Se denomina alineación oficial a la línea señalada por el planeamiento para establecer el límite que separa los suelos destinados a viales o espacios libres de uso o dominio público, de las parcelas edificables o de los espacios libres de uso privado. Â La solicitud de señalamiento de alineaciones y rasantes constituye un acto preparatorio de la licencia.Con objeto de fijar el límite de la parcela con espacios públicos exteriores, vías, calles, plazas y zonas verdes (alineación exterior), será preceptiva la obtención de alineación oficial con carácter previo a la ejecución de las edificaciones o al cerramiento de solares. |
Personas físicas y Personas jurídicas |
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Presencial |
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El plazo de tramitación es de 2 Meses |
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Licencias, disciplina e inspección urbanística |
A petición del interesado |
De documentación: 15 días  De subsanación de deficiencias: 30 días. |
Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
No previstos |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Recurso de Reposición.
Recurso Contencioso administrativo.
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Personas físicas y Personas jurídicas |
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Documentación administrativa
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Presencial |
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El plazo de tramitación es de 3 Meses |
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Licencias, disciplina e inspección urbanística |
De oficio o a instancia de parte |
Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
Caducidad |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Recurso de Reposición.
Contencioso administrativo:
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Extinción de la licencia |
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Personas físicas y Personas jurídicas |
Registro General del Ayuntamiento de Getafe.
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Documentación administrativa
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Presencial |
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El plazo de tramitación es de 3 Meses |
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Licencias, disciplina e inspección urbanística |
De oficio o a instancia de parte |
Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
Caducidad |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Recurso de Reposición.
Contencioso administrativo:
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Extinción de la licencia |
Se trata únicamente de la toma de constancia del cambio de titularidad o del cambio de la denominación social de las obras. |
Personas físicas y Personas jurídicas |
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El plazo de tramitación es de 1 Días |
Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe en su artículo 16 |
Licencias, disciplina e inspección urbanística |
A petición del interesado |
De documentación: 15 días |
Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
No previstos |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Consulta urbanística referente al régimen urbanístico aplicable a una finca, unidad de ejecución o sector situados en nuevos desarrollos. |
Personas físicas y Personas jurídicas |
Horario de Registro del Ayuntamiento de Getafe: |
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Presencial |
Registro General del Ayuntamiento de Getafe o cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la LRJPAC. |
El plazo de tramitación es de 1 Meses |
Pago de tasas según Ordenanza Municipal |
Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe en materia de Edificación y Uso del Suelo. Artículos 32 y 33. |
Planeamiento y gestión urbanística |
A petición del interesado |
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Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
No previstos |
Recurso de reposición.
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Reformas que produzcan escombros y no precisen dirección de Arquitecto Técnico o Superior, o Ingeniero, que no afecten a la estructura ni a la fachada del edificio, ni a la vía pública, ni supongan modificación de la distribución ni cambio de instalaciones de los locales comerciales o de otro uso:
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Personas físicas y Personas jurídicas |
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Documentación administrativa
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Presencial |
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Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe en materia de Edificación y Uso del Suelo. Artículos 5 y siguientes |
Licencias, disciplina e inspección urbanística |
A petición del interesado |
Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
No previstos |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
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Personas físicas y Personas jurídicas |
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Presencial |
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Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe, Real Decreto Ley 19/2012 de 25 de mayo y en la Ley 2/2012 de 12 de Junio de la Comunidad de Madrid. |
Licencias, disciplina e inspección urbanística |
A petición del interesado |
De documentación: 15 días  |
Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
No previstos |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
 Analizadala declaración responsable, y en función de la adecuación o no de su contenidoal ordenamiento urbanístico y a las prescripciones de la Ordenanza reguladora de la intervenciónadministrativa en materia de edificación y uso del suelo, su tramitaciónconcluirá de alguna de las siguientes formas:
A efectos de lo dispuesto en los puntos b) y c) del apartado anterior, seconsidera documentaciónde carácter esencial el modelo normalizado de declaración responsable y ladocumentación técnica del Anexo II de la Ordenanza reguladora de laintervención administrativa en materia de edificación y uso del suelo,considerándose no esencial  la restante apresentar.  Las actividades que se tramiten por el procedimiento de declaración responsable seránobjeto de inspección posterior a su puesta en funcionamiento, al igual que loserán lasobras que se hubiesen ejecutado al amparo de dicho procedimiento, debiendo eltitular estar en posesión de la documentación  señalada en el artículo 47.5 de la citadaOrdenanza. |
Actividades e instalaciones que por sus características no están incluidas en el Catálogo de Espectáculos públicos, actividades recreativas, establecimientos, locales e instalaciones de la Comunidad de Madrid (Decreto 184/1998 de 22 de octubre) y que según lo previsto en los artículos 46, 47 y 104 de la Ordenanza reguladora de la Intervención administrativa del Ayuntamiento de Getafe en materia de edificación y uso del suelo, precisan, previamente a su puesta en funcionamiento o apertura, de la toma de constancia de la declaración responsable de funcionamiento. |
Personas físicas y Personas jurídicas |
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Presencial |
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Ordenanza Reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe en sus artículos 46,47 y  104 y siguientes. |
Licencias, disciplina e inspección urbanística |
A petición del interesado |
De documentación: 10 días |
Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
No previstos |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Para comprobar la existencia de acciones que vulneran o incumplen la ordenación urbanística. |
Personas físicas y Personas jurídicas |
Documentación administrativa
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Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Ley 9 /2001, de 17 de julio del Suelo de la Comunidad de Madrid |
Licencias, disciplina e inspección urbanística |
A petición del interesado |
Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Recurso de Reposición.
Recurso Contencioso administrativo.
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Actividades e instalaciones que por sus características están incluidas en la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos públicos y Actividades recreativas de la Comunidad de adrid por orden 10494/2002 de 18 de noviembre de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica. |
Personas físicas y Personas jurídicas |
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Ver documento PDF adjunto |
Presencial |
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El plazo de tramitación es de 3 Meses |
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Licencias, disciplina e inspección urbanística |
A petición del interesado |
De documentación: 15 días  De subsanación de deficiencias: 30 días. |
Concejal de Sostenibilidad, Urbanismo y Vivienda |
Desestimación |
La resolución pone fin a la vía administrativa |
Recurso de Reposición.
Recurso Contencioso administrativo.
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