PADRON:Cambio de domicilio dentro del municipio

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Descripción

¿Quién lo puede solicitar?

¿Cuándo iniciar el trámite?

Documentación a aportar

Medios de contacto

¿Dónde solicitarlo?

Plazo de tramitación

Normativa

¿Quién tramita la solicitud?

Forma de iniciacion

Requisitos

Subsanación

Organismo resolutor

Observaciones

Más información

Para realizar un cambio de domicilio en el empadronamiento dentro de Getafe, será necesario acudir personalmente al Ayuntamiento y acreditar que actualmente se está viviendo en el domicilio donde quiere empadronarse.

Podrán realizar solicitudes las personas fí­sicas o jurí­dicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos.

LA SOLICITUD DE CAMBIO DE DOMICILIO EN EL PADRÓN SE REALIZARÁ  DE FORMA PRESENCIAL..

Ayuntamiento: de lunes a jueves de 9:00 a 14:00 horas y de 16:30 a 19:00 horas; viernes de 9:00 a 14:00 horas y sábados de 10,00 a 13,00 horas.

Centros Cí­vicos : de lunes a viernes de 9:30 a 14:00 horas.

Hoja de Solicitud de cambio de domicilio que será firmada por todos los mayores de edad que se inscriban, ante el funcionario. En el caso de menores, la firma de ambos padres.

Junto con esta, habrá que adjuntar la siguiente documentación de todos los que se empadronen (SIEMPRE ORIGINAL Y EN VIGOR):

Españoles: DNI (obligatorio para los mayores de 14 años), libro de familia o Certificado de nacimiento para los menores de 14 años que no dispongan de D.N.I.

Extranjeros mayores de edad, menores nacidos en el extranjero y menores nacidos en España con más de 3 meses:

Ciudadanos de Estados miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza: Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión, en el que conste el Número de Identidad de Extranjero (NIE), junto con el pasaporte o documento nacional de identidad.

Resto: tarjeta de identidad de extranjeros (NIE) o, en su defecto, pasaporte.

Extranjeros menores nacidos en España con menos de 3 meses:

Libro de Familia o Certificado de nacimiento expedido por autoridades españolas, en caso de que no dispongan de un documento de identificación.

 Documentación acreditativa de representación de menores o incapacitados:
Menores no emancipados: Libro de Familia o Certificado de nacimiento. En caso de separación o divorcio, la resolución judicial que acredite su guarda y custodia, así­ como documento acreditativo de la identidad de los representantes legales.
Incapacitados: Resolución judicial que acredite la representación legal.

Documentación acreditativa de la vivienda.

- Tí­tulo de propiedad:  Escritura, contrato de compraventa, Nota del Registro,  donde conste dicha propiedad, etc.
- Contrato de arrendamiento en vigor junto con el último recibo del pago del alquiler, en el que se indique la dirección, el nombre del arrendador y del arrendatario, así­ como la cantidad de pago y la cuenta en la que se realiza el mismo.
-Autorización de empadronamiento: Cuando en la vivienda figuren otras personas empadronadas, es necesario que una de ellas, mayor de edad autorice el empadronamiento, debiendo adjuntar fotocopia del documento de identidad, así­ como del documento que acredite el uso de la vivienda.

Además, en el caso de ALTA PARA MENORES se deberá presentar también:

· Si se empadrona con uno sólo de los progenitores, autorización firmada y fotocopia del Documento de Identidad del otro progenitor.

· En los casos de separación o divorcio, original de la resolución judicial donde se concede la custodia o el convenio regulador firmado y sellado por el juzgado o notarí­a.
· En el caso de tutela, adopción o acogimiento, resolución judicial.

CAMBIO POR MEDIO DE UN REPRESENTANTE

Además de toda la documentación genérica, se deberá presentar también: Autorización y Fotocopia del DNI o NIE o Pasaporte del autorizante.

Atención: Los libros de familia, certificados de nacimiento, autorizaciones, resoluciones judiciales de custodia, convenios reguladores o resoluciones judiciales de los menores extranjeros deberán presentarse traducidos por traductor jurado y con la Apostilla de la Haya, cuando sea necesario.

Se puede contactar con el Servicio de Atención al Vecino en el teléfono 912.027.912, o bien en el correo electrónico:  informacion@ayto-getafe.org

Servicio de Atención al Vecino (SAV) del Ayuntamiento.

Centros Cí­vicos de Sector 3, Alhóndiga, El Bercial, Margaritas, Getafe Norte y Perales del Rí­o.

El plazo de tramitación es de 15 Dí­as
  • Ley 4/1996, de 10 de enero, por la que se modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en relación con el Padrón Municipal.
  • Ley Orgánica 14/2003 de 20 de noviembre, que modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, a efectos de perfeccionar la información contenida en el Padrón Municipal relativa a los extranjeros empadronados.
  • Real Decreto 2612/1996, de 20 de diciembre por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio..
  • Resolución de 30 de enero de 2015, de la Presidencia del INE y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal.
  • Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Servicio de Atención al Vecino
A petición del interesado

LA SOLICITUD DE CAMBIO DE DOMICILIO EN EL PADRÓN SE REALIZARÁ  DE FORMA PRESENCIAL.

Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 dí­as subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así­ no lo hiciera, se le archivará el expediente.
Ayuntamiento de Getafe

El plazo de tramitación mí­nimo será de 15 dí­as y máximo de 3 meses.


Firma de la Solicitud: no debe faltar la firma de los solicitantes y en el caso de autorización de empadronamiento, firma de uno de los titulares de la vivienda.

Oficinas de la administración

Agencia Local de Empleo y Formación del Ayuntamiento de Getafe

C/ Diaz y Barcala S/N, Getafe , 28905

Tel. 916654400

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Biblioteca Municipal José Luis Sampedro

Pl. las Provincias, S/N, Getafe , 28903

Tel. 912027986

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Centro Civico Cerro Buenavista Sector 3

Av. Arcas del Agua, 1, Getafe , 28905

Tel. 916826111

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Oficina Municipal de Informacion Al Consumidor

C/ Madrid, 41, Getafe , 28901

Tel. 912027963

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Base Aerea De Getafe Ala N 35 Mde

Pza. Del Coronel Polanco , Getafe , 28902

Tel. 913019657

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

Ayuntamiento De Getafe

Pza. De La Constitucion, 1 , Getafe , 28901

Tel. 912027900

Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado

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Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.