GTI-COMLIM. Realización de actuaciones de comprobación limitada.
El procedimiento de comprobación limitada tiene por objeto comprobar los hechos, actos, elementos, actividades, explotaciones y demás circunstancias determinantes de la obligación tributaria. |
Las actuaciones de comprobación limitada se iniciarán de oficio poracuerdo del órgano competente. |
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El inicio de las actuaciones de comprobación limitada deberá notificarsemediante comunicación que deberá expresar la naturaleza y alcance de las mismase informar al obligado tributario sobre sus derechos y obligaciones en el cursode tales actuaciones. |
El plazo de tramitación es de 6 Meses |
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Órgano de Gestión Tributaria |
De oficio |
Los obligados tributarios deberán atender a la inspección y le prestaránla debida colaboración en el desarrollo de sus funciones. El obligadotributario que hubiera sido requerido deberá personarse en el lugar, día y horaseñalados para la práctica de lasactuaciones y deberá aportar la documentación y demás elementos solicitados. |
Salvo en los supuestos de iniciación mediante personación, se leconcederá al obligado tributario un plazo no inferior a 10 días, contados apartir del siguiente a la notificación de la comunicación de inicio, para quecomparezca, aporte la documentación que considere conveniente o efectúe cuantasalegaciones tenga por oportunas. |
Órgano de Gestión Tributaria |
Caducidad |
La resolución no pone fin a la vía administrativa |
Se podrá interponer recurso de reposición en materia tributaria en elplazo de un mes, a partir del día siguiente a la notificación expresa del actocuya revisión se solicita. |
Esta ficha tiene efectos informativos, ante cualquier contradicciónentre la misma y las ordenanzas y legislación aplicable primarán éstas. |
Sobre la forma de iniciación: Las actuaciones de comprobación limitadase iniciarán de oficio por acuerdo del órgano competente. Cuando los datos en poder dela Administración Tributaria sean suficientes para formular la propuesta deliquidación, el procedimiento podrá iniciarse mediante la notificación de dichapropuesta. Sobre plazo de tramitación: El plazo de tramitación es de 6 meses a contar desde la fecha denotificación de la comunicación de inicio. Sobre efectos presuntos: Caducidad, sin que ello impida que la Administración tributaria pueda iniciar de nuevo este procedimiento dentro del plazo de prescripción. OTRAS INFORMACIONES
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Trámites relacionados
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Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Centro Civico Cerro Buenavista Sector 3
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Tel. 916826111
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
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