Sistema Especial de Pago Prorrateado a la Carta (SEPP)

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Descripción

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Normativa

¿Quién tramita la solicitud?

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Requisitos

Organismo resolutor

Recursos

Observaciones

Solicitud de pago mediante domiciliación bancaria, de todas las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva susceptibles de incluirse en esta modalidad de pago, con bonificación y sin intereses de demora, a través del ingreso de cuotas mensuales, bimestrales, trimestrales o cuatrimestrales, a elección el contribuyente.· Consiste en agrupar todas las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva que el contribuyente paga a lo largo del año y dividirla en cuotas elegidas, por el mismo, a la carta para que su pago resulte más fácil a los vecinos.·

MODALIDADES A LA CARTA:

  • Mensual: meses de febrero a octubre (9 cuotas).
  • Bimestral: en los meses de febrero-abril-junio-agosto y octubre (5 cuotas).
  • Trimestral: en los meses de febrero-mayo-agosto y octubre (4 cuotas).
  • Cuatrimestal: en los meses de marzo-julio y octubre (3 cuotas).
  • Todas las modalidades tendrán una cuota de regularización en octubre.
    A las altas existentes hasta el ejercicio 2017 les será de aplicación la modalidad bimestral por ser la que más se asemeja a la modalidad existente hasta el 2017.

Los tributos susceptibles de pago a través de este sistema son los recibos:

a) Impuesto sobre bienes inmuebles (IBI).

b) Impuesto sobre bienes rústicos (IBIR)

c) Â Impuesto sobre actividades económicas (IAE).

d) Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM).

e) Tasa por el aprovechamiento especial de la vía pública derivada de la entrada de vehículos (VADO).·

f) Tasa de Quioscos, cajeros, ascensores.... (TOVP).

Las cuotas o pagos a la carta son estimadas por la Administración y se gestionan a través del sistema de cuenta corriente, al debe se anotarán los importes de las deudas tributarias y al haber el importe de los pagos parciales que se realicen. La última cuota abonada puede variar si la estimación resultara ser superior o inferior al importe real de los recibos a pagar durante ese año.· El pago a través de este sistema determinará la aplicación de una bonificación del 5% de la deuda tributaria sin exceder de 70 euros.

Personas físicas y Personas jurídicas.

Solicitud de alta en el Sistema Especial de Pago Prorrateado a la Carta (SEPP).

  • Fotocopia de documentación que justifique la titularidad de la cuenta corriente en la que se solicita el adeudo de la domiciliación (Primera hoja de la cartilla del Banco, recibo, certificado del banco.....
  • Fotocopia del DNI, NIF, NIE.....
  • Fotocopia de la documentación que acredite la representación.

Artículo 10 y concordantes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Artículo 71.3 y concordantes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa.

Real decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.

Artículo 27 bis y concordantes de la Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección del Ayuntamiento de Getafe.

Órgano de Gestión Tributaria
A petición del interesado

Ser titulares de los recibos.· Que el importe anual de las deudas a incluir en el SEPP supere los 150,00 €/año.

No tener deudas pendientes de pago en ejecutiva en la fecha de la solicitud, salvo recurridas y garantizadas o se hubiera reconocido un aplazamiento o fraccionamiento.· Resto de requisitos previstos en la ordenanza fiscal reguladora del sistema.

Órgano de Gestión Tributaria
No se prevé resolución expresa para las altas y bajas del sistema. El régimen de recursos será el general para los actos administrativos
Estaficha tiene efectos informativos, ante cualquier contradicción ente la misma ylas ordenanzas y la legislación aplicable primarán estás.


Oficinas de la administración

Agencia Local de Empleo y Formación del Ayuntamiento de Getafe

C/ Diaz y Barcala S/N, Getafe , 28905

Tel. 916654400

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Biblioteca Municipal José Luis Sampedro

Pl. las Provincias, S/N, Getafe , 28903

Tel. 912027986

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Centro Civico Cerro Buenavista Sector 3

Av. Arcas del Agua, 1, Getafe , 28905

Tel. 916826111

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Oficina Municipal de Informacion Al Consumidor

C/ Madrid, 41, Getafe , 28901

Tel. 912027963

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Base Aerea De Getafe Ala N 35 Mde

Pza. Del Coronel Polanco , Getafe , 28902

Tel. 913019657

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Ayuntamiento De Getafe

Pza. De La Constitucion, 1 , Getafe , 28901

Tel. 912027900

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

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