REDUCIR LAS RESERVAS EN ESPACIOY TIEMPO, SIN QUE SU ANTERIOR CONCESIÓN, Y LOS TÉRMINOS DE LA MISMA, SE CONSIDERE HAYAN GENERADO DERECHOS A FAVOR DEL PARTICULAR INTERESADO. |
Departamento de Tráfico del Ayuntamiento de Getafe de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Tfno.: 91.2.02.79.27 |
Autorización para reserva de espacio de la vía pública con tráfico rodado |
- Persona física o jurídica - Si el solicitante es persona jurídica:
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- Solicitud en modelo correspondiente - Fotocopia de licencia de obra o justificante de la actividad a realizar que genera la reserva de espacio |
El plazo de tramitación es de 3 Meses |
Tasa GRUPO F "obras privadas" o GRUPO G "otras utilizaciones" de RESERVA DE ESPACIO |
- Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación del Ayuntamiento de Getafe. Artículos del 74 al 81 ambos inclusive - Ordenanza Fiscal Reguladora de las tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial de la vía pública (Ordenanza 4.2) |
Tráfico |
A petición del interesado |
- Aportar documentación justificativa del motivo por el que se va a realizar la reserva de espacio - Abonar la tasa correspondiente antes de la realización de la reserva en la vía pública |
Aportación de la documentación requerida por el Departamento de Tráfico |
Delegación de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad |
Desestimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
- Recurso potestativo de reposición en un mes ante el órgano que lo dictó - Recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses |
- La AUTORIZACIÓNÂ no es válida sin el pago previo de la Tasa - La solicitud debe realizarse con una antelación mínima de 7 días - El tiempo mínimo concedido es de 24 horas - La Autorización está sujeta a revocación ante cambios de las circunstancias en las que se concedió |
Departamento de Tráfico del Ayuntamiento de Getafe de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Tfno.: 91.2.02.79.27 |
Concesión de la Tarjeta Europea de Estacionamiento de vehículos a las personas físicas o jurídicas titulares de vehículos destinados exclusivamente al transporte colectivo de personas con discapacidad |
Personas físicas o jurídicas titulares de vehículos destinados exclusivamente al transporte colectivo de personas con discapacidad |
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El plazo de tramitación es de 3 Meses |
NO SUPONE NINGÚN PAGO |
ORDENANZA MUNICIPAL POR LA QUE SE REGULA LA TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD CON MOVILIDAD REDUCIDA (BOCMÂ N° 183 de 2/8/2016) |
Tráfico |
A petición del interesado |
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Aportación de la documentación requerida en el plazo de 10 días según establece el art. 68.1 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común |
Delegación de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad |
Desestimación |
La resolución no pone fin a la vía administrativa |
- Recurso de REPOSICIÓN en el plazo de UN MES ante el órgano que lo dictó - Recurso CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO en el plazo de DOS MESES |
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Departamento de Tráfico del Ayuntamiento de Getafe de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Tfno.: 91.2.02.79.27 |
Tarjeta de acceso a calles peatonales para vehículos por circunstancias especiales |
Persona física o jurídica |
- Solicitud - Fotocopia DNI, NIE o CIF solicitante - Fotocopia permiso de circulación del vehículo a autorizar - Fotocopia DNI persona residente - Certificado médico que justifique circunstancia especial - Otra documentación, a requerimiento, que justifique el motivo especial |
El plazo de tramitación es de 3 Meses |
NO SUPONE NINGÚN PAGO |
Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación del Ayuntamiento de Getafe. Artículos 99 a 104 ambos inclusive |
Tráfico |
A petición del interesado |
- Aportar documentación justificativa de la necesidad de acceso a la calle peatonal (informe médico de la persona residente en calle peatonal, otros, etc.) - Justificar ANUALMENTE que persiste la circunstancia especial que genera su concesión, mediante la aportación de la documentación acreditativa de dicha circunstancia |
Aportación documentación requerida por el Departamento de Tráfico |
Delegación de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad |
Desestimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
- Recurso potestativo de Reposición en un mes ante el órgano que lo dictó - Recurso Contencioso administrativo en el plazo de dos meses |
- La renovación anual es a requerimiento del Ayuntamiento al interesado de la documentación justificativa del mantenimiento de la necesidad de dicho acceso. - Autorización sujeta a revocación ante cambios de las circunstancias en las que se concedió |
Departamento de Tráfico del Ayuntamiento de Getafe de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Tfno.: 91.2.02.79.27 |
Tarjeta de acceso a calles peatonales para vehículos con acceso a garajes |
Persona física o jurídica |
- Solicitud genérica del Ayuntamiento - Fotocopia del DNI, NIE o CIF del solicitante - Fotocopia del permiso de circulación del vehículo a autorizar - Acreditación del derecho de acceso al garaje, mediante alguna de la documentación siguiente:
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El plazo de tramitación es de 3 Meses |
NO SUPONE NINGÚN PAGO |
Ordenanza Municipal de Tráfico y Circulación del Ayuntamiento de Getafe. Artículos 99 a 104 |
Tráfico |
A petición del interesado |
Aportar documentación justificativa |
Aportación documentación requerida por el Departamento de Tráfico |
Delegación de Hacienda, Seguridad Ciudadana y Movilidad |
Desestimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
- Recurso potestativo de Reposición en un mes ante el órgano que lo dictó - Recurso Contencioso administrativo en el plazo de dos meses |
- La RENOVACIÓN ANUAL es de oficio por parte del Ayuntamiento - Las ALTAS, BAJAS o MODIFICACIONES de los vehículos autorizados deben comunicarse al Departamento de Tráfico - Autorización sujeta a revocación ante cambios de las circunstancias en las que se concedió |
Departamento de Tráfico del Ayuntamiento de Getafe de lunes a viernes de 9 a 14 horas. Tfno.: 91.2.02.79.27 |